Las últimas dos fueron interpuestas por la envasadora Propagás para suspender dos multas
SANTO DOMINGO, D.N.- El Tribunal Superior Administrativo rechazó imponer medidas cautelares a Pro Consumidor, interpuestas por la empresa Propano y Derivados (PROPAGAS) para suspender el cobro de dos multas, de cien salarios mínimos cada una, por la venta irregular de Gas Licuado de Petróleo.
Pro Consumidor dice que con estas decisiones suman 13 las ganancias de causa de 16 solicitudes de medidas cautelares en el Tribunal Superior Administrativo.
Mediante las resoluciones 060-2012 y 064-2012 Pro Consumidor impuso dos multas de cien salarios mínimos cada una por venta irregular de GLP a los consumidores.
Con el rechazo de ambas solicitudes de medidas cautelares, la magistrada Delfina Amparo De León Salazar, presidenta del Tribunal Superior Administrativo, ha sentado precedente jurisprudencial en 13 ocasiones facultando a Pro Consumidor a disponer multas con base en la Ley 358-05, cuando ha detectado irregularidades en la venta del GLP en perjuicio de los usuarios.
«Que la preservación del interés general es, como se ha observado, parte intrínseca de la normativa en esta materia, no sólo por lo establecido en la pre-citada ley No. 13-07, sino en nuestra Constitución, la cual señala que es función esencial del Estado proteger y garantizar efectiva y eficientemente el goce de las prerrogativas constitucionales, con el auxilio de medidas administrativas y disposiciones adecuadas y de manera especial en su artículo 53 expresa los derechos del consumidor, cuya observación es obligación de los entes administrativos de nuestra nación, y cuya garantía y cumplimiento es parte de la responsabilidad compartida que ostentan todos los poderes públicos, de los que este tribunal no es la excepción, por lo que entendemos que no procede el pedimento hecho por la parte recurrente Propanos y Derivados S.A., por ser improcedente y mal fundado», dice la sentencia, según una comunicación enviada por Pro Consumidor.
El dictamen dice, además, «que este Tribunal, luego del análisis de los documentos del expediente y de las peticiones de las partes, ha advertido que en la especie el recurrente no ha podido demostrar la concurrencia de los requisitos establecidos por el párrafo I artículo 7 de la Ley no. 13-07, para el otorgamiento de la medida cautelar. (…) en sentido de otorgar la medida cautelar se estaría perjudicando no sólo a terceros involucrados en el proceso sino a la población dominicana puesto que debido a la importancia y sensibilidad de este producto especial, debe estar sometido a rigurosas calibraciones y certificaciones para garantizar la conformidad de la medida entregada al consumidor final».
Otras sentencias
Recientemente, el Tribunal Superior Administrativo emitió varias sentencias a favor de Pro Consumidor al también rechazar la imposición de medidas cautelares planteada por Industria Rodríguez- Gas Caribe, Envasadora Galán, ONE GAS, Credigás Nativa Carretera Mella, Rojo Gas, Gas Antillano, Supligas, Unidos Gas, y tres sentencias en contra de Propano y Derivados, de Higüey la Otra Banda, KM. 9 autopista Duarte, Propagás-Los Girasoles.
Todas multadas con 100 salarios mininos del sector público, cada una, equivalentes a 511 mil 750 pesos.
El consultor jurídico de Pro Consumidor, Félix Pujols, exhortó a las empresas que han sido multadas por irregularidades en la venta del GLP, mediante resolución, a que se acojan las decisiones del Tribunal Superior Administrativo y que procedan a honrar su pago.
El consultor jurídico planteó que el sector GLP debe ajustarse a las Buenas Prácticas Comerciales a fin de que eviten las multas.