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Julio y noviembre, meses que han registrado más feminicidios en lo que va de año

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En julio y noviembre de este año es donde más se han disparados las cifras de feminicidios ocurridos en el país. Unas 25 de las 74 mujeres asesinadas por sus parejas o exparejas ocurrieron en ese período de tiempo. Lo que equivaldría decir que cada dos días se registró un homicidio.

En el séptimo se reportaron, de acuerdo a registros periodísticos, un total de 13 casos en tanto que en noviembre mes en donde se conmemora el Días internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer se computaron 12.

Si bien la Procuraduría General de la República no ha publicado las estadísticas de los hechos registrados en todo el país después de junio, un rastreo por los diversos medios de comunicación muestra que a la fecha ya se han registrados 74 casos. Dos de ellos en lo que va de diciembre.

En los últimas dos años, julio ha registrado 15 y 12 feminicidios, mientras que en noviembre se habían materializado 8 y 2, respectivamente.

Luego de que se dieran a conocer los casos de que dos mujeres asesinadas en San Pedro de Macorís tenían procesos judiciales en donde el Ministerio Público celebró acuerdos de penales abreviados con quienes intentaron asesinarlas previamente, los cuales fueron homologados por los tribunales, el Poder Judicial puso a circular la Guía de Buenas Prácticas para casos de violencia de violencia doméstica e intrafamiliar y de género para jueces, juezas y servidores judiciales en la que se instruye a tomar una serie de medidas.

En el primer semestre de este año es donde figuran los meses con menos casos: marzo y mayo con tres hechos sangrientos cada uno.

Aunque ha salido a luz pública que mediante la Guía se deja claro que la violación a la orden de protección o de alejamiento permite arrestar al agresor, es el Código Procesal Penal modificado por la Ley 10-15 el que así lo dispone.

El artículo 224 del Código Procesal dispone que la policía debe proceder al arresto de una persona cuando una orden judicial así lo ordene y que la Policía no necesita orden judicial cuando “el imputado ha incumplido la regla de la suspensión condicional del procedimiento o la orden de protección que se le haya impuesto”.

diariolibre.com

 
 

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Someten a la justicia mujer acusada de agredir y herir a agente de la Digesett

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SANTO DOMINGO.- Una mujer acusada de agredir y herir con un arma blanca a un agente de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett)  será sometida a la justicia.

El vocero de la entidad, Rafael Tejeda Baldera, explicó que el agente afectado se encuentra en proceso de recuperación tras las heridas sufridas durante el incidente.

Tejeda Baldera destacó que en este caso no existía ninguna situación de tránsito ni fiscalización por infracción que justificara un enfrentamiento con la autoridad.

  • «Es un hecho lamentable y deplorable, ya que no hubo ningún motivo relacionado con tránsito que provocara esta agresión contra el agente”, expresó.

Indicó además que el caso ya está en manos de la justicia, con los tribunales apoderados y los procesos legales en curso para determinar las responsabilidades correspondientes.

La institución reiteró su llamado al respeto hacia las autoridades y confió en que la acusada responda ante la ley por sus acciones.

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Derechos de autor por TV en clinicas y hoteles se conoce en el el Tribunal Constitucional.

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Santo Domingo, R.D.-Un caso que enfrenta a productores audiovisuales y establecimiento comerciales por el pago de derechos de autor por televisores con servicio por cable y que se conocia en el  Tribunal Constitucional (TC), cuya alta corte anuló una sentencia de la Suprema Corte de Justicia mediante la  TC/0118/26 de la Suprema que  ordenó emitir un nuevo fallo.

Aunque el conflicto gira en torno a si clínicas, hoteles y otros negocios deben pagar regalías por exhibir contenidos televisivos, el alto tribunal no resolvió ese punto y devolvió el caso para que sea decidido nuevamente.

La decisión se produjo al conocer un recurso presentado por la Entidad de Gestión de los Derechos de los Productores Audiovisuales Dominicana (Egeda) contra una sentencia de la Primera Sala de la Suprema que había rechazado su demanda contra el Centro de Medicina Avanzada Doctor Abel González.

La entidad sostiene que ese tipo de exhibición constituye un acto de «comunicación pública» de obras protegidas, lo que genera el derecho de los autores y productores a recibir una remuneración.

El alto tribunal también consideró que exigir el pago a la clínica podría implicar un cobro duplicado, debido a que las compañías de cable ya pagan licencias por la retransmisión de los programas.

El TC anuló esa decisión, pero no por estar en desacuerdo con ese criterio, sino porque la Suprema basó parte de su razonamiento en la existencia de un supuesto contrato de servicio de cable que no fue incorporado al expediente ni debatido por las partes.

Para el TC, sustentar una sentencia en hechos no probados vulnera el derecho de defensa y el principio de contradicción, por lo que ordenó devolver el caso para que sea decidido nuevamente.

Pese a que el fondo del conflicto sigue sin resolverse, la Sociedad de Gestión Colectiva de los Productores Audiovisuales (Sogespa) calificó la decisión como un fallo «histórico» que fortalece la protección del derecho de autor en el país.

La entidad afirmó que la sentencia reafirma principios como el derecho exclusivo de los productores a autorizar la comunicación pública de sus obras, incluyendo su exhibición en habitaciones de clínicas y hoteles.

«El respeto al derecho de autor constituye un pilar fundamental para el desarrollo de las industrias culturales y creativas», expresó su director gerente, Nelson Jiménez Cabrera.

Sin embargo, la sentencia TC/0118/26 no valida esa interpretación ni establece quién debe pagar en estos casos, ya que se limitó a anular la decisión de la Suprema por fallas en su motivación.

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Cancelan licitación para la compra de gomitas multivitamínicas para estudiantes

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Santo Domingo, R.D.-Fue cancelada por el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (Inabie) el proceso de licitación INABIE-CCC-LPN-2026-0002, que tenía como objetivo la adquisición de gomitas multivitamínicas para estudiantes del sistema educativo público.

La institución explicó que la medida fue adoptada con el fin de introducir «mejoras sustanciales en los aspectos técnicos y económicos» del proceso, buscando garantizar una contratación más eficiente y ajustada a los requerimientos establecidos.

A través de un breve comunicado, dijo que el programa estaba concebido como parte de una estrategia de intervención nutricional dirigida a alumnos de los niveles inicial, primaria y secundaria en todo el país.

Horas antes, el Inabie había anunciado la ejecución de un plan piloto de «suplementación con gomitas multivitamínicas, para intervenir nutricionalmente a unos 70 mil estudiantes» a un costo de  151 millones 200 mil pesos. Beneficiaría a escolares de 3 a 19 años del sistema educativo público, a los cuales se les entregaría tres gomitas a la semana por espacio de un año.

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