Opinión
¿Procede la figura del juicio político en el caso de la JCE?
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Por Víctor Mateo
La situación se ha agravado al pasar de los días, puesto que las declaraciones de los miembros de la JCE entrevistados por una comisión de la Cámara de Diputados que investiga las anomalías, parecen no haber favorecido el entendimiento entre las partes. Como reacción a los hechos, hay quienes han propuesto que se realice un “juicio político” a los miembros del organismo electoral que no actúen apegados a las leyes, así como a quienes mientan en sus respectivos alegatos. Esto ofrece la oportunidad para analizar si procedería o no la medida propuesta en el caso antes descrito.
Para poder hacer un análisis equilibrado, es necesario conocer la composición del Poder Legislativo en cada país latinoamericano: diez naciones tienen congresos unicamerales y nueve, congresos bicamerales. Ahora bien, en las constituciones de 18 de los 19 países consultados, existe la figura del “juicio político”, aunque en gran parte de ellas se hable de sometimiento, acusación e interpelación. Cuba es la excepción, pues solo permite que la Cámara de Diputados invite a la Asamblea Legislativa o a comisiones del Congreso, a funcionarios del Gobierno para ser cuestionados sobre algún tema de interés nacional, sin inhabilitarlos de sus funciones, según lo establece el artículo 86 de su Carta Magna.