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En Santo Domingo queda prohibida la venta de alcohol entre la medianoche y 8:00 de la mañana.

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Santo Domingo, RD.-Ha quedado prohibida la venta y expendio de bebidas alcohólicas en establecimientos comerciales de la provincia de Santo Domingo a través de una disposición del  Ministerio de Interior y Policía.

La resolución es efectiva a partir del lunes 7 de noviembre (ayer) en los municipios de Santo Domingo Este, Santo Domingo Oeste, Pedro Brand, Boca Chica, Los Alcarrizos, San Antonio de Guerra y los distritos municipales pertenecientes a cada uno de los municipios anteriores de la provincia Santo Domingo.

«La violación del artículo 1 de la presente resolución, podrá dar lugar al cierre temporal o definitivo del establecimiento, así como, a la cancelación de licencias o permisos correspondientes, sin perjuicio de cualquier otra sanción establecida en las leyes o reglamentos».

De acuerdo con la institución, el Ministerio de Interior y Policía, a través de la Dirección Nacional de Control de Expendio de Bebidas Alcohólicas (Coba), junto con la Policía Nacional, deberán velar por el cumplimiento de la medida.

Las medidas no específica las razones de la prohibición.

Salud y la vida humana, razón por la cual resulta necesario la reducción del horario de expendio de bebidas alcohólicas en el territorio de la provincia de Santo domingo Norte.

CONSIDERANDO: Que resulta indispensable que las autoridades frente a situaciones que afectan el orden público y requiere de la urgente intervención del estado para reparar los daños causados.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana.

VISTA:   la   Ley   Núm.   631 -16,   para   el   control   y   regulación   de  armas   de   fuego,  Municiones, explosivos y otros materiales relacionados, de fecha 25 de julio de 2016.

VISTA: La Ley Núm. 64-00, que crea la secretaria de medio ambiente y recursos naturales, de fecha 18 de agosto de 2000.

VISTA: Ley Núm. 287-04, del 15 de agosto de 2004, sobre Prevención. Supresión y Limitación de Ruidos Nocivos y Molestos que Produce Contaminación Sonora

Modificada por la Ley Núm. 90-19 del 15 de abril de 2019.

VISTA: Resolución núm. ESP/001-2022, de fecha 11 de abril del año 2022, relativa al  Horario de Expendio de Bebidas Alcohólicas, en todo el territorio nacional.

En ejercicio de las atribuciones legales del MINISTERIO DE INTERIOR Y POLICÍA, en sus respectivas funciones, DICTA LA SIGUIENTE

RESOLUCION:

ARTÍCULO 1.- A partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, se prohíbe  el consumo y expendio de bebidas alcohólicas en todo establecimiento comercial de lunes a domingo desde las doce de la madrugada (12:00 am.) hasta ocho de la mañana. (8:00 a.m.), en los municipios santo domingo Este, Santo domingo Oeste, Pedro band, Boca chica, Los Alcarrizos, Pedro Brand, San Antonio de guerra, y los distritos municipales pertenecientes a cada uno de los municipios anteriores, de la provincia Santo domingo.

ARTÍCULO 2.- La violación artículo uno (01) de la presente resolución, podré dar lugar al cierre temporal o definitivo del establecimiento, así como, a la cancelación de las licencias o permisos correspondientes, sin perjuicio de cualquier otra sanción establecida en las leyes o reglamentos.

ARTÍCULO 3.- El Ministerio de Interior y Policía, a través de la Dirección Nacional de Control de Expendio de Bebidas Alcohólicas (COBA), con apoyo de la Policía Nacional, deberán velar por el fiel cumplimiento de la presente Resolución, debiendo promover las acciones que fueren pertinentes a tales fines de conformidad con las leyes.

ARTÍCULO 4.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día lunes 07 de noviembre de 2022.

ARTÍCULO 5.- Se Instruye a la Oficina de Acceso a la información publicar en el portal web institucional el contenido de la presente resolución.

DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, a los cuatro (04) días del mes de noviembre dos mil veintidós (2022).

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Buscan con Proyecto de ley que hombres usen apellido de sus esposas en la cédula

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Santo Domingo, R.D.-Una iniciativa introducida en la Cámara de Diputados estudia actualmente una iniciativa que permitiría por primera vez de forma expresa que los hombres puedan incorporar el apellido de sus esposas en su cédula y otros documentos, bajo las mismas condiciones que hoy lo hacen algunas mujeres de manera opcional.

El proyecto de ley es autoría de la diputada Gabriela Abreu Santos, del Partido Revolucionario Moderno (PRM), y busca regular el apellido de los cónyuges en la cédula de identidad, una practica que, según la pieza legislativa, solo estaba organizada de forma administrativa, no legal.

En ese sentido, la propuesta busca que no solo las mujeres usen el apellido de los esposos, sino que los hombres también puedan agregar el apellido de sus esposas en sus documentos.

El proyecto señala que la inclusión del apellido de la pareja podría realizarse mediante la expresión «de + apellido del cónyuge» o mediante cualquier otra modalidad que establezca la Junta Central Electoral en su reglamentación.

Para solicitar la incorporación del apellido del cónyuge, la propuesta exige la presentación del acta de matrimonio registrada conforme a la Ley 4-23, una solicitud expresa del interesado y un documento de identidad vigente.

La pieza legislativa también dispone que este derecho se reconozca sin distinción de género, por lo que podría ser ejercido por cualquiera de los cónyuges en igualdad de condiciones.

El proyecto contempla que la persona que haya decidido utilizar el apellido de su pareja podrá solicitar en cualquier momento su eliminación del documento de identidad.

Asimismo, en caso de divorcionulidad del matrimonio o fallecimiento del cónyuge, el titular del documento podrá optar por mantener el apellido como uso social o solicitar su retiro de la cédula.

En caso de ser aprobada totalmente en el Congreso, la JCE dispondría de un plazo de 90 días para dictar el reglamento que regule la aplicación de la norma.a

En la exposición de motivos, la diputada Abreu Santos sostiene que el objetivo del proyecto es garantizar la libertad de elección de los ciudadanos en el uso del apellido de su cónyuge, en condiciones de igualdad, y fortalecer la seguridad jurídica en materia de identidad.

La legisladora también señala que actualmente la inclusión del apellido del cónyuge en la cédula se realiza como una práctica administrativa, sin una regulación legal expresa, por lo que considera necesario establecer una norma clara que regule esta posibilidad.

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Mujer golpeada por coronel Madé en Los Mina se querella en su contra.

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Santo Domingo, R.D.- Charlizze Altagracia Hernández Monegro, joven golpeada por un coronel de la Policía Nacional,  interpuso una querella con constitución en actor civil contra el coronel Fausto Madé Ramírez, por haberla agredido en plena vía pública en Los Mina, municipio Santo Domingo Este, hecho que que quedó captado en video y fue ampliamente difundido en las redes sociales.

La instancia fue presentada ante la Fiscalía de Santo Domingo e incluye como tercero civilmente responsable a la entidad policial por tratarse de un agente en funciones.

Los abogados de la querellante sustentan la acción en los artículos 186, 198, 265, 266, 309, 309-1 y 309-3, ordinales B, C y E, del Código Penal Dominicano, que tipifican delitos relacionados con agresión y violencia.

Este hecho vuelve a colocar en el centro del debate público el uso de la fuerza por parte de agentes del orden y la efectividad de los mecanismos de supervisión, en momentos en que se impulsa una reforma policial orientada a fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas dentro de la institución.

  • Sin embargo, su accionar no es un hecho aislado en su historial dentro de la institución.

El oficial ya había sido sancionado anteriormente en 2018, entonces con rango de teniente, y subcomandante del destacamento de Los Frailes por una conducta violenta hacia un ciudadano.

Según el informe del cuerpo del orden de ese momento, el agente incurrió en una actuación contraria a los principios de prudencia y tolerancia que deben regir el accionar policial, por lo que fue remitido a la Dirección de Asuntos Internos.

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Distribuyen agentes policiales para reforzar seguridad en operativo de Semana Santa 2026

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Santo Domingo, R.D.-Agentes de la  Policía Nacional fueron distribuidos este miércoles s nivel nacional para fortalecer las labores de prevención y garantizar la seguridad ciudadana durante el asueto de Semana Santa 2026.

La actividad tuvo lugar en el Coliseo de Boxeo Carlos Teo Cruz, donde jóvenes policías, tanto masculinos como femeninos, se concentraron desde tempranas horas, listos para ser enviados a distintos puntos estratégicos del país.

Los agentes, debidamente uniformados y con su equipaje en mano, forman parte del contingente que se integrará al Operativo Proteger y Servir Semana Santa 2026, una iniciativa del Gobierno dominicano que articula esfuerzos entre la Policía Nacional, las Fuerzas Armadas y otros organismos de seguridad del Estado.

Las autoridades policiales señalaron que este despliegue forma parte de la estrategia preventiva diseñada para reducir la incidencia delictiva, evitar accidentes y ofrecer una respuesta oportuna ante cualquier eventualidad que pudiera surgir durante el desplazamiento masivo de ciudadanos en este período.

Asimismo, exhortaron a los agentes a desempeñar sus funciones con apego a los protocolos institucionales, respeto a los derechos fundamentales y un alto sentido de responsabilidad, recordando que representan el rostro cercano de la institución ante la ciudadanía.

Con esta distribución, la Policía Nacional continúa fortaleciendo su capacidad operativa y reafirma su compromiso de proteger vidas, preservar el orden público y contribuir a que la población disfrute de una Semana Santa segura y en paz.

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