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Otro artículo de una ley nacional fue declarado inconstitucional por el TC.

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SANTO DOMINGO.-El artículo 25 de la Ley sobre facturación electrónica fue declarado inconstitucional por  El Tribunal Constitucional por considerarlo violatorio a la intimidad y la racionalidad al ordenar que las entidades de intermediación financiera exijan una certificación de riesgo tributario emitido por la Dirección General de Impuestos Internos para poder abrir cualquier producto financiero que no sea de ahorro.

La obligatoriedad de que las entidades bancarias exijan una certificación de riesgo tributario en el que se haga constar la facturación producido por el contribuyente como requisito previo para abrir productos financiero no guarda relación con el fortalecimiento de la administración tributaria, según consideró el Tribunal Constitucional en su sentencia.

“En este caso, la disposición de una certificación de riesgos tributarios, a juicio de este tribunal constitucional, no guarda relación con el fortalecimiento del sistema tributario dominicano, ni tampoco con el sistema de facturación electrónica, más allá de la utilización de la misma base de datos”, indica la sentencia.

Indica que tampoco se observa un carácter de utilidad para la colectividad derivado del hecho de que las entidades de intermediación financiera puedan disponer de la información sobre la facturación de los contribuyentes para determinar si estos podrán realizar los pagos por los productos financieros que le sean solicitados.

“Esta medida, dispuesta de esta manera, desnaturaliza y descontextualiza la finalidad de la Ley núm. 32-23, sobre facturación electrónica, pues en ninguna otra de sus disposiciones se refiere al fortalecimiento de los indicadores de riesgo del sistema bancario dominicano. De igual forma, lo que supone es un beneficio para las entidades de intermediación financiera (en su mayoría, de carácter privado), pues tendrán acceso, a su sola solicitud, de cuanta información requieran a la Administración Tributaria sobre la actividad económica de los contribuyentes de manera irrestricta, lo cual tampoco es compatible con el principio de razonabilidad”, puntualiza.

El recurso de inconstitucionalidad fue interpuesto por asociación Emprendedores Unidos por el Desarrollo y la Libertad, quien también pidió la declaratoria de inconstitucionalidad del artículo 7 de la citada ley que indica que una vez firmadas de manera digital y enviadas a la DGII; las facturas electrónicas no se podrán modificar.

Sin embargo, con relación a ese artículo el Tribunal Constitucional lo declaró conforme a la Constitución por considerar que el en otras disposiciones legales se establecen mecanismos para la rectificación de errores materiales vinculadas a las obligaciones tributaria.

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Proceso de documentación es analizado por el país y el BM.

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Santo Domingo, (EFE).- Luis Rafael Lee Ballester, director general de Migración y una representación del Banco Mundial se reunieron este miércoles para evaluar los objetivos del Proyecto de Respuesta Multisectorial a Flujos Migratorios y explorar la ampliación de la cooperación del organismo internacional para el fortalecimiento del organismo dominicano.

El titular de la Dirección General de Migración (DGM) explicó que en la sesión de trabajo «se estuvo explorando ampliar la cooperación a través del incremento del presupuesto para apoyar a nuestra institución en el desarrollo de capacidades y de acciones que contribuyan al fortalecimiento institucional mediante la mejora y documentación de procesos vinculados al control y al flujo migratorio en la República Dominicana».

La reunión se inscribe, de acuerdo a un comunicado de la DGM, en las iniciativas del organismo responsable de ordenar y regular la movilidad de extranjeros en el país para fortalecer la cooperación interinstitucional y continuar modernizando la gestión de los procesos.

Entre estos objetivos está aumentar las capacidades tecnológicas para duplicar el volumen de almacenamiento de la data que se produce a consecuencia del flujo migratorio.

Por el Banco Mundial participaron Ana Aguilera, gerente del proyecto, y Sandra Lara, directora de cooperación multilateral.

También estuvieron Wilfredo Lozano y Adria de la Cruz, director ejecutivo y coordinadora de proyectos del Instituto Nacional de Migración de República Dominicana, respectivamente, y Casimira Guerrero, encargada de seguimiento del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo.EFE

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Yipetas incautadas a imputados en caso Antipulpo son ensenadas por jueza.

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Santo Domingo, R.D.-El Ministerio Público inició este miércoles la incorporación de pruebas documentales en contra de los acusados de estafar al Estado dominicano con más de 4,500 millones de pesos a través de la red que alegadamente encabezaba Alexis Medina, hermano del expresidente Danilo Medina.

Unas 700 pruebas fueron incorporadas, entre las que figuran dos yipetas: una BMW y una Toyota 4 Runner 2015. También un carro Mercedes Benz.

Estos vehículos fueron incautados como parte de las pruebas materiales que fueron ocupadas durante los allanamientos de la Operación Antipulpo en el año 2021.

«Ya habíamos terminado con las pruebas testimoniales, por eso hoy avanzamos con las documentales y se exhibieron algunos vehículos de los imputados que pidieron verlos», explicó la miembro del órgano acusador, la fiscal litigante Elizabeth Paredes.

Las juezas del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, que tutelan justicia en este caso, presidido por Claribel Nivar Arias e integrado por las juezas Yissel Soto y Clara Sobeida Castillo, bajaron al estacionamiento frontal del Palacio de Justicia, para, junto a los abogados defensores y los imputados ver los vehículos que llevan ya años incautados.

Los vehículos incautados pertenecen, a los imputados Fulvio Cabrera y al exdirector del Fondo Especializado de Seguridad Fronteriza (Fonper), Fernando Rosa.

El expediente presentado por el Ministerio Público, que tiene como principal acusado a Alexis Medina Sánchez, establece que los más de 48 encartados cometieron delitos de asociación de malhechores, estafa contra el Estado, desfalco, complicidad para desfalco, soborno activo y pasivo y uso de documentos falsos, así como financiamiento ilícito de campañas políticas, tráfico de influencia y lavado de activos.Expandir imagen

Especifica que se hizo adjudicar a su nombre, así como a terceros, obras, bienes y servicios del Estado, operando como criminalidad organizada.

Otras calificaciones jurídicas en este expediente son: coalición de funcionarios, concusión, tráfico de influencia y falsedad en escritura pública, así como falseamiento y omisión en la declaración jurada, enriquecimiento ilícito, prevaricación, uso de prestanombres y testaferrato.

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Subero Isa Dice TC puso RD «patas arriba» con candidatos independientes

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SANTO DOMINGO.- El expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa,  consideró este martes que el Tribunal Constitucional ha puesto “de patas arriba” a República Dominicana con la sentencia que autoriza a candidatos independientes participar en las elecciones.

Observó que el Congreso Nacional no tiene facultad para legislar respecto a cómo incorporar una candidatura independiente al sistema político dominicano, en el cual el monopolio de las elecciones presidenciales, congresuales y municipales está en manos de los partidos políticos.

“Jorge Subero Isa no puede postularse independientemente de los partidos políticos ni a presidente, ni a senador ni a diputado ni a síndico, tiene que ser como dice la Constitución, por un partido, una agrupación ó un movimiento”, subrayó el jurista al ser entrevistado en el programa Hoy Mismo, de Color Visión y la emisora 107.7 FM.

Advirtió que cualquier iniciativa que tome el Congreso va a chocar con la Constitución, por lo que habría que modificar esta última para permitir que de manera individual una persona independiente pueda candidatearse.

El Tribunal Constitucional mediante sentencia autorizó a ciudadanos independientes a postularse a cargos electivos en las presidenciales, congresuales y municipales, lo que ha sido rechazado por los partidos políticos.

sp-am

an/am

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