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Opositores dicen que las primarias abiertas son inconstitucionales
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8 años agoon
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LA REDACCIÓNEl presidente Danilo Medina evitó avasallar; 14 de los 35 miembros del Comité Político del PLD son abogados
SANTO DOMINGO. Los partidos de la oposición consideraron innecesaria la consulta a juristas que decidió el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) para fijar su posición final ante las primarias con padrón electoral abierto.
La decisión se produjo a iniciativa del presidente Danilo Medina, que algunos peledeístas calificaron de inteligente, porque la posición que defiende el mandatario alcanzó una amplia mayoría de 25 de 31 de los miembros presentes para no avasallar a la posición contraria del expresidente Leonel Fernández y algunos de sus seguidores.
Con esto se evitar repetir lo ocurrido en 2015 en la reunión del Comité Político realizada en Juan Dolio, donde se impuso la corriente a favor de una nueva repostulación del presidente Danilo Medina.
El vocero de los diputados del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Alfredo Pacheco, advirtió al Partido de la Liberación Dominicana (PLD) que los legisladores de oposición son más de 75, por lo que tiene que contar con ellos para poder aprobar la Ley de Partidos.
“Tratar de imponerle a la sociedad un padrón abierto se convierte en una necedad del PLD y de algunos sectores”, indicó.
Acusó al PLD de tener una intención de incidir en los demás partidos, por lo que están impulsando el padrón abierto.
El secretario general del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), Ramón Rogelio Genao, aseguró que la inconstitucionalidad de establecer la obligatoriedad de las primarias a los partidos ya fue establecido mediante sentencia del la Suprema Corte de justicia actuando como tribunal Constitucional.
“Esa jurisprudencia fue validada por el texto constitucional del 2010, no hay nada que consultar, eso no es posible en virtud de nuestra jurisprudencia constitucional y el PRSC recomienda no inventar con eso”, puntualizó.
Para el jurista Ramón Núñez constituye una grave violación a la Constitución imponer a un partido político la realización de primarias abiertas, en el sentido de que esté obligado a permitir que no afiliados participen en la toma de decisión acerca de cuáles serían sus candidatos.
A su entender, esto afecta el núcleo esencial del derecho fundamental de asociación que reconoce el artículo 47 de la Constitución.
También recordó el precedente de la Suprema Corte de Justicia, pues ésta, mediante sentencia de fecha 16 de marzo de 2005, declaró inconstitucional la Ley núm. 286-04 que establecía precisamente el sistema de primarias abiertas y simultáneas.
Precisó que la Constitución de 2010, en su artículo 216, vino a fortalecer esa libertad de organización para los partidos, agrupaciones y movimientos políticos.
“En mi opinión, obligar a un partido político a realizar primarias abiertas, antes que fomentar el pluralismo político y el fortalecimiento de la democracia, los debilitan”, expresó.
Para el presidente de la Cámara de Diputados, Rubén Maldonado, la decisión del Comité Político del PLD respecto el proyecto de Ley de Agrupaciones y Partidos Políticos fue un acto de “expresión de solidez” y “unidad partidaria”.
A juicio del legislador, la posición del PLD busca que la normativa tenga la reciedumbre legal necesaria para que pueda ayudar a la regulación de las actividades de las organizaciones políticas y que no pueda ser atacada bajo un argumento de inconstitucionalidad.
“No queremos someter a la aprobación un proyecto que pueda ser mañana declarado inconstitucional”, sostuvo Maldonado, quien afirmó que la dirigencia del partido oficialista prefiere asesorarse de juristas expertos para no errar en la presentación del proyecto de ley.
“Estamos preparando una opinión jurídicamente fuerte y legalmente imbatible”, apuntó Maldonado, al responder los cuestionamientos de los periodistas, antes del inicio de la sesión de ayer en la Cámara de Diputados.
Alfredo Pacheco
Vocero de los diputados del PRM
“Tratar de imponerle a la sociedad un padrón abierto, se convierte en una necedad del PLD y de algunos sectores”
Ramón Núñez
Abogado
“Constituye una grave violación a la Constitución imponer a un partido la realización de primarias abiertas, en el sentido de que esté obligado a permitir que no afiliados participen en la decisión acerca de cuáles serían sus candidatos”
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Director de La República advierte que Congreso Nacional no tiene la facultad para anular candidaturas independientes.
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1 día agoon
marzo 19, 2026Por Elba García
El doctor José Cabral Salcedo, especialista en derecho constitucional, además de periodista y empresario, quien ostenta la dirección del diario La República, aclaró que no es verdad que el proyecto que se conoce actualmente en la Cámara de Diputados y que ya fue aprobado en el Senado de la República elimine las candidaturas independientes.
El profesional del derecho sostuvo que el esfuerzo de los diputados y senadores más que en contra de las candidaturas independientes se trata de una aspiración que pone en peligro todo el sistema legal e institucional de la nación.
Dice que intentar eliminar las candidaturas independientes es conspirar en contra de la propia Constitución de la República, ya que es la carta magna la que otorga la facultad al TC de interpretar las normas que chocan con la ley sustantiva de la nación, a los fines de procurar que las mismas se ajusten al control de la constitucionalidad.
La intención de eliminar las candidaturas independientes es lo mismo que conspirar en contra del sistema democrático e institucional de la nación, lo que indica el estado de desesperación de los partidos políticos ante el descredito que les afecta, añadió el periodista, abogado y empresario.
Cabral Salcedo advirtió que de aprobarse el proyecto de ley que se conoce ahora en la Cámara de Diputados deja el problema en manos del presidente Luis Abinader, quien tiene la opción de promulgarla u observarla en virtud de que la misma sería un contrasentido jurídico que cuestionaría todo el régimen jurídico interno y externo.
Sin embargo, advirtió que ante la conversión en ley del proyecto que se conoce ahora en la Cámara de Diputados y si es promulgado por el presidente Abinader implicaría la presentación de una acción directa de inconstitucionalidad ante el mismo Tribunal Constitucional que es el único facultado para interpretar la constitucionalidad de una norma.
Explico que decir que la Constitución habla de que las aspiraciones políticas sólo pueden ser canalizadas a través de los partidos, según la interpretación que se le ha querida dar al artículo 216 de la carta magna, pese a que la ley sustantiva de la nación debe leerse íntegramente y naturalmente incluyendo el artículo 22 que habla de los derechos ciudadanos, sobre todo en lo que respecta al principio de elegir y ser elegido.
El abogado, periodista y empresario advierte que la jurisprudencia del TC sólo puede ser eliminarla por el propio alto tribunal mediante la figura del overrruling, la cual es la técnica jurídica mediante la cual un tribunal constitucional revoca o cambia un precedente vinculante anterior, sustituyéndolo por una nueva doctrina, a los fines de adaptar el derecho a nuevos contextos sociales, morales, económicos y políticos, lo que permite superar normas jurisprudenciales obsoletas, injustas o incompatibles con el ordenamiento actual.
Sin embargo, el profesional del derecho aclara que ese no es el caso de la sentencia que sienta jurisprudencia sobre las candidaturas independientes, la TC/0788/24, ya que para que el TC cambie el criterio en esta materia tiene que producirse una afectación de un derecho fundamental cuando en la misma se produce todo lo contrario con la protección del principio de elegir y ser elegido, pero además del de igualdad, proporcionalidad, legalidad, pro participación y el de dignidad humana.
Esta situación hace prácticamente imposible la posibilidad de que las pretensiones de los diputados y senadores se concrete, porque sencillamente no hay forma de que sus acciones al margen del principio de legalidad tengan éxito, ya que la interpretación del Tribunal Constitucional se ajusta del artículo 47 de la Ley 137-11 y también al 184 y 185 de la constitución de la República.
Cabral Salcedo sostuvo que con el proyecto de ley que busca eliminar las candidaturas independientes el Congreso Nacional no sólo se pone al margen del régimen legal, sino también de la institucionalidad de la nación y además deja claro que los legisladores de la llamada partidocracia se creen dueños del sistema, principalmente los perremeistas que fundamentaron su llegada al poder en que en la República Dominicana se consolidaba un partido-Estado a través del PLD, pero resulta que ahora ellos son más antidemocráticos que las pasadas autoridades.
Cabral Salcedo llamó al presidente Luis Abinader a no ser parte de un plan que compromete la responsabilidad civil y penal del Estado por tratarse de la violación de un derecho fundamental como el de elegir y ser elegido, consignado, además, en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos de San José, Costa Rica.
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Mantienen en arresto domiciliario a coronel acusado de pertenecer a red de sobornos
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1 día agoon
marzo 19, 2026
Santo Domingo, R.D.-El mantenimiento del arresto domiciliario dispuso la jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en contra del coronel Andrés Pacheco Valera, implicado en la Operación Lobo.
La magistrada Yanibet Rivas tomó la decisión tras rechazar una solicitud de variación de la medida presentada por el acusado, a través de su abogado Félix Portes Núñez.
De inmediato, el abogado del imputado anunció que apelará la decisión, alegando violación al principio de igualdad, ya que otros coimputados han recibido medidas menos severas.
El imputado es acusado de formar parte de una red que se dedicaba a la distribución de sobornos para agenciarse la contratación y el mantenimiento de contratos de seguridad privada en instituciones públicas.
Entre las instituciones se encuentran el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EdeNorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste) y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur).
Entre los implicados se encuentran el mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz, así como los coroneles de ese organismo Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández Vásquez y Elías Camaño Pérez.
Además, el coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar y el primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos, el empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González y el coronel de la Policía Ramón Quezada Ortiz. En Santiago fue arrestado Bolívar Nicolás Fernández Espinal.
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Apelarán no ha lugar que favorece a hombre imputado de crimen.
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1 día agoon
marzo 19, 2026
Santo Domingo, R.D.-La decision de el Septimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional será apelada por el Ministerio Público mediante la cual otorgó un auto de no ha lugar en favor de Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado de ultimar a una mujer y herir a otras cinco personas en un hecho ocurrido en el sector Naco.
El órgano acusador rechazó, en un comunicado de prensa, la decisión del juez Deiby Antonio Timoteo Peguero, al considerar que no se corresponde con las pruebas aportadas durante el proceso.
Sostiene que existen méritos suficientes para recurrir la decisión, al entender que el tribunal incurre en contradicción, ya que en principio no acoge la declaratoria de inimputabilidad, pero termina aplicando los efectos jurídicos de dicha figura al dictar el auto de no ha lugar.
La acusación presentada por el Ministerio Público, representado por la fiscal Vidalis Mora, explica que el 23 de julio de 2025 el imputado irrumpió en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV, donde agredió a distintos residentes, incluyendo a Yolanda Handal Abugabir, a quien le provocó la muerte.
Durante el hecho, también hirió a Gricelda Ozuna Torres, Francisco Texano, Teresa Fabián de Heredia, Victoria Heredia y Guillermo Ramón Pumarol Castellanos, además de ocasionar la muerte de una mascota.
El Ministerio Público recordó que, en atención a la gravedad de los hechos y las evidencias presentadas, previamente, le fue impuesta prisión preventiva como medida de coerción, la cual cumplía en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, en Higüey, provincia La Altagracia.
