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OPS, Salud y el CMD aseguran que no hay gripe aviar en el país

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Haití denunció el pasado jueves un rebrote de la gripe aviar en República Dominicana y prohibió la importación de aves. (El Caribe ):

Haití denunció el pasado jueves un rebrote de la gripe aviar en República Dominicana y prohibió la importación de aves. (El Caribe ):

Las autoridades de Salud Pública, la Organización Panamericana de la Salud, el Colegio Médico Dominicano y el Ministerio de Agricultura aseguraron que en el país no se ha registrado un solo caso de gripe aviar.El ministro de Salud, Freddy Hidalgo; Lilian Reneau-Vernont, representante de la OPS; el subdirector de Ganadería, Octavio de la Maza, y la presidenta del Colegio Médico Dominicano (CMD), Amarilis Herrera, dijeron en rueda de prensa que hasta el momento dentro de los registros no se reportan casos de gripe aviar o influenza de aves y pollos.

Al respecto, el ministro Hidalgo desmintió las informaciones dadas a conocer por el gobierno de Haití, en el sentido de que en la República Dominicana se ha desatado un brote de gripe aviar, razón que enarbolan para justificar la suspensión de las importaciones de pollo y huevo.

“No sabemos de dónde sale la información del gobierno de Haití, pero hasta el momento en el país solo existen casos de influenza H1N1, y no hemos sido notificados sobre el particular”, acotó.

De su lado, la representante de la OPS, Lilian Reneau-Vernont, dijo que las autoridades de Haití no le comunicaron a las autoridades dominicanas ni a la representación del organismo panamericano de salud en el país sobre su decisión, y aseguró que la vigilancia que se lleva a cabo en el país comprueba que no está circulando ese virus.

Sostuvo que en República Dominicana lo que existe es gripe H1N1, de la cual dijo no hay por qué alarmarse porque no se ha constituido en un brote.

“No hay evidencias de que en el país haya gripe aviar, como se ha dicho, aquí lo que hay es gripe H1N1”, subrayó al participar en la rueda de prensa luego de la reunión del Comité Nacional de Vigilancia Epidemiológica de la Influenza AH1N1, realizada en la sede del Ministerio de Salud Pública.

“Nunca ha habido gripe aviar”

De su lado, el subdirector de Ganadería, Octavio de la Maza, se preguntó de dónde las autoridades haitianas sacaron la información de un brote de gripe aviar en suelo dominicano.

Aseguró que desde que surgió la gripe aviar en el año 2009, el país se ha mantenido vigilante para evitar que se propague.

“Sí, hemos tenido la presencia del virus, pero nunca se ha detectado un solo caso de gripe aviar en la República Dominicana y mucho menos nunca ha habido un solo muerto por esta causa”, puntualizó.

De la Maza dijo que las autoridades de Agricultura despliegan todos los esfuerzos necesarios para mantener el país libre de la gripe.

Actitud de Haití

El pasado jueves 6  las autoridades del vecino país prohibieron la importación de pollos y huevos desde República Dominicana, a fin de evitar que el virus de la gripe aviar detectada en una granja de gallos de Higüey entre a Haití, desatando el rechazo de los productores de pollos y huevos del Cibao Central y el Noroeste del país.

Mientras los productores y autoridades dominicanas rechazaron la prohibición, los avicultores y vendedores de pollos y huevos en el mercado binacional que se celebra los lunes y viernes en Dajabón dijeron que la medida les tomó de sorpresa. Según las autoridades criollas, la prohibición afectaría un mercado que solo el año pasado generó exportaciones de huevos hacia Haití por un monto de US$4.0 millones. Solo a los productores de huevos de la provincia Espaillat les representa pérdidas entre RD$30 y RD$40 millones.

¿Qué es la gripe aviar?

La gripe aviaria o aviar también conocida como influenza aviar, gripe del pollo o gripe de los pájaros, es una enfermedad infecciosa vírica y que afecta a las aves, aunque tiene suficiente potencial como para infectar a distintas especies de mamíferos, incluidos el ser humano, el cerdo y el gato doméstico.

Fue identificada por primera vez en Italia a principios del siglo XX y hasta la fecha se ha manifestado en diversas partes del mundo.

Los virus de la gripe aviaria forman parte del género Influenzavirus A de la familia Orthomyxoviridae y son virus ARN segmentados, de cadena negativa.
Esta familia incluye varios virus clasificados en tres tipos; A, B o C, basándose en el carácter antigénico de una nucleoproteína interna.

El tipo A es el único que provoca infecciones naturales en las aves. Los tipos B y C infectan de modo primario a humanos y, ocasionalmente, cerdos.

Desde el año 2009 ha causado la muerte de cientos de miles de aves y decenas de personas a nivel mundial.

“En la frontera sur lo que ataca a los cerdos es dandí”

El subdirector de ganadería, Octavio de la Maza, aseguró que a los pueblos de la zona fronteriza no ha entrado ningún virus desde Haití que estaría matando a los cerdos y otros animales, como han denunciado agricultores y productores de carne. De la Maza aseguró que lo que hay en esos pueblos es una enfermedad conocida como fiebre porcina, antiguamente conocida como dandí, y que la misma está bajo control. “En la frontera lo que tenemos es la presencia de dandí”, aseguró. El funcionario habló en esos términos al participar en la reunión del Comité Nacional de Vigilancia Epidemiológica de la Influenza AH1N1.

El Caribe

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Director de La República advierte que Congreso Nacional no tiene la facultad para anular candidaturas independientes.

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Por Elba García

El doctor José Cabral Salcedo, especialista en derecho constitucional, además de periodista y empresario, quien ostenta la dirección del diario La República, aclaró que no es verdad que el proyecto que se conoce actualmente en la Cámara de Diputados y que ya fue aprobado en el Senado de la República elimine las candidaturas independientes.

El profesional del derecho sostuvo que el esfuerzo de los diputados y senadores más que en contra de las candidaturas independientes se trata de una aspiración que pone en peligro todo el sistema legal e institucional de la nación.

Dice que intentar eliminar las candidaturas independientes es conspirar en contra de la propia Constitución de la República, ya que es la carta magna la que otorga la facultad al TC de interpretar las normas que chocan con la ley sustantiva de la nación, a los fines de procurar que las mismas se ajusten al control de la constitucionalidad.

La intención de eliminar las candidaturas independientes es lo mismo que conspirar en contra del sistema democrático e institucional de la nación, lo que indica el estado de desesperación de los partidos políticos ante el descredito que les afecta, añadió el periodista, abogado y empresario.

Cabral Salcedo advirtió que de aprobarse el proyecto de ley que se conoce ahora en la Cámara de Diputados deja el problema en manos del presidente Luis Abinader, quien tiene la opción de promulgarla u observarla en virtud de que la misma sería un contrasentido jurídico que cuestionaría todo el régimen jurídico interno y externo.

Sin embargo, advirtió que ante la conversión en ley del proyecto que se conoce ahora en la Cámara de Diputados y si es promulgado por el presidente Abinader implicaría la presentación de una acción directa de inconstitucionalidad ante el mismo Tribunal Constitucional que es el único facultado para interpretar la constitucionalidad de una norma.

Explico que decir que la Constitución habla de que las aspiraciones políticas sólo pueden ser canalizadas a través de los partidos, según la interpretación que se le ha querida dar al artículo 216 de la carta magna, pese a que la ley sustantiva de la nación debe leerse íntegramente y naturalmente incluyendo el artículo 22 que habla de los derechos ciudadanos, sobre todo en lo que respecta al principio de elegir y ser elegido.

El abogado, periodista y empresario advierte que la jurisprudencia del TC sólo puede ser eliminarla por el propio alto tribunal mediante la figura del overrruling, la cual es la técnica jurídica mediante la cual un tribunal constitucional revoca o cambia un precedente vinculante anterior, sustituyéndolo por una  nueva doctrina, a los fines de adaptar el derecho a nuevos contextos sociales,  morales, económicos y políticos,  lo que permite superar normas jurisprudenciales obsoletas, injustas o incompatibles con  el ordenamiento actual.

Sin embargo, el profesional del derecho aclara que ese no es el caso de la sentencia que sienta jurisprudencia sobre las candidaturas independientes, la TC/0788/24, ya que para que el TC cambie el criterio en esta materia tiene que producirse una afectación de un derecho fundamental cuando en la misma se produce todo lo contrario con la protección del principio de elegir y ser elegido, pero además del de igualdad, proporcionalidad, legalidad, pro participación y el de dignidad humana.

Esta situación hace prácticamente imposible la posibilidad de que las pretensiones de los diputados y senadores se concrete, porque sencillamente no hay forma de que sus acciones al margen del principio de legalidad tengan éxito, ya que la interpretación del Tribunal Constitucional se ajusta del artículo 47 de la Ley 137-11 y también al 184 y 185 de la constitución de la República.

Cabral Salcedo sostuvo que con el proyecto de ley que busca eliminar las candidaturas independientes el Congreso Nacional no sólo se pone al margen del régimen legal, sino también  de la institucionalidad de la nación y además deja claro que los legisladores de la llamada partidocracia se creen dueños del sistema, principalmente los perremeistas que fundamentaron  su llegada al poder en  que en  la República Dominicana se consolidaba un  partido-Estado a través del PLD, pero resulta que ahora ellos son más antidemocráticos que las pasadas autoridades.

Cabral Salcedo llamó al presidente Luis Abinader a no ser parte de un plan que compromete la responsabilidad civil y penal del Estado por tratarse de la violación de un derecho fundamental como el de elegir y ser elegido, consignado, además, en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos de San José, Costa Rica.

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Mantienen en arresto domiciliario a coronel acusado de pertenecer a red de sobornos

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Santo Domingo, R.D.-El mantenimiento del arresto domiciliario dispuso la jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en contra del coronel Andrés Pacheco Valera, implicado en la Operación Lobo.

La magistrada Yanibet Rivas tomó la decisión tras rechazar una solicitud de variación de la medida presentada por el acusado, a través de su abogado Félix Portes Núñez.

De inmediato, el abogado del imputado anunció que apelará la decisión, alegando violación al principio de igualdad, ya que otros coimputados han recibido medidas menos severas.

El imputado es acusado de formar parte de una red que se dedicaba a la distribución de sobornos para agenciarse la contratación y el mantenimiento de contratos de seguridad privada en instituciones públicas.

Entre las instituciones se encuentran el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EdeNorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste) y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur).

Entre los implicados se encuentran el mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz, así como los coroneles de ese organismo Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández Vásquez y Elías Camaño Pérez.

Además, el coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar y el primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos, el empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González y el coronel de la Policía Ramón Quezada Ortiz. En Santiago fue arrestado Bolívar Nicolás Fernández Espinal.

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Apelarán no ha lugar que favorece a hombre imputado de crimen.

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Santo Domingo, R.D.-La decision de el Septimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional será apelada por  el Ministerio Público mediante la cual otorgó un auto de no ha lugar en favor de  Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado de ultimar a una mujer y herir a otras cinco personas en un hecho ocurrido en el sector Naco.

El órgano acusador rechazó, en un comunicado de prensa, la decisión del juez Deiby Antonio Timoteo Peguero, al considerar que no se corresponde con las pruebas aportadas durante el proceso.

Sostiene que existen méritos suficientes para recurrir la decisión, al entender que el tribunal incurre en contradicción, ya que en principio no acoge la declaratoria de inimputabilidad, pero termina aplicando los efectos jurídicos de dicha figura al dictar el auto de no ha lugar.

La acusación presentada por el Ministerio Público, representado por la fiscal Vidalis Mora, explica que el 23 de julio de 2025 el imputado irrumpió en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV, donde agredió a distintos residentes, incluyendo a Yolanda Handal Abugabir, a quien le provocó la muerte.

Durante el hecho, también hirió a Gricelda Ozuna Torres, Francisco Texano, Teresa Fabián de Heredia, Victoria Heredia y Guillermo Ramón Pumarol Castellanos, además de ocasionar la muerte de una mascota.

El Ministerio Público recordó que, en atención a la gravedad de los hechos y las evidencias presentadas, previamente, le fue impuesta prisión preventiva como medida de coerción, la cual cumplía en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, en Higüey, provincia La Altagracia.

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