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No es lo mismo ni es igual

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Por Narciso Isa Conde

Un conjunto de  organizaciones políticas y sociales -al tiempo de insistir en que está demostrado de que no hay vías institucionales para ponerle fin a la impunidad y acabar con la corrupción estatal convertida en dictadura mafiosa- planteamos la necesidad de producir una ruptura de este orden constitucional pervertido, ilegítimo y decadente, mediante un proceso constituyente.

  • Proceso constituyente: su necesidad y características.

Por proceso constituyente no entendemos simplemente la realización de una ASAMBLEA CONSTITUYENTE PROTAGONIZADA POR EL PUEBLO SOBERANO, sino que ésta sería  uno de sus importantes componentes a realizar en una fase posterior al desplome de esta institucionalidad, del gobierno corrupto y corruptor que la manipula, y de la Constitución del 2010 que la sustenta.

Los procesos constituyente siempre surgen como necesidad cuando la ilegitimidad y decadencia del viejo orden institucional se pone en evidencia ante los ojos de una gran parte de la sociedad, cuando la indignación popular crece y se convierte en movilizaciones masivas contra los males que provoca, cuando las paralizaciones y la desobediencia civil se ponen a la orden del día y el sistema imperante obstruye y se resiste tenazmente a los anhelos del cambio expresados. Y eso es lo que está sucediendo en nuestro país.

El primer requisito de esos procesos es crear poder constituyente (poder paralelo y alternativo al poder constituido en estado de descomposición), a partir de que el pueblo movilizado y en lucha adquiera conciencia de su soberanía y de su capacidad para echar abajo el viejo orden que se resiste a caer y crear lo nuevo que comienza a nacer con el brote de propuestas políticas transformadoras expresadas al calor de sus combates sociales.

Echar lo viejo abajo equivale a descartar las  bloqueadas rutas dentro de una institucionalidad mafiosa y a propiciar la ruptura de la misma para abrir una etapa de transición y recreación de un nuevo marco jurídico-político, una nueva legalidad, una nueva institucionalidad, un nuevo proyecto de nación y sociedad.

Esa transición y esa recreación deben ser gestadas por las fuerzas determinantes del cambio al momento de la ruptura o caída del viejo orden, esto es, por un poder constituyente previamente conformado por la suma y el accionar preeminente de los movimientos políticos, sociales, culturales e incluso militares transformadores, que confluyan en un gran torrente.

Marcha Verde tiene la posibilidad y la oportunidad de ser ese torrente alternativo de la diversidad transformadora. Pero eso todavía está en veremos y depende de su crecimiento en cantidad y, sobretodo, en calidad programática-propositiva y en las oportunas, masivas, contundentes y diversas modalidades de lucha que sea capaz de desplegar bajo el influjo de las vanguardias.

La transición y recreación que sugerimos incluye -como un nuevo paso y otro componente más del proceso constituyente- la organización, convocatoria e instalación, sustentada por el poder naciente, de una ASAMBLEA CONSTITUYENTE SOBERANA con la más amplia participación de los diversos sujetos políticos, sociales y culturales del cambio.

De esa primera ASAMBLEA CONSTITUYENTE SOBERANA debe salir la nueva constitución, que defina el nuevo marco legal e institucional de la Nación Dominicana y su nuevo relacionamiento con la vecina República de Haití, el Continente y el Mundo; que por demás siente las bases sustantivas del programa transformador correspondiente al menos  a la primera fases de los grandes cambios resultante de la correlación de fuerzas al momento de su realización y aplicación.

El paso siguiente, a partir de las modalidades de elección democrática participativa y de establecimiento y conformación de la nuevas instituciones y poderes estatales y extra-estatales que se definan en la nueva carta magna, son los procesos electivos para su construcción.

Comicios, elecciones, conformación de mecanismos asamblearios de control social y participación son necesariamente pasos posteriores a los resultados de la Asamblea Constituyente llamados a concluir la fase transición hacia el nuevo orden institucional.

  • Romper el cerco institucional para cambiarlo todo.

El proceso constituyente que estamos impulsando, en consecuencia,  persigue cambiarlo todo.

No se trata, pues, ni de remiendos ni simples enmiendas o reformas a la actual Constitución, a las leyes vigentes o a las instituciones de este Estado; todas ellas –en caso de instrumentarse- dadas las características del actual Congreso en función de ASAMBLEA REVIRO, estarían evidentemente destinadas a favorecer la permanencia del sistema dictatorial y corrompido impuesto o, en particular, a facciones que compiten a su interior.

Las vías para modificaciones, iniciativas judiciales y reformas  destinadas a encarcelar los corruptos, recuperar lo robado y superar esta dictadura mafiosa y este sistema electoral y de partidos que la reproducen, están totalmente cerradas dentro de esta institucionalidad secuestrada. El poder delincuencial   constituido la ha cerrado para tratar de perpetuase y prolongarse. Así lo demuestra la obstrucción de todas las iniciativas de reformas y acción de justicia desplegada a lo largo del 2017 por MARCHA VERDE.

En las elecciones amañadas del 2020 no hay nada que buscar, que no sea prolongación del sistema de corrupción, impunidad e injusticias sociales. Por eso es necesario romper previamente ese cerco institucional.

El régimen constitucional del país, además, no acepta la convocatoria de una Constituyente Soberana y Popular; no admite una Constituyente democrática e independiente del Congreso o Asamblea Nacional Legislativa dominada por las  mismas mafias políticas y empresariales que controlan todo el Estado.

No se trata, por tanto, de demandarle a las autoridades y esperar que este gobierno u otro similar,  reforme la Constitución para convocar una Constituyente. La Asamblea Revisora es el mismo Congreso podrido y eso sería como pedirle mangos banilejos a la guasábara, con perdón de la guasábara.

No es lo mismo, por tanto,  un proceso constituyente que incluya la Asamblea Constituyente Soberana y Popular,  a que ese Congreso degradado sea convertido en Asamblea Revisora de la Constitución del 2010.

No es igual  luchar por nueva Constitución y un nuevo orden jurídico, social e institucional a través de un proceso constituyente soberano, que limitarse a demandar reformas o remiendos a esta Constitución dentro del actual orden institucional y el sistema político vigente.

Tampoco es lo mismo asumir el proceso constituyente como vía de ruptura y desplazamiento del gobierno y las instituciones establecidas, que enarbolar propagandísticamente  la propuesta de una Asamblea Constituyente como punto del programa electoral de un partido o frente de partidos que prometa llevarla a cabo si logra triunfar. De ese engaño, como de las consecuencias de reciclar o alternar caras y partidos dentro de esta institucionalidad plagada de corrupción, clientelismo, trampas, fraudes… estamos JARTOS.

No es lo mimo ni es igual cambiarlo todo, que reproducir nueva vez -con iguales o viejos rostros, con remiendos o sin ellos- este pantano mal oliente y las bases legales, constitucionales y económicas-sociales que lo reproducen y prolongan.

Definitivamente no es lo mismo, ni es igual.

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Decisiones preliminares  ante la Corte Penal Internacional

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Por ROMMEL SANTOS DIAZ

Cuando se haya remitido a la CPI una situación en virtud del artículo 13  y el Fiscal haya determinado que existen fundamentos razonables para  comenzar una investigación, o el Fiscal inicie una investigación en virtud de los artículos 13 y 15, éste lo notificará a todos los Estados Partes y a aquellos Estados que, teniendo en cuenta la información disponible, ejercerán normalmente la jurisdicción sobre los crímenes de que se trate. El Fiscal podrá hacer la notificación a esos Estados con carácter confidencial y, cuando lo considere necesario a fin de proteger personas , impedir la destrucción de pruebas o impedir la fuga de personas,, podrá limitar el alcance de la información proporcionada a los Estados.

Dentro del  mes siguiente a la recepción de dicha notificación, el Estado podrá informar a la CPI que esta llevando a cabo o ha llevado a cabo una investigación en relación con sus nacionales u otras personas bajo su jurisdicción respecto de actos criminales que puedan constituir crímenes contemplados en el artículo 5 del Estatuto de Roma y a los que se refiera la información proporcionada en la notificación a los Estados.

A petición de dicho Estado, el Fiscal se inhibirá de su competencia a favor del Estado en relación con la investigación sobre las personas antes mencionadas, a menos que la Sala de Cuestiones Preliminares decida,  a petición  del Fiscal, autorizar la investigación.

El Fiscal podrá volver a examinar la cuestión de la inhibición de su competencia al cabo de seis meses a partir de la fecha de la inhibición o cuando se haya producido un cambio significativo de circunstancias en vista de que el Estado no está dispuesto a llevar a cabo la investigación o no puede realmente hacerlo.

El Estado de que se trate o el Fiscal podrán apelar ante la Sala de Apelaciones de la decisión de la Sala de Cuestiones  Preliminares,  de conformidad  con el artículo 82. La apelación podrá sustanciarse en forma sumaria.

Cuando el Fiscal se haya inhibido de su competencia en relación con la investigación  con arreglo a lo dispuesto  en el párrafo 2, podrá pedir al Estado de que se trate que le informe periódicamente de la marcha de sus investigaciones y del juicio ulterior. Los Estados Partes responderán a esas peticiones sin dilaciones indebidas.

El Fiscal podrá, hasta que la Sala de Cuestiones Preliminares haya emitido su decisión, o en cualquier momento si se hubiere inhibido  de su competencia en virtud de este artículo, pedir a la Sala de Cuestiones Preliminares, con carácter excepcional, que le autorice a llevar adelante las indagaciones que estime necesarias  cuando exista una oportunidad única de obtener pruebas  importantes o exista un riesgo significativo de que esas pruebas no estén disponibles ulteriormente.

Finalmente, el Estado que haya apelado una decisión de la Sala de Cuestiones Preliminares en virtud del  artículo 18 podrá impugnar la admisibilidad de un asunto en virtud del artículo 19, haciendo valer hechos nuevos importantes o un cambio significativo de las circunstancias.

rommelsantosdiaz@gmail.com

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RD no fracasa por falta de riqueza: fracasa por privilegios

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Por Isaías Ramos

Un país no fracasa porque le falten recursos. Fracasa cuando sus instituciones dejan de servir al ciudadano y comienzan a servir a los privilegios. Fracasa cuando la Constitución promete dignidad, bienestar y justicia social, pero la práctica política reparte exenciones, contratos, subsidios mal diseñados, deuda y cargas tributarias sobre los mismos hombros de siempre.

La República Dominicana no necesita escoger entre Estado y mercado. Nuestra Constitución consagra un Estado Social y Democrático de Derecho, fundado en la dignidad humana, los derechos fundamentales, el trabajo, la soberanía popular y la separación de poderes. También garantiza la libre empresa y la propiedad privada; pero ordena proteger la competencia libre y leal, evitar los efectos nocivos y restrictivos del monopolio y del abuso de posición dominante, y reconoce que la propiedad tiene una función social. Mercado, sí; empresa, sí; propiedad, sí; pero nunca por encima de la dignidad del ciudadano.

Los países que se desarrollan no subsidian la ineficiencia: financian productividad. Usan crédito, incentivos y subsidios para crear empleo formal, innovación, exportaciones, infraestructura, energía eficiente y salarios dignos. Los países capturados hacen lo contrario: convierten el subsidio en dependencia, la exención en renta privada, el contrato en premio político y la deuda en hipoteca contra el pueblo.

La deuda pública consolidada ya no permite eufemismos. A abril de 2026, alcanzó US$82,790.8 millones, equivalente al 61.4 % del PIB: US$66,408.5 millones del Sector Público No Financiero y US$16,382.2 millones del Banco Central. Esa cifra compromete ingresos futuros y estrecha el margen para salud, educación, seguridad, vivienda, agua, transporte y energía.

Y aun así, el problema puede ser mayor. RDVial muestra la zona gris. En 2024, el fideicomiso registró recaudación de peajes por RD$9,065.7 millones, pagó intereses por RD$5,332.6 millones y cerró con RD$67,076.5 millones en deuda a largo plazo y bonos por pagar. Dicho sin maquillaje: un monto equivalente a casi el 59 % de lo recaudado en peajes terminó destinado al pago de intereses. Cuando los peajes del ciudadano financian principalmente el costo financiero de la deuda, ya no hablamos solo de infraestructura: hablamos de ingresos públicos futuros comprometidos para pagar obligaciones presentes.

La discusión constitucional es inevitable: si un fideicomiso administra patrimonio público, derechos de cobro públicos o flujos pagados por ciudadanos, su deuda y sus riesgos fiscales deben transparentarse. No basta decir que no está en el presupuesto ordinario. Si el pueblo paga, el pueblo tiene derecho a saber. En RDVial, los estados financieros identifican como activos intangibles los derechos recibidos del Estado dominicano sobre ingresos por cobro y recaudación de peajes.

Ahora se presenta la Ley 30-26 bajo el discurso de crecimiento, sostenibilidad fiscal y protección social. El Gobierno afirma que busca captar entre RD$40,000 y RD$50,000 millones adicionales, sin modificar la tasa ni la base del ITBIS. Pero incluye el aumento del impuesto a cheques y transferencias electrónicas de 0.15 % a 0.2 % y diez dólares adicionales al impuesto sobre pasajes aéreos.

La pregunta no es solo quién firma el impuesto; es quién termina pagándolo. En mayo de 2026, la inflación interanual fue 5.35 %, con alimentos y bebidas no alcohólicas en 6.56 % y transporte en 7.47 %. En ese contexto, elevar costos financieros, operativos y de transporte puede trasladarse a precios, servicios y consumo. Tal vez no se llame impuesto a la canasta básica, pero cuando sube el costo de mover dinero, transportar personas y operar negocios, el consumidor termina pagando.

La contradicción se agrava al mirar las exenciones. Para 2026, el gasto tributario estimado asciende a RD$393,541.54 millones, equivalente al 4.54 % del PIB: casi ocho veces la meta máxima de la reforma. No todo gasto tributario es privilegio; algunas exenciones protegen bienes y servicios esenciales. Pero cuando una exención no demuestra retorno social, empleo digno, productividad, innovación, competencia o reducción de precios, deja de ser incentivo y se convierte en privilegio. Y cuando ese privilegio se financia con deuda e impuestos al pueblo, se vuelve ilegítimo, injusto e inmoral.

También se castiga a la diáspora. El aumento de diez dólares al pasaje aéreo golpea al dominicano ausente que viene a ver a su madre, invertir sus ahorros, enterrar a un familiar o traer a sus hijos para que no pierdan la patria. Esa misma diáspora envió US$5,170.1 millones en remesas entre enero y mayo de 2026. No es una caja registradora: es parte viva de la nación. No se puede celebrarla cuando envía remesas y castigarla cuando regresa.

En el Frente Cívico y Social entendemos que la República Dominicana necesita una reforma, sí; pero una reforma que empiece por el poder, no por el bolsillo del pueblo. Una reforma que audite exenciones, condicione incentivos, transparente fideicomisos, revise subsidios, reduzca deuda improductiva, transparente gastos e inversiones públicas y proteja a quienes sostienen la economía real: la clase media, los trabajadores, los productores, los emprendedores y la diáspora dominicana. Una reforma para que el crecimiento deje de ser estadística y se convierta en dignidad cotidiana. No estamos contra la empresa. Estamos contra el abuso. No estamos contra la riqueza. Estamos contra un Estado corporativo, clientelar y de privilegios.

Ya basta. Es tiempo de gobernar. Es tiempo de activar el orden constitucional.

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Alofoke, la crisis de los partidos y el futuro de la política dominicana

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Por Rosario Espinal

La eventual candidatura de Santiago Matías representa, en gran medida, una expresión del desencanto ciudadano con las estructuras políticas existentes. No es casual que su discurso encuentre receptividad entre sectores que consideran que los partidos tradicionales han dejado de escuchar a la población.

La reciente posibilidad de una candidatura presidencial de Santiago Matías (Alofoke) ha generado debates, entusiasmo y preocupación en diversos sectores de la sociedad dominicana. Más allá de las simpatías o rechazos que pueda despertar su figura, el fenómeno merece un análisis más profundo, pues no se trata únicamente de una persona, sino de un síntoma de una transformación política que se viene gestando desde hace años.

El historiador británico Eric Hobsbawm, en el capítulo «La caída del liberalismo» de su obra Historia del siglo XX (1998), explicó cómo los períodos de crisis de representación y pérdida de confianza en las instituciones tradicionales crean espacios para el surgimiento de nuevos liderazgos capaces de canalizar el descontento social. Aunque la República Dominicana actual está muy lejos de las dramáticas circunstancias de la Europa de entreguerras, existen elementos que invitan a la reflexión.

Los partidos políticos dominicanos continúan siendo las principales estructuras de acceso al poder, pero enfrentan un progresivo deterioro de su capacidad para representar las aspiraciones de la ciudadanía. Como señala el sociólogo Bernardo Matías, la principal característica de la crisis política dominicana es la creciente desconexión entre los partidos y la sociedad. La militancia ideológica ha sido sustituida por el pragmatismo electoral, el clientelismo y la búsqueda de beneficios individuales.

Esta realidad ha provocado que amplios sectores de la población, especialmente los jóvenes, perciban a los partidos tradicionales como organizaciones alejadas de sus preocupaciones cotidianas. El aumento de la abstención electoral y la disminución de la identificación partidaria son señales evidentes de este fenómeno.

Es precisamente en ese escenario donde emerge la figura de Alofoke. Su fortaleza no proviene de una estructura política tradicional ni de una larga trayectoria partidaria. Su principal capital es una comunidad digital construida durante años a través de las redes sociales y los medios de comunicación alternativos. En una época en que la comunicación política se desarrolla cada vez más en plataformas digitales, su capacidad de influencia constituye una ventaja que pocos actores políticos poseen.

La eventual candidatura de Santiago Matías representa, en gran medida, una expresión del desencanto ciudadano con las estructuras políticas existentes. No es casual que su discurso encuentre receptividad entre sectores que consideran que los partidos tradicionales han dejado de escuchar a la población. Tampoco es casual que su propuesta surja en un contexto donde más de la mitad de los ciudadanos no manifiestan simpatía por ninguna organización política.

Sin embargo, la historia demuestra que la popularidad mediática por sí sola no garantiza el éxito político. Gobernar un país requiere mucho más que influencia comunicacional. Exige propuestas concretas, equipos técnicos, capacidad institucional y una visión clara sobre los desafíos nacionales. La verdadera prueba para cualquier outsider político consiste en transformar el apoyo emocional de sus seguidores en un proyecto de gobierno viable.

De cara a las elecciones de 2028, la República Dominicana podría enfrentar uno de los procesos electorales más interesantes de las últimas décadas. Si los partidos tradicionales no logran renovar sus liderazgos, fortalecer sus vínculos con la sociedad y ofrecer respuestas efectivas a las demandas ciudadanas, es probable que continúen surgiendo figuras ajenas al sistema político convencional.

La lección que ofrece Hobsbawm es clara: cuando las instituciones dejan de representar eficazmente a la sociedad, aparecen nuevos actores dispuestos a ocupar ese espacio. La pregunta no es si Alofoke puede convertirse en presidente, sino qué condiciones sociales y políticas han hecho posible que una candidatura como la suya sea considerada seriamente por una parte importante de la población.

El desafío para la democracia dominicana no consiste en impedir la aparición de nuevos liderazgos, sino en fortalecer las instituciones para que la competencia política se base en propuestas, programas y soluciones reales a los problemas nacionales. De lo contrario, la crisis de representación seguirá profundizándose y los ciudadanos continuarán buscando alternativas fuera de los canales tradicionales de la política.

Bibliografía

Hobsbawm, E. J. (1998). Historia del siglo XX (J. Faci, J. Ainaud y C. Castells, trads.). Buenos Aires, Argentina: Crítica.

Matías, B. (2020, 23 de junio). La crisis de los partidos en República DominicanaAcentoLa crisis de los partidos en República Dominicana

Jovine Rijo, F. A. (2026, 22 de junio). ¿Alofoke, presidente? Listín Diario¿Alofoke, presidente?

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