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JCE No otorga fondos públicos a independientes y limita cantidad de postulantes.
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6 días agoon
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LA REDACCIÓNSanto Domingo, R.D.-La propuesta de proyecto de ley presentado ante la Cámara de Diputados por la Junta Central Electoral para regular las candidaturas independientes en función del mandato del Tribunal Constitucional, excluye a los aspirantes a través de esta figura jurídica del financiamiento que otorga el Estado a través del órgano rector de las elecciones.
La pieza entregada al Poder Legislativo contempla ciertas limitaciones y regulaciones para el funcionamiento de esta figura electoral que deberá ser postulada a través de una asociación civil, dejando en el pasado la necesidad de utilizar a las entidades políticas. Esto, si es aprobada por los legisladores.
Los candidatos independientes recibirán “únicamente” financiamiento de fuentes privadas, el cual contendrá las mismas restricciones aplicadas a las agrupaciones políticas, contenidas en la Ley 3-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos y la Ley 20-23.
De acuerdo a lo dictado por la JCE en el documento legislativo, en cada demarcación solo podrán ser postulados hasta un máximo de tres candidaturas independientes por cada nivel de elección, de todas las asociaciones cívicas que hayan sido debidamente registradas para el proceso “de que se trate”.
En caso de que el número de aspirantes por nivel de elección sea mayor al previsto en el presente artículo, dicha situación se resolverá conforme al procedimiento previsto en el artículo 299 del Régimen Electoral, que coloca a “la suerte” el método de escogencia.
Se inscribirán en tarjetas diferentes los nombres de los candidatos empatados y serán extraídos de un sobre por el órgano electoral, el nombre que aparezca será el cual podrá participar en la contienda electoral.
Para la postulación de candidaturas plurinominales, las asociaciones cívicas solo podrán postular una única candidatura independiente por cada nivel de elección en los cargos de diputaciones, regidurías y vocalías.
En caso de recibir una cantidad de votos suficiente para acceder a más de un escaño, la asociación cívica obtendrá la adjudicación de únicamente un escaño, “dado que su propuesta no cuenta con otras candidaturas para su distribución”.
“En estos casos, los escaños adicionales serán adjudicados a otras asociaciones cívicas, siguiendo el orden de asignación correspondiente”, indica el proyecto.
Exclusión de candidaturas
Las candidaturas independientes en los niveles de diputaciones y senadurías no podrán ser consideradas para la asignación de escaños de diputaciones nacionales por acumulación de votos ni para la representación ante el Parlamento Centroamericano (Parlacen), respectivamente. Estos escaños están reservados exclusivamente para los partidos políticos, conforme a los criterios de distribución y asignación establecidos en la Ley 20-23.
En consecuencia, ninguna asociación cívica que postule candidaturas independientes para diputaciones o senadurías podrá, de manera simultánea, aliarse a un partido político para las candidaturas a diputaciones nacionales por acumulación de votos, senadurías o representantes ante el Parlacen, ni presentar una lista individual para estos niveles de elección.
Alianzas y coaliciones
Las candidaturas independientes no podrán aliarse, formar coaliciones o establecer acuerdos de cualquier índole con partidos, agrupaciones o movimientos políticos ni entre ellas. “La postulación de candidaturas independientes debe ser exclusivamente individual, no pudiendo ser respaldada por un partido, agrupación, movimiento político”.
Transfuguismo
Una persona no podrá participar como aspirante a una precandidatura o candidatura a través de una organización política y, posteriormente, postularse como candidato independiente en un mismo proceso electoral para los distintos niveles de elección correspondientes a ese cuatrienio.
De igual forma, una candidatura independiente, luego de haberse presentado como candidato o candidata en cualquier nivel de elección, no podrá postularse ni como precandidato ni como candidato en la boleta de una organización política para el mismo proceso electoral en los distintos niveles de elección correspondientes a ese cuatrienio.
El aspirante a una candidatura independiente deberá acreditar que no tiene militancia partidaria. En caso de haber sido militante o afiliado a alguna organización política, deberá acreditar que no ha ocupado ningún cargo directivo ni ha sido miembro activo al menos un año antes del proceso electoral al cual se postule. “So pena de que la administración electoral rechace a la inscripción de la candidatura”.
¿Cuántas firmas necesitan para postularse?
Presidencia de la República: El respaldo debe representar al menos el 2% del padrón electoral nacional de las últimas elecciones ordinarias generales. Este 2% de firmas del padrón electoral nacional debe contener al menos el 2% del padrón electoral en cada una de las provincias existentes.
Senadurías: Al menos el 2% del padrón electoral de la provincia, correspondiente a las últimas elecciones nacionales ordinarias. Diputaciones: Al menos el 2% del padrón electoral de la circunscripción correspondiente a las últimas elecciones nacionales ordinarias. En el caso de las diputaciones en las circunscripciones del exterior, se podrá registrar una asociación cívica con asiento en el Distrito Nacional o en la ciudad de Santo Domingo.
Alcaldías: Al menos el 2% del padrón electoral del municipio correspondiente a las últimas elecciones ordinarias municipales. Regidurías: Al menos el 2% del padrón electoral del municipio correspondiente a las últimas elecciones ordinarias municipales.
Direcciones distritales y vocalías: Al menos el 2% del padrón electoral del distrito electoral correspondiente a las últimas elecciones ordinarias municipales.
Los aspirantes a candidatos independientes deberán cumplir con los requisitos plasmados en las leyes electorales y presentar su propuesto de gestión ante la Junta Municipal o Central Electoral.
Aplicación Móvil
La Junta Central Electoral pondrá a disposición de los aspirantes una aplicación móvil (App de la Junta Central Electoral) para la recolección de firmas de los ciudadanos de manera digital. Los aspirantes deberán cumplir con los siguientes requisitos técnicos para utilizar la aplicación móvil:
Dispositivos móviles (teléfonos o tabletas) con conexión a internet y la capacitación obligatoria sobre el uso de la aplicación, la cual será proporcionada por la Junta Central Electoral.
Pero, ¿qué es una organización cívica?
Estas son asociaciones de ciudadanos y ciudadanas, legalmente constituidas y que fungen como la única vía para postular las candidaturas independientes. Están diseñadas para fines electorales; su creación, duración y permanencia estarán limitadas al proceso electoral correspondiente.
Mientras que las candidaturas independientes son las nominaciones que realizan una asociación cívica para ocupar un cargo electivo, sin que tal oferta política se realice con el concurso, ni principal ni complementario, de un partido, agrupación o movimiento político.
Aunque la asociación cívica o social conserve su personalidad jurídica al concluir el proceso electoral, no podrá postular un candidato para otro torneo electoral, debido a que su vigencia electoral es de carácter exclusivamente espontáneo y está vinculada únicamente al proceso en el que se presenta la candidatura. “Por lo tanto, su objeto electoral se limita a dicho proceso y no puede extenderse a futuras convocatorias electorales sin la constitución de una nueva entidad o estructura con el mismo propósito”.
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Aplazan medida de coerción contra cabecilla de red Operación Gaviota
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4 días agoon
abril 3, 2025Santo Domingo.- Fue aplazado para el próximo miércoles 10 de abril por el Juzgado de Atención Permanente de este distrito judicial el conocimiento de la medida de coerción contra Héctor Aníbal Santillán Faulkner, imputado como el estratega legal de la red criminal desmantelada en junio de 2024 mediante la Operación Gaviota.
La magistrada Fátima Veloz tomó la decisión a fin de otorgar tiempo al abogado defensor para preparar los presupuestos de defensa del imputado, quien se mantuvo prófugo durante varios meses, alegando el vencimiento del plazo de prescripción de la acción penal para evadir su presentación ante la justicia.
El Ministerio Público sostiene que Santillán Faulkner ha recurrido a múltiples maniobras para evitar ser procesado judicialmente, incluyendo la evasión de allanamientos, el abandono de sus residencias habituales y la permanencia en paradero desconocido por tiempo prolongado.
Santillán Faulkner enfrenta cargos por crímenes de alta tecnología, fraude, lavado de activos y violaciones a las leyes monetarias y financieras, según lo establecido en la Ley 53-07, el Código Penal Dominicano, la Ley 183-02, la Ley 249-17, la Ley 127-64 y la Ley 155-17, entre otras normativas.
La red desmantelada en la Operación Gaviota operó entre los años 2020 y 2024, movilizando más de RD$4,239 millones y US$11.6 millones, afectando a más de 330 personas. Su presunto cabecilla, Rafael Martínez Batista, junto a otros 25 imputados y múltiples empresas, enfrenta actualmente un proceso judicial en el Séptimo Juzgado de la Instrucción.
La Dirección General de Persecución del Ministerio Público solicitó prisión preventiva, como medida de coerción, contra Héctor Aníbal Santillán Faulkner, señalado como cabeza legal del esquema fraudulento liderado por Rafael Martínez Batista y desmantelado mediante la Operación Gaviota.
La solicitud fue presentada ante la Oficina de Atención Permanente por el director general de Persecución, el procurador adjunto Wilson Camacho, junto a los fiscales Jonathan Pérez Fulcar, Yudelka Holguín Liz, Emmanuel Ramírez, Miguel Crucey y Alexis Piña.
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Cambian mediante sentencia a Costa Verde a circunscripción 1 del Distrito Nacional
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4 días agoon
abril 3, 2025Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE) fue ordenada mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral (TSE) a incluir a la urbanización Costa Verde como parte de la circunscripción 1 del Distrito Nacional, a los fines de garantizar el derecho de elegir y ser elegibles de los accionantes, así como la de cualquier otro ciudadano con residencia en esta urbanización.
La solicitud fue realizada mediante la sentencia TSE/0004/2025, firmada por Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, juez presidente; Rosa Pérez de García, Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz y Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez, jueces titulares y Rubén Darío Cedeño Ureña, secretario general.
Mediante un comunicado, la institución explicó que la decisión fue tomada con motivo de la acción de amparo incoada el 21 de marzo 2025 por Nelson Enrique Ventura Javier, Luis Manuel Puché Cordero, María Fernanda Pérez Rivas y Aquiles de Jesús Machuca González contra el presidente de la JCE, Román Andrés Jáquez Liranzo y los jueces de esa institución.
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Presidente de la DCJ solicita con urgencia la aprobación de tres leyes”
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4 días agoon
abril 3, 2025Santo Domingo, R.D.-Luis Henry Molina, presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) solicitó este jueves “con urgencia” al Congreso Nacional aprobar tres piezas legislativas para continuar desarrollando diversos procesos jurídicos del país.
Molina realizó este pedimento mientras visitaba a los presidentes de las dos cámaras del Poder Legislativo para rendir cuentas sobre los avances del Poder Judicial alcanzados desde 2019, hasta el 2024.
El titular del órgano judicial indicó que la transformación del sistema requiere aún de una base legal “sólida y moderna”.
Es por esto que consideró necesario actualizar la Ley Orgánica 28-11 del Poder Judicial, para renovar el sistema, “dotándolo de más eficiencia, independencia y flexibilidad”.
Además, Molina entiende que es fundamental realizar una reforma legislativa a la Ley de Registro Inmobiliario para fortalecer los procesos técnicos y registrales, lo cual beneficiará al sector público y privado.
“Permitirá habilitar un sistema de carrera registral para garantizar la idoneidad, independencia y la profesionalización de los encargados de la calificación registral y técnica”, declaró.
También, le recomendó a los congresistas edificar una nueva ley para la optimización de los procesos que podría simplificar y agilizar los trámites judiciales, reduciendo “la litigiosidad innecesaria”.
Reiteró, por último, adelantar las modificaciones dirigidas al Código Procesal Penal, luego de que el Tribunal Constitucional (TC) emitiera en varias ocasiones una sentencia de inconstitucionalidad sobre el contenido de la actual ley.
“Para quien les habla, lograr este cambio es una cuestión de principios. Si creemos realmente en la justicia como un derecho universal, debemos eliminar las barreras económicas de acceso a la misma. Y esta es la modesta contribución que el Poder Judicial quiere y puede hacer en este sentido”, aseveró Molina ante los representantes del órgano constitucional.
El presidente del Senado, Ricardo de los Santos, dijo estar en disposición de priorizar las reformas requeridas por el Poder Judicial. Junto al senador, también se encontraba Alfredo Pacheco, presidente de la Cámara de Diputados.
“Logros”
El plan Cero Mora de la SCJ “resolvió” 48,717 recursos de casación, eliminando expedientes anteriores al año 2023; y, al cierre del año 2024; la Segunda Sala de esa alta corte “cumplió con la meta de no tener casos con una antigüedad mayor a 6 meses, dejando atrás 42 años de asuntos pendientes”.
“Esta cultura de cumplimiento se ha extendido a todos los tribunales del país. Al cierre de marzo 2025, el 72% de los tribunales están al día en el país. Es decir, en el último año hemos logrado, que la mayoría de los tribunales de la República hayan dejado atrás la mora”, afirmó Molina.
Mencionó la implementación del sistema de transcripción automática en 31 tribunales, “reduciendo” en un 80% el tiempo de elaboración de las actas de audiencia, pasando de 5 días a 1 día y la reducción de un 53% del tiempo promedio de respuesta en trámites registrales, que pasó de 15 a 7 días.
Un “logro significativo” es el lanzamiento del Observatorio del Poder Judicial, el cual tiene el objetivo de promover la transparencia, la participación ciudadana y la rendición de cuentas efectiva.
También, recordó la creación, del Plan Estratégico Decenal, en alianza con distintos sectores de la sociedad y entidades internacionales, con aproximadamente 3,000 participantes, donde se recogieron 746 iniciativas orientadas a modernizar la infraestructura judicial y reducir la mora procesal.