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Miembros de la Policía y Fuerzas Armadas podrán tener relaciones homosexuales sin ser sancionados

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Santo Domingo, R.D.-El Tribunal Constitucional (TC) eliminó el artículo 210 de ley 285, que crea el Código de Justicia de la Policía Nacional, y el artículo 260 de la Ley 3483, que crea el Código de Justicia de las Fuerzas Armadas, y que estipulaban prisión de dos meses a dos años para los miembros de esas instituciones que sostuvieran relaciones sexuales con personas del mismo sexo.

Ambos artículos, de leyes creadas en 1966 y 1953, definían “la sodomía” como el concúbito entre personas de un mismo sexo y poseían sanciones, cuando se trate de oficiales, “de pena de seis meses a dos años de prisión correccional”, y pena de prisión correccional de dos a seis meses, cuando sean alistados. Además de que eran castigados, “cuando se trate de un Oficial, con la pena de seis meses a un año de prisión correccional”.

El Tribunal Constitucional consideró que ambos artículos son “ostensiblemente inconstitucionales, al comprobar que violan el principio de razonabilidad, discriminan de manera injustificada a las personas por su orientación sexual, afectan la intimidad, el libre desarrollo de la personalidad y el derecho al trabajo de las personas que forman parte de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, por lo cual ordena su expulsión del ordenamiento jurídico.”

“Declara no conformes con la Constitución el artículo 210 de la Ley núm. 285, del veintinueve (29) de junio de mil novecientos sesenta y seis (1966), que crea el Código de Justicia de la Policía Nacional, y el artículo 260 de la Ley núm. 3483, del trece (13) de febrero de mil novecientos cincuenta y tres (1953), que crea el Código de Justicia de las Fuerzas Armadas, y, por tanto, los expulsa del ordenamiento jurídico”, estableció en la sentencia TC/1225/25 del 18 de noviembre de 2025.

El tribunal tomó esta decisión al acoger una acción de inconstitucionalidad interpuesta por Anderson Javiel Dirocie de León y Patricia M. Santana Nina, quienes establecieron que ambos artículos violaban los artículos 39, 62.1, 62.2, 62.5, 138, 253, 256 de la Constitución dominicana, de los artículos 2.1 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y de los artículos 1.1 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).

“En primer lugar, las normas atacadas únicamente castigan el acceso carnal cuando se realiza entre personas de un mismo sexo. En cambio, no se sanciona la misma conducta cuando de tener lugar entre dos personas de sexo opuesto. En consecuencia, el único criterio utilizado por el legislador para efectuar el tratamiento diferenciado es la orientación sexual de los intervinientes en el acto, la cual, de verificarse que son de sexo opuesto y, por ende, no heterosexuales, como socialmente resulta deseable conforme a la norma de género establecida, el acto resultará pasible de sanción”, decían en su escrito.

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Retroceso judicial hubo en el 2025 en R.D., según ve Colegio Abogados.

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SANTO DOMINGO.- El como el año del retroceso judicial calificó el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD)  el 2025, ya que hubo “una justicia cara, lenta y mala, además de negadora de los derechos fundamentales de los ciudadanos”.

A propósito del Día del Poder Judicial, el CARD realizó una marcha nacional cívica y pacífica “por la dignidad del abogado y el acceso a la justicia”, que concluyó frente a la sede de la Suprema Corte.

Exigió mayor presupuesto para el Poder Judicial, defendió la dignidad del ejercicio profesional del letrado y denunció deficiencias estructurales, como la falta de presupuesto y condiciones reales de acceso a mecanismos oportunos, independientes y eficientes, tanto para los profesionales del sector como para los ciudadanos.

El presidente del CARD, Trajano Potentini, explicó que esta movilización respondió a una profunda preocupación del gremio ante situaciones que afectan el Estado social y democrático de derecho.

Dijo que el discurso de rendición de cuentas ofrecido por el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Luis Henry Molina, fue un ejercicio retórico on cifras y estadísticas que no se corresponden con la realidad.

Citó como males reiterados la mora judicial, la falta de ejecución efectiva de sentencias, la debilidad institucional en la jurisdicción administrativa y la precarización del ejercicio profesional.

Entre los reclamos del gremio figuran un salario mínimo de 60 mil pesos para los abogados que laboran en el Poder Judicial, y mejores condiciones de vida para los jueces y servidores.

También que sean instaurados los tribunales superiores administrativos de primera instancia.

agl-sp

 

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Por violación de niña de siete años de edad militar es condenado a 20 años de prisión por abuso sexual.

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Santo Domingo, R.D.-Este miércoles el Segundo Tribunal Colegiado de Santo Domingo Este condenó  a 20 años de prisión a un militar que abusó sexualmente de una niña de siete años de edad en un hecho ocurrido en el año 2024 en el sector de Los Tres Brazos.

Luis Miguel Cuevas Gómez, miembro del Ejército Nacional, fue declarado culpable por los jueces Josefina Ubiera Guerrero, Yury Cuevas de la Cruz y José Leonel Ascencio Quezada, en un proceso en el que el Ministerio Público estuvo representado por el fiscal litigante Juan A. Olivares, indica una nota de prensa del organismo persecutor.

Señala que las pruebas aportadas por el Ministerio Público demostraron como el procesado, con sus acciones, faltó a varias disposiciones legales.

El expediente instrumentado por la fiscal investigadora Claudia Valdez, indica que el Ministerio Público inició la acción penal en contra del agresor, luego de que la madre de la víctima denunciara lo ocurrido a la niña, quien le confesó los abusos a los que había sido sometida por Cuevas Gómez.

  • Por decisión de los jueces, el procesado cumplirá la condena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres.

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Llaman a respetar el escalafón en la selección de jueces de la Suprema Corte

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Santo Domingo, R.D.-Elizabeth Rodríguez, coordinadora de la Defensa Pública del Departamento Judicial de La Vega,  llamó a que los procesos de selección de jueces, especialmente para la Suprema Corte de Justicia, se realicen con transparencia y respetando el escalafón judicial.

Rodríguez Díaz explicó que la Defensa Pública, como órgano constitucional, se unió a las actividades conmemorativas del día del Poder Judicial, que iniciaron con una misa en la Catedral y continuarán con la audiencia solemne que deja oficialmente abiertas las labores judiciales correspondientes al año 2026.

Al referirse al proceso de selección de jueces a la Suprema Corte de Justicia, la funcionaria manifestó su sorpresa por la exclusión de magistrados del Departamento Judicial de La Vega con amplia trayectoria y probada capacidad. Citó los casos de la magistrada Arelys Ricur y el magistrado Amauris Pimentel, quienes, según indicó, cuentan con una hoja de servicio que merecía ser tomada en consideración.

Rodríguez Díaz señaló que la Defensa Pública apuesta a que los procesos venideros sean completamente transparentes y reiteró la necesidad de fortalecer la institucionalidad del sistema de justicia, garantizando que las decisiones se sustenten en méritos, experiencia y trayectoria.

En ese sentido, reafirmó el compromiso de la Defensa Pública con una justicia independiente, eficiente y alineada a los principios constitucionales, en beneficio de la ciudadanía y del fortalecimiento del Estado de derecho.

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