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Ley de Partidos vuelve a enfrentar dificultades

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COMISIÓN BICAMERAL NO LOGRA AVANZAR EN LOS TEMAS NEURÁLGICOS

Consenso. El diálogo que se realizó durante años con la mediación de Agripino Núñez Collado fue un verdadero fracaso al caer las negociaciones en un punto muerto y trasladarse los debates al Congreso.

Santo Domingo.- La demanda urgente de la sociedad dominicana para que se apruebe una ley transformadora del ejercicio de los partidos políticos, que contribuya a su vez a garantizar una mayor calidad del sistema democrático, tendrá que esperar el inicio de una nueva legislatura en el Congreso Nacional, porque la presente está a punto de vencer.

El proyecto de Ley de Partidos Políticos se mantiene en manos de una comisión bicameral que no logra avanzar en los artículos neurálgicos de siempre como el límite de los aportes individuales a los partidos, regulación de las campañas electorales interna y su organización por parte de la Junta Central Electoral (JCE), el padrón de electores, transfuguismo, clientelismo y otros donde no se avizora consenso.

El fantasma de que la pieza legislativa sea engavetada nuevamente se mantiene latente.

Sus fundamentos son irrefutables.

Ningún proyecto de ley como de Partidos y Agrupaciones Políticas ha suscitado más respaldo de los principales sectores nacionales en los últimos 20 años. Y ninguno ha recibido un boicot más contundente de la élite política para evitar su aprobación, aunque propaga a los cuatro vientos que también lo apoya.

Desde el 1999, los partidos dominantes, el de la Liberación Dominicana (PLD), que controla el Congreso desde 2006, y el viejo Revolucionario Dominicano (PRD), que tuvo ese control en el período 1998-2006, en componenda con el Reformista Social Cristiano (PRSC), han abominado un sinnúmero de proyectos de ley.

Periplo interminable
El primer intento para fortalecer y transparentar el sistema de partidos políticos del país se produjo a finales de la década de 1990 cuando la desaparecida Comisión Presidencial para la Reforma y Modernización del Estado lideró un debate entre académicos, políticos, representantes de la JCE y de la sociedad civil, del cual surgió la propuesta de Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas, que fue sometida ante la Cámara de Diputados por la entonces legisladora reformista Licelott Marte de Barrios.

No obstante, esta iniciativa no recibió el respaldo de los congresistas. Fue introducida el 17 de junio de 2003, enviada a una Comisión Especial el 22 de julio del mismo año, pero perimió al término de la Segunda Legislatura Ordinaria de 2003. El proyecto fue reintroducido, pero la comisión nunca lo estudió. En el 2004 volvió a perimir.

En contraposición, los partidos se aventuraron a aprobar la Ley de Primarias número 286/04, el 15 de agosto de 2004, un día antes del traspaso de mando, que desató toda suerte de comentarios y polémicas, al establecer “un sistema de elecciones primarias mediante el voto universal directo y secreto con la participación de todos los electores”.

Una nueva iniciativa surgió en 2007 con un proyecto elaborado por la JCE, que de inmediato fue rechazado por los partidos políticos, en parte argumentando que el órgano de arbitraje electoral carecía de facultades para hacerlo. En agosto 2008 el diputado reformista Ángel Acosta presentó un proyecto que recogió las observaciones, al proyecto de Marte de Barrios y hacía otros aportes. El 11 de agosto de 2009, faltando cuatro días para el fin de la primera legislatura ordinaria, el proyecto fue aprobado en la Cámara Baja, pero Acosta no fue reelecto en 2010 y todo quedó ahí.

El 12 de agosto de 2009 la Cámara de Diputados sorprendió al país aprobando en primera y segunda lectura, después de amplios debates, otro Proyecto de Ley de Partidos al acoger con ligeras modificaciones el informe favorable de la comisión especial presidida por el entonces diputado perredeísta Rafael Calderón. El proyecto pasaría al Senado, pero nunca más se conoció su destino.

No fue hasta el 15 de junio de 2011, después de la reforma constitucional, cuando la JCE volvió a someter al Congreso otro proyecto, luego de un amplio consenso con los partidos, pero caducó sin recibir ningún tipo de sanción.

Paralelamente otro proyecto Ley de Partidos fue introducido el 30 de agosto de 2011, por el diputado reformista por Santiago, Máximo Castro Silverio, Esta pieza trataba de emular la iniciativa de su compatriota exdiputado Acosta en 2009. Así llegaron las elecciones de 2012, que paralizaron el país.

Convulsiones
Otro maremágnum ocurriría en 2015 cuando el PLD, con dominio absoluto en el Congreso ordenó en una reunión conjunta del Comité Político y sus legisladores el 3 de febrero, aprobar la Ley de Partidos. Esta determinación fue interpretada como el fin del conflicto interno que mantenían los grupos del presidente Danilo Medina y el expresidente Leonel Fernández sobre el tema. Pero también significaba un rompimiento del debido consenso que se buscaba con la mediación de monseñor Agripino Núñez Collado.

Ese mismo día el presidente de la JCE, Roberto Rosario, había acudido al Congreso a reintroducir la pieza legislativa junto a la Ley de Régimen Electoral de esa institución, abrigando la esperanza de que se aprobaran antes de las elecciones generales de 2016.

Pero un mes después Abel Martínez se inclinaría por tomar al pie de la letra la ordenanza del PLD. Desconoció la comisión especial que estudiaba once piezas legislativas, tres de ellas formales, sometidas en los últimos dos años. Designó tres nuevas comisiones con diputados peledeístas, y se aprobó de urgencia el proyecto en la Cámara de Diputados del 3 de marzo en medio de un gran revuelo y críticas de la oposición.

Después de todos los debates, iniciativas y diálogos retornarían a cero, ya que la cámara baja no logró el consenso en una segunda lectura. Los partidos políticos volverían a realizar sus propios análisis y propuestas de la Ley de Partidos, en un periplo de consenso que al final se vio precisado a retornar al Congreso y todavía nadie se aventura a asegurar que tendrá un final feliz.

LOS ESFUERZOS PERSISTEN LA CULPA
El presidente de la JCE, Roberto Rosario, culpó al gobernante PLD el 24 de enero de 2014 por el retraso en la aprobación de las leyes de Partidos Políticos y de Régimen Electoral y recordó que el presidente Danilo Medina, el expresidente Leonel Fernández y los presidentes del PRD y el PRSC se habían comprometido a accionar para aprobar la Ley de Partidos en el primer trimestre de ese año.

El actual presidente de la JCE, Julio César Castaños Guzmán, reintrodujo el proyecto de Ley de Partido Políticos el 16 de febrero pasado, vía el Senado, con el propósito de que sea aprobado junto al proyecto de reforma a la Ley Electoral, en la legislatura que inició el 27 de febrero y que finaliza el 25 de este mes.

INICIATIVA PERDIDA
Se estima que la iniciativa más ancestral data de 1987, donde el proponente fue el presidente de la JCE de ese entonces, Caonabo Fernández Naranjo. En mayo de 1985 Fernández Naranjo anunció la elaboración de este proyecto de ley, luego de recibir el apoyo del Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IDH-CAPEL). La propuesta derivaba de legislaciones que estaban vigentes en Argentina y Alemania en ese momento y su principal objetivo era “consolidar a partidos mayoritarios, desalentar a los que no tenían una militancia significativa y erradicar a los que no tienen ninguna militancia”, así como la regulación de fondos. Pero no se ha podido constatar el proceso que llevó en las cámaras legislativas.

listindiario.com

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Director de La República advierte que Congreso Nacional no tiene la facultad para anular candidaturas independientes.

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Por Elba García

El doctor José Cabral Salcedo, especialista en derecho constitucional, además de periodista y empresario, quien ostenta la dirección del diario La República, aclaró que no es verdad que el proyecto que se conoce actualmente en la Cámara de Diputados y que ya fue aprobado en el Senado de la República elimine las candidaturas independientes.

El profesional del derecho sostuvo que el esfuerzo de los diputados y senadores más que en contra de las candidaturas independientes se trata de una aspiración que pone en peligro todo el sistema legal e institucional de la nación.

Dice que intentar eliminar las candidaturas independientes es conspirar en contra de la propia Constitución de la República, ya que es la carta magna la que otorga la facultad al TC de interpretar las normas que chocan con la ley sustantiva de la nación, a los fines de procurar que las mismas se ajusten al control de la constitucionalidad.

La intención de eliminar las candidaturas independientes es lo mismo que conspirar en contra del sistema democrático e institucional de la nación, lo que indica el estado de desesperación de los partidos políticos ante el descredito que les afecta, añadió el periodista, abogado y empresario.

Cabral Salcedo advirtió que de aprobarse el proyecto de ley que se conoce ahora en la Cámara de Diputados deja el problema en manos del presidente Luis Abinader, quien tiene la opción de promulgarla u observarla en virtud de que la misma sería un contrasentido jurídico que cuestionaría todo el régimen jurídico interno y externo.

Sin embargo, advirtió que ante la conversión en ley del proyecto que se conoce ahora en la Cámara de Diputados y si es promulgado por el presidente Abinader implicaría la presentación de una acción directa de inconstitucionalidad ante el mismo Tribunal Constitucional que es el único facultado para interpretar la constitucionalidad de una norma.

Explico que decir que la Constitución habla de que las aspiraciones políticas sólo pueden ser canalizadas a través de los partidos, según la interpretación que se le ha querida dar al artículo 216 de la carta magna, pese a que la ley sustantiva de la nación debe leerse íntegramente y naturalmente incluyendo el artículo 22 que habla de los derechos ciudadanos, sobre todo en lo que respecta al principio de elegir y ser elegido.

El abogado, periodista y empresario advierte que la jurisprudencia del TC sólo puede ser eliminarla por el propio alto tribunal mediante la figura del overrruling, la cual es la técnica jurídica mediante la cual un tribunal constitucional revoca o cambia un precedente vinculante anterior, sustituyéndolo por una  nueva doctrina, a los fines de adaptar el derecho a nuevos contextos sociales,  morales, económicos y políticos,  lo que permite superar normas jurisprudenciales obsoletas, injustas o incompatibles con  el ordenamiento actual.

Sin embargo, el profesional del derecho aclara que ese no es el caso de la sentencia que sienta jurisprudencia sobre las candidaturas independientes, la TC/0788/24, ya que para que el TC cambie el criterio en esta materia tiene que producirse una afectación de un derecho fundamental cuando en la misma se produce todo lo contrario con la protección del principio de elegir y ser elegido, pero además del de igualdad, proporcionalidad, legalidad, pro participación y el de dignidad humana.

Esta situación hace prácticamente imposible la posibilidad de que las pretensiones de los diputados y senadores se concrete, porque sencillamente no hay forma de que sus acciones al margen del principio de legalidad tengan éxito, ya que la interpretación del Tribunal Constitucional se ajusta del artículo 47 de la Ley 137-11 y también al 184 y 185 de la constitución de la República.

Cabral Salcedo sostuvo que con el proyecto de ley que busca eliminar las candidaturas independientes el Congreso Nacional no sólo se pone al margen del régimen legal, sino también  de la institucionalidad de la nación y además deja claro que los legisladores de la llamada partidocracia se creen dueños del sistema, principalmente los perremeistas que fundamentaron  su llegada al poder en  que en  la República Dominicana se consolidaba un  partido-Estado a través del PLD, pero resulta que ahora ellos son más antidemocráticos que las pasadas autoridades.

Cabral Salcedo llamó al presidente Luis Abinader a no ser parte de un plan que compromete la responsabilidad civil y penal del Estado por tratarse de la violación de un derecho fundamental como el de elegir y ser elegido, consignado, además, en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos de San José, Costa Rica.

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Mantienen en arresto domiciliario a coronel acusado de pertenecer a red de sobornos

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Santo Domingo, R.D.-El mantenimiento del arresto domiciliario dispuso la jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en contra del coronel Andrés Pacheco Valera, implicado en la Operación Lobo.

La magistrada Yanibet Rivas tomó la decisión tras rechazar una solicitud de variación de la medida presentada por el acusado, a través de su abogado Félix Portes Núñez.

De inmediato, el abogado del imputado anunció que apelará la decisión, alegando violación al principio de igualdad, ya que otros coimputados han recibido medidas menos severas.

El imputado es acusado de formar parte de una red que se dedicaba a la distribución de sobornos para agenciarse la contratación y el mantenimiento de contratos de seguridad privada en instituciones públicas.

Entre las instituciones se encuentran el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EdeNorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste) y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur).

Entre los implicados se encuentran el mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz, así como los coroneles de ese organismo Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández Vásquez y Elías Camaño Pérez.

Además, el coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar y el primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos, el empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González y el coronel de la Policía Ramón Quezada Ortiz. En Santiago fue arrestado Bolívar Nicolás Fernández Espinal.

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Apelarán no ha lugar que favorece a hombre imputado de crimen.

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Santo Domingo, R.D.-La decision de el Septimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional será apelada por  el Ministerio Público mediante la cual otorgó un auto de no ha lugar en favor de  Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado de ultimar a una mujer y herir a otras cinco personas en un hecho ocurrido en el sector Naco.

El órgano acusador rechazó, en un comunicado de prensa, la decisión del juez Deiby Antonio Timoteo Peguero, al considerar que no se corresponde con las pruebas aportadas durante el proceso.

Sostiene que existen méritos suficientes para recurrir la decisión, al entender que el tribunal incurre en contradicción, ya que en principio no acoge la declaratoria de inimputabilidad, pero termina aplicando los efectos jurídicos de dicha figura al dictar el auto de no ha lugar.

La acusación presentada por el Ministerio Público, representado por la fiscal Vidalis Mora, explica que el 23 de julio de 2025 el imputado irrumpió en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV, donde agredió a distintos residentes, incluyendo a Yolanda Handal Abugabir, a quien le provocó la muerte.

Durante el hecho, también hirió a Gricelda Ozuna Torres, Francisco Texano, Teresa Fabián de Heredia, Victoria Heredia y Guillermo Ramón Pumarol Castellanos, además de ocasionar la muerte de una mascota.

El Ministerio Público recordó que, en atención a la gravedad de los hechos y las evidencias presentadas, previamente, le fue impuesta prisión preventiva como medida de coerción, la cual cumplía en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, en Higüey, provincia La Altagracia.

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