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Namphi Rodríguez llama a “blindar” periodistas tras sentencia TC sobre libertad de expresión

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31c22b0a1ec59488e3bf5a9683a096ee_300x226El presdiente de la Fundación Prensa y Derecho planteó que el fallo de la alta corte es un primer paso para debatir la ley y que permitirá aprobar una legislación que salvaguarde el derecho de los periodistas .

El abogado Namphi Rodríguez, presidente de la Fundación Prensa y Derecho,  consideró este martes como el primer paso para un debate  la publicación de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre libertad de expresión.

Ese debate permitirá, añadió, aprobar una legislación que salvaguarde el derecho de los periodistas y los ciudadanos a denunciar la corrupción en  la esfera del Estado y de la actividad política.

Rodríguez ponderó la sentencia TC 0075.16 del Tribunal Constitucional publicada este lunes 4 de abril, en la víspera del Día Nacional del Periodista, en el que los jueces desarrollan sus argumentaciones sobre la supresión parcial de la privación de libertad por difamación e injuria y la responsabilidad penal de los directores de medios de comunicación.

Sostuvo que en relación a la derogación de la responsabilidad de los directores de medios, la línea de doctrina que los jueces del TC siguieron fue la de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) al considerar que los responsables por las afirmaciones de un tercero no pueden ser ni los directores, ni los periodistas; sino quienes han emitido los juicios pretendidamente difamatorias.

Dijo que lo que hace el Tribunal Constitucional  en su sentencia es determinar que si el periodista y el director no son autores de una afirmación no pueden ser responsables por ella, lo cual   beneficia la libertad de prensa y establece la responsabilidad en quien ha emitido el juicio o la afirmación.

“Ahora lo que debemos hacer es blindar a los periodistas mediante una ley de libertad de expresión y medios de comunicación que recoja estos criterios sobre la responsabilidad penal, para que nunca más se hable de que los periodistas tengan que responder por los hechos de otros”, agregó en una nota de prensa.

En su sentencia, los jueces rechazaron suprimir los artículos del 368 al 372 del Código Penal argumentando el criterio de que las sanciones a los delitos de prensa están contenidos en la Ley 6132, de Expresión y Difusión del Pensamiento, y  agregaron que el interés legítimo  de los accionantes estaba referido a esta clase de infracciones y no a las que se puedan cometer fuera de los medios de comunicación.

Rodríguez dijo que al rehusar derogar los referidos artículos del Código Penal, los magistrados del TC no comprendieron el alcance de la acción de inconstitucionalidad incoada por la Fundación Prensa y Derecho y los directores de diarios, que buscaba no sólo derogar la prisión por difamación e injuria a través de la prensa, sino también aquella que se da por delitos de palabra fuera de los medios de comunicación.

“Claro que la Fundación Prensa y Derecho y los directores de medios representan el palpitar y el rechazo ciudadano respecto de penas hasta de un año de prisión que contempla el Código Penal por delitos que deben ser contravencionales; es decir, su sanción debe ser leve porque afecta la libertad de personal de los ciudadanos”, dijo.

Respecto de la derogación parcial de los delitos contra el honor, Rodríguez dijo que lo deseable hubiese sido que el TC suprimiera de manera general la vía de persecución penal en la materia de la opinión pública y delitos de prensa.

“Sin embargo, el hecho de que se haya suprimido la pena de privación de libertad cuando el delito afecta funcionarios públicos es importante, aunque se mantenga la referida pena cuando el presunto perjudicado es el Presidente de la República, los dignatarios extranjeros o los particulares”, reseñó.

Adujo que ahora le corresponde al Congreso completar la reforma y determinar si el país debe mantener este tipo de penas, que de acuerdo a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos producen un efecto inhibitorio de la opinión pública.

El jurista y defensor de derechos humanos advirtió que en su sentencia, el TC suprimió el artículo 37 de la Ley 6132 que consagraba la excepción de la verdad mediante la prueba de certidumbre del hecho pretendidamente difamatorio contra funcionario público.

 Sobre ese aspecto, Rodríguez dijo que esa es una decisión que los magistrados adoptaron sin haber sido promovida por los accionantes, aparentemente fundada en el principio derogatorio por conexidad del artículo 46 de la Ley sobre los Procedimientos Constitucionales, “lo cual resulta muy controversial”.

El Caribe

 

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Escogen a Agelán Casasnovas como directora regional de la Asociación de Mujeres Juezas

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Santo Domingo.- La magistrada Esther Agelán Casasnovas, jueza de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, fue elegida Directora Regional para Latinoamérica y del Caribe de la Asociación Internacional de Mujeres Jueces, por sus siglas en inglés IAWJ.

La decisión fue adoptada durante la 14ª_ Conferencia Bienal de la Asociación Internacional de Mujeres Jueces, que tuvo lugar en la ciudad de Buenos Aires, del 2 al 6 de Mayo del 2018.

La escogencia de la Coordinadora de la Comisión de Igualdad de Género del Poder Judicial fue hecha en base a sus méritos, el desarrollo de una labor sobresaliente en la materia y su vocación hacia la defensa del género, según destaca una nota de prensa de la Suprema Corte de Justicia.

Como parte de las actividades, durante el evento fue desarrollada la conferencia titulada “Construyendo Puentes entre las Juezas del Mundo”.

Tras su elección, la magistrada Agelán Casasnovas dijo la IAWJ tiene objetivo procurar la igualdad de género y la protección de los derechos de los grupos más vulnerables.

La Asociación Internacional de Mujeres Juezas aglutina a más de 5,000 miembros en 101 países y lleva adelante programas de capacitación y perfeccionamiento judicial en temas de género.

La IAWJ ha trabajado durante los últimos 25 años con las juezas de todo el mundo, colaborando con la capacitación y con temas de derechos humanos, a través de conferencias internacionales y regionales.

En el marco del programa emblemático denominado hacia una jurisprudencia de igualdad, ha desarrollado un importante y novedoso programa: “Perfeccionamiento Judicial en el Manejo de casos de Violencia de Género en República Dominicana”.

La delegación que participó en el evento estuvo integrada las juezas del Tribunal Constitucional, Leyda Margarita Piña y Katia Miguelina Jiménez, y las magistradas del Tribunal del Superior Electoral, Cristian Perdomo y Rafaelina Peralta; las juezas Sarah Veras Almánzar y Natividad Ramona Santos, de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo; Daisy Indhira Montás y Carmen Mancebo, de la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional; Manuel Ramírez Suzaña, presidente de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Juan de la Maguana: Rosa Rodríguez Nina, presidenta de la Corte de Apelación de Niños, Niñas y Adolescentes de San Cristóbal, y Yumiris Tuitt Santana, jueza de la Primera Cámara Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial de Hato Mayor.

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Roban una gemela recién nacida de la Maternidad Renee Klang en Santiago

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Santiago.- Una de dos gemelas, recién nacidas, robada este martes de la Maternidad  Renee Klang viuda Guzmán que funciona adyacente al hospital Presidente Estrella Ureña en Santiago.

Según familiares de la madre de la infante, una señora que ayer se mantuvo a rondando por esa unidad,  fue que cargó con la niña, por lo que le atribuyen negligencia o complicidad a sectores del centro.

La madre de las dos recién nacidas es Noelia Sánchez de 32 años de edad, residente en el sector Cienfuegos de esta ciudad de Santiago.

Las autoridades del centro hospitalario dijeron que están investigando el caso, pero que no podían ofrecer mayores detalles por el momento.

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Ratifican prisión preventiva de un año a «Chaman Chacra»

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Santo Domingo.- A Víctor Alexander Portorreal Mendoza, acusado de matar a su pareja, Reina Isabel Encarnación, y tres niños, el 4 de febrero, en el barrio Enriquillo de esta capital, le fue ratificada la prisión preventiva de un año a ser cumplida en la cárcel de San Pedro de Macorís.

Los asesinatos se habrían cometido el 4 de febrero pasado, pero no fue hasta el jueves 8 de febrero que moradores del sector, donde el imputado cometió los homicidios, reportaron a las autoridades un hedor que provenía de la vivienda, por lo que llegaron patrullas policiales y el cuerpo de bomberos, que abrieron la puerta y encontraron “la macabra escena”.

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