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Los diputados que menos asistieron a las sesiones legislativas
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8 años agoon
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LA REDACCIÓNEntre los legisladores que menos asisten a las sesiones de la Cámara de Diputados figuran miembros de los partidos PLD, PRM, PRD, MODA y otros
SANTO DOMINGO. El Congreso Nacional tiene la facultad de legislar y fiscalizar la administración pública en representación del pueblo, que le elige mediante voto popular, por lo que sus miembros tienen la obligación por mandato de la Constitución de asistir a las sesiones para velar que esto se cumpla. Sin embargo, no todos asisten con la frecuencia que deberían.
Al respecto la Constitución dominicana es clara y específica en su artículo 88 que “las y los legisladores deben asistir a las sesiones de las legislaturas”, así como someterse al régimen de inhabilidades e incompatibilidades de ocupaciones que les impide ejercer cualquier otra función pública o privada que no fuese la docencia.
Además, establece que “quienes incumplan lo anterior perderán su investidura, previo juicio político de acuerdo con las normas instituidas por esta Constitución y los reglamentos (del Congreso) y no podrán optar por una posición en el Congreso Nacional dentro de los diez años siguientes a su destitución”.
“Durante las legislaturas ordinarias los diputados deben registrar una asistencia no menor del setenta por ciento de las sesiones efectuadas”
En el caso de la Cámara de Diputados, compuesta por 190 representantes de distintas demarcaciones del país y de la diáspora, su reglamento interno refiere en su artículo 25 que los legisladores deben “asistir puntualmente a la hora fijada para las sesiones y permanecer en ellas hasta su término”.
“Durante las legislaturas ordinarias los diputados deben registrar una asistencia no menor del setenta por ciento de las sesiones efectuadas”, instruye el Reglamento de la Cámara de Diputados.
Dicho reglamento da facultades a su Consejo de Disciplina a iniciar el proceso que indica el artículo 83 de la Constitución, en su numeral 1, de acusar ante el Senado a aquellos funcionarios “por la comisión de faltas graves”.
El mismo reglamento tiene algunas excepciones para otorgar una “excusa legítima”, como es el caso de fallecimiento de un familiar, indisposición por enfermedad, licencia concedida por la Cámara de Diputados, realización de trabajos encargados en las comisiones o para las gestiones oficiales en representación de la Cámara.
De acuerdo al registro de asistencia de la Cámara de Diputados que abarca desde el 16 de agosto del año 2016 al 15 de agosto del 2017, estos son los diez legisladores que más ausencias registraron desde el día 16 de agosto de 2016 al 12 de enero de 2018:
Bernardo Alemán RodríguezBernardo Alemán Rodríguez, diputado por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), faltó a 73 de 84 sesiones (desde el 16/08/2016 al 15/08/2017) de las que en 50 ocasiones no presentó ninguna excusa para un promedio de 40% de asistencia.
En el último período (del 16/082017 al 12/01/2018) Alemán Rodríguez registró una inasistencia de 33 ocasiones, de las cuales 19 no tuvieron ninguna excusa para un 47 por ciento.
Elvin Antonio FulgencioElvin Fulgencio, diputado por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), tiene un registro de 52 ausencias en 84 sesiones (desde el 16/08/2016 al 15/08/2017), de las cuales en 27 ocasiones no presentó ninguna excusa y tuvo un promedio asistencial de 68%.
El legislador peledeísta faltó sin presentar excusas en 24 ocasiones (del 16/082017 al 12/01/2018) con apenas 12 asistencias en 36 sesiones ordinarias para un promedio de asistencia de un 33%.
Rubén Darío Luna MartínezRubén Darío Luna Martínez, diputado por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), faltó a 74 de 84 sesiones (del 16/082017 al 12/01/2018) en las cuales presentó excusas. Ha asistido apenas a diez sesiones aunque su promedio es de un 100 por ciento.
Martínez es diputado de ultramar y en el último período (del 16/082017 al 12/01/2018) sólo asistió a 7 sesiones, mientras se excusó en 29 de las 36 sesiones.
Héctor Ramón Peguero MaldonadoHéctor Ramón Peguero Maldonado, del Movimiento Democrático Alternativo (MODA), tuvo 42 ausencias (del 16/082017 al 12/01/2018) con 35 excusas y un total de 42 asistencias con un promedio de 92 por ciento.
En el último período, Peguero Maldonado, faltó en las 36 ocasiones por las cuales se excusó a su vez, por lo que pese a no asistir mantuvo un porcentaje de asistencia de un 100%.
Jacqueline MonteroJacqueline Montero, diputada del Partido Revolucionario Moderno (PRM), tuvo un total de 41 ausencias (del 16/082017 al 12/01/2018), 37 de estas con excusas y cuatro sin excusar. Mantiene un récord de asistencias de un 95%.
Aciris Milciades Medina BáezAciris Milciades Medina Báez, diputado por el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), se ausentó un total de 39 veces del 16/082017 al 12/01/2018), 32 de ellas con excusas y un promedio de 92 % de asistencia.
Miguel Ángel Peguero MéndezMiguel Ángel Peguero Méndez, Partido Popular Cristiano (PPC), estuvo ausente en 42 ocasiones (del 16/082017 al 12/01/2018), seis de ellas sin excusas. Pese a tener registro de 42 asistencias a las sesiones legislativas, mantuvo un 93 % de asistencias.
Rafaela Alburquerque de GonzálezRafaela Alburquerque de González, diputada por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), estuvo ausente durante 31 sesiones (del 16/082017 al 12/01/2018), de las cuales presentó excusas en 18 ocasiones. Sus 53 asistencias efectivas le valieron un porcentaje de 85% del registro asistencial.
Eduard Jorge GómezEduard Jorge Gómez del Partido Revolucionario Moderno (PRM), tuvo un total de 36 ausencias (del 16/082017 al 12/01/2018). Aunque solo asistió en 48 ocasiones de las 84 sesiones celebradas, mantuvo un porcentaje asistencial de 92%.
diariolibre.com
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Director de La República advierte que Congreso Nacional no tiene la facultad para anular candidaturas independientes.
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1 día agoon
marzo 19, 2026Por Elba García
El doctor José Cabral Salcedo, especialista en derecho constitucional, además de periodista y empresario, quien ostenta la dirección del diario La República, aclaró que no es verdad que el proyecto que se conoce actualmente en la Cámara de Diputados y que ya fue aprobado en el Senado de la República elimine las candidaturas independientes.
El profesional del derecho sostuvo que el esfuerzo de los diputados y senadores más que en contra de las candidaturas independientes se trata de una aspiración que pone en peligro todo el sistema legal e institucional de la nación.
Dice que intentar eliminar las candidaturas independientes es conspirar en contra de la propia Constitución de la República, ya que es la carta magna la que otorga la facultad al TC de interpretar las normas que chocan con la ley sustantiva de la nación, a los fines de procurar que las mismas se ajusten al control de la constitucionalidad.
La intención de eliminar las candidaturas independientes es lo mismo que conspirar en contra del sistema democrático e institucional de la nación, lo que indica el estado de desesperación de los partidos políticos ante el descredito que les afecta, añadió el periodista, abogado y empresario.
Cabral Salcedo advirtió que de aprobarse el proyecto de ley que se conoce ahora en la Cámara de Diputados deja el problema en manos del presidente Luis Abinader, quien tiene la opción de promulgarla u observarla en virtud de que la misma sería un contrasentido jurídico que cuestionaría todo el régimen jurídico interno y externo.
Sin embargo, advirtió que ante la conversión en ley del proyecto que se conoce ahora en la Cámara de Diputados y si es promulgado por el presidente Abinader implicaría la presentación de una acción directa de inconstitucionalidad ante el mismo Tribunal Constitucional que es el único facultado para interpretar la constitucionalidad de una norma.
Explico que decir que la Constitución habla de que las aspiraciones políticas sólo pueden ser canalizadas a través de los partidos, según la interpretación que se le ha querida dar al artículo 216 de la carta magna, pese a que la ley sustantiva de la nación debe leerse íntegramente y naturalmente incluyendo el artículo 22 que habla de los derechos ciudadanos, sobre todo en lo que respecta al principio de elegir y ser elegido.
El abogado, periodista y empresario advierte que la jurisprudencia del TC sólo puede ser eliminarla por el propio alto tribunal mediante la figura del overrruling, la cual es la técnica jurídica mediante la cual un tribunal constitucional revoca o cambia un precedente vinculante anterior, sustituyéndolo por una nueva doctrina, a los fines de adaptar el derecho a nuevos contextos sociales, morales, económicos y políticos, lo que permite superar normas jurisprudenciales obsoletas, injustas o incompatibles con el ordenamiento actual.
Sin embargo, el profesional del derecho aclara que ese no es el caso de la sentencia que sienta jurisprudencia sobre las candidaturas independientes, la TC/0788/24, ya que para que el TC cambie el criterio en esta materia tiene que producirse una afectación de un derecho fundamental cuando en la misma se produce todo lo contrario con la protección del principio de elegir y ser elegido, pero además del de igualdad, proporcionalidad, legalidad, pro participación y el de dignidad humana.
Esta situación hace prácticamente imposible la posibilidad de que las pretensiones de los diputados y senadores se concrete, porque sencillamente no hay forma de que sus acciones al margen del principio de legalidad tengan éxito, ya que la interpretación del Tribunal Constitucional se ajusta del artículo 47 de la Ley 137-11 y también al 184 y 185 de la constitución de la República.
Cabral Salcedo sostuvo que con el proyecto de ley que busca eliminar las candidaturas independientes el Congreso Nacional no sólo se pone al margen del régimen legal, sino también de la institucionalidad de la nación y además deja claro que los legisladores de la llamada partidocracia se creen dueños del sistema, principalmente los perremeistas que fundamentaron su llegada al poder en que en la República Dominicana se consolidaba un partido-Estado a través del PLD, pero resulta que ahora ellos son más antidemocráticos que las pasadas autoridades.
Cabral Salcedo llamó al presidente Luis Abinader a no ser parte de un plan que compromete la responsabilidad civil y penal del Estado por tratarse de la violación de un derecho fundamental como el de elegir y ser elegido, consignado, además, en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos de San José, Costa Rica.
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Mantienen en arresto domiciliario a coronel acusado de pertenecer a red de sobornos
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1 día agoon
marzo 19, 2026
Santo Domingo, R.D.-El mantenimiento del arresto domiciliario dispuso la jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en contra del coronel Andrés Pacheco Valera, implicado en la Operación Lobo.
La magistrada Yanibet Rivas tomó la decisión tras rechazar una solicitud de variación de la medida presentada por el acusado, a través de su abogado Félix Portes Núñez.
De inmediato, el abogado del imputado anunció que apelará la decisión, alegando violación al principio de igualdad, ya que otros coimputados han recibido medidas menos severas.
El imputado es acusado de formar parte de una red que se dedicaba a la distribución de sobornos para agenciarse la contratación y el mantenimiento de contratos de seguridad privada en instituciones públicas.
Entre las instituciones se encuentran el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EdeNorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste) y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur).
Entre los implicados se encuentran el mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz, así como los coroneles de ese organismo Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández Vásquez y Elías Camaño Pérez.
Además, el coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar y el primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos, el empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González y el coronel de la Policía Ramón Quezada Ortiz. En Santiago fue arrestado Bolívar Nicolás Fernández Espinal.
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Apelarán no ha lugar que favorece a hombre imputado de crimen.
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1 día agoon
marzo 19, 2026
Santo Domingo, R.D.-La decision de el Septimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional será apelada por el Ministerio Público mediante la cual otorgó un auto de no ha lugar en favor de Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado de ultimar a una mujer y herir a otras cinco personas en un hecho ocurrido en el sector Naco.
El órgano acusador rechazó, en un comunicado de prensa, la decisión del juez Deiby Antonio Timoteo Peguero, al considerar que no se corresponde con las pruebas aportadas durante el proceso.
Sostiene que existen méritos suficientes para recurrir la decisión, al entender que el tribunal incurre en contradicción, ya que en principio no acoge la declaratoria de inimputabilidad, pero termina aplicando los efectos jurídicos de dicha figura al dictar el auto de no ha lugar.
La acusación presentada por el Ministerio Público, representado por la fiscal Vidalis Mora, explica que el 23 de julio de 2025 el imputado irrumpió en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV, donde agredió a distintos residentes, incluyendo a Yolanda Handal Abugabir, a quien le provocó la muerte.
Durante el hecho, también hirió a Gricelda Ozuna Torres, Francisco Texano, Teresa Fabián de Heredia, Victoria Heredia y Guillermo Ramón Pumarol Castellanos, además de ocasionar la muerte de una mascota.
El Ministerio Público recordó que, en atención a la gravedad de los hechos y las evidencias presentadas, previamente, le fue impuesta prisión preventiva como medida de coerción, la cual cumplía en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, en Higüey, provincia La Altagracia.
