SANTO DOMINGO. Las observaciones que hizo el presidente Danilo Medina a la Ley que declaraba a Loma Miranda parque nacional y su subsiguiente anulación por el Senado, expande un manto gris sobre la suerte que pueda seguir esa montaña, frontera entre las provincias La Vega y Bonao.
La balanza ahora se mueve entre la prevalencia de la seguridad jurídica, en función del contrato de concesión minera otorgado a la empresa Falconbridge Dominicana (Falcondo), y la preservación ambiental que ya cuenta con un precedente jurídico a favor del Tribunal Constitucional (TC).
“En el caso Loma Miranda no hay puntos blancos ni negros, sino tonos grises que hay que ponderar”, expone la abogada especialista en materia ambiental, Yomaira Martinó. Para ella, la decisión de si es viable o no una explotación minera, debería responder a un tema de clasificación y ordenamiento del territorio, que pueda ubicar a Loma Miranda de un lado u otro.
El presidente Medina, en su carta al Congreso motivando su veto, expone que bajo su presidencia no se autorizará la explotación de Loma Miranda, ni de ningún otro lugar, sin el cumplimiento estricto de los requerimientos de un aprovechamiento ambiental sostenible. Abre la ventana para una explotación que el Gobierno entienda que sí cumple con dichos requerimientos. El mandatario, además, recalca la necesidad de resguardar la seguridad jurídica del país.
La abogada entiende que la posición del Presidente abre el camino para que la empresa minera vuelva a solicitar los permisos de explotación y licencia ambiental negados por el Ministerio de Medio Ambiente, luego del informe del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), que concluyó que los estudios de impacto de Falcondo eran insuficientes.
Por otro lado, está la sentencia 167-13 del TC, que ratifica el recurso de amparo dictado por la Tercera Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de La Vega, ordenando la paralización de los trabajos que realiza Falcondo en Loma Miranda, por entender que iban en detrimento del medio ambiente.
Martinó entiende que si bien esa sentencia no impide que se puedan incoar otros recursos por diferentes vías legales, tanto civil, administrativas y desde el ámbito de los acuerdos internacionales, ese fallo será siempre un precedente importante a tomar en cuenta por cualquier tribunal.
“No importa lo que se decida, serán un precedente para la inversión extranjera, para la explotación minera en el país y para la protección ambiental, y es uno de los antecedentes más importantes en derecho ambiental dominicano”.
Ante ese panorama, entiende que la “única manera que vamos a resolver esos conflictos de usos de la tierra, de si es explotación minero o no, es con un plan estratégico de ordenamiento territorial que le diga al país al cualquier inversionista extranjero, que si esos terrenos están ubicados en una zona determinada tiene vocación minera independientemente de que tenga a su alrededor, o que son de vocación agrícola o de conservación”, concluye.
En el Congreso reposa desde hace varios años el proyecto de ley de Ordenamiento Territorial y en el Ministerio de Economía Planificación y Desarrollo se trabaja el Plan, pero no se concluye con ninguna de las dos iniciativas.
Al Congreso
“Me veo precisado a observar la totalidad de su contenido y a solicitar al honorable Congreso Nacional no sólo el rechazo de esta ley, sino además, a postergar cualquier decisión sobre Loma Miranda, y sobre cualquier otra ámbito del territorio nacional de potencialidad minera, hasta que el Poder Legislativo dicte la ley que manda la Constitución de la República sobre el Plan de Ordenamiento territorial” manifestó Danilo Medina en su misiva al Congreso, respecto al veto a Loma Miranda.
Diario Libre