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Opinión

No es lo mismo ni es igual

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Por Narciso Isa Conde

Un conjunto de  organizaciones políticas y sociales -al tiempo de insistir en que está demostrado de que no hay vías institucionales para ponerle fin a la impunidad y acabar con la corrupción estatal convertida en dictadura mafiosa- planteamos la necesidad de producir una ruptura de este orden constitucional pervertido, ilegítimo y decadente, mediante un proceso constituyente.

  • Proceso constituyente: su necesidad y características.

Por proceso constituyente no entendemos simplemente la realización de una ASAMBLEA CONSTITUYENTE PROTAGONIZADA POR EL PUEBLO SOBERANO, sino que ésta sería  uno de sus importantes componentes a realizar en una fase posterior al desplome de esta institucionalidad, del gobierno corrupto y corruptor que la manipula, y de la Constitución del 2010 que la sustenta.

Los procesos constituyente siempre surgen como necesidad cuando la ilegitimidad y decadencia del viejo orden institucional se pone en evidencia ante los ojos de una gran parte de la sociedad, cuando la indignación popular crece y se convierte en movilizaciones masivas contra los males que provoca, cuando las paralizaciones y la desobediencia civil se ponen a la orden del día y el sistema imperante obstruye y se resiste tenazmente a los anhelos del cambio expresados. Y eso es lo que está sucediendo en nuestro país.

El primer requisito de esos procesos es crear poder constituyente (poder paralelo y alternativo al poder constituido en estado de descomposición), a partir de que el pueblo movilizado y en lucha adquiera conciencia de su soberanía y de su capacidad para echar abajo el viejo orden que se resiste a caer y crear lo nuevo que comienza a nacer con el brote de propuestas políticas transformadoras expresadas al calor de sus combates sociales.

Echar lo viejo abajo equivale a descartar las  bloqueadas rutas dentro de una institucionalidad mafiosa y a propiciar la ruptura de la misma para abrir una etapa de transición y recreación de un nuevo marco jurídico-político, una nueva legalidad, una nueva institucionalidad, un nuevo proyecto de nación y sociedad.

Esa transición y esa recreación deben ser gestadas por las fuerzas determinantes del cambio al momento de la ruptura o caída del viejo orden, esto es, por un poder constituyente previamente conformado por la suma y el accionar preeminente de los movimientos políticos, sociales, culturales e incluso militares transformadores, que confluyan en un gran torrente.

Marcha Verde tiene la posibilidad y la oportunidad de ser ese torrente alternativo de la diversidad transformadora. Pero eso todavía está en veremos y depende de su crecimiento en cantidad y, sobretodo, en calidad programática-propositiva y en las oportunas, masivas, contundentes y diversas modalidades de lucha que sea capaz de desplegar bajo el influjo de las vanguardias.

La transición y recreación que sugerimos incluye -como un nuevo paso y otro componente más del proceso constituyente- la organización, convocatoria e instalación, sustentada por el poder naciente, de una ASAMBLEA CONSTITUYENTE SOBERANA con la más amplia participación de los diversos sujetos políticos, sociales y culturales del cambio.

De esa primera ASAMBLEA CONSTITUYENTE SOBERANA debe salir la nueva constitución, que defina el nuevo marco legal e institucional de la Nación Dominicana y su nuevo relacionamiento con la vecina República de Haití, el Continente y el Mundo; que por demás siente las bases sustantivas del programa transformador correspondiente al menos  a la primera fases de los grandes cambios resultante de la correlación de fuerzas al momento de su realización y aplicación.

El paso siguiente, a partir de las modalidades de elección democrática participativa y de establecimiento y conformación de la nuevas instituciones y poderes estatales y extra-estatales que se definan en la nueva carta magna, son los procesos electivos para su construcción.

Comicios, elecciones, conformación de mecanismos asamblearios de control social y participación son necesariamente pasos posteriores a los resultados de la Asamblea Constituyente llamados a concluir la fase transición hacia el nuevo orden institucional.

  • Romper el cerco institucional para cambiarlo todo.

El proceso constituyente que estamos impulsando, en consecuencia,  persigue cambiarlo todo.

No se trata, pues, ni de remiendos ni simples enmiendas o reformas a la actual Constitución, a las leyes vigentes o a las instituciones de este Estado; todas ellas –en caso de instrumentarse- dadas las características del actual Congreso en función de ASAMBLEA REVIRO, estarían evidentemente destinadas a favorecer la permanencia del sistema dictatorial y corrompido impuesto o, en particular, a facciones que compiten a su interior.

Las vías para modificaciones, iniciativas judiciales y reformas  destinadas a encarcelar los corruptos, recuperar lo robado y superar esta dictadura mafiosa y este sistema electoral y de partidos que la reproducen, están totalmente cerradas dentro de esta institucionalidad secuestrada. El poder delincuencial   constituido la ha cerrado para tratar de perpetuase y prolongarse. Así lo demuestra la obstrucción de todas las iniciativas de reformas y acción de justicia desplegada a lo largo del 2017 por MARCHA VERDE.

En las elecciones amañadas del 2020 no hay nada que buscar, que no sea prolongación del sistema de corrupción, impunidad e injusticias sociales. Por eso es necesario romper previamente ese cerco institucional.

El régimen constitucional del país, además, no acepta la convocatoria de una Constituyente Soberana y Popular; no admite una Constituyente democrática e independiente del Congreso o Asamblea Nacional Legislativa dominada por las  mismas mafias políticas y empresariales que controlan todo el Estado.

No se trata, por tanto, de demandarle a las autoridades y esperar que este gobierno u otro similar,  reforme la Constitución para convocar una Constituyente. La Asamblea Revisora es el mismo Congreso podrido y eso sería como pedirle mangos banilejos a la guasábara, con perdón de la guasábara.

No es lo mismo, por tanto,  un proceso constituyente que incluya la Asamblea Constituyente Soberana y Popular,  a que ese Congreso degradado sea convertido en Asamblea Revisora de la Constitución del 2010.

No es igual  luchar por nueva Constitución y un nuevo orden jurídico, social e institucional a través de un proceso constituyente soberano, que limitarse a demandar reformas o remiendos a esta Constitución dentro del actual orden institucional y el sistema político vigente.

Tampoco es lo mismo asumir el proceso constituyente como vía de ruptura y desplazamiento del gobierno y las instituciones establecidas, que enarbolar propagandísticamente  la propuesta de una Asamblea Constituyente como punto del programa electoral de un partido o frente de partidos que prometa llevarla a cabo si logra triunfar. De ese engaño, como de las consecuencias de reciclar o alternar caras y partidos dentro de esta institucionalidad plagada de corrupción, clientelismo, trampas, fraudes… estamos JARTOS.

No es lo mimo ni es igual cambiarlo todo, que reproducir nueva vez -con iguales o viejos rostros, con remiendos o sin ellos- este pantano mal oliente y las bases legales, constitucionales y económicas-sociales que lo reproducen y prolongan.

Definitivamente no es lo mismo, ni es igual.

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Opinión

EE.UU. en 250 años: ¿paraíso o infierno? (I)

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Por Oscar López Reyes

Desde la declaratoria de independencia de Inglaterra por 13 colonias enclavadas en la costa Este de América del Norte, el 4 de julio de 1776, Estados Unidos ha experimentado una expansión imparable, vasta y mamut, cobijada en su aventajada ubicación entre los océanos Atlántico y Pacífico, sus crecidos recursos naturales (tierras fértiles, carbón, hierro y petróleo), el ingenio y acometividad industrial de una élite, las guerras y el saqueo de bienes extraterritoriales.

Los aportes de la principal superpotencia a la economía, la educación, la salud, la cultura y la ciencia a través de la investigación, son apreciables. Pongamos de relieve diez de los fundamentales, a propósito de la conmemoración del 250 aniversario de su independencia:

1.- ECONOMÍA Y FINANZAS. Descuella con el Producto Interno Bruto (PIB) más voluminoso del globo terráqueo, que supera los 32 billones de dólares y que acumula más del 25% del patrimonio planetario. Se empinó como la primera economía del universo, inspirada en el modelo de libre mercado, amparada en su riqueza natural, el grueso mercado de consumo interno, sus incesantes transformaciones tecnológicas y su moneda robusta (el dólar), que le otorgan un poder bancario internacional. Por esos atributos cuenta con Wall Street, el centro financiero de más operaciones globales.

2.- NOVEDADES TECNOLÓGICAS. Estados Unidos asienta las más influyentes corporaciones tecnológicas, que van desde la informática, la biotecnología, la farmacéutica, la industria espacial, la ciberseguridad y la inteligencia artificial, que avasallan el panorama informático/digital universal, como Nvidia, Apple, Microsoft, Alphabet (Google), Amazon, Meta Platforms (Facebook, Instagram y WhatsApp), Broadcom, Tesla, Oracle e Intel.

3.- EDUCACIÓN UNIVERSITARIA. Estados Unidos lidera los rankings mundiales de los centros universitarios, principalmente por su excelencia educativa y su impacto en la investigación y producción científica, como Princeton, Instituto de Tecnología de Massachusetts (MIT), Harvard, Stanford, Yale y Columbia.

4.- INFLUENCIA SOCIO-CULTURAL. La ascendencia transnacional de Estados Unidos ha sido protagónica, particularmente por la exportación y difusión de la industria cultural y el entretenimiento, como la música, el consumo mediático y el cine (Hollywood), históricamente taquillero y hegemónico en la producción audiovisual y las plataformas digitales.

5.- ASCENDENCIA DEPORTIVA. Las becas universitarias, la calidad de las infraestructuras físicas, la comercialización y la estratégica operatividad de las ligas profesionales estadounidenses, con la contratación de calificados talentos nacionales e internacionales, han colocado las competencias deportivas nacionales en un alto peldaño, con sustanciales beneficios monetarios y un impacto internacional. Por esa causativa, Estados Unidos ha trascendido en los juegos olímpicos y las grandes ligas profesionales de béisbol (MLB), el baloncesto (NBA), el fútbol (NFL) y el fútbol americano (MLB).

6.- INVESTIGACIÓN E INVENCIONES. En Estados Unidos inventaron la iluminación eléctrica, el telégrafo, teléfono, el avión, la penicilina a escala industrial, la vacuna contra el polio, la anestesia, el trasplante de órganos, el láser, el descenso de nave espacial a la Luna, el primer satélite de comunicación, el sistema de pronóstico meteorológico satelital, el primer transbordador espacial, la computadora personal, el microprocesador, la robótica, la Internet y la Web, el proyecto de Genoma Humano, el GPS, la tecnología de células madre, etc., por cuya labor de investigación y desarrollo está en el primer lugar en cantidad de premios Nobel.

7.- CONSERVACIÓN AMBIENTAL GLOBAL Ha sido pionero en la conservación ambiental, con el desarrollo del Parque Nacional Yellowstone, en 1872; la Ley de Aire Limpio (Clean Air Act de 1970), la reducción de la contaminación industrial y más de 30 logros en esta área.

8.- PRODUCCIÓN ENERGÉTICA. Activó, desde 1869, la producción comercial del petróleo, la innovación en el transporte, el tren intercontinental, el descubrimiento de crudo en Pensilvania; la segunda revolución industrial, el desarrollo de plantas de energía nuclear y la reserva de gran cantidad de petróleo y gas natural.

9.- REFORMAS SOCIALES Y POLÍTICAS. Desde su proclamación como República independiente, en Estados Unidos han sido impulsadas transformaciones internas esenciales, como la abolición de la esclavitud, el establecimiento de derechos civiles, como el sufragio para las minorías; el sistema federal con división de poderes, las libertades individuales frente al poder central y los programas de seguridad social Medicare, Medicaid y alimentos para auxiliar a personas de bajos ingresos.

10.- ACOGIDA DE EMIGRANTES. Atracción y recepción de millones de emigrantes, que son recursos humanos para la producción empresarial y estatal y que, a la vez, oportunidades de trabajo para la sostenibilidad financiera y el envío de remesas a sus países de origen.

En pocas palabras, los inventos, emprendimientos y productividad con el sello “Made in the U.S.A.”, desde antes de la Revolución Industrial y en la Era Digital, han salvado millones de vidas y coadyuvado con la transformación de la economía global y los quehaceres cotidianos. Han mecanizado y automatizado transiciones y modificaciones en las interacciones humanas, los procesos sociales y económicos, en hábitos de consumo y la cultura, en transacciones monetarias, en el accionar laboral, leyes y otras normas, así como en estructuras societarias.

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El autor: Periodista, mercadólogo, catedrático, escritor y comentarista de medios escritos, televisivos y digitales.

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Opinión

Los pueblos nunca pierden primero su constitución, pierden primero el hábito de defenderla.

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Por Isaías Ramos

Ningún pueblo despierta una mañana descubriendo que perdió su libertad.

La historia nunca comienza por el final.

Primero cambia el lenguaje. Después cambian las leyes. Más tarde se desplazan los límites del poder. Y solo al final una sociedad comprende cuánto costó haber permanecido indiferente.

Esta semana comienza la aplicación del nuevo Código Penal dominicano. Para muchos, el debate terminó con su promulgación. En realidad, apenas comienza.

Un Código Penal no se mide únicamente por los delitos que incorpora ni por la severidad de sus penas. Su verdadero examen consiste en responder una pregunta esencial:

¿Permanece plenamente subordinado a la Constitución?

El poder de castigar es la facultad más intensa del Estado. Permite investigar, acusar, imponer medidas de coerción y privar de libertad. Precisamente por eso necesita límites más claros, no márgenes más amplios.

Toda ley penal debió ser examinada con el máximo rigor constitucional antes de que el primer ciudadano padeciera sus efectos. Aunque una disposición sea declarada inconstitucional posteriormente, ninguna sentencia devuelve íntegramente el tiempo, la honra o la libertad ya perdidos.

La experiencia comparada deja advertencias que ninguna democracia prudente debería ignorar.

En Cuba, figuras como el desacato han sido cuestionadas por brindar protección penal reforzada a las autoridades y restringir la crítica al poder. En Nicaragua, organismos internacionales han objetado la utilización de delitos relacionados con el orden público y la seguridad nacional frente a manifestaciones y expresiones ciudadanas. En Venezuela, el debilitamiento de los controles institucionales estuvo acompañado por una reducción del espacio para la expresión, la protesta y la vigilancia ciudadana.

Los contextos fueron diferentes. Pero la advertencia terminó siendo la misma:

Las libertades rara vez desaparecen de un solo golpe.

Las restricciones se acumulan. Se justifican. Se normalizan. Se aceptan.

Y cuando una sociedad comprende sus consecuencias, recuperar los derechos perdidos resulta mucho más difícil que haberlos protegido a tiempo.

Si aquellos pueblos hubieran podido mirar décadas hacia el futuro y contemplar familias divididas, millones obligados a abandonar la tierra que amaban y millones más sobreviviendo entre restricciones, miedo, precariedad y opresión, ¿qué no habrían hecho para defender cada espacio de libertad mientras todavía estaban a tiempo?

Los pueblos nunca lamentan haber defendido demasiado pronto su Constitución. Lo que lamentan es haber comprendido demasiado tarde cuánto valía.

Existe otra lección. Quienes hoy poseen poder político, económico, institucional o mediático suelen olvidar que las leyes que ayudan a aprobar o justificar no permanecerán eternamente bajo su control.

Los gobiernos cambian. Las mayorías cambian. Los jueces cambian. Los fiscales cambian.

Pero las leyes pueden sobrevivir a quienes las promovieron.

Una norma que hoy parece útil contra un adversario puede mañana aplicarse contra quien la celebró. El verdadero estadista no legisla pensando en el poder que posee, sino en la protección que cualquier ciudadano necesitará cuando ese poder cambie de manos.

En momentos de polarización cometemos un error peligroso: discutimos quién ocupa el poder y olvidamos cuánto poder debería tener cualquiera que gobierne.

Nos dejamos dividir por partidos, simpatías y antipatías. Mientras discutimos personas, dejamos de defender principios. Y cuando una sociedad deja de defender principios, el poder deja de encontrar límites.

Las constituciones no preguntan quién gobierna. Preguntan hasta dónde puede llegar cualquier gobernante.

Por eso el artículo 7 de nuestra Carta Magna define a la República Dominicana como un Estado Social y Democrático de Derecho, fundado en la dignidad humana, los derechos fundamentales, la separación de poderes y la soberanía popular.

No es una frase ornamental. Es el mandato al que debe someterse toda ley, especialmente aquella que concede al Estado el poder de castigar.

La persistencia de cuestionamientos sobre el desacato, el ultraje, la protesta, la responsabilidad por actos de terceros y otros tipos de redacción amplia exige un escrutinio constitucional firme.

Desde el Frente Cívico y Social entendemos que todas las acciones directas de inconstitucionalidad relacionadas con esta ley deben ser conocidas con la mayor celeridad compatible con un examen riguroso e independiente.

No se pide al Tribunal Constitucional un resultado determinado, sino una respuesta dentro de un plazo razonable. Cuando normas penales vigentes pueden afectar derechos fundamentales, la celeridad deja de ser una cuestión procesal: se convierte en garantía de libertad, seguridad jurídica y paz institucional.

La demora también produce consecuencias constitucionales.

La Constitución no solo protege derechos. También protege la paz de la República.

Defender la Constitución nunca debilita la lucha contra el crimen. La legitima. Una democracia necesita un Derecho Penal firme frente a la delincuencia, la violencia y la corrupción, pero también frente a la arbitrariedad.

Seguridad y libertad no son enemigas. Ambas dependen del respeto irrestricto a la Constitución.

La historia ya nos habló. Ahora nos corresponde decidir si aprendemos de ella o esperamos a que sea demasiado tarde.

Porque cuando la Constitución deja de ser el límite del poder, el poder termina convirtiéndose en el límite de la libertad.

La historia todavía no ha escrito nuestro destino. Que nuestros hijos puedan decir, algún día, que esta fue la generación que decidió honrar su Constitución antes de descubrir cuánto costaba perderla.

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Opinión

Examen de  reducción de la pena ante la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Diaz

De conformidad con el Estatuto de Roma el Estado de ejecución de la pena no pondrá  en libertad al recluso antes de que haya cumplido la pena impuesta por la Corte Penal Internacional.

Solo la Corte Penal Internacional podrá decidir la reducción de la pena  y se pronunciará al respecto después de escuchar al recluso.

Cuando el recluso haya cumplido las dos terceras partes de la pena o 25 años de prisión en caso de cadena perpetua, la Corte Penal Internacional examinará la pena para determinar si esta puede reducirse. El examen no se llevará a cabo antes de cumplidos esos plazos.

Al proceder al examen con arreglo al párrafo 3 del artículo 110 del Estatuto de Roma , la Corte Penal Internacional podrá reducir la pena si considera que concurren  uno o más de los siguientes factores:

  1. a)Si el recluso ha manifestado desde el principio y de manera continua su voluntad de cooperar con la Corte Penal Internacional en sus investigaciones y enjuiciamientos;
  1. b)Si el recluso ha  facilitado de manera espontánea la ejecución de las decisiones y órdenes de la Corte Penal Internacional en otros casos, en particular ayudando a esta en la localización de los bienes sobre los cuales recaigan las multas, las órdenes de decomiso o de reparación que puedan usarse en beneficio  de las víctimas; o
  1. c)Otros factores indicados en las Reglas de Procedimiento y Prueba  que permitan determinar un cambio en las circunstancias suficientemente claro e importante como para justificar la reducción de la pena.

Finalmente, la Corte Penal Internacional, si en su examen inicial con arreglo al párrafo 3 del artículo 110 del Estatuto de Roma, determina que no procede reducir la pena, volverá a examinar la cuestión con la periodicidad y con arreglo a los criterios indicados en las Reglas de Procedimientos y Prueba.

Rommelsantosdiaz@gmail.com

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Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
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