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Ausencia de procurador electoral explica falsa institucionalidad y débil democracia dominicana.  – La Republica Online

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Ausencia de procurador electoral explica falsa institucionalidad y débil democracia dominicana. 

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Por Elba García

A seis días de la celebración de las elecciones municipales extraordinarias, que fueron suspendidas por razones que la población desconoce, parece que se realizarán sin la escogencia de quien debe perseguir los delitos y los crímenes electorales.

Se trata de una figura que se  contempla en el artículo 289 de Ley Electoral, pero que la no escogencia del mismo obedece a que algunos sectores, sobre todo dentro del Gobierno, no les interesa que exista este procurador general electoral.

En la discusión que tienen lugar a solicitud del CES se planteó la gran necesidad que tiene el actual proceso electoral de escoger este procurador y en tal virtud el Partido Revolucionario Moderno (PRM) propuso a Yeni Berenice Reynoso, pero de inmediato la misma fue rechazada por el Partido de Liberación Dominicana (PLD).

Lo cierto es que si bien la Procuraduría General de la República está moralmente desautorizada para escoger a este funcionario, pero esta situación también crea una dificultad legal, porque la Ley 133-11 establece de manera muy clara como se debe seleccionar y en consecuencia se rechaza de plano que se pueda producir un acuerdo entre las partes al respecto.

Este procedimiento legal crea un obstáculo que no es tan fácil de superar, porque seria como darle entrada en el Ministerio Público a sectores que tienen intereses político-partidistas, lo cual no es permitido por la Ley 133-11, la electoral  y los artículos desde el 169 hasta el  173 de la Constitución de la República,  entramado de tipo legal difícil de superar.

Si se asumiera que el órgano competente y otras instancias se pusieran de acuerdo para la escogencia por consenso del procurador general electoral, pero como se le dar entrada a ese pacto en el sistema legal, cuyo siguiente paso sería la modificación de las leyes sobre la materia, lo cual no parece tan fácil, pero que además no queda tiempo para ello.

Este problema de la no escogencia de un procurador electoral y los fiscales necesarios para trabajar en un proceso que está viciado y lleno de delitos desde las primarias del 6 de octubre, porque son muchos los documentos falsificados por la mayoría de los partidos, principalmente el PLD y del PRM, sin que ello haya tenido consecuencias.

De igual modo ocurrió durante el proceso de inscripción de los candidatos a alcaldes, directores, regidores y vocales en los diferentes municipios y distritos municipales  del país, en el cual fueron violentados los acuerdos de alianzas entre los partidos de la oposición, personalizados a través del PRM  y los que están nucleados alrededor del PLD.

La falsificación de  documentos estuvo a la orden del día por dirigentes del PLD y del PRM para sacar a candidatos escogidos en las primarias y otros que fueron el resultado de los acuerdos, pero estos delitos no hubo forma de que fueran perseguidos por la inexistencia del procurador general electoral.

Esta realidad que daña tanto a la democracia dominicana era de conocimiento del Procuraduría General de la República, pero que como este órgano actúa en función de los intereses políticos partidarios, no había voluntad para perseguir estos delitos.

Además, la compra de votos también estuvo a la orden del día y nadie se ha interesado en perseguir este tipo de crimen electoral y las  consecuencias fueron muy dañinas, agregándose la sustitución de un candidato por otro mediante la falsificación de documentos, cuyos afectados tuvieron que conformarse con la presentación del recurso de ley correspondiente  ante el Tribunal Superior Electoral que tuvo que fallar cientos de casos en muy pocos días.

La cuestión es que no queda tiempo para poder escoger el procurador electoral, en virtud de que la ley y la Constitución de la República deja muy claro cual es el mecanismo para la selección de este fiscal, lo cual atenta en contra de las elecciones tanto municipales extraordinarias y las presidenciales y congresionales, pese a que para estas últimas podría haber un margen para la designación de este funcionario.

La solución rápida y a la vista es que la Procuraduría General de la República escoja al fiscal electoral, cuya decisión si así fuera no constituye, de ninguna manera, una garantía de persecución de los delitos y crímenes electorales, ya que todo el mundo sabe que el Ministerio Público responde a intereses partidarios muy específicos y concretos.

Entonces la realidad indica que existe la posibilidad en el marco de la ley de la escogencia del fiscal electoral, pero si así fuera nadie pudiera confiar en ese funcionario, pero tampoco es posible que el mismo sea seleccionado sobre la base de un acuerdo de los partidos políticos, porque sencillamente ese mecanismo no está contemplado en la ley.

Es importante recordar que cualquier acuerdo al margen del ordenamiento vigente en el país  es totalmente nulo, lo cual es perfectamente aplicable a cualquier solución sin tomarse en cuenta el mandato de la Constitución y las leyes.

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