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50 por ciento quitado a los partidos del financiamiento público no fue consensuado.

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Santo Domingo, RD.-La propuesta de Luis Abinader de quitarles un 50 por ciento del presupuesto que reciben los partidos del financiamiento publico ha sido criticado por las organizaciones, los cuales alegan que la medida no fuera consensuada.
El mandatario anunció en octubre pasado que propondría al Congreso Nacional rebajar el 50% de la cuota que reciben los partidos políticos, ya que el 2021 no era electoral y así usaría esos recursos para la construcción de la extensión de la UASD en el municipio Santo Domingo Este.

Para este año 2021, el Poder Ejecutivo dispuso inicialmente la asignación de 1,260 millones de pesos para ser repartidos entre los partidos políticos. Sin embargo, de acuerdo con el presupuesto general del Estado solo se destinarán RD$630,200,000 a las organizaciones políticas, mientras que la otra mitad aparece con la categoría de “no aplicar”.

Según varios dirigentes de partidos políticos consultados por este diario, esa decisión no fue consensuada con esas organizaciones, quienes en su mayoría se mostraron en contra de la decisión del mandatario.

Uno de ellos fue el delegado político del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), Tácito Perdomo, quien dijo que esa disposición es “inconstitucional” pero que aún el partido no se ha reunido para establecer una posición en torno al tema.

También lo hizo el suplente a delegado político de Fuerza del Pueblo, Javier Ubiera, quien estableció que esa repartición no fue la que se aprobó en el Congreso Nacional y tampoco fue debatido con los partidos políticos.

Eso no fue lo aprobado, eso no fue consensuado. El presupuesto otorgado por el Estado a los partidos políticos es esencial para su sostenibilidad, que de realizarse una reducción a los ingresos traería como consecuencia un debilitamiento interno en estos, imposibilitando llevar a cabo las funciones que se les han sido designadas por la Constitución Dominicana y la Ley de Partidos Político33-18”, expresó Ubiera a este diario.

La exministra de La Mujer y delegada política del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), Janet Camilo, calificó la acción como una violación tanto a la Constitución como a las leyes de Presupuesto y de Partidos.

El único que tiene facultad de cambiar las leyes es el Congreso y, por tanto, no se puede variar lo que establece la ley de Presupuesto”, agregó Camilo.

En ese mismo orden, Tania Báez, delegada del Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC), dijo que la adenda que introdujo el Poder Ejecutivo, en la que se planteó canalizar el 50% de los RD$1,260 millones para la UASD, demuestra el “desinterés marcado” que hay contra el sistema de partidos.

Los reporteros del LISTÍN DIARIO trataron de comunicarse con los representantes del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) sobre esta medida, sin obtener respuesta alguna. En el mes de noviembre, al ser cuestionado por el tema, el presidente interino del partido morado, Temistocles Montás, expresó en esa oportunidad que esa era una medida “populista” y que la misma no debería de aplicarse.

En esa ocasión se anunció que la misma sería consensuada con los partidos políticos. En los años electorales el Poder Ejecutivo usualmente asigna partidas económicas que redondean los 3 mil millones de pesos para ser repartido entre los partidos mientras que en años no electorales los montos oscilan cerca de RD$1,200 MM.

Los RD$630 MM a ser entregados a las organizaciones políticas representan la menor cantidad que se ha sido entregada de parte del Gobierno.

La asignación de las partidas de los fondos públicos a los partidos políticos están consagradas en la Ley Electoral número 275-97 y la Ley número 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

Esa antigua Ley Electoral establecía que los partidos políticos reconocidos estarían recibiendo en partes iguales, el 0.25% de los ingresos nacionales del presupuesto nacional, sin embargo la nueva Ley 15-19 sobre Régimen Electoral no delimita la cantidad exacta del presupuesto que será destinado a esas organizaciones.

El artículo 61 de la ley 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos políticos establece que la distribución de la contribución económica del Estado a los partidos políticos, agrupaciones y movimientos políticos,  es de un ochenta por ciento (80%), distribuido en partes iguales entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento (5%) de los votos válidos emitidos en la última elección.

Un doce por ciento (12%), distribuido entre todos los partidos que hayan alcanzado más del uno por ciento y menos del cinco por ciento (5%) de los votos válidos emitidos en la última elección y un ocho por ciento (8%), distribuido entre los partidos que hayan alcanzado entre cero punto cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos en la última elección.

Desde 1997 los partidos políticos reciben un financiamiento anual por parte del Estado dominicano mediante la ley 275-97 creada durante el primer periodo de gobierno de Leonel Fernández.

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Director de La República advierte que Congreso Nacional no tiene la facultad para anular candidaturas independientes.

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Por Elba García

El doctor José Cabral Salcedo, especialista en derecho constitucional, además de periodista y empresario, quien ostenta la dirección del diario La República, aclaró que no es verdad que el proyecto que se conoce actualmente en la Cámara de Diputados y que ya fue aprobado en el Senado de la República elimine las candidaturas independientes.

El profesional del derecho sostuvo que el esfuerzo de los diputados y senadores más que en contra de las candidaturas independientes se trata de una aspiración que pone en peligro todo el sistema legal e institucional de la nación.

Dice que intentar eliminar las candidaturas independientes es conspirar en contra de la propia Constitución de la República, ya que es la carta magna la que otorga la facultad al TC de interpretar las normas que chocan con la ley sustantiva de la nación, a los fines de procurar que las mismas se ajusten al control de la constitucionalidad.

La intención de eliminar las candidaturas independientes es lo mismo que conspirar en contra del sistema democrático e institucional de la nación, lo que indica el estado de desesperación de los partidos políticos ante el descredito que les afecta, añadió el periodista, abogado y empresario.

Cabral Salcedo advirtió que de aprobarse el proyecto de ley que se conoce ahora en la Cámara de Diputados deja el problema en manos del presidente Luis Abinader, quien tiene la opción de promulgarla u observarla en virtud de que la misma sería un contrasentido jurídico que cuestionaría todo el régimen jurídico interno y externo.

Sin embargo, advirtió que ante la conversión en ley del proyecto que se conoce ahora en la Cámara de Diputados y si es promulgado por el presidente Abinader implicaría la presentación de una acción directa de inconstitucionalidad ante el mismo Tribunal Constitucional que es el único facultado para interpretar la constitucionalidad de una norma.

Explico que decir que la Constitución habla de que las aspiraciones políticas sólo pueden ser canalizadas a través de los partidos, según la interpretación que se le ha querida dar al artículo 216 de la carta magna, pese a que la ley sustantiva de la nación debe leerse íntegramente y naturalmente incluyendo el artículo 22 que habla de los derechos ciudadanos, sobre todo en lo que respecta al principio de elegir y ser elegido.

El abogado, periodista y empresario advierte que la jurisprudencia del TC sólo puede ser eliminarla por el propio alto tribunal mediante la figura del overrruling, la cual es la técnica jurídica mediante la cual un tribunal constitucional revoca o cambia un precedente vinculante anterior, sustituyéndolo por una  nueva doctrina, a los fines de adaptar el derecho a nuevos contextos sociales,  morales, económicos y políticos,  lo que permite superar normas jurisprudenciales obsoletas, injustas o incompatibles con  el ordenamiento actual.

Sin embargo, el profesional del derecho aclara que ese no es el caso de la sentencia que sienta jurisprudencia sobre las candidaturas independientes, la TC/0788/24, ya que para que el TC cambie el criterio en esta materia tiene que producirse una afectación de un derecho fundamental cuando en la misma se produce todo lo contrario con la protección del principio de elegir y ser elegido, pero además del de igualdad, proporcionalidad, legalidad, pro participación y el de dignidad humana.

Esta situación hace prácticamente imposible la posibilidad de que las pretensiones de los diputados y senadores se concrete, porque sencillamente no hay forma de que sus acciones al margen del principio de legalidad tengan éxito, ya que la interpretación del Tribunal Constitucional se ajusta del artículo 47 de la Ley 137-11 y también al 184 y 185 de la constitución de la República.

Cabral Salcedo sostuvo que con el proyecto de ley que busca eliminar las candidaturas independientes el Congreso Nacional no sólo se pone al margen del régimen legal, sino también  de la institucionalidad de la nación y además deja claro que los legisladores de la llamada partidocracia se creen dueños del sistema, principalmente los perremeistas que fundamentaron  su llegada al poder en  que en  la República Dominicana se consolidaba un  partido-Estado a través del PLD, pero resulta que ahora ellos son más antidemocráticos que las pasadas autoridades.

Cabral Salcedo llamó al presidente Luis Abinader a no ser parte de un plan que compromete la responsabilidad civil y penal del Estado por tratarse de la violación de un derecho fundamental como el de elegir y ser elegido, consignado, además, en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos de San José, Costa Rica.

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Mantienen en arresto domiciliario a coronel acusado de pertenecer a red de sobornos

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Santo Domingo, R.D.-El mantenimiento del arresto domiciliario dispuso la jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en contra del coronel Andrés Pacheco Valera, implicado en la Operación Lobo.

La magistrada Yanibet Rivas tomó la decisión tras rechazar una solicitud de variación de la medida presentada por el acusado, a través de su abogado Félix Portes Núñez.

De inmediato, el abogado del imputado anunció que apelará la decisión, alegando violación al principio de igualdad, ya que otros coimputados han recibido medidas menos severas.

El imputado es acusado de formar parte de una red que se dedicaba a la distribución de sobornos para agenciarse la contratación y el mantenimiento de contratos de seguridad privada en instituciones públicas.

Entre las instituciones se encuentran el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EdeNorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste) y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur).

Entre los implicados se encuentran el mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz, así como los coroneles de ese organismo Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández Vásquez y Elías Camaño Pérez.

Además, el coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar y el primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos, el empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González y el coronel de la Policía Ramón Quezada Ortiz. En Santiago fue arrestado Bolívar Nicolás Fernández Espinal.

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Apelarán no ha lugar que favorece a hombre imputado de crimen.

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Santo Domingo, R.D.-La decision de el Septimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional será apelada por  el Ministerio Público mediante la cual otorgó un auto de no ha lugar en favor de  Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado de ultimar a una mujer y herir a otras cinco personas en un hecho ocurrido en el sector Naco.

El órgano acusador rechazó, en un comunicado de prensa, la decisión del juez Deiby Antonio Timoteo Peguero, al considerar que no se corresponde con las pruebas aportadas durante el proceso.

Sostiene que existen méritos suficientes para recurrir la decisión, al entender que el tribunal incurre en contradicción, ya que en principio no acoge la declaratoria de inimputabilidad, pero termina aplicando los efectos jurídicos de dicha figura al dictar el auto de no ha lugar.

La acusación presentada por el Ministerio Público, representado por la fiscal Vidalis Mora, explica que el 23 de julio de 2025 el imputado irrumpió en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV, donde agredió a distintos residentes, incluyendo a Yolanda Handal Abugabir, a quien le provocó la muerte.

Durante el hecho, también hirió a Gricelda Ozuna Torres, Francisco Texano, Teresa Fabián de Heredia, Victoria Heredia y Guillermo Ramón Pumarol Castellanos, además de ocasionar la muerte de una mascota.

El Ministerio Público recordó que, en atención a la gravedad de los hechos y las evidencias presentadas, previamente, le fue impuesta prisión preventiva como medida de coerción, la cual cumplía en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, en Higüey, provincia La Altagracia.

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