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MAP dice extranjeros sólo pueden ocupar cargos de forma temporal

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Santo Domingo, RD.-Las formas de colaboración de extranjeros con los órganos y entes de la administración pública fueron puntualizados mediante la resolución numero 362-2022 del  Ministerio de Administración Pública (MAP).

El documento indica en su artículo seis que aquellos extranjeros que en la actualidad se encuentran en nóminas fijas o temporales, ocupando cargos permanentes de la Administración Pública, deberán ser colocados en condición de eventuales o jornaleros, según corresponda, en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la entrada en vigor de la resolución.

 “Para que los extranjeros puedan participar como colaboradores eventuales de órganos y entes públicos del ámbito del Poder Ejecutivo, deben ser residentes legales con autorización para trabajar en la República Dominicana, de conformidad con el ordenamiento jurídico dominicano”, manifiesta el párrafo I del artículo 1.

Esto en virtud de lo dispuesto en la Constitución de la República, y por el artículo 33, numeral 1 de la Ley de Función Pública que establece el “ser dominicano” para ingresar al servicio público, y a lo plasmado en el párrafo del artículo 11 de la resolución núm. 113-21 del MAP de que la ocupación de cargos en condición de eventuales o jornaleros se podrá realizar mediante la firma de una carta compromiso de servicios personales, para los colaboradores extranjeros.

Las cartas compromisos de servicios personales firmadas con extranjeros, tendrán una duración de doce meses, y en caso de necesidad, podrán ser renovadas por 6 meses más, siempre que se cuente con la no objeción del MAP.

La resolución señala que los órganos y entes del Poder Ejecutivo deberán enviar al MAP una relación de todos los extranjeros que ocupan cargos permanentes, haciendo constar nombre completo del extranjero, documento de identidad, título del cargo que ocupa y tiempo ocupándolo; la relación debe ser enviada en un plazo de un mes a partir de la entrada en vigencia de la esta resolución.

“Si al vencimiento del plazo indicado, la máxima autoridad ejecutiva no hubiere obtemperado al envío al MAP de la relación de extranjeros a la que se refiere dicho párrafo, se entenderá que no desea continuar con los servicios personales de dichos extranjeros, y estos cesarán en sus labores y no se podrán realizar más pagos por servicios prestados”, señala expresamente el párrafo II de la misma.

Por igual, se indica que los extranjeros que se encuentren ocupando cargos públicos permanentes, en nóminas fijas o temporales, tendrán un plazo máximo de seis meses para regularizar su estatus de colaborador con el ente u órgano correspondiente. Vencido este plazo, estos extranjeros no podrán seguir prestando servicios a los entes u órganos del ámbito del Poder Ejecutivo.

Cuando los cargos que estén siendo ocupados por extranjeros sean clasificados como de Carrera Administrativa, deberán ser llamados a concurso tan pronto venza el plazo de los seis meses otorgado a los extranjeros para regularizar su situación; en caso de que no sean de carrera, una vez pasen los seis meses se deberá de colocar en esos cargos a nacionales dominicanos.

Los extranjeros que tengan interés en ocupar cargos permanentes en la Administración Pública deberán obtener la nacionalidad dominicana, de conformidad con las normas y procedimientos establecidos en la Ley Núm. 285-04, General de Migración, y su Reglamento de Aplicación Núm. 631-11, y someterse a los requisitos y procedimientos establecidos en la Ley núm. 41-08, de Función Pública y sus reglamentos de aplicación.

La Resolución núm. 362-22 indica en su artículo 2 sobre no objeción, que el MAP, en su calidad de órgano rector de la Función Pública, tiene la facultad de aprobar o no la vinculación de los extranjeros mediante las modalidades de jornaleros o eventuales, luego de verificar que se han cumplido o no los requisitos legales, formales y procedimentales.

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Buscan con Proyecto de ley que hombres usen apellido de sus esposas en la cédula

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Santo Domingo, R.D.-Una iniciativa introducida en la Cámara de Diputados estudia actualmente una iniciativa que permitiría por primera vez de forma expresa que los hombres puedan incorporar el apellido de sus esposas en su cédula y otros documentos, bajo las mismas condiciones que hoy lo hacen algunas mujeres de manera opcional.

El proyecto de ley es autoría de la diputada Gabriela Abreu Santos, del Partido Revolucionario Moderno (PRM), y busca regular el apellido de los cónyuges en la cédula de identidad, una practica que, según la pieza legislativa, solo estaba organizada de forma administrativa, no legal.

En ese sentido, la propuesta busca que no solo las mujeres usen el apellido de los esposos, sino que los hombres también puedan agregar el apellido de sus esposas en sus documentos.

El proyecto señala que la inclusión del apellido de la pareja podría realizarse mediante la expresión «de + apellido del cónyuge» o mediante cualquier otra modalidad que establezca la Junta Central Electoral en su reglamentación.

Para solicitar la incorporación del apellido del cónyuge, la propuesta exige la presentación del acta de matrimonio registrada conforme a la Ley 4-23, una solicitud expresa del interesado y un documento de identidad vigente.

La pieza legislativa también dispone que este derecho se reconozca sin distinción de género, por lo que podría ser ejercido por cualquiera de los cónyuges en igualdad de condiciones.

El proyecto contempla que la persona que haya decidido utilizar el apellido de su pareja podrá solicitar en cualquier momento su eliminación del documento de identidad.

Asimismo, en caso de divorcionulidad del matrimonio o fallecimiento del cónyuge, el titular del documento podrá optar por mantener el apellido como uso social o solicitar su retiro de la cédula.

En caso de ser aprobada totalmente en el Congreso, la JCE dispondría de un plazo de 90 días para dictar el reglamento que regule la aplicación de la norma.a

En la exposición de motivos, la diputada Abreu Santos sostiene que el objetivo del proyecto es garantizar la libertad de elección de los ciudadanos en el uso del apellido de su cónyuge, en condiciones de igualdad, y fortalecer la seguridad jurídica en materia de identidad.

La legisladora también señala que actualmente la inclusión del apellido del cónyuge en la cédula se realiza como una práctica administrativa, sin una regulación legal expresa, por lo que considera necesario establecer una norma clara que regule esta posibilidad.

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Mujer golpeada por coronel Madé en Los Mina se querella en su contra.

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Santo Domingo, R.D.- Charlizze Altagracia Hernández Monegro, joven golpeada por un coronel de la Policía Nacional,  interpuso una querella con constitución en actor civil contra el coronel Fausto Madé Ramírez, por haberla agredido en plena vía pública en Los Mina, municipio Santo Domingo Este, hecho que que quedó captado en video y fue ampliamente difundido en las redes sociales.

La instancia fue presentada ante la Fiscalía de Santo Domingo e incluye como tercero civilmente responsable a la entidad policial por tratarse de un agente en funciones.

Los abogados de la querellante sustentan la acción en los artículos 186, 198, 265, 266, 309, 309-1 y 309-3, ordinales B, C y E, del Código Penal Dominicano, que tipifican delitos relacionados con agresión y violencia.

Este hecho vuelve a colocar en el centro del debate público el uso de la fuerza por parte de agentes del orden y la efectividad de los mecanismos de supervisión, en momentos en que se impulsa una reforma policial orientada a fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas dentro de la institución.

  • Sin embargo, su accionar no es un hecho aislado en su historial dentro de la institución.

El oficial ya había sido sancionado anteriormente en 2018, entonces con rango de teniente, y subcomandante del destacamento de Los Frailes por una conducta violenta hacia un ciudadano.

Según el informe del cuerpo del orden de ese momento, el agente incurrió en una actuación contraria a los principios de prudencia y tolerancia que deben regir el accionar policial, por lo que fue remitido a la Dirección de Asuntos Internos.

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Distribuyen agentes policiales para reforzar seguridad en operativo de Semana Santa 2026

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Santo Domingo, R.D.-Agentes de la  Policía Nacional fueron distribuidos este miércoles s nivel nacional para fortalecer las labores de prevención y garantizar la seguridad ciudadana durante el asueto de Semana Santa 2026.

La actividad tuvo lugar en el Coliseo de Boxeo Carlos Teo Cruz, donde jóvenes policías, tanto masculinos como femeninos, se concentraron desde tempranas horas, listos para ser enviados a distintos puntos estratégicos del país.

Los agentes, debidamente uniformados y con su equipaje en mano, forman parte del contingente que se integrará al Operativo Proteger y Servir Semana Santa 2026, una iniciativa del Gobierno dominicano que articula esfuerzos entre la Policía Nacional, las Fuerzas Armadas y otros organismos de seguridad del Estado.

Las autoridades policiales señalaron que este despliegue forma parte de la estrategia preventiva diseñada para reducir la incidencia delictiva, evitar accidentes y ofrecer una respuesta oportuna ante cualquier eventualidad que pudiera surgir durante el desplazamiento masivo de ciudadanos en este período.

Asimismo, exhortaron a los agentes a desempeñar sus funciones con apego a los protocolos institucionales, respeto a los derechos fundamentales y un alto sentido de responsabilidad, recordando que representan el rostro cercano de la institución ante la ciudadanía.

Con esta distribución, la Policía Nacional continúa fortaleciendo su capacidad operativa y reafirma su compromiso de proteger vidas, preservar el orden público y contribuir a que la población disfrute de una Semana Santa segura y en paz.

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