Súper Canal 33 (Fuente Externa)
El grupo Supercanal rechazó este viernes la versión policial de que el asalto ocurrido al equipo periodístico del canal 33 se trató de un embargo ejecutivo.
Mediante un comunicado colgado en su página web, el grupo de comunicaciones explicó que la mañana del pasado 28 de junio agentes de la Policía Nacional, acompañados de civiles, interceptaron y encañonaron con armas de fuego a un equipo de periodista del Grupo Supercanal y que lo despojaron violentamente del vehículo en que viajaban sin dar ningún tipo de explicación ni entregar documento alguno que indicara la ejecución de un embargo.
“Ante esta situación El Grupo Supercanal procedió a dar parte a la Policía Nacional de lo que consideró y considera un asalto”, establece la empresa en el comunicado.
Entre las razones para considerarlo un asalto, Supercanal detalla que “Policía solamente puede participar en un embargo cuando lo hace bajo mandato del Departamento de Fuerza Pública de la Procuraduría General de la Republica y en ningún momento, según reza certificación en nuestro poder del Departamento de Fuerza Pública de la Procuraduría General de la República, fue requerido el auxilio de dicho Departamento para realizar embargo contra bienes del Grupo Supercanal, de lo que se desprende que los policías actuantes, amparados en la autoridad del uniforme policial y en franca violación a nuestro ordenamiento legal vigente prestaron este tipo de servicios a particulares, empañando con sus actuaciones el buen nombre de esa institución”.
El grupo reiteró que se trata de un atraco debido a que, como según explica, los embargos ejecutivos solo pueden ser llevados a cabo cumpliendo procedimientos legales vigentes y en virtud de un título ejecutorio cierto líquido y exigible muy contrario a lo sucedido en ese caso.
“En dicho caso la Suprema Corte de Justicia declaró extinguida la acción en cuanto al recurso elevado por las personas actuante en el atraco por estos no realizar las notificaciones de lugar en los tiempos exigidos por la ley”, agrega.
Aseguró que el recurso elevado por el Grupo Supercanal fue notificado en tiempo hábil y se encuentra pendiente de fallo en esa alta corte, “por lo que en este sentido no existe sentencia definitiva que permita llevar a cabo embargo alguno y realizar tal acto que compromete la responsabilidad penal de quien lo comete y de todo aquel que en el haya participado”.
En ese sentido, Supercanal objetó la investigación policial.
Sobre ese caso, la Policía informó ayer que se trató de un proceso de embargo ejecutivo la incautación de un vehículo propiedad de Supercanal 33, motivada a una demanda por despido injustificado, incoada por el exmpleado Víctor Manuel Castillo Rodríguez.
Según el cuerpo del orden, el embargo estuvo amparado en la sentencia 2008-02-52, de fecha febrero de 2008, dictada por la Quinta Sala del Juzgado de Trabajo del Distrito Nacional.
El Caribe