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Lista de casos en los cuales las mujeres estarían expuestas a parir bebés muertos
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11 años agoon
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LA REDACCIÓNProfamilia es una de las instituciones que están exigiendo al gobierno que despenalice el aborto en los casos en que la vida de la madre esté en peligro o el feto presente deformaciones graves que imposibilitarían su nacimiento
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La directora de Profamilia, Magaly Caram, presentó una relación de casos en las que las mujeres estarían expuestas a dar a luz niños muertos, en caso de que se ratifique y promulgue el texto original del Código Penal.
Hoy la Cámara de Diputados conoce el texto de las observaciones hechas por el presidente Danilo Medina al Código Penal, en medio de las expectativas de diversos sectores de la sociedad dominicana.
Profamilia es una de las instituciones que están exigiendo al gobierno que despenalice el aborto en los casos en que la vida de la madre esté en peligro, en caso de violación, incesto, o que el feto presente deformaciones graves que imposibilitarían su nacimiento.
A continuación la lista de las anomalías fetales incompatibles con la vida, presentadas por Profamilia y que están disponibles en muchas páginas médicas de internet:
Anencefalia: malformación cerebral congénita caracterizada por la ausencia parcial o total del cerebro, cráneo, y cuero cabelludo.
Exencefalia: cerebro situado fuera del cráneo; y acráneo.
Hidranencefalia: cuando los hemisferios cerebrales están ausentes y son sustituidos por sacos llenos de líquido cerebroespinal.
Holoprosencefalia alobar: El cerebro no logra separarse del prosencéfalo, lo que se traduce en anomalías faciales severas (fusión de los ojos, anomalías del tabique nasal).
Atresia laríngea/atresia traqueal: Obstrucción total o casi total de la laringe/ Ausencia parcial o total de tráquea.
Agenesia diafragmática: Ausencia de parte o toda la cúpula diafragmática.
Agenesia renal bilateral: Ausencia de riñones
Patología renal bilateral con secuencia Potter y de comienzo precoz: Insuficiencia renal prenatal.
Ectopia cordis: Separación, completa o incompleta, del esternón asociada a una ubicación anormal del corazón, por fuera de la caja torácica.
Pentalogía de Cantrell: Malformación que afecta al diafragma, pared abdominal, pericardio, corazón y parte del esternón.
Síndrome de bandas amnióticas: Malformaciones fetales causadas por adherencias fibrosas que atrapan y estrangulan extremidades y otras partes fetales llegando a amputarlas.
Limb-body wall complex: Malformación de cuerpo, extremidades y defectos cráneo-faciales.
Displasia esquelética letal con hipoplasia torácica y afectación precoz: Los huesos y cartílagos del feto no se desarrollan normalmente y tampoco la caja torácica.
Crosomopatías: trisonomía 18 (retraso del crecimiento, dolicocefalia anomalías en las extremidades y malformaciones viscerales); trisonomía 13 (malformaciones del cerebro, dismorfismo facial, anomalías oculares, cardiopatía y retraso psicomotor grave); trisonomía 9 (malformaciones que afectan a varios órganos, alteraciones oculares, ojos separados, retraso mental importante ).
Enfermedades graves e incurables
Malformaciones cardiacas específicas: formas graves de anomalía de Ebstein, hipoplasia de cavidades izquierdas, isomerismo derecho, cualquier cardiopatía estructural que se acompañe de fracaso cardiaco, miocardiopatías, etc.
Encefalocele asociado a otras anomalías y/o que cause desestructuración anatómica del sistema nervioso central.
Hidrocefalia (exceso de líquido que baña el cerebro en el interior de los ventrículos cerebrales comprimiendo el cerebro) grave y progresiva.
Ausencia o hipoplasia grave de vermis cerebeloso: trastorno neurológico que afecta al desarrollo del cerebelo.
Alteraciones estructurales graves del sistema nervioso, como leucomalacia (afectación de la sustancia blanca próxima a los ventrículos, lo que se traduce en parálisis cerebral, dificultades cognitivas, en el aprendizaje o parálisis cerebral) o esquizencefalia (surcos o hendiduras en los hemisferios cerebrales).
Agenesia completa y aislada del cuerpo calloso: Ausencia total o parcial de la principal comisura interhemisférica: el cuerpo calloso.
Tumoraciones con compromiso severo de estructuras vitales.
Hernia diafragmática grave.
Esclerosis tuberosa: crecimiento de tumores en el cerebro y otros órganos.
Hidrops grave sin causa aparente: se caracteriza por provocar un edema grave por una cantidad excesiva de líquido que sale del torrente sanguíneo e ingresa en diversos tejidos corporales.
ACENTO.COM.DO
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JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres
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1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.
Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.
Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.
Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.
La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.
Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.
Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.
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Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3
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1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.
Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».
«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).
Derechos de Franasyl
La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.
En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.
La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.
- Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.
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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar
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1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.
El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.
La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.
La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.
El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.
Ejecución del peritaje
Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.
La CD modificó el artículo 48 de la pieza
Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.
