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PLD, PRSC y PRD harán cumplir “regla de oro” en elección de bufetes regidores

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El PRM dejará a sus regidores en la libertad de votar por quienes les garanticen transparencia

SANTO DOMINGO. Sin el apoyo de los perremeístas, los partidos de la Liberación Dominicana (PLD), Revolucionario Dominicano (PRD) y Reformista Social Cristiano (PRSC), harán cumplir la “regla de oro” y presentarán este martes planchas de consenso para las elecciones de los bufetes directivos de los consejos de regidores y de vocales que se efectuará este miércoles 16 de agosto.

Los acuerdos políticos de carácter municipal, en los que todavía ayer tarde se trabajaban, serán dados a conocer hoy en una rueda de prensa a celebrarse a las 10:00 de la mañana en el hotel Sheraton.

Sin los reformistas como su principal aliado, el Partido Revolucionario Moderno (PRM) dejará a decisión de sus regidores la conformación de los bufetes directivos en las 30 alcaldías y 46 distritos municipales donde tienen mayoría. Con esos numeritos, el PRM luchará contra un total de las 125 alcaldías que suman el PLD con 74, el PRD con 31; 14 del PRSC y 6 de partidos del Bloque Progresista.

El escenario de este año presenta de nuevo al PRM en contra de la llamada “regla de oro”, ideada por el fenecido líder del PRD, José Francisco Peña Gómez, pero con el nuevo elemento de que en esta ocasión su pasado aliado electoral PRSC los dejó solos. En el año 2016, el PRM también aludió a que dicha regla consistente en que el alcalde escoge al presidente del Concejo de Regidores, es un mecanismo que sólo ha servido para garantizar impunidad en violación a la Constitución y las leyes.

En torno a la situación, Ignacio Ditrén, secretario de Asuntos Municipales del PLD, consideró que el opositor PRM está “desenfocado”, al no acogerse a un pacto por la municipalidad.

“Pienso que están desenfocados, y si piensan que con eso van a crear desasosiego, pues que lo hagan, la vida no se va a quedar ahí siempre y cuando lo hagan con altura y decencia”, precisó al tiempo de señalar que la mayoría de los cabildos tienen sus acuerdos ya por los años restantes.

Recordó que el PRM el año pasado rechazó cualquier pacto, y no pasó nada, tomando en cuenta que el 16 agosto del 2016 era más riesgoso, porque era el primer año de muchos alcaldes y “todo salió bien”.

A su entender, hasta ayer había consenso, y sólo algunos niveles de confrontaciones en los municipios Higüey, Salcedo y Hato Mayor. Ditrén confirmó que en la mañana de hoy se darán a conocer los detalles de los acuerdos de municipalidad arribados entre el PLD, el PRD y el PRSC.

Mientras Waldys Taveras, director ejecutivo de la Secretaría de Políticas Municipales del PRM, dijo que sus regidores están en libertad de votar por los candidatos que ellos entiendan les garanticen transparencia, mayor fiscalización y celebración de sesiones abiertas en los cabildos.

A su juicio, no pasará ningún contratiempo en la escogencia, ya que como partido confían en la madurez de los regidores, quienes son líderes en sus comunidades.

No obstante, refirió que podrían vislumbran posibles dificultades en los municipios Santo Domingo Este, San Francisco de Macorís, Bonao y La Romana donde las votaciones están muy cerradas.

“Pero no creo que eso va a pasar de ahí, va ser un ejercicio democrático entre dirigentes de una misma comunidad, lo que pasa que desde la Capital con aire acondicionado no podemos decirle a la gente lo que ellos tienen que hacer”, afirmó Taveras.

¿Qué es la regla de oro?

Fue ideada por José Francisco Peña Gómez. Consiste en que el presidente de la Sala Capitular fuese del mismo partido que el alcalde electo, de modo que se pudiera garantizar el funcionamiento de las ejecutorias del alcalde. Se aplica los 16 de agosto, cuando los ayuntamientos deben elegir al presidente de la Sala Capitular, su vicepresidente, secretario y director administrativo del concejo.

diariolibre.com

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JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres

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Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.

Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.

Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.

Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.

La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.

Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.

Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.

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Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3

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Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.

Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».

«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).

Derechos de Franasyl

La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.

En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.

La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.

  • Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.

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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar

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Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.

El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.

La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.

La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.

El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.

Ejecución del peritaje

Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.

La CD modificó el artículo 48 de la pieza

Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.

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