Mediante la certificación laboral, personas con aptitudes extraordinarias en las ciencias y las artes y otros profesionales especializados pueden ser elegibles para una de las categorías disponibles
Cada año fiscal hay aproximadamente 140 mil visas de inmigrantes para extranjeros (y sus cónyuges e hijos) que tengan la intención de inmigrar basándose en sus destrezas para ocupar empleos. A continuación se presenta una lista de las cinco categorías de visas de inmigrante basándose en el empleo.
Certificación laboral
Algunas preferencias de visa requieren que el solicitante tenga una oferta de trabajo de un empleador de los Estados Unidos. El empleador será considerado como su patrocinador. Para algunas categorías de visa es necesario que antes de que el empleador en los Estados Unidos pueda presentar una petición a USCIS, tiene que obtener una certificación laboral aprobada por el Departamento del Trabajo de los Estados Unidos (DOL, por su sigla en inglés). La certificación laboral del DOL debe constatar lo siguiente:
1. Que no haya suficientes trabajadores en los Estados Unidos disponibles, calificados y dispuestos para ocupar la posición que se ofrece con el salario actual, y
2. Que la contratación de un trabajador extranjero no incidirá de manera negativa en los salarios y las condiciones de empleo de los trabajadores de los Estados Unidos con empleos similares.
• Categoría EB-1. Esta categoría se reserva para las personas con aptitudes extraordinarias en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o los deportes; profesores o investigadores sobresalientes; y ejecutivos o personas con puestos a nivel gerencial de compañías multinacionales. No se requiere certificación laboral.
• Categoría EB-2. Esta preferencia se reserva para las personas que sean profesionales y tengan títulos de posgrado o para las personas con aptitudes excepcionales en las artes, las ciencias o los negocios.
• Categoría EB-3. Esta preferencia se reserva para los profesionales, trabajadores especializados y otros. Se requiere certificación laboral.
• Categoría EB-4. Esta preferencia se reserva para “inmigrantes especiales”, entre los cuales se incluyen ciertos trabajadores religiosos, empleados de puestos del servicio exterior de los Estados Unidos, personal jubilado de organizaciones internacionales, extranjeros menores de edad que están bajo la protección de tribunales de los Estados Unidos y otros casos de extranjeros. No se requiere certificación laboral.
• Categoría EB-5. Esta preferencia se reserva para los inversionistas de negocio que inviertan $1 millón o $500,000 (si la inversión se realiza en un área de empleo identificada) en una nueva empresa que emplee al menos 10 empleados de los Estados Unidos a tiempo completo.
Para más detalles sobre los tipos de visa y saber si usted calificad, consulte a un abogado especializado en leyes de inmigración.
Conozca más sobre los diferentes tipos de visa en USCIS.gov
Información cortesía de Contenido Latino
Esta columna no pretende sustituir los consejos y ayuda legal que sólo un experto en la materia puede brindar
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