Nacionales
La Embajada de EE. UU. informó que garantizó un trato justo al joven Joshua Riibe
Published
1 año agoon
By
LA REDACCIÓN
Santo Domingo, R.D.-Un trato justo y transparente fue el dado por la Embajada de Estados Unidos a su ciudadano Joshua Riibe, quien estaba retenido en el país mientras avanzaban los trabajos de búsqueda de Sudiksha Konanki, residente de EE. UU. desaparecida durante una visita a la playa del hotel donde se hospedaban en horas de la madrugada.
El joven estadounidense adquirió relevancia internacional, después de que se diera a conocer que fue la última persona en ver a Konanki antes de perderse su rastro la madrugada del jueves 6 de marzo en el hotel ubicado en la provincia La Altagracia, en el que ambos se hospedaban por «Spring Break» o vacaciones de primavera.
En los últimos 13 días, Riibe se convirtió en una «persona de interés judicial y público» y el martes se presentó ante un juez dominicano para presentar un habeas corpus que le permitiría moverse libremente sin custodia policial.
De acuerdo con su abogados, el joven de 22 años permaneció ocho días retenido «de manera ilegal» en el hotel, sin una orden de arresto ni vinculación con algún hecho delictivo.
El juez Edwis Rijo de la Cámara Penal de Primera Instancia de la provincia La Altagracia acogió el habeas corpus preventivo sometido por la defensa de Riibe y determinó que debía cesar cualquier amenaza a la libertad del joven estadounidense, considerando su colaboración en la investigación sobre el paradero de Konanki.
Riibe finalmente abandonó las instalaciones del hotel, el día de ayer después de que el juez aceptara su solicitud para poder continuar su vida sin restricciones y consiguiera un pasaporte de «emergencia» tras «perderlo en el lobby del hotel», un hecho también denunciado por sus abogados.
De acuerdo con la defensa del joven, un empleado del hotel solicitó el documento para imprimir una copia del mismo y desde ese momento Riibe no supo sobre el paradero de la libreta de viaje.
En ese sentido, la sección consular de la Embajada de Estados Unidos emitió un pasaporte de emergencia que le permitiera a Riibe abandonar el país y regresar a casa, como eran los deseos del joven.
«Como lo hacemos con los ciudadanos estadounidenses en cualquier parte del mundo, estamos trabajando para garantizar que reciba un trato justo y transparente, incluso durante el proceso legal», dijo la embajada a una solicitud de información de Diario Libre, evitando dar más detalles sobre el caso.
Joshua Riibe salió de la República Dominicana la tarde del miércoles con destino a San Juan, Puerto Rico, a través del Aeropuerto Internacional de las Américas (AILA) en Santo Domingo.
Una fuente confirmó a este medio que Riibe viajó en el vuelo 2538 de la aerolínea JetBlue, que despegó a las 5:29 pm y aterrizó en San Juan a las 6:17 pm.
La madrugada del jueves 6 de marzo la joven Sudiksha Konanki, de 20 años y estudiante de la Universidad de Pittsburgh, fue vista por última vez en la playa del hotel RIU República, ubicada en la provincia La Altagracia.
Había llegado al país apenas unos días antes, junto a cinco amigas, para disfrutar del tradicional receso de primavera conocido como Spring Break.
Konanki y sus amigas comenzaron la noche del miércoles 5 de marzo disfrutando de la vida nocturna en el hotel y para las 3:00 a.m. del día siguiente, las cámaras de seguridad captaron a Sudiksha en el vestíbulo del hotel bebiendo con cinco mujeres y dos hombres.
Hacia las 4:15 a.m., la misma cámara registró al grupo dirigiéndose hacia la playa privada del hotel, según ha informado la Policía Nacional Dominicana.
Lo que sucedió en la playa en las horas siguientes se ha reconstruido a partir de testimonios, que señalan que Sudiksha no regresó con sus amigas a las habitaciones.
- «Sus amigos volvieron al cabo de un rato y mi hija no volvió, no apareció por la playa», relató el padre de la joven, Subbarayudu Konanki, citando lo que le informaron las compañeras de Sudiksha.
Las cámaras confirman que cinco mujeres (las amigas) y un hombre abandonaron la playa de regreso al resort, sin que Sudiksha estuviera con ellos.
Las amigas buscaron a la joven por su cuenta antes de reportar la desaparición a las autoridades del hotel, lo que sucedió a las 4:00 p.m., unas 12 horas después de que las cámaras habían captado a Sudiksha por última vez.
Nacionales
RD tiene 14 fallas sísmicas activas, advierte la Defensa Civil y llama a la poblacion a estar alerta.
Published
24 horas agoon
junio 26, 2026
Santo Domingo.- Las alarmas se han encendido en la República Dominicana a propósito del movimiento telúrico de magnitud 5.0 registrado al sur de La Romana, sumado a los recientes fuertes terremotos en Venezuela.
El director de la Defensa Civil, Juan Salas, reiteró este viernes que el país “vive en una zona sísmicamente activa” y recordó que existen al menos 14 fallas sísmicas que pueden activarse en cualquier momento, por lo que la preparación ciudadana puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte.
Salas insistió en que la población debe mantenerse informada, organizada y lista para responder ante un evento súbito, al tiempo que anunció que el organismo cuenta con una nueva herramienta técnica para ofrecer respuestas más rápidas ante emergencias.
En medio del contexto regional, el titular de la Defensa Civil advirtió sobre la vulnerabilidad del país.
“Una brigada de técnicos dominicanos está trabajando en esta dirección… lo ocurrido en Venezuela, país con una placa tectónica similar a la nuestra, nos llama a mantenernos atentos. Somos un país con 14 fallas que pudieran activarse en cualquier momento”, expresó Juan Salas.
Además, explicó que el equipo técnico realiza demostraciones constantes sobre qué hacer antes, durante y después de un sismo, destacando tres acciones esenciales:
- Mantener la calma
- Identificar salidas seguras
- Seguir un comportamiento correcto en medio de la emergencia.

Durante la jornada informativa también intervino el subdirector de la Defensa Civil, Delfín Rodríguez, quien detalló los protocolos básicos que debe seguir la población en caso de un sismo.
“Antes de un sismo hay que capacitarse, hacer un plan familiar y comunitario de emergencia para saber qué hacer antes, durante y después”, explicó.
Rodríguez enfatizó el uso del silbato como herramienta de rescate, especialmente en casos de colapso estructural.
“El silbato sirve para que, si quedamos atrapados, podamos emitir sonido y los equipos de rescate nos localicen. Si no hay silbato, se puede golpear metal o piedras para ser ubicados”, señaló.
También indicó que las unidades de rescate cuentan con equipos especializados como cámaras telescópicas con alcance de hasta 12 metros entre escombros, además de tecnología de ultrasonido para la localización de personas atrapadas.
En cuanto a la respuesta inmediata, fue enfático en la técnica básica que toda la población debe memorizar:
“Agáchate, cúbrete y protégete”, reiteró, explicando que durante el sismo las personas deben proteger la cabeza, adoptar posición segura y evitar correr de manera descontrolada.
Rodríguez explicó que el país comparte una compleja estructura tectónica en la isla, incluyendo fallas como la trinchera de los Muertos, ubicada al sur del territorio nacional, la cual ha sido históricamente responsable de eventos sísmicos en la región.
Recordó además el terremoto de Haití como un punto de reflexión para fortalecer la descentralización de los equipos de emergencia.
“Hoy contamos con equipos distribuidos en las nueve regiones del país. Si una región colapsa, otra puede brindar apoyo inmediato mientras llegan ayudas internacionales”, afirmó.
Nacionales
TC dispone devolver RD$8 millones a hombre y fija límites a retención de bienes
Published
1 día agoon
junio 26, 2026
Santo Domingo, R.D.-El Tribunal Constitucional (TC) volvió a pronunciarse sobre un problema recurrente: la negativa de autoridades e instituciones a devolver bienes o recursos cuya retención ya no tiene sustento legal.
En una nueva sentencia, la alta corte ordenó al Banco Agrícola devolver ocho millones de pesos que permanecían retenidos pese a que habían cesado las medidas de coerción que dieron origen a la garantía económica.
La decisión se suma a otros fallos recientes del TC relacionados con la devolución de bienes y recursos vinculados a procesos judiciales, en los que el tribunal ha advertido que las autoridades no pueden mantener bajo su control dinero o propiedades cuando desaparece la causa legal que justificó la medida.
Posteriormente, el 3 de octubre de 2017, el Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La Romana dictó un auto de no ha lugar y dispuso el cese de todas las medidas de coerción impuestas en ese proceso.
La entidad financiera alegó que la garantía estaba respaldada por un certificado financiero emitido a nombre de la Procuraduría Fiscal de La Romana y no a nombre de Michel, por lo que entendía que los fondos no podían ser entregados al reclamante. También sostuvo que este carecía de interés directo sobre esos valores y que la devolución podía afectar el patrimonio de la institución.
Ante la negativa, Michel presentó una acción de amparo alegando una vulneración de su derecho de propiedad. El Tribunal Superior Administrativo (TSA) acogió el recurso y, mediante una sentencia emitida en agosto de 2019, ordenó al Banco Agrícola devolver los fondos.
Los jueces verificaron que el dinero había sido aportado originalmente por Michel mediante un cheque de administración emitido por el Banco de Reservas y que esos recursos nunca fueron transferidos ni cedidos al imputado ni al Estado como propietarios de los fondos.
El TC concluyó que el certificado financiero emitido a nombre de la Procuraduría respondía al mecanismo utilizado para instrumentar la garantía judicial, pero no modificaba la titularidad del dinero.
«Resultaba jurídicamente improcedente la retención de los montos depositados», sostuvo el tribunal al confirmar la devolución de los 8 millones de pesos.
La alta corte recordó que el artículo 237 del Código Procesal Penal dispone que las garantías económicas deben cancelarse y los bienes afectados devolverse cuando cesa la medida que les dio origen.
Asimismo, reiteró un criterio fijado recientemente según el cual las personas que enfrenten la negativa de una autoridad a devolver bienes o valores cuya restitución sea obligatoria pueden recurrir al amparo de cumplimiento para exigir la ejecución de esa obligación legal.
Con esta decisión, el TC confirmó la devolución de los fondos reclamados por Michel y reafirmó que la retención de bienes o recursos no puede mantenerse cuando desaparece la causa legal que la justificaba.
Nacionales
Los hermanos Espaillat van a juicio de fondo a la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.
Published
1 día agoon
junio 26, 2026
Santo Domingo, R.D.-Fue apoderada para conocer el juicio de fondo contra Antonio y Maribel Espaillat, propietarios de la discoteca Jet Set, acusados de su presunta responsabilidad en el colapso del techo del referido establecimiento, tragedia que dejó como resultado la muerte de 236 personas y más de 180 heridos, la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.
El expediente fue asignado al tribunal, presidido por la magistrada Clara Luz Almonte, mediante el sistema de sorteo aleatorio computarizado de la presidencia de la Cámara Penal del Distrito Nacional, luego de que un juez determinara que debía seguir el proceso en un juicio de fondo.
Con este paso, la magistrada procederá próximamente a emitir el auto de fijación de audiencia para citar formalmente al Ministerio Público, a la defensa de los imputados y a las partes querellantes.
Tras un análisis exhaustivo del expediente, el magistrado tipificó los hechos como homicidio culposo o imprudente, rechazando la solicitud de un sector de las víctimas que buscaba que el caso fuera juzgado bajo la figura de homicidio voluntario.
Uno de los puntos relevantes de la decisión del juez Mejía es la exclusión del Ayuntamiento del Distrito Nacional, el Ministerio de Obras Públicas y otras instituciones estatales del proceso penal.
El juez argumentó que, ante la conducta procesal demostrada por los imputados, quienes han mostrado arraigo y disposición de asistir voluntariamente a las audiencias, la prisión preventiva no resulta procedente, recordando que en el sistema constitucional dominicano la libertad es la regla y la prisión la excepción.
No obstante, en el ámbito civil, el tribunal dictó medidas de coerción reales contra los imputados, consistentes en la inmovilización de bienes y medidas conservatorias para garantizar la reparación del daño a las víctimas.
El tribunal confirmó que las evidencias, tanto documentales como materiales, fueron recabadas respetando los derechos fundamentales y ajustándose a los artículos 140, 173, 174 y 197 del Código Procesal Penal, así como a la Resolución 38-69 de la Suprema Corte de Justicia.
