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TC anula cobro 50% impuesto sucesoral
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El organismo consideró que dicha disposición transgrede el principio de igualdad y el de equidad tributaria instituidos en la Constitución.
La alta corte también declaró la inconstitucionalidad por conexidad, y en consecuencia, la nulidad absoluta de los artículos 15, 16, párrafo IV y 20 de la citada ley y sus modificaciones.
El TC dispuso que la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) debe reembolsar a los sucesores del finado Juan José Dalmasí las sumas pagadas por concepto del recargo del 50%.
Además, que en todas las publicaciones oficiales de la Ley de Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones, del 4 de diciembre del 1950, y sus modificaciones, se consigne la declaración en inconstitucionalidad y la identificación de la sentencia que le declaró como tal.
Según una nota publicada en Diario Libre, el TC es de criterio que la disposición que establece un pago para los sucesores residentes en el exterior de un 50% superior al porcentaje de un dominicano residente en el país, no resulta conforme al principio de igualdad.
Asimismo, cree que al consignar una situación tributaria que establece una diferenciación en el pago, penalizando económicamente al sucesor que reside en el exterior, quien tiene que pagar más que el residente en el país, constituye una discriminación en función al lugar de residencia, violando igualmente el artículo 243 de la Constitución, que consagra los principios constitucionales de igualdad y equidad tributaria.
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