SANTO DOMINGO. Hoy se conmemora un nuevo aniversario de la creación del conjunto de reglas fundamentales que rigen la organización y funcionamiento del Estado Dominicano y sus instituciones. En San Cristóbal, así como en todo el país, se celebrará el 173 aniversario de la Constitución.
A lo largo de este período, la Carta Magna ha sido reformada 39 veces, a pesar de que al realizar la gran reforma constitucional del 2010 (la número 38) que crea el estado democrático y de derecho e incorpora una suma importante de nuevos derechos fundamentales, así como las garantías para que se puedan respetar y hacer valer, se entendía que pasarían muchos años antes de una nueva.
Para muchos juristas, las modificaciones, cuestionadas algunas en su momento, han sido necesarias para activar una cultura constitucional inexistente o dormida, y que propicie la consolidación de un verdadero Estado Social y Democrático de Derecho.
El presidente del Tribunal Constitucional, Milton Ray Guevara, entidad creada con la Constitución del 2010, una de las más avanzadas de Iberoamérica, al igual que la Defensora del Pueblo, Zoila Martínez, hacen un llamado a todos los ciudadanos y a la administración del Estado a respetar la Carta Magna, para así escalar a nuevos estadios de progreso, democracia y libertad en el país.
Guevara considera que las cuatro constituciones más importantes que ha tenido la República Dominicana son las del 6 de noviembre de 1844, la primera; en segundo lugar la del 19 de febrero de 1858, conocida como la de Moca; le sigue la del 29 de abril de 1963, la Constitución de Juan Bosch, y la del 26 de enero del 2010.
El presidente del Constitucional señala que “salvo el fatídico artículo 210, que fue incorporado por Pedro Santana a los constituyentes de San Cristóbal” en el 1844, esa es la Constitución que organizó el Estado dominicano con las estructuras esenciales de un régimen presidencial, con un Congreso Nacional conformado en dos cámaras, la incorporación de derechos fundamentales y la separación de los poderes del Estado, que es un mecanismo de limitación de los poderes de los gobernantes.
“La de Moca, esa es una Constitución liberal, empapada o impregnada del pensamiento liberal de sectores intelectuales importantes de Santiago de los Caballeros”, dijo.
En tanto que la del profesor Bosch, en la cual se establece que la nación dominicana descansaba esencialmente en el trabajo de su gente, agrupa una serie de conquistas sociales y de principios rectores que le dieron la característica de ser la primera Constitución social, describió Ray Guevara.
“Ahora, la mejor Constitución que nosotros hemos tenido en la República Dominicana es la del 26 de enero del 2010 que ha sido considerada como la más avanzada de Iberoamérica y esa Constitución crea entre nosotros el Estado Democrático y de Derecho, incorpora una suma importante de nuevos derechos fundamentales, pero además, establece las garantías para que se puedan respetar y hacer valer ese derecho”, puntualizó.
Ese criterio de Guevara es compartido por el procurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, y el jurista Luis Miguel Pereyra, quien añade que “por primera vez tenemos una Constitución que pretende hacer la letra y espíritu de la Constitución, no mera filosofía sino derecho vivo, de aplicación inmediata a los poderes públicos y a los ciudadanos”.
Describió además, que la principal importancia de esa Carta Magna radica en la creación del Tribunal Constitucional, cuyas decisiones son vinculantes para todos los derechos públicos.
Apenas dos años después de haberse reformado la Constitución para permitir la reelección consecutiva del Presidente de la República, ya hay sectores que hablan de hacer otra.
Al responder respecto a si se debería estar modificando constantemente la Carta Magna, el presidente del TC dijo que no se puede mantener una población atada a normas como si éstas no evolucionan con relación a las nuevas realidades de la vida económica y social pero que “tampoco es deseable que la Constitución sea constantemente reformada. Estimó que esto último depende de determinados factores históricos del régimen político, de la voluntad de los poderes públicos y los ciudadanos.
“Yo diría que la Constitución no es inmutable, que la Constitución no se puede quedar sin reformar, pero tampoco es deseable que en cada suspiro que se dé, se modifique la Constitución”, resaltó.