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Clínicas privadas atenderán pacientes con COVID-19.

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Mediante un acuerdo logrado este domingo entre la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril)  la Asociación de Clínicas Privadas (Andeclip), la Asociación Dominicana de ARS (Adars), la Asociación de Igualas Médicas y ARS (Adimars) y el Senasa, se permite  darles  atención a pacientes de coronavirus COVID-19, afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social.

“De esta forma se amplía la red de servicios disponibles para pacientes sintomáticos afectados por el COVID-19 y se reducirá considerablemente los copagos de los pacientes.

Una nota de la entidad, indica que estas disposiciones aplican para los afiliados al Plan Básico del Seguro Familiar de Salud, Planes Especiales de Pensionados y Planes Complementarios y Voluntarios regulados por la Sisalril, inicialmente por un período de dos meses, a partir del 01 de abril del presente año.

Se dispuso acciones para agilizar el flujo de pagos de las ARS hacia los Prestadores de Servicios de Salud. Entre ellos, mecanismos expeditos para actualizar deudas previamente conciliadas y para los pagos correspondientes a los meses de abril y mayo, sin que se retrasen por los habituales procesos de auditoria y glosas.

También se acordó un incremento de tarifas, de forma temporal, para médicos especialistas neumólogos, internistas, intensivistas involucrados en la atención directa de pacientes de COVID-19 en áreas de aislamiento y de Cuidados Intensivos, y un incremento temporal de las tarifas por día de internamiento de pacientes que requieren aislamiento.

Igualmente, las ARS cubrirán un aporte por concepto de los Equipos de Protección Personal (EPP) para el personal que atiende pacientes con sintomatología compatibles con COVID-19, en servicios de emergencia, aislamiento y en Cuidados Intensivos, incluyendo los que hayan sido utilizados en el mes de marzo para este mismo fin.

En casos de pacientes gravemente afectados que requieran medicamentos de alto costo previstos en los protocolos autorizados por el Ministerio de Salud Pública, se solicitará el apoyo del Programa de Alto Costo de este Ministerio, con el cual se acordará un procedimiento mediante el cual las ARS reembolsarán los costos correspondientes, sin que se facture cargos a los pacientes.

La Andeclip informará a la Sisalril, al Ministerio de Salud Pública y a las ARS, las clínicas privadas en condiciones de atender pacientes afectados por el COVID-19, en servicios de aislamiento y cuidaos intensivos.

Todas las partes participantes acordaron invitar a las empresas de seguros que gestionan planes de salud no regidos por la Ley 87-01 y no regulados por la Sisalril, para que acojan estos acuerdos como un aporte a sus respectivos afiliados en la actual emergencia nacional e internacional.

Las ARS acordaron que otros establecimientos de salud privados, habilitados por el Ministerio de Salud Pública, que reúnan condiciones para la atención de pacientes de COVID-19, que no sean afiliadas a Andeclip, podrían acogerse a estas condiciones temporales.

La Sisalril monitoreará la aplicación de lo acordado según el desarrollo de la situación epidemiológica y, siempre que sea necesario, promoverá ajustes a estos contenidos para el mejor cumplimiento de la protección de la ciudadanía.

Ninguna de estas disposiciones implica incrementos en el per cápita dispersado mensualmente a las ARS, ni modificaciones de tarifas en otros servicios de las clínicas. Estos acuerdos, son una demostración de la disposición y buena voluntad de las ARS y de las Clínicas Privadas, de contribuir a fortalecer los esfuerzos nacionales para controlar la epidemia de COVID-19 y mitigar su impacto en la salud y en el presupuesto familiar.

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Someten a la justicia mujer acusada de agredir y herir a agente de la Digesett

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SANTO DOMINGO.- Una mujer acusada de agredir y herir con un arma blanca a un agente de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett)  será sometida a la justicia.

El vocero de la entidad, Rafael Tejeda Baldera, explicó que el agente afectado se encuentra en proceso de recuperación tras las heridas sufridas durante el incidente.

Tejeda Baldera destacó que en este caso no existía ninguna situación de tránsito ni fiscalización por infracción que justificara un enfrentamiento con la autoridad.

  • «Es un hecho lamentable y deplorable, ya que no hubo ningún motivo relacionado con tránsito que provocara esta agresión contra el agente”, expresó.

Indicó además que el caso ya está en manos de la justicia, con los tribunales apoderados y los procesos legales en curso para determinar las responsabilidades correspondientes.

La institución reiteró su llamado al respeto hacia las autoridades y confió en que la acusada responda ante la ley por sus acciones.

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Derechos de autor por TV en clinicas y hoteles se conoce en el el Tribunal Constitucional.

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Santo Domingo, R.D.-Un caso que enfrenta a productores audiovisuales y establecimiento comerciales por el pago de derechos de autor por televisores con servicio por cable y que se conocia en el  Tribunal Constitucional (TC), cuya alta corte anuló una sentencia de la Suprema Corte de Justicia mediante la  TC/0118/26 de la Suprema que  ordenó emitir un nuevo fallo.

Aunque el conflicto gira en torno a si clínicas, hoteles y otros negocios deben pagar regalías por exhibir contenidos televisivos, el alto tribunal no resolvió ese punto y devolvió el caso para que sea decidido nuevamente.

La decisión se produjo al conocer un recurso presentado por la Entidad de Gestión de los Derechos de los Productores Audiovisuales Dominicana (Egeda) contra una sentencia de la Primera Sala de la Suprema que había rechazado su demanda contra el Centro de Medicina Avanzada Doctor Abel González.

La entidad sostiene que ese tipo de exhibición constituye un acto de «comunicación pública» de obras protegidas, lo que genera el derecho de los autores y productores a recibir una remuneración.

El alto tribunal también consideró que exigir el pago a la clínica podría implicar un cobro duplicado, debido a que las compañías de cable ya pagan licencias por la retransmisión de los programas.

El TC anuló esa decisión, pero no por estar en desacuerdo con ese criterio, sino porque la Suprema basó parte de su razonamiento en la existencia de un supuesto contrato de servicio de cable que no fue incorporado al expediente ni debatido por las partes.

Para el TC, sustentar una sentencia en hechos no probados vulnera el derecho de defensa y el principio de contradicción, por lo que ordenó devolver el caso para que sea decidido nuevamente.

Pese a que el fondo del conflicto sigue sin resolverse, la Sociedad de Gestión Colectiva de los Productores Audiovisuales (Sogespa) calificó la decisión como un fallo «histórico» que fortalece la protección del derecho de autor en el país.

La entidad afirmó que la sentencia reafirma principios como el derecho exclusivo de los productores a autorizar la comunicación pública de sus obras, incluyendo su exhibición en habitaciones de clínicas y hoteles.

«El respeto al derecho de autor constituye un pilar fundamental para el desarrollo de las industrias culturales y creativas», expresó su director gerente, Nelson Jiménez Cabrera.

Sin embargo, la sentencia TC/0118/26 no valida esa interpretación ni establece quién debe pagar en estos casos, ya que se limitó a anular la decisión de la Suprema por fallas en su motivación.

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Cancelan licitación para la compra de gomitas multivitamínicas para estudiantes

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Santo Domingo, R.D.-Fue cancelada por el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (Inabie) el proceso de licitación INABIE-CCC-LPN-2026-0002, que tenía como objetivo la adquisición de gomitas multivitamínicas para estudiantes del sistema educativo público.

La institución explicó que la medida fue adoptada con el fin de introducir «mejoras sustanciales en los aspectos técnicos y económicos» del proceso, buscando garantizar una contratación más eficiente y ajustada a los requerimientos establecidos.

A través de un breve comunicado, dijo que el programa estaba concebido como parte de una estrategia de intervención nutricional dirigida a alumnos de los niveles inicial, primaria y secundaria en todo el país.

Horas antes, el Inabie había anunciado la ejecución de un plan piloto de «suplementación con gomitas multivitamínicas, para intervenir nutricionalmente a unos 70 mil estudiantes» a un costo de  151 millones 200 mil pesos. Beneficiaría a escolares de 3 a 19 años del sistema educativo público, a los cuales se les entregaría tres gomitas a la semana por espacio de un año.

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