El fallo del TSE obligará a la JCE a modificar el reglamento sobre la contribución económica del Estado a los partidos
Los jueces del TSE echaron para atrás una decisión reciente de la JCE.
La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) advirtió ayer que los conflictos de competencia entre el Tribunal Superior Electoral y la Junta Central Electoral pueden afectar la calidad de la democracia por lo que sugiere legislar para evitar choques futuros entre los organismos electorales. La preocupación de la entidad fue expresada ante la decisión de la corte electoral que echó para atrás una decisión de la JCE sobre el orden de los partidos en la boleta electoral y la distribución de los recursos que reciben las organizaciones políticas.
En un comunicado firmado por el vicepresidente de la entidad, Servio Tulio Castaños Guzmán, la entidad considera que “es oportuno que los poderes del Estado y la sociedad civil promuevan dotar de contenido jurídico sustantivo los diferentes vacíos normativos y ambigüedades existentes en las normas que versan sobre asuntos electorales, a raíz del conflicto de competencia surgido entre la Junta Central Electoral y el Tribunal Superior Electoral, tal como se revela en el dispositivo número 5 del comunicado 17/17, del 8 de marzo, del 2017 del Tribunal Constitucional”.
La entidad considera que hay que velar porque esas normativas se ajusten al modelo constitucional vigente con lo que se evitaría que el choque entre esos órganos pueda trasladarse a otras materias “donde estos conflictos de competencia son decisivos en la calidad de la democracia”.
“Pensando sobre la base de las reformas electorales actuales, el Poder Legislativo deberá tomar en cuenta las contradicciones, vacíos y conflictos que pudieren existir entre estas normativas al momento de promulgar leyes venideras concernientes a la reforma electoral”, sugiere Finjus.
Castaños Guzmán refiere que el Tribunal Constitucional ha sentado las bases preliminares sobre el conflicto de competencia surgido entre la Junta y el TSE, en el expediente número TC-03-2015-0002, sobre la aplicación o interpretación de los textos en conflicto de los artículos 212 y 214 de la Constitución de la República.
Sobre el organismo competente para conocer de las decisiones administrativas de la JCE, la Finjus señala que “a juzgar por el contenido de la Ley Electoral, a priori correspondería a la jurisdicción contencioso administrativa conocer de las impugnaciones a las decisiones y actos de la JCE, por tratarse de asuntos que revisten una naturaleza administrativa”.
La Finjus establece que entre la ley 275-97 y los artículos 212 y 214 de la Constitución no se presenta una atribución legal tácita que pueda indicar quién es el competente para conocer de asuntos administrativos en materia electoral.
“Desde Finjus entendemos que la actual coyuntura favorece a que el Tribunal Constitucional emita una decisión de carácter exhortativo lo más pronto posible para dinamizar a que los demás poderes públicos promuevan un eventual rediseño institucional de las normas que versan sobre asuntos electorales”, concluye Castaños Guzmán.
Luego del fallo del TSE que dejó sin efecto la decisión de la JCE, el presidente de ese organismo, Julio César Castaños Guzmán, expresó que respetará la decisión de la corte.
El 8 de mayo del 2016, la JCE dirigida por Roberto Rosario, emitió una resolución que establece el criterio para establecer el orden de los partidos en la boleta sería en base a la votación obtenida por las organizaciones de manera individual en el nivel presidencial. Este año, la nueva JCE dejó sin efecto esa decisión por una votación de dos contra tres.
Alianza País recibirá más dinero y al PUN le quedará poco
La sentencia del Tribunal Superior Electoral (TSE) que deja sin efecto la decisión de la Junta Central Electoral (JCE) de asignar los recursos a los partidos en función del promedio de votos alcanzados en los tres niveles obligará a ese organismo a modificar el reglamento de distribución económica del Estado a los partidos políticos, a pesar de que las organizaciones ya recibieron los recursos correspondientes a lo que va de año.
Todavía el presidente del organismo, Julio César Castaños Guzmán, no ha convocado al pleno para conocer las modificaciones que deben introducirse al reglamento de la distribución de los recursos.
En total, la JCE entregará a los partidos un monto superior a los 805 millones de pesos, pero tendrá que hacer una distribución de montos distinta a la que aprobó en marzo pasado debido a que solo debe tomar en cuenta la votación presidencial por orden del TSE. En ese sentido, los partidos que resultarán afectados por la decisión son solo los que obtuvieron una votación menor al 5% en el nivel presidencial.
Así Alianza País, que ahora pasa a ocupar la casilla cinco, recibirá más dinero que los 9 millones 830 mil 876 pesos que la JCE le había asignado en el 2016, mientras que el Bloque Institucional Social Demócrata (BIS), reducirá su cuota de 11 millones 113 mil 895 pesos, pues del puesto cinco pasó al ocho, luego del fallo del TSE. Otro partido que ahora recibirá más fondos es el Humanista Dominicano (PHD) que del puesto 10 subirá al número seis en la boleta.
El Partido de Unidad Nacional (PUN) tendrá una reducción significativa de los recursos que recibe, pues bajo el criterio del promedio pasó a ocupar el puesto siete de la boleta, pero ahora pasará al 25, pues solo obtuvo 5 mil 678 votos en el nivel presidencial, pero acumuló una votación importante en el nivel congresual y municipal, que bajo el criterio del promedio lo elevaron a un lugar privilegiado de la papeleta de votación.
La JCE le asignó un monto de 10 millones 154 mil 131 pesos al PUN, con una proyección de reducir esa cantidad a menos de cinco millones de pesos.
El partido Movimiento Democrático Alternativo (MODA) también bajará un puesto, pues en base al promedio le corresponde la casilla seis y en el nivel presidencial quedó en la séptima posición, por lo que los recursos también serán menos que lo que ha recibido hasta ahora.
TSE no decidió sobre el fondo del conflicto
La sentencia del TSE no decidió sobre el fondo del conflicto entre los partidos de si debe primar el criterio de la votación presidencial o la media producto de la sumatoria en todos los niveles. La sentencia establece que la JCE es la que debe decidir, pero sienta el precedente de que debe hacerlo antes de las elecciones. El TSE se pronunció en esos términos por un recurso que elevaron varios partidos contra la decisión de la JCE de variar la medida anterior. Alianza País, el Partido Socialista Verde, la Unión Demócrata Cristiana, entre otros partidos minoritarios recurrieron ante la corte.
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