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Sólo 19% fallos de amparo son recurridos ante el TC

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ESE ÒRGANO HA EMITIDO, HASTA JUNIO DE ESTE AÑO, 830 SENTENCIAS
solo-19-fallos-de-amparo-son-recurridos-ante-el-tc201606300310481Santo Domingo.-Alrededor del 19 por ciento de los fallos sobre acciones de amparo que emiten  los tribunales ordinarios y especializados  son los que se recurren ante el  Tribunal Constitucional,  un órgano  creado en la Constitución del 2010 con la facultad de garantizar la supremacía de la Carta Magna, la defensa del orden constitucional y la protección de los derechos fundamentales.

En cuatro años, los tribunales ordinarios y  el Tribunal Superior Electoral (TSE), que conoce los casos en materia electoral, dictaron en conjunto 4,860 sentencias, pero en ese período,   2012- 2015, al Tribunal Constitucional solamente ingresaron 822 recursos de revisión en contra de las sentencias de amparo.

Pero las estadísticas sobre los recursos suministradas por la Secretaría del TC muestran un incremento significativo, pues en el 2012  entraron 147 y ya para el primer semestre de este año suman 238. Desde el 2012 hasta junio de 2016 el TC falló 830 expedientes. Los recursos de revisión se depositan en la secretaría del tribunal que dictó el fallo, en un plazo de cinco días a partir de la decisión impugnada. Al TC acuden ciudadanos que  no fueron favorecidos con las decisiones de los tribunales, y también instituciones públicas y privadas  que fueron condenadas.  En ambos casos, todos recurren con la esperanza de que los fallos desfavorables sean revocados, lo cual algunas veces logran,  otras no.

En ocasiones, el TC  ha revocado sentencias de amparo que han beneficiado a los accionantes,  y en otras, anula sentencias que no le favorecieron.

El doctor Julio José Rojas Báez, secretario general del TC, precisó que ese órgano ha confirmado muchas sentencias de amparo que acogen las pretensiones de los accionantes, aunque no aportó la cantidad.

Expuso que el tribunal ha revocado una sentencia básicamente cuando no se ha respetado su criterio,  cuando no está motivada o cuando no ha sido dictada de conformidad con la ley. Resaltó también que el TC ha validado los fallos cuando los jueces de amparo adoptan los criterio de la corte constitucional.

Explicó que el amparo procede cuando la persona considera que sus derechos fundamentales han sido violados y que otra vía no le soluciona el problema.

Señaló que en varios expedientes que ha conocido el TC los ciudadanos reclaman protección de los derechos de propiedad,  en busca de la devolución no solo de  bienes inmuebles, sino también de vehículos, objetos incautados, armas de fuego y hasta de una obra pictórica, como sucedió recientemente. También, para reclamar una pensión,  y para que se cumpla con el debido proceso, entre otros.

Rojas Báez subraya que para el TC todos los casos son sensibles y que no existe grande ni chiquito. En ese sentido destacó varias sentencias de carácter social que ha emitido en beneficio de accionantes, que en muchos casos los tribunales ordinarios no habían acogido sus reclamos.  Una de esas sentencias beneficia al señor Juan Prebisterio Meli,  que tuvo un accidente laboral que le generó una discapacidad permanente. Pidió su pensión y la Administradora de Riesgos Laborales Salud Segura se la negó. Sometió una acción de amparo que le fue rechazada en el Tribunal Superior Administrativo,  pero el TC lo protegió acogiendo un recurso de revisión y disponiendo que se le otorgue la pensión.

 Refirió, además, un fallo que dispuso la devolución de un motor que servía de medio de sustento a un accionante.

Citó el expediente del parcelero Isidro Melo Otañez, de San Juan de Maguana, que el Instituto Agrario Dominicano  (IAD) le quitó  una parcela que le había entregado  para que trabaje. Al examinar su caso el TC ordenó que se le devuelva y se le entregue su título de propiedad.

Otro caso  corresponde a la señora Laureana del Villar, viuda de un militar  que la Junta de Retiro de las Fuerzas Armadas le negó el derecho a la pensión por el hecho de que estaba unida en concubinato, pero luego el TC le reconoció ese derecho al decidir un recurso.

En otras decisiones, el TC ha sentado jurisprudencia sobre el procedimiento  para las acciones de amparo y los recursos de revisión.

 En un fallo determinó que cuando revocaba una sentencia de amparo, en vez de devolver el expediente al tribunal que emitió el fallo decidió conocerlo por asunto de economía de tiempo. En otra decisión,  estableció que el juez de amparo está  obligado a indicar cuál es la vía efectiva para conocer un expediente cuando no lo admite.

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EL ORIGEN DE LAS ACCIÒNES DE AMPARO
Inicio en el país:
La acción de amparo es un mecanismo que surge en México en el 1841. En el país data del año 1999 cuando la SCJ, con motivo de un proceso laboral, aplicó el artículo 25.1 de la Convención Americana de los Derechos Humanos que la contempló, la cual fue ratificada por el Estado dominicano.

Rojas Báez recuerda que la SCJ estableció un procedimiento que estuvo vigente hasta el año 2006, cuando fue aprobada la ley de amparo número 437-06. Ahora la acción de amparo está regulada por la ley 137-11, que aumentó de 30 a 60 días el plazo para  interponerlo y dispone que las decisiones pueden ser recurridas ante el Tribunal Constitucional.

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Escogen a Agelán Casasnovas como directora regional de la Asociación de Mujeres Juezas

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Santo Domingo.- La magistrada Esther Agelán Casasnovas, jueza de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, fue elegida Directora Regional para Latinoamérica y del Caribe de la Asociación Internacional de Mujeres Jueces, por sus siglas en inglés IAWJ.

La decisión fue adoptada durante la 14ª_ Conferencia Bienal de la Asociación Internacional de Mujeres Jueces, que tuvo lugar en la ciudad de Buenos Aires, del 2 al 6 de Mayo del 2018.

La escogencia de la Coordinadora de la Comisión de Igualdad de Género del Poder Judicial fue hecha en base a sus méritos, el desarrollo de una labor sobresaliente en la materia y su vocación hacia la defensa del género, según destaca una nota de prensa de la Suprema Corte de Justicia.

Como parte de las actividades, durante el evento fue desarrollada la conferencia titulada “Construyendo Puentes entre las Juezas del Mundo”.

Tras su elección, la magistrada Agelán Casasnovas dijo la IAWJ tiene objetivo procurar la igualdad de género y la protección de los derechos de los grupos más vulnerables.

La Asociación Internacional de Mujeres Juezas aglutina a más de 5,000 miembros en 101 países y lleva adelante programas de capacitación y perfeccionamiento judicial en temas de género.

La IAWJ ha trabajado durante los últimos 25 años con las juezas de todo el mundo, colaborando con la capacitación y con temas de derechos humanos, a través de conferencias internacionales y regionales.

En el marco del programa emblemático denominado hacia una jurisprudencia de igualdad, ha desarrollado un importante y novedoso programa: “Perfeccionamiento Judicial en el Manejo de casos de Violencia de Género en República Dominicana”.

La delegación que participó en el evento estuvo integrada las juezas del Tribunal Constitucional, Leyda Margarita Piña y Katia Miguelina Jiménez, y las magistradas del Tribunal del Superior Electoral, Cristian Perdomo y Rafaelina Peralta; las juezas Sarah Veras Almánzar y Natividad Ramona Santos, de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo; Daisy Indhira Montás y Carmen Mancebo, de la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional; Manuel Ramírez Suzaña, presidente de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Juan de la Maguana: Rosa Rodríguez Nina, presidenta de la Corte de Apelación de Niños, Niñas y Adolescentes de San Cristóbal, y Yumiris Tuitt Santana, jueza de la Primera Cámara Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial de Hato Mayor.

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Roban una gemela recién nacida de la Maternidad Renee Klang en Santiago

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Santiago.- Una de dos gemelas, recién nacidas, robada este martes de la Maternidad  Renee Klang viuda Guzmán que funciona adyacente al hospital Presidente Estrella Ureña en Santiago.

Según familiares de la madre de la infante, una señora que ayer se mantuvo a rondando por esa unidad,  fue que cargó con la niña, por lo que le atribuyen negligencia o complicidad a sectores del centro.

La madre de las dos recién nacidas es Noelia Sánchez de 32 años de edad, residente en el sector Cienfuegos de esta ciudad de Santiago.

Las autoridades del centro hospitalario dijeron que están investigando el caso, pero que no podían ofrecer mayores detalles por el momento.

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Ratifican prisión preventiva de un año a «Chaman Chacra»

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Santo Domingo.- A Víctor Alexander Portorreal Mendoza, acusado de matar a su pareja, Reina Isabel Encarnación, y tres niños, el 4 de febrero, en el barrio Enriquillo de esta capital, le fue ratificada la prisión preventiva de un año a ser cumplida en la cárcel de San Pedro de Macorís.

Los asesinatos se habrían cometido el 4 de febrero pasado, pero no fue hasta el jueves 8 de febrero que moradores del sector, donde el imputado cometió los homicidios, reportaron a las autoridades un hedor que provenía de la vivienda, por lo que llegaron patrullas policiales y el cuerpo de bomberos, que abrieron la puerta y encontraron “la macabra escena”.

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