SANTO DOMINGO. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) dispuso la prohibición de todos losactos de importación, distribución y venta del producto EREC-F con el componente Sildenafil.
Asimismo, ordenó el embargo con la subsecuente destrucción del producto contentivo del componente citado.
También ordenó a la Dirección General de Aduanas, la Oficina Nacional de Propiedad Industrial (ONAPI), y al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y/o cualquier otra agencia estatal ejecutar la decisión.
La decisión se deriva de un recurso de casación en contra de una sentencia emitida por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís, el 7 de septiembre de 2007.
La alta corte plantea que al ordenar la cesación de los actos de importación, distribución y venta de los productos EREC-F, de manera general, así como el embargo con la subsiguiente destrucción de todo el inventario del citado producto, la Corte de Apelación incurrió en un error.
El tribunal destaca que el proceso fue abierto como consecuencia del uso indebido del componente Sildenafil, «por lo que debió en su fallo aplicar dichas medidas respecto del producto que contuviera el citado componente, como era el producto EREC-F, pues sobre dicho componente no posee ningún derecho».
El tribunal acogió el criterio de que ciertamente constituye competencia desleal y usufructo indebido, la puesta en mercado de cualquier producto que utilice fórmulas o componentes previamente desarrollados por otra empresa, sin la celebración de acuerdo previo a los efectos.
Además que pudo establecer a todas luces el uso indebido de la sustancia o agente activoSildenafil, a través de la comercialización del producto EREC-F, por no ser Laboratorios de Aplicaciones Médicas (LAM) los beneficiarios de la patente que ampara dicho componente.