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Por ser sospechosos de trata de personas imponen coerción a cinco colombianos.

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SANTO DOMINGO.-Cinco colombianos recibieron medidas de coerción por ser sospechoso de trata de personas, según lo informó  el Ministerio Público, representado por la Procuraduría Especializada Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas.

La fiscalía especializada en este tipo de delito informó que les fueron impuestas medidas de coerción a cuatro colombianos y un colombiano estadounidense, que fueron arrestados bajo sospechas de estar vinculados a la trata de personas con fines de trabajo forzoso.

Según el Ministerio Público, la trata de personas se llevaba a cabo encubierta a través de la empresa de venta de enciclopedias Ediciones Sistesam S.R.L, que fue clausurada provisionalmente por las autoridades.

La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional impuso las medidas de coerción en contra de los ciudadanos colombianos Alejandro Gacham Ilal, Rosemary Pion Taylor, Milagros de Jesús Torrenegra, Mary Cecilia Miguel y Camilo Miguel, quienes se presume integraban una red criminal que según han establecido las investigaciones operaba desde 1998 en el país y que fue desmantelada gracias a los esfuerzos que realiza actualmente el Ministerio Público dominicano para la efectiva persecución y combate del crimen organizado.

En el caso de Alejandro Gacham Ilal de 60 años de edad, el tribunal le impuso la colocación de grilletes electrónicos, el pago de una garantía económica de RD$100 mil en efectivo, presentación periódica ante el Ministerio Público, impedimento de salida del país con retención de su pasaporte y colocación de un brazalete electrónico, en tanto que contra Rosemary Pion Taylor de 65 años de edad y Milagros de Jesús Torrenegra de 50 años, una garantía económica en efectivo de RD$200 mil, impedimento de salida del país con retención de su pasaporte y presentación periódica ante el MP.

Igualmente, les fueron impuestas medidas de coerción a Mary Cecilia Miguel de 70 años de edad, consistente en una garantía económica de RD$200 mil en efectivo, arresto domiciliario e igualmente impedimento de salida del país con retención de su pasaporte, así como  al colombiano estadounidense Camilo Miguel de 81 años, al cual tomando en cuenta su edad, el tribunal le impuso una garantía económica de RD$20 mil en efectivo y presentación periódica.

A través de un comunicado de prensa el Ministerio Público informó que le atribuye al grupo dedicarse a la trata de personas agravada con fines de trabajo forzado,  delito tipificado y sancionado por las disposiciones establecidas en los artículos 3 y 7 literales c y d de la Ley No. 137-03 que sanciona el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas.

Detalló que por este caso también es perseguido Juan Carlos Adán, quien se presume que también forma parte de la red que fue desmantelada luego de una labor de inteligencia, durante una operación ejecutada por la Procuraduría Especializada Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas conjuntamente con la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional y con la colaboración del Departamento Contra  el Tráfico y Trata de Personas de la Policía Nacional.

Sobre la operación, el MP explicó que fue ejecutada en el transcurso de cuatro allanamientos mediante orden judicial, tres de ellos en el Distrito Nacional y uno en la provincia Valverde, durante los cuales fueron rescatadas seis víctimas y ocupados cientos de evidencias, entre ellas, varios vehículos, documentos, lista con anotaciones, lista de jóvenes y descripción de ventas de enciclopedias y lugares (provincias) donde eran desplazadas las víctimas, además de dinero (bolívares) y otros.

El órgano de justicia establece en la solicitud de medidas de coerción que producto de las investigaciones realizadas en contra de esa red criminal se pudo determinar que su metodología abarca la captación y el traslado a la República Dominicana de ciudadanos de nacionalidad venezolana, quienes, luego de que llegaban al país eran llevados a las oficinas de la Empresa Ediciones Sistesam S.R.L, localizada en el sector Renacimiento del Distrito Nacional, la cual se dedica a la venta de enciclopedias en todo el territorio nacional.

De acuerdo a la investigación, una vez en dicha empresa les retenían sus pasaportes bajo el argumento de que serían enviados a la Dirección General de Migración para regularizar sus estatus, mientras que a otras les informaban que por seguridad iban a ser retenidos sus pasaportes y les entregaban copias de los mismos.

Luego les hacían firmar una hoja en blanco a cada víctima captada, al tiempo de entregarles insumos de trabajo (las enciclopedias, talonarios de facturas, carpetas y brochures), así como carnets de identificación, además de que les daban una charla que tenían que aprenderse con el fin de convencer a los potenciales clientes sobre la  importancia de la compra de las enciclopedias.

La instancia destaca que posteriormente las víctimas eran trasladadas a provincias del interior del país, donde realizaban las ventas de los libros, casa por casa, labor por las que les prometían pagarles, sin embargo, no les hacían ningún pago por el trabajo realizado, argumentando que se lo pagarían al culminar su tiempo de trabajo, recibiendo luego presión psicológica y las obligaban a firmar un documento de descargo para posteriormente proceder a entregarles sus pasaportes originales.

acento.com.do

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Director de La República advierte que Congreso Nacional no tiene la facultad para anular candidaturas independientes.

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Por Elba García

El doctor José Cabral Salcedo, especialista en derecho constitucional, además de periodista y empresario, quien ostenta la dirección del diario La República, aclaró que no es verdad que el proyecto que se conoce actualmente en la Cámara de Diputados y que ya fue aprobado en el Senado de la República elimine las candidaturas independientes.

El profesional del derecho sostuvo que el esfuerzo de los diputados y senadores más que en contra de las candidaturas independientes se trata de una aspiración que pone en peligro todo el sistema legal e institucional de la nación.

Dice que intentar eliminar las candidaturas independientes es conspirar en contra de la propia Constitución de la República, ya que es la carta magna la que otorga la facultad al TC de interpretar las normas que chocan con la ley sustantiva de la nación, a los fines de procurar que las mismas se ajusten al control de la constitucionalidad.

La intención de eliminar las candidaturas independientes es lo mismo que conspirar en contra del sistema democrático e institucional de la nación, lo que indica el estado de desesperación de los partidos políticos ante el descredito que les afecta, añadió el periodista, abogado y empresario.

Cabral Salcedo advirtió que de aprobarse el proyecto de ley que se conoce ahora en la Cámara de Diputados deja el problema en manos del presidente Luis Abinader, quien tiene la opción de promulgarla u observarla en virtud de que la misma sería un contrasentido jurídico que cuestionaría todo el régimen jurídico interno y externo.

Sin embargo, advirtió que ante la conversión en ley del proyecto que se conoce ahora en la Cámara de Diputados y si es promulgado por el presidente Abinader implicaría la presentación de una acción directa de inconstitucionalidad ante el mismo Tribunal Constitucional que es el único facultado para interpretar la constitucionalidad de una norma.

Explico que decir que la Constitución habla de que las aspiraciones políticas sólo pueden ser canalizadas a través de los partidos, según la interpretación que se le ha querida dar al artículo 216 de la carta magna, pese a que la ley sustantiva de la nación debe leerse íntegramente y naturalmente incluyendo el artículo 22 que habla de los derechos ciudadanos, sobre todo en lo que respecta al principio de elegir y ser elegido.

El abogado, periodista y empresario advierte que la jurisprudencia del TC sólo puede ser eliminarla por el propio alto tribunal mediante la figura del overrruling, la cual es la técnica jurídica mediante la cual un tribunal constitucional revoca o cambia un precedente vinculante anterior, sustituyéndolo por una  nueva doctrina, a los fines de adaptar el derecho a nuevos contextos sociales,  morales, económicos y políticos,  lo que permite superar normas jurisprudenciales obsoletas, injustas o incompatibles con  el ordenamiento actual.

Sin embargo, el profesional del derecho aclara que ese no es el caso de la sentencia que sienta jurisprudencia sobre las candidaturas independientes, la TC/0788/24, ya que para que el TC cambie el criterio en esta materia tiene que producirse una afectación de un derecho fundamental cuando en la misma se produce todo lo contrario con la protección del principio de elegir y ser elegido, pero además del de igualdad, proporcionalidad, legalidad, pro participación y el de dignidad humana.

Esta situación hace prácticamente imposible la posibilidad de que las pretensiones de los diputados y senadores se concrete, porque sencillamente no hay forma de que sus acciones al margen del principio de legalidad tengan éxito, ya que la interpretación del Tribunal Constitucional se ajusta del artículo 47 de la Ley 137-11 y también al 184 y 185 de la constitución de la República.

Cabral Salcedo sostuvo que con el proyecto de ley que busca eliminar las candidaturas independientes el Congreso Nacional no sólo se pone al margen del régimen legal, sino también  de la institucionalidad de la nación y además deja claro que los legisladores de la llamada partidocracia se creen dueños del sistema, principalmente los perremeistas que fundamentaron  su llegada al poder en  que en  la República Dominicana se consolidaba un  partido-Estado a través del PLD, pero resulta que ahora ellos son más antidemocráticos que las pasadas autoridades.

Cabral Salcedo llamó al presidente Luis Abinader a no ser parte de un plan que compromete la responsabilidad civil y penal del Estado por tratarse de la violación de un derecho fundamental como el de elegir y ser elegido, consignado, además, en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos de San José, Costa Rica.

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Mantienen en arresto domiciliario a coronel acusado de pertenecer a red de sobornos

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Santo Domingo, R.D.-El mantenimiento del arresto domiciliario dispuso la jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en contra del coronel Andrés Pacheco Valera, implicado en la Operación Lobo.

La magistrada Yanibet Rivas tomó la decisión tras rechazar una solicitud de variación de la medida presentada por el acusado, a través de su abogado Félix Portes Núñez.

De inmediato, el abogado del imputado anunció que apelará la decisión, alegando violación al principio de igualdad, ya que otros coimputados han recibido medidas menos severas.

El imputado es acusado de formar parte de una red que se dedicaba a la distribución de sobornos para agenciarse la contratación y el mantenimiento de contratos de seguridad privada en instituciones públicas.

Entre las instituciones se encuentran el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EdeNorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste) y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur).

Entre los implicados se encuentran el mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz, así como los coroneles de ese organismo Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández Vásquez y Elías Camaño Pérez.

Además, el coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar y el primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos, el empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González y el coronel de la Policía Ramón Quezada Ortiz. En Santiago fue arrestado Bolívar Nicolás Fernández Espinal.

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Apelarán no ha lugar que favorece a hombre imputado de crimen.

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Santo Domingo, R.D.-La decision de el Septimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional será apelada por  el Ministerio Público mediante la cual otorgó un auto de no ha lugar en favor de  Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado de ultimar a una mujer y herir a otras cinco personas en un hecho ocurrido en el sector Naco.

El órgano acusador rechazó, en un comunicado de prensa, la decisión del juez Deiby Antonio Timoteo Peguero, al considerar que no se corresponde con las pruebas aportadas durante el proceso.

Sostiene que existen méritos suficientes para recurrir la decisión, al entender que el tribunal incurre en contradicción, ya que en principio no acoge la declaratoria de inimputabilidad, pero termina aplicando los efectos jurídicos de dicha figura al dictar el auto de no ha lugar.

La acusación presentada por el Ministerio Público, representado por la fiscal Vidalis Mora, explica que el 23 de julio de 2025 el imputado irrumpió en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV, donde agredió a distintos residentes, incluyendo a Yolanda Handal Abugabir, a quien le provocó la muerte.

Durante el hecho, también hirió a Gricelda Ozuna Torres, Francisco Texano, Teresa Fabián de Heredia, Victoria Heredia y Guillermo Ramón Pumarol Castellanos, además de ocasionar la muerte de una mascota.

El Ministerio Público recordó que, en atención a la gravedad de los hechos y las evidencias presentadas, previamente, le fue impuesta prisión preventiva como medida de coerción, la cual cumplía en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, en Higüey, provincia La Altagracia.

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