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Aeropuerto de Bávaro otra vez considerado como improcedente por parte la SCJ
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2 años agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, R.D.- Fue rechazado por La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el recurso de casación interpuesto por el Aeropuerto Internacional de Bávaro AIB contra la decisión que impide construir una nueva terminal aérea en esa localidad.
Miguel Valerio, abogado de la Corporación Aeroportuaria del Este, propietaria del Aeropuerto Internacional de Punta Cana y del Grupo Punta Cana declaró que la Suprema rechazó el recurso que buscaba invalidar la declaración que calificaba de lesiva al interés nacional la autorización emitida por el Instituto de Aviación Civil (IDAC).
Refiere que la sentencia, de paso, desestima el proyecto tal como fue concebido y aprobado originalmente.
Valerio declaró que el fallo, en el último tramo del recorrido judicial, da la razón a quienes criticaron el procedimiento por corrupción, e incluso, desautoriza el decreto del Poder Ejecutivo, emitido en el período de transición, que aprobaba el proyecto AIB, impulsado por Abraham Hazoury junto a otros socios por medio del Grupo Abrisa.
Explicó que las decisiones de esa alta corte son inapelables, por lo que la prohibición para construir el aeropuerto Internacional de Bávaro adquirió categoría de la cosa irrevocablemente juzgada.
Manifestó que la decisión dictada por la Tercera Sala de la SCJ con unanimidad repasa a fondo las argumentaciones que aportó el IDAC durante este gobierno para la declaratoria de lesividad y pone en evidencia que todo el proceso de aprobación del AIB estuvo viciado desde el principio.
“En el caso de la autorización del Aeropuerto Internacional de Bávaro, como infraestructura de titularidad privada, se observa que no fueron respetadas las reglas de competencia y debido proceso administrativo”, señala la sentencia.
Igualmente, explicó que en las argumentaciones de la alta corte se consigna la obligatoriedad que tiene el Estado de licitar la construcción de un nuevo aeropuerto al señalar: “Los permisos, licencias, autorizaciones, concesiones, que sean solicitados por particulares en materia de infraestructura, deben ser adjudicados por los procedimientos previstos en sus respectivas legislaciones sectoriales, y en casos, como acontece en el ámbito de la legislación sectorial aplicable en materia de infraestructuras aeroportuarias, el procedimiento de licitación establecido en la Ley núm. 340-06 del 18 de agosto de 2006, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones y sus modificaciones, a fin de garantizar los principios constitucionales de transparencia, publicidad e igualdad”.
El jurista señaló que, de manera taxativa, la Tercera Sala de la SCJ determinó que al formalizarse el inicio del proceso de construcción y fiscalización del Aeropuerto Internacional de Bávaro, sin previamente agotar un procedimiento de licitación, se transgredieron también los principios constitucionales de publicidad, transparencia, igualdad y buena administración.
Varias decisiones judiciales en contra
Valerio recordó que la justicia había fallado en contra de la construcción del Aeropuerto de Bávaro mediante la evacuación de siete sentencias en su contra, porque “es un proyecto sin sentido e innecesario”. Declaró que además de esas siete decisiones judiciales, también se suma la resolución del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales del 12 de septiembre de 2022, que anuló la licencia ambiental que favorecía esa obra.
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Autoridades decomisan cargamento de drogas en alta mar por provincia Peravia
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2 días agoon
febrero 16, 2026
Santo Domingo, R.D.-Un decomiso maritimo de drogas, uno de los mayores que se producen en el pais, logró la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) la madrugada del pasado contra el narcotráfico en la República Dominicana, producido al sur de Baní en colaboración con Estados Unidos.
El cargamento, que se estima podría superar las dos toneladas, era transportado en una lancha rápida procedente de zona de la Guajira, Colombia. Tras la interdicción, la droga fue trasladada a la base militar de Caldera, en Baní, donde quedó bajo custodia de los organismos de seguridad para los análisis y el proceso judicial correspondiente.
En la operación fueron detenidos seis tripulantes, todos de nacionalidad dominicana.
Su geografía (costas extensas, escasa presencia estatal en amplias áreas y cercanía relativa a rutas marítimas internacionales) ha sido aprovechada por organizaciones criminales para enviar cargamentos hacia Centroamérica y el Caribe, desde donde posteriormente se dirigen al mercado norteamericano.
Autoridades antinarcóticos sostienen que el uso de lanchas rápidas es una modalidad frecuente: embarcaciones livianas, de gran potencia y difícil detección que intentan atravesar el Caribe en pocas horas, para evadir los sistemas de vigilancia.
Según informes la detención fue posible gracias al intercambio de información entre agencias, especialmente datos suministrados por Estados Unidos a los organismos dominicanos, lo que permitió ubicar la embarcación antes de su llegada a nuestro territorio.
Destacan que la cooperación bilateral continúa activa, pese a la suspensión temporal anunciada la semana pasada por la embajada estadounidense respecto a la oficina local de la DEA. Esa medida, según se explicó, no implicó el cese de operaciones conjuntas, sino la separación provisional de agentes bajo investigación por un presunto fraude vinculado al programa de visas.
O sea, los mecanismos de asistencia técnica, intercambio de datos e interdicción marítima permanecen en funcionamiento.
El pasado sábado las autoridades del Ministerio Público y de la DNCD también informaron que persiguen a tres hombres, incluyendo a dos haitianos, en relación a un gran cultivo de marihuana desmantelado en un amplio operativo de seguimiento y vigilancia en un área montañosa de Baní, provincia Peravia.
El operativo se desarrolló con un equipo de fiscales y agentes de la DNCD que contaron con el apoyo de agencias de inteligencia del Estado y helicópteros de la Fuerza Aérea de República Dominicana (FARD).
Las labores de inteligencia llevaron a determinar que varios individuos se dedicaban al cultivo y venta del vegetal, lo cual llevó a poner en marcha un amplio operativo aéreo y terrestre en la zona montañosa de la sección Montería, Baní.
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Nuevo reglamento para regular afiliaciones y desafiliaciones en organizaciones políticas
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2 días agoon
febrero 16, 2026
Santo Domingo, R.D.-Un nuevo reglamento emitió la Junta Central Electoral (JCE) mediante el cual busca regular las afiliaciones y desafiliaciones de los partidos.
Las disposiciones generales señalan que el plazo anual establecido para la entrega de duplicados de los registros de afiliados actualizados de los miembros de los partidos, agrupaciones o movimientos políticos será cada día uno de agosto o el siguiente día hábil, a partir del año 2026.
El reglamento señala que los partidos tendrán la potestad de decidir el procedimiento de registro de sus afiliados, a través de una plataforma digital desarrollada por estos (la cual deberá ser compatible con la JCE y cuya utilización deberá ser notificada por escrito) o de utilizar la plataforma digital desarrollada por el órgano electoral.
El mismo, aprobado por el pleno encabezado por su presidente Román Jáquez Liranzo, la JCE, de común acuerdo con las organizaciones políticas, podrá incorporar las medidas que considere oportunas o necesarias para implementar las iniciativas que faciliten el proceso de afiliación y la comprobación del mismo, incluyendo pruebas de vida técnicamente disponibles en la institución.
La Junta Central Electoral, una vez reciba los registros de afiliados, realizará los cruces pertinentes, para determinar que los mismos cumplen con lo establecido en este artículo y comunicarlo a las respectivas organizaciones.
“La JCE entregará a más tardar cinco días laborables las observaciones detalladas de los casos con los/las ciudadanos/as que no reunieron los requisitos para pertenecer a una organización política”, reseña el documento.
La JCE establece que para afiliarse a un partido, agrupación o movimiento político se requiere ser ciudadano inscrito y habilitado en el Padrón Electoral.
Mientras que no podrán afiliarse a partidos, agrupaciones o movimientos políticos los militares o miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, así como los jueces del Poder Judicial, Tribunal Superior Electoral (TSE) y Tribunal Constitucional. Tampoco podrán afiliarse los representantes del Ministerio Público, miembros, funcionarios y colaboradores de JCE, juntas electorales, miembros de la Cámara de Cuentas, el Defensor del Pueblo y adjuntos.
Cuando los aspirantes ingresen a esos órganos previamente señalados, deberán presentar una declaración jurada sobre el hecho de estar o no afiliados a un partido, agrupación o movimiento político, con cuya declaración, la institución o el organismo correspondiente, comunicará por escrito tal circunstancia a la JCE y esta al partido, agrupación o movimiento político que corresponda, el cual procederá a cancelar la afiliación de la persona a la organización política.
La afiliación a otro partido, agrupación o movimiento político, el apoyo a otra candidatura contraria, la participación en actividades o la aceptación de candidaturas por otras organizaciones implicarán la renuncia automática a toda afiliación anterior.
“Hacer pronunciamientos en contra de candidaturas de elección popular postuladas por su partido, no producirán la renuncia automática de los militantes que procedieren y que, en caso de que la entidad política en que militan pretendiere sancionarlos, la sanción impuesta solo será válida si fuere dictada con ocasión de un juicio disciplinario llevado a cabo con observancia de las garantías del debido proceso”, indica el documento.
El documento señala que todo afiliado a un partido, agrupación o movimiento político podrá renunciar a él, en cualquier momento, sin expresión de causa.
“La renuncia producirá la desafiliación por el solo hecho de ser presentada al presidente del partido, agrupación o movimiento político, de la cual remitirá copia a través de la Plataforma Digital dispuesta por la Junta Central Electoral dentro de los 30 días calendarios a la fecha de su recepción”, dice la propuesta.
Por igual se indica los afiliados podrá renunciar, en cualquier momento, sin expresión de causa.
La renuncia producirá la desafiliación por el solo hecho de ser presentada al presidente del partido, agrupación o movimiento político, de la cual remitirá copia a través de la Plataforma Digital dispuesta por JCE dentro de los 30 días calendarios a la fecha de su recepción o ante el órgano electoral, quien remitirá copia y el debido reporte con los datos personales de los renunciantes cada 30 días calendario a los partidos, agrupaciones o movimientos políticos correspondientes.
El reglamento realizado por el órgano electoral indica que los partidos, agrupaciones o movimientos políticos realizarán el procedimiento de registro a través de la Plataforma Digital habilitada en la página web de la JCE.
La Dirección de Partidos Políticos otorgará un acceso a cada organización política que haya decidido utilizar la plataforma de la JCE, la cual operará a través y bajo la responsabilidad de un/a Administrador/a, quien tendrá a su cargo crear el/los usuarios/s necesarios para sus registros.
“Los partidos, agrupaciones o movimientos políticos usuarios de la referida plataforma, mediante instancia firmada por su presidente o secretario general, designarán un Administrador/a que será la persona autorizada y responsable de crear el/los usuario/s necesarios para realizar sus registros a través de la Plataforma Digital. El/La Delegado/a Político/a será el/la encargado/a de tramitar dicha designación ante la Junta Central Electoral”, señala el nuevo reglamento.
La plataforma de la JCE operará de forma permanente. En el caso de que la Junta Central Electoral requiera suspender temporalmente dicha Plataforma, se informará por los medios correspondientes a los partidos.
El formato establecido para la entrega del Registro de Afiliaciones, en cumplimiento con lo indicado en la Ley núm. 33-18, contendrá el logo y nombre del Partido, Agrupación o Movimiento Político; el Nombre del/ de la afiliado/a o desafiliado/a; la Cédula de Identidad y Electoral; el municipio /Distrito Municipal que corresponda; el código de circunscripción; la fecha de afiliación y la documentación soporte de las afiliaciones o desafiliaciones.
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Descartan hablar en reunión con Abinader de exsupervisor de la DEA acusado en EEUU.
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2 días agoon
febrero 16, 2026
Santo Domingo, R.D.-Este lunes la Fuerza de Tarea Conjunta descartó hablar sobre el caso del exsupervisor dominicano de la Administración de Control de Drogas (DEA) en Santo Domingo durante la reunión de seguimiento al Plan de Seguridad Ciudadana que encabezó el presidente Luis Abinader.
Raful respondió a una pregunta de uno de los periodistas durante la conferencia de prensa celebrada después de la reunión en el Palacio de la Policía Nacional. La funcionaria no amplió sus comentarios sobre este caso.
También asesoraba a las personas en la preparación de su entrevista de visa con funcionarios consulares estadounidenses.
“Cordero se reunió con un ciudadano extranjero y le proporcionó un pasaporte y una visa que le permitían viajar a Estados Unidos a cambio de dinero”, reveló la fiscalía.
Cordero “presuntamente recibió miles de dólares a cambio de ayudar a ciudadanos extranjeros a obtener un visado de no inmigrante que les permitiría visitar Estados Unidos por un período temporal”, indicó la fiscalía federal.
Cordero, de 47 años, estuvo asignado durante seis años a la embajada estadounidense en el país.
“Es una violación repugnante y deshonrada de la confianza pública usar el cargo oficial para beneficio propio. No toleraré ni siquiera la percepción de corrupción en ningún lugar de la Embajada que dirijo”, añadió.
En 2024, el presidente Abinader otorgó la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el Grado de Caballero a Cordero, según el decreto 520-24 archivado en la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo.
