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Inicio de persecución contra corruptos ya llega a un año.

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El ministerio público ha perseguido a exfuncionarios del pasado gobierno en cinco operaciones y estructura expedientes para someterlos a la justicia.

Santo Domingo, RD.-Ya lleva un ano la Operación Anti Pulpo, la cual fue la primera acción en contra de la corrupción, ya que fue el primer caso investigado por la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), en la gestión del presidente Luis Abinader.

De los cinco casos de presuntos actos que corrupción que el ministerio público ha presentado medidas de coerción en los tribunales, el Pulpo sigue siendo el más resonante, en vista de que involucra a Alexis y Magaly Medina Sánchez, hermanos del expresidente Danilo Medina.

También varios exfuncionarios y allegados, algunos en prisión y otros con arrestos domiciliario, involucrados por el ministerio público en el entramado que se benefició de recursos del Estado por alrededor de RD$4,800 millones.

El grupo fue arrestado el domingo 29 de noviembre de 2020 por un equipo de fiscales coordinado por los directores de la Pepca y la Dirección de Persecución, Wilson Camacho, y Yeni Berenice Reynoso. En el operativo además fueron arrestados Francisco Pagán Rodríguez, Freddy Hidalgo, Rafael Antonio Germosén Andújar, Fernando Rosa, Aquiles Alejandro Christopher Sánchez, Domingo Antonio Santiago Muñoz, Julián Esteban Suriel Suazo y José Dolores Santana Carmona.

Dos días después el Ministerio Público solicitó la declaratoria de caso complejo e imposición de prisión preventiva como medida de coerción en contra de los imputados.

En tanto que el 8 de diciembre del 2020, el entonces juez del juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional José Alejandro Vargas, quien pasó al tribunal Constitucional (TC), envió a siete de los imputados a prisión, dispuso el arresto domiciliario de tres y dejó en libertad a otro con impedimento de salida y presentación periódica.

La última operación llevó a la cárcel a tres generales, coroneles y al menos una funcionaria bancaria.

Sin embargo, el 9 de septiembre del 2021, la jueza suplente del Tercer juzgado de la Instrucción Yanibet Rivas, varió la prisión por arresto domiciliario de Francisco Pagán Rodríguez, Aquiles Alejandro Christopher y Julián Esteban Suriel Suazo, quienes serán colabores de la investigación del caso Pulpo.

En esa misma audiencia, el tribunal otorgó un plazo al Ministerio Público hasta el próximo 3 de diciembre para que presente la acusación en contra de Alexis Medina y los demás imputados  del Caso Pulpo.

El caso más reciente, el del 5G, vincula al general de brigada Julio Camilo de los Santos Viola, ex jefe de seguridad del presidente del PLD, Danilo Medina y al general de la FARD Juan Carlos de los Santos Robiou, ex director del Cestur. Figuran además el general Boanerges Reyes Batista, del Ejército, el capitán de navío Franklin Antonio Mata Flores, José Manuel Rosario Pirón, los coroneles Carlos Augusto Lantigua Cruz, y Miguel Ventura Pichardo y el cabo Jehohanan L. Rodríguez Jiménez, así como Erasmo Roger Pérez Núñez y César Félix Ramos Ovalle.

A estos se suma el mayor general Adán Cáceres Silvestre, quien guarda prisión por su vinculación en acto de corrupción en el caso Coral primera fase, donde además figuran la pastora Rossy Guzmán y Cáceres Silvestre, el teniente coronel de la Policía, Rafael Núñez de Aza; el cabo de la Policía, Tanner Antonio Flete Guzmán, el sargento Alejandro José Montero Cruz y el mayor Alejandro Girón Jiménez.

Otro caso es el del ex administrador de la Lotería Nacional Luis Maisishell Dicent, sobre un presunto fraude en esa institución del Estado que afectó al sector privado.

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De perseguidor a perseguido

Al grupo encabezado por Jean Alain Rodriguez, se le acusa de integrar una red criminal de corrupción que operó desde la Procuraduría General de la República y que, “estimamos, hasta el momento, que estafó al Estado dominicano con más de 6 mil millones de pesos”,  dice el expediente acusatorio del ministerio público bautizado este operativo como Medusa.

Además de  Rodríguez, preso en Najayo, se involucra en este caso a Valentina Rosario Cruz, Miguel José Moya, Rafael Antonio Mercede Marte, Alfredo Alexander Solano Augusto, Rafael Stefano Canó Sacco, Javier Alejandro Forteza Ibarra, Jonnathan Josel Rodríguez Imbert, Jenny Marte Peña y Altagracia Guillén Calzado

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Recusación de juez de caso Falcón genera aplazamiento de audiencia preliminar.

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Santo Domingo, R.D.-La defensa del imputado Lenin Torres y la persona moral Lenin Auto Import recusaron al juez Cirilo Salomón Sánchez del Quinto Juzgado de la Instrucción de Santiago, lo que generó el aplazamiento para el 9 de enero del 2025 de la  audiencia preliminar del caso Falcón.

El abogado José de los Santos Hiciano argumentó la recusación en medio de un proceso que ha enfrentado múltiples retrasos. Este incidente ocurre poco después del arresto en Colombia de Erick Randiel Mosquea Polanco, señalado como líder de la red criminal.

El Ministerio Público, representado por los fiscales Yeny Liranzo, Reyna Jiménez y Pedro Martínez, calificó la recusación como infundada y extemporánea, reiterando su disposición para avanzar con el proceso judicial.

La operación Falcón desmanteló una red de crimen organizado que se dedicaba al narcotráfico, lavado de activos, tráfico de armas y otros delitos, movilizando miles de millones de pesos bajo la apariencia de actividades comerciales legítimas.

El Ministerio Público presentó una acusación formal contra más de 70 personas y entidades, aportando miles de documentos como pruebas. El desmantelamiento de la red contó con el apoyo de la DEA y otros organismos internacionales.

El aplazamiento prolonga un proceso que ha sido marcado por constantes recursos de la defensa. Las autoridades reiteraron su compromiso de garantizar justicia para un caso de alto impacto en la lucha contra el crimen organizado en el país.

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Panorama político del pais podría cambiar por candidaturas independientes.

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Santo Domingo, R.D.-Un gran impacto podría tener la sentencia del  Tribunal Constitucional de la República Dominicana en la redefinición de la participación política en el país.

 El caso, conocido como TC/0788/24, declaró inconstitucionales los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23 sobre el régimen electoral, disposiciones que regulaban de forma restrictiva las candidaturas independientes.

Esta decisión llega tras la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Alberto Emilio Fiallo-Billini, quien argumentó que dichas normas «vulneran principios constitucionales como el pro-participación, la igualdad en derechos políticos y el pluralismo político».

Según el tribunal, estas disposiciones «imponían barreras desproporcionadas» al exigir que las candidaturas independientes cumplieran requisitos similares a los de los partidos políticos, lo que resultaba en una limitación al derecho fundamental a elegir y ser elegido.

El fallo, en esencia, podría allanar el camino para una mayor diversidad en las opciones políticas, así como reforzar el principio de participación ciudadana, al eliminar requisitos como la conformación de «cuadros directivos fijos» similares a la de las organizaciones políticas, para las candidaturas independientes.

En el caso del electorado, esto podría significar un aumento en las opciones políticas, especialmente en un contexto donde los partidos tradicionales a menudo dominan el escenario electoral. La posibilidad de que ciudadanos puedan presentar sus propuestas de forma independiente, sin depender de estructuras partidarias, generaría un mayor interés y nuevas opciones.

A pesar de mostrarse como una idea democrática, el éxito de este cambio dependerá en gran medida de la implementación de medidas que garanticen condiciones equitativas para las candidaturas independientes, así como los ajustes necesarios tanto a las legislaciones como a los procesos electorales.

La sentencia del Tribunal Constitucional marca un hito en la historia democrática de la República Dominicana. Su impacto real dependerá de cómo los actores políticos, el electorado y las instituciones electorales adopten esta nueva realidad.

La decisión del TC

En el proceso de aprobación, nueve jueces del Tribunal Constitucional votaron a favor de eliminar estos requisitos que exigían a las candidaturas independientes lo mismo que los partidos políticos, pero dos votaron en contra por considerar que el pleno se excedió en sus atribuciones y asumió funciones del Poder Legislativo.

«El mecanismo previsto para la presentación de candidaturas independientes requiere la creación de agrupaciones políticas accidentales, estructuradas de manera similar a los partidos políticos tradicionales. Esto desnaturaliza la figura de las candidaturas independientes y limita su accesibilidad para quienes deseen optar por esta vía», indica el fallo.

El Tribunal Constitucional recomendó una nueva redacción de los artículos 152 y 157 para determinar los requisitos para presentar una candidatura independiente en los siguientes procesos electorales.

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Acuerdo de cielo abierto con E.U entra en vigencia con el pais, según informó Abinader.

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Santo Domingo, R.D.-La Republica Dominicana fue notificada de la entrada en vigor del acuerdo de transporte aéreos de Cielos Abiertos con Estados Unidos, según lo informó el presidente Luis Abinader.

Fue a través de una publicación en su cuenta de X (antiguo Twitter), donde el mandatario dominicano indicó que el país agotó los procedimientos necesarios para la entrada en vigencia del acuerdo, suscrito en agosto de este año por el ministro de Turismo, David Collado y el subsecretario de Crecimiento Económico, Energía y Medio Ambiente de Estados Unidos, José W. Fernández.

En ese sentido, a través de la misma red social, Abinader felicitó a la comisión integrada por Collado, Leonel Melo, Práxedes Castillo; la viceministra Patricia Mejía y Natacha Domínguez, así como el apoyo de Manuel Estrella, Monika Infante y Frank Elías Rainieri.

Las autoridades dominicanas han dicho que este acuerdo busca fortalecer las conexiones aéreas entre ambos países, promoviendo la competenciaampliando rutas y reduciendo los costos para los viajeros.

Según han informado, entre los beneficios previstos está el permitir a las aerolíneas de ambas naciones operar vuelos internacionales en rutas definidas, incluyendo transporte exclusivo de carga, escalas no comerciales y vuelos combinados.

En noviembre de este año el Tribunal Constitucional (TC) revisó el acuerdo, el cual declaró constitucional.

La decisión, contenida en la Sentencia TC/0670/24, subraya que el acuerdo cumple con los principios de soberanía nacional, libre competencia y armonización con el ordenamiento jurídico dominicano. Sin embargo, la sentencia contó con un voto disidente del juez Domingo Gil, quien cuestionó que el texto no garantizara explícitamente la soberanía plena y exclusiva del país sobre su espacio aéreo.

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