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Ningún proyecto agenda priorizada fue aprobado por el Congreso

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104 iniciativas fueron identificadas necesarias para adecuar Constitución

SANTO DOMINGO. El Congreso Nacional tiene pendiente el conocimiento y aprobación de alrededor de un 45 por ciento de las leyes necesarias para ser adecuadas a la Constitución de 2010, según revela el informe de una Comisión Especial designada para el levantamiento de un catálogo sobre estas normas.

Pese a que al asumir la presidencia de la Cámara de Diputados, Rubén Maldonado, definió esta labor como parte de la agenda de trabajo priorizada para la legislatura que iniciaba el 16 de agosto de 2017, es poco lo que se ha avanzado al respecto.

El informe que fue presentado en septiembre del pasado año ante el pleno de la Cámara de Diputados, por el legislador Henry Merán, quien presidió la Comisión Especial arrojó que 108 proyectos de ley no habían sido aprobados aún. De estos dos son de facultad del Poder Ejecutivo.

El levantamiento realizado por la comisión especial verificó que de 222 disposiciones constitucionales se han aprobado 114 y están pendientes de adecuación 66. En tanto que 40 de las normativas están pendientes de creación.

Aunque en su informe la Comisión Especial que presidió el diputado Merán recomendó a la Cámara de Diputados, a través de la Presidencia del organismo, tomar “las medidas de lugar pertinentes para que estos puedan convertirse en Anteproyecto de ley”, hasta el momento no se ha informado algún avance al respecto, ni se han presentado dichos documentos por ante el pleno.

Entre las iniciativas legislativas que fueron declaradas como prioridad por la Cámara de Diputados figuran los proyectos de Proyecto de ley de Partidos y Agrupaciones Políticas, del Régimen Electoral, la reforma del Código Penal, el Código Civil, el Código de Procedimiento Civil, el Código de Comercio, la Ley de Ordenamiento Territorial y Uso de Suelo, la Ley de Aguas, la Ley de Deporte y Recreación Física, la Ley de Trabajo Doméstico, la Ley de Cambio Climático, la Ley Orgánica de Fiscalización Control del Congreso Nacional, entre otras iniciativas legislativas.

Sin embargo, ninguno de los proyectos citados en el párrafo anterior fueron aprobados en la Cámara de Diputados o el Senado durante la segunda legislatura ordinaria del 2017, que concluyó el pasado día 12 de enero del presente año.

Varias de las iniciativas mencionadas llevan más de una década dentro del Congreso Nacional sin que se haya logrado su aprobación definitiva como son los casos del proyecto de Ley de Partidos, el Código Penal o la Ley de Aguas.

Los proyectos de ley de Partidos Políticos y el del Régimen Electoral deberán ser reintroducidos ante el Congreso ya que perimieron, luego de dos legislaturas ordinarias consecutivas sin aprobación.

En su discurso de investidura, el presidente de la Cámara de Diputados definió este conjunto de leyes como necesarios para el fortalecimiento de la institucionalidad democrática y para la ejecución de la Ley de Estrategia Nacional de Desarrollo 2030.

Pendientes de creación

Entre los proyectos pendientes de creación conforme al levantamiento de la Comisión Especial figuran la iniciativa de ley de Aprovechamiento de Recursos Naturales e Inversión Preferente de Recursos Procedentes de su Explotación, la ley que Regula la Gestión y el Acceso de los Particulares a los Ríos, Lagos, Lagunas, Playas y Costas, la ley que regula las Peticiones Ciudadanas a los Poderes Públicos, Proyecto de ley que regula la Propiedad y Transferencia Inmobiliaria en la Zona Fronteriza, Proyecto de Ley de Vivienda, Hábitat y Asentamientos humanos, Ley de Cambio Climático, entre otros.

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Director de La República advierte que Congreso Nacional no tiene la facultad para anular candidaturas independientes.

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Por Elba García

El doctor José Cabral Salcedo, especialista en derecho constitucional, además de periodista y empresario, quien ostenta la dirección del diario La República, aclaró que no es verdad que el proyecto que se conoce actualmente en la Cámara de Diputados y que ya fue aprobado en el Senado de la República elimine las candidaturas independientes.

El profesional del derecho sostuvo que el esfuerzo de los diputados y senadores más que en contra de las candidaturas independientes se trata de una aspiración que pone en peligro todo el sistema legal e institucional de la nación.

Dice que intentar eliminar las candidaturas independientes es conspirar en contra de la propia Constitución de la República, ya que es la carta magna la que otorga la facultad al TC de interpretar las normas que chocan con la ley sustantiva de la nación, a los fines de procurar que las mismas se ajusten al control de la constitucionalidad.

La intención de eliminar las candidaturas independientes es lo mismo que conspirar en contra del sistema democrático e institucional de la nación, lo que indica el estado de desesperación de los partidos políticos ante el descredito que les afecta, añadió el periodista, abogado y empresario.

Cabral Salcedo advirtió que de aprobarse el proyecto de ley que se conoce ahora en la Cámara de Diputados deja el problema en manos del presidente Luis Abinader, quien tiene la opción de promulgarla u observarla en virtud de que la misma sería un contrasentido jurídico que cuestionaría todo el régimen jurídico interno y externo.

Sin embargo, advirtió que ante la conversión en ley del proyecto que se conoce ahora en la Cámara de Diputados y si es promulgado por el presidente Abinader implicaría la presentación de una acción directa de inconstitucionalidad ante el mismo Tribunal Constitucional que es el único facultado para interpretar la constitucionalidad de una norma.

Explico que decir que la Constitución habla de que las aspiraciones políticas sólo pueden ser canalizadas a través de los partidos, según la interpretación que se le ha querida dar al artículo 216 de la carta magna, pese a que la ley sustantiva de la nación debe leerse íntegramente y naturalmente incluyendo el artículo 22 que habla de los derechos ciudadanos, sobre todo en lo que respecta al principio de elegir y ser elegido.

El abogado, periodista y empresario advierte que la jurisprudencia del TC sólo puede ser eliminarla por el propio alto tribunal mediante la figura del overrruling, la cual es la técnica jurídica mediante la cual un tribunal constitucional revoca o cambia un precedente vinculante anterior, sustituyéndolo por una  nueva doctrina, a los fines de adaptar el derecho a nuevos contextos sociales,  morales, económicos y políticos,  lo que permite superar normas jurisprudenciales obsoletas, injustas o incompatibles con  el ordenamiento actual.

Sin embargo, el profesional del derecho aclara que ese no es el caso de la sentencia que sienta jurisprudencia sobre las candidaturas independientes, la TC/0788/24, ya que para que el TC cambie el criterio en esta materia tiene que producirse una afectación de un derecho fundamental cuando en la misma se produce todo lo contrario con la protección del principio de elegir y ser elegido, pero además del de igualdad, proporcionalidad, legalidad, pro participación y el de dignidad humana.

Esta situación hace prácticamente imposible la posibilidad de que las pretensiones de los diputados y senadores se concrete, porque sencillamente no hay forma de que sus acciones al margen del principio de legalidad tengan éxito, ya que la interpretación del Tribunal Constitucional se ajusta del artículo 47 de la Ley 137-11 y también al 184 y 185 de la constitución de la República.

Cabral Salcedo sostuvo que con el proyecto de ley que busca eliminar las candidaturas independientes el Congreso Nacional no sólo se pone al margen del régimen legal, sino también  de la institucionalidad de la nación y además deja claro que los legisladores de la llamada partidocracia se creen dueños del sistema, principalmente los perremeistas que fundamentaron  su llegada al poder en  que en  la República Dominicana se consolidaba un  partido-Estado a través del PLD, pero resulta que ahora ellos son más antidemocráticos que las pasadas autoridades.

Cabral Salcedo llamó al presidente Luis Abinader a no ser parte de un plan que compromete la responsabilidad civil y penal del Estado por tratarse de la violación de un derecho fundamental como el de elegir y ser elegido, consignado, además, en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos de San José, Costa Rica.

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Mantienen en arresto domiciliario a coronel acusado de pertenecer a red de sobornos

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Santo Domingo, R.D.-El mantenimiento del arresto domiciliario dispuso la jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en contra del coronel Andrés Pacheco Valera, implicado en la Operación Lobo.

La magistrada Yanibet Rivas tomó la decisión tras rechazar una solicitud de variación de la medida presentada por el acusado, a través de su abogado Félix Portes Núñez.

De inmediato, el abogado del imputado anunció que apelará la decisión, alegando violación al principio de igualdad, ya que otros coimputados han recibido medidas menos severas.

El imputado es acusado de formar parte de una red que se dedicaba a la distribución de sobornos para agenciarse la contratación y el mantenimiento de contratos de seguridad privada en instituciones públicas.

Entre las instituciones se encuentran el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EdeNorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste) y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur).

Entre los implicados se encuentran el mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz, así como los coroneles de ese organismo Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández Vásquez y Elías Camaño Pérez.

Además, el coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar y el primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos, el empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González y el coronel de la Policía Ramón Quezada Ortiz. En Santiago fue arrestado Bolívar Nicolás Fernández Espinal.

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Apelarán no ha lugar que favorece a hombre imputado de crimen.

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Santo Domingo, R.D.-La decision de el Septimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional será apelada por  el Ministerio Público mediante la cual otorgó un auto de no ha lugar en favor de  Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado de ultimar a una mujer y herir a otras cinco personas en un hecho ocurrido en el sector Naco.

El órgano acusador rechazó, en un comunicado de prensa, la decisión del juez Deiby Antonio Timoteo Peguero, al considerar que no se corresponde con las pruebas aportadas durante el proceso.

Sostiene que existen méritos suficientes para recurrir la decisión, al entender que el tribunal incurre en contradicción, ya que en principio no acoge la declaratoria de inimputabilidad, pero termina aplicando los efectos jurídicos de dicha figura al dictar el auto de no ha lugar.

La acusación presentada por el Ministerio Público, representado por la fiscal Vidalis Mora, explica que el 23 de julio de 2025 el imputado irrumpió en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV, donde agredió a distintos residentes, incluyendo a Yolanda Handal Abugabir, a quien le provocó la muerte.

Durante el hecho, también hirió a Gricelda Ozuna Torres, Francisco Texano, Teresa Fabián de Heredia, Victoria Heredia y Guillermo Ramón Pumarol Castellanos, además de ocasionar la muerte de una mascota.

El Ministerio Público recordó que, en atención a la gravedad de los hechos y las evidencias presentadas, previamente, le fue impuesta prisión preventiva como medida de coerción, la cual cumplía en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, en Higüey, provincia La Altagracia.

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