Opinión
No es lo mismo ni es igual
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8 años agoon
Por Narciso Isa Conde
Un conjunto de organizaciones políticas y sociales -al tiempo de insistir en que está demostrado de que no hay vías institucionales para ponerle fin a la impunidad y acabar con la corrupción estatal convertida en dictadura mafiosa- planteamos la necesidad de producir una ruptura de este orden constitucional pervertido, ilegítimo y decadente, mediante un proceso constituyente.
- Proceso constituyente: su necesidad y características.
Por proceso constituyente no entendemos simplemente la realización de una ASAMBLEA CONSTITUYENTE PROTAGONIZADA POR EL PUEBLO SOBERANO, sino que ésta sería uno de sus importantes componentes a realizar en una fase posterior al desplome de esta institucionalidad, del gobierno corrupto y corruptor que la manipula, y de la Constitución del 2010 que la sustenta.
Los procesos constituyente siempre surgen como necesidad cuando la ilegitimidad y decadencia del viejo orden institucional se pone en evidencia ante los ojos de una gran parte de la sociedad, cuando la indignación popular crece y se convierte en movilizaciones masivas contra los males que provoca, cuando las paralizaciones y la desobediencia civil se ponen a la orden del día y el sistema imperante obstruye y se resiste tenazmente a los anhelos del cambio expresados. Y eso es lo que está sucediendo en nuestro país.
El primer requisito de esos procesos es crear poder constituyente (poder paralelo y alternativo al poder constituido en estado de descomposición), a partir de que el pueblo movilizado y en lucha adquiera conciencia de su soberanía y de su capacidad para echar abajo el viejo orden que se resiste a caer y crear lo nuevo que comienza a nacer con el brote de propuestas políticas transformadoras expresadas al calor de sus combates sociales.
Echar lo viejo abajo equivale a descartar las bloqueadas rutas dentro de una institucionalidad mafiosa y a propiciar la ruptura de la misma para abrir una etapa de transición y recreación de un nuevo marco jurídico-político, una nueva legalidad, una nueva institucionalidad, un nuevo proyecto de nación y sociedad.
Esa transición y esa recreación deben ser gestadas por las fuerzas determinantes del cambio al momento de la ruptura o caída del viejo orden, esto es, por un poder constituyente previamente conformado por la suma y el accionar preeminente de los movimientos políticos, sociales, culturales e incluso militares transformadores, que confluyan en un gran torrente.
Marcha Verde tiene la posibilidad y la oportunidad de ser ese torrente alternativo de la diversidad transformadora. Pero eso todavía está en veremos y depende de su crecimiento en cantidad y, sobretodo, en calidad programática-propositiva y en las oportunas, masivas, contundentes y diversas modalidades de lucha que sea capaz de desplegar bajo el influjo de las vanguardias.
La transición y recreación que sugerimos incluye -como un nuevo paso y otro componente más del proceso constituyente- la organización, convocatoria e instalación, sustentada por el poder naciente, de una ASAMBLEA CONSTITUYENTE SOBERANA con la más amplia participación de los diversos sujetos políticos, sociales y culturales del cambio.
De esa primera ASAMBLEA CONSTITUYENTE SOBERANA debe salir la nueva constitución, que defina el nuevo marco legal e institucional de la Nación Dominicana y su nuevo relacionamiento con la vecina República de Haití, el Continente y el Mundo; que por demás siente las bases sustantivas del programa transformador correspondiente al menos a la primera fases de los grandes cambios resultante de la correlación de fuerzas al momento de su realización y aplicación.
El paso siguiente, a partir de las modalidades de elección democrática participativa y de establecimiento y conformación de la nuevas instituciones y poderes estatales y extra-estatales que se definan en la nueva carta magna, son los procesos electivos para su construcción.
Comicios, elecciones, conformación de mecanismos asamblearios de control social y participación son necesariamente pasos posteriores a los resultados de la Asamblea Constituyente llamados a concluir la fase transición hacia el nuevo orden institucional.
- Romper el cerco institucional para cambiarlo todo.
El proceso constituyente que estamos impulsando, en consecuencia, persigue cambiarlo todo.
No se trata, pues, ni de remiendos ni simples enmiendas o reformas a la actual Constitución, a las leyes vigentes o a las instituciones de este Estado; todas ellas en caso de instrumentarse- dadas las características del actual Congreso en función de ASAMBLEA REVIRO, estarían evidentemente destinadas a favorecer la permanencia del sistema dictatorial y corrompido impuesto o, en particular, a facciones que compiten a su interior.
Las vías para modificaciones, iniciativas judiciales y reformas destinadas a encarcelar los corruptos, recuperar lo robado y superar esta dictadura mafiosa y este sistema electoral y de partidos que la reproducen, están totalmente cerradas dentro de esta institucionalidad secuestrada. El poder delincuencial constituido la ha cerrado para tratar de perpetuase y prolongarse. Así lo demuestra la obstrucción de todas las iniciativas de reformas y acción de justicia desplegada a lo largo del 2017 por MARCHA VERDE.
En las elecciones amañadas del 2020 no hay nada que buscar, que no sea prolongación del sistema de corrupción, impunidad e injusticias sociales. Por eso es necesario romper previamente ese cerco institucional.
El régimen constitucional del país, además, no acepta la convocatoria de una Constituyente Soberana y Popular; no admite una Constituyente democrática e independiente del Congreso o Asamblea Nacional Legislativa dominada por las mismas mafias políticas y empresariales que controlan todo el Estado.
No se trata, por tanto, de demandarle a las autoridades y esperar que este gobierno u otro similar, reforme la Constitución para convocar una Constituyente. La Asamblea Revisora es el mismo Congreso podrido y eso sería como pedirle mangos banilejos a la guasábara, con perdón de la guasábara.
No es lo mismo, por tanto, un proceso constituyente que incluya la Asamblea Constituyente Soberana y Popular, a que ese Congreso degradado sea convertido en Asamblea Revisora de la Constitución del 2010.
No es igual luchar por nueva Constitución y un nuevo orden jurídico, social e institucional a través de un proceso constituyente soberano, que limitarse a demandar reformas o remiendos a esta Constitución dentro del actual orden institucional y el sistema político vigente.
Tampoco es lo mismo asumir el proceso constituyente como vía de ruptura y desplazamiento del gobierno y las instituciones establecidas, que enarbolar propagandísticamente la propuesta de una Asamblea Constituyente como punto del programa electoral de un partido o frente de partidos que prometa llevarla a cabo si logra triunfar. De ese engaño, como de las consecuencias de reciclar o alternar caras y partidos dentro de esta institucionalidad plagada de corrupción, clientelismo, trampas, fraudes estamos JARTOS.
No es lo mimo ni es igual cambiarlo todo, que reproducir nueva vez -con iguales o viejos rostros, con remiendos o sin ellos- este pantano mal oliente y las bases legales, constitucionales y económicas-sociales que lo reproducen y prolongan.
Definitivamente no es lo mismo, ni es igual.
Por Isaías Ramos
San Juan habló.
El Presidente entendió.
Ahora el Estado debe actuar.
El proyecto minero Romero ya no es un simple expediente ambiental: es una prueba de soberanía, autoridad institucional y respeto a la Constitución.
San Juan no se levantó contra la inversión ni contra el progreso. San Juan se levantó por el agua. Y cuando un pueblo se levanta por el agua, defiende la vida.
En un Estado Social y Democrático de Derecho, la inversión es bienvenida, pero subordinada a la dignidad humana, al interés general, al agua, al ambiente sano y a la soberanía popular.
El presidente Luis Abinader acertó al paralizar las actividades vinculadas al proyecto. Respondió a una realidad inocultable: una provincia agrícola, hídrica y movilizada rechazó un proyecto extractivo que percibe como amenaza a sus ríos y agricultura.
Las declaraciones de la empresa, afirmando que no se da por vencida y que buscará diálogo, pueden sonar diplomáticas; pero después de una decisión presidencial, pueden leerse como desafío elegante, presión calculada y gesto improcedente ante una comunidad que ya habló.
La empresa tiene derecho al debido proceso y a una respuesta formal. Pero no tiene derecho a desconocer la voluntad social ni a tratar el rechazo popular como obstáculo vencible con comunicación estratégica.
En República Dominicana la inversión no está por encima de la Constitución. Una concesión no es soberanía. Un permiso no es carta blanca. Una exploración no es derecho adquirido a explotar. Y un estudio de impacto ambiental no puede convertirse en antesala inevitable de una mina rechazada por el territorio.
El artículo 8 ordena al Estado proteger los derechos de las personas y crear condiciones para el desarrollo humano. La Constitución reconoce el agua como patrimonio nacional estratégico, esencial para la vida, y ordena proteger el ambiente sano para presentes y futuras generaciones.
Si una permisología de exploración o evaluación ambiental avanza ignorando la vocación agrícola, la fragilidad hídrica, la ausencia de licencia social y el rechazo masivo, contradice la Ley General de Medio Ambiente y el mandato superior de la Constitución.
La Ley Ambiental nació para prevenir, informar, consultar, restaurar y aplicar el principio de precaución. Cuando existe riesgo grave para el agua, la salud y la vida comunitaria, la falta de certeza absoluta no puede usarse como excusa para avanzar.
San Juan ya respondió la pregunta de fondo: agua sí, oro no.
A quienes defienden con ligereza la explotación industrial de oro habría que pedirles algo más que entusiasmo económico y frases sobre “minería responsable”: que citen, en cualquier lugar del mundo, con nombre, país, fecha y evidencia independiente, un caso de explotación aurífera industrial que no haya provocado daño ambiental significativo o irreversible, afectación hídrica comprobada, relaves peligrosos no remediados, deterioro neto de ecosistemas o pasivos pagados por comunidades; y que además haya dejado a su pueblo mejor, más seguro y más próspero, descontados los costos ambientales, sociales, hídricos y de remediación.
En República Dominicana la prudencia debe ser mayor: somos parte de una isla, con ríos cortos, acuíferos frágiles y montañas interconectadas. Aquí un error ambiental no queda aislado: baja al valle, afecta la agricultura y compromete agua sin sustituto. El oro se exporta y se agota; el agua y los suelos fértiles no se recuperan con discursos.
Si existe en el mundo un ejemplo incuestionable de explotación industrial de oro sin daño ambiental significativo, afectación hídrica, relaves peligrosos, deterioro neto del territorio ni pasivos comunitarios, que lo presenten. Y si no existe, que no nos pidan fe donde corresponde aplicar prudencia constitucional.
República Dominicana necesita una nueva Ley de Minería nacida de la Constitución, no extractivista: una ley que ponga el agua por encima del oro, la cuenca por encima del polígono minero y la comunidad por encima del contrato. Debe declarar zonas incompatibles con minería metálica y exigir garantías reales, cierre, post-cierre, monitoreo independiente, transparencia y participación ciudadana efectiva.
Que nadie confunda la paralización anunciada con victoria definitiva. El pueblo debe mantenerse vigilante hasta que las aguas se aclaren; hasta que la decisión sea formalizada y blindada; hasta que se legisle una Ley de Minería armónica con la Constitución; y hasta que ninguna empresa use la permisología como escalera hacia una explotación que el territorio ya rechazó.
Desde el Foro y Frente Cívico y Social impulsaremos una ruta cívica, jurídica e institucional: solicitudes para que ningún expediente avance sin transparencia, motivación legal y control ciudadano; estudio de una acción constitucional contra normas mineras incompatibles con el Estado Social y Democrático de Derecho; y convocatoria a una vigilancia nacional por el agua. Esta no es causa de un grupo: es causa de país.
En un país donde la partidocracia tantas veces ha abandonado al pueblo, la vigilancia ciudadana no es desconfianza gratuita: es deber patriótico. Hoy resuena aquella advertencia: “Nunca me fue tan necesario como hoy tener salud, corazón y juicio; hoy que hombres sin juicio y sin corazón conspiran contra la salud de la patria”.
En el Foro y Frente Cívico y Social entendemos que la mayor riqueza de una nación no está debajo de la tierra. Está en su gente, en su agua, en sus alimentos, en su educación, en su soberanía alimentaria y energética, y en su ciudadanía despierta.
San Juan habló.
El Presidente entendió.
La Constitución manda.
El pueblo debe vigilar.
Agua sí, oro no.
Ya basta de improvisar. Es tiempo de gobernar.
(Segunda entrega)
Por Oscar López Reyes
La publicidad digital (información procesada) ha prosperado, crecidamente como flor en primavera, por su exclusiva y ventajosa preferencia en el raudal de su automatización (función autónoma) y democratización tanto de su cobertura como del bajo costo presupuestario. Ha escalado un eslabón preeminente (por su cuantía y repetida difusión) del edificio mercadológico y sacudido la alfombra de los modelos de negocios comunicacionales. Se desplaza imparable…
En el universo hiperconectado y el cambio de mentalidades, el aforo de la digitalización experimenta un crecimiento de doble dígito, y lidera el gasto publicitario de República Dominicana, por ser más económica, por su precisa segmentación de audiencias, formato multimedia (texto, imagen y video), alcance global y por ser medible en tiempo real.
Reforcemos las palabras con cifras verificables: En 2025, la inversión publicitaria general de República Dominicana fue de 38 mil 645 millones de pesos, y la insertada en 583 medios oneline (redes sociales, buscadores y sitio web) fue 4 mil 600 pesos, que representó el 12%.
Los nuevos portales, blogs y nativos emergentes han logrado un gran alcance, y en el 2026 el 70% de la población dominicana incursiona en redes sociales, que la corona como el canal tecnológico dominante de interacción diaria, con una elevada inversión de tiempo.
Ese auge en apenas tres décadas se ha afianzado porque el consumo de noticias ha emigrado preponderantemente a redes sociales y portales digitales. Cerca del 90% de la población dominicana tiene acceso al servicio de internet, especialmente a través de la conexión celular, y más del 50% de los jóvenes entre 18 y 25 años la usa como su dieta alimenticia.
Empero, esa expansión se coloca muy por debajo del mercado planetario, que en el 2025 acumuló entre el 69% y el 73% de la inversión publicitaria global, lo que significa que los offlines o tradicionales (prensa escrita, radio, televisión y vallas/carteles) cuentan con un 30% de audiencia.
La publicidad en la red gira en el espinazo de algoritmos cambiantes, subastas y un ecosistema sofisticado y engorroso, en torno a por lo menos diez núcleos centrales:
1.- Contenido temático estratégico
La publicidad de contenido digital crea, edita y difunde narrativas emocionantes y motivantes sobre una marca, para posibilitar la acción de compra y fidelizar a audiencias preseleccionadas.
2.- Segmentación personalizada
Separar a clientes conquistados en grupos más pequeños y homogéneos (remarketing) para interactuar sobre el producto en plataformas definidas, a fin de lograr empatía, aumentar las visitas y detener a esos usuarios.
3.- Diversidad de espectro/plataformas
Las plataformas se fragmentan en cinco facetas: 1) Redes sociales, como Facebook, YouTube, Instagram, WhatsApp, TikTok, Telegram, LinkedIn, X (Twitter) y WeChat, Comunicación en tiempo real; 2) Streaming: Netflix, Disney, HBO Max, Prime Video y Apple TV+; 3) Comercio Electrónico (E-commerce) Amazon, Shopify, Mercado Libre, Tiendanube yHotmart; 4) Educación Virtual y E-learning (LMS), y 5) Trabajo y Almacenamiento en la Nube.
4.- Interacción dinámica conversacional
Interlocutores emplean el diálogo explicativo personalizado —por redes sociales, WhatsApp o chatbots— para despejar dudas, explicar procesos y generar confianza en la línea para guiar hacia el acto de compra.
5.- Tipos de publicidad de mensajes
Los textos persuasivos son diseñados para convencer a los usuarios sobre los plus de los bienes y servicios, en las esferas informativa/educativa, afectiva/sentimental, narrativa/memorable, racional e inspiracional. Abarca Marketing en Buscadores (SEM), Social Ads, Display (banners), Nativa, Video, Email Marketing, Programática, Retargeting/Remarketing, Marketing de Influencer y Marketing de Afiliación.
6.- Clases de formatos innovadores
Los formatos de documento, imagen, video y audio en dispositivos electrónicos almacenar y optimizan bases de datos, editan y mejoran la calidad de fotografías, gráficos y web, la animación y la impresión.
7.- Flexibilidad con cambios inmediatos
La publicidad digital facilita cambios inmediatos, el perfeccionamiento del mensaje, el movimiento de presupuestos de un canal a otro y la maximización automatizada para rehuir al cansancio de la audiencia.
8.- Alto alcance/cobertura de la campaña
El anuncio o campaña sobre una marca o servicio es oído o visto por una inmensidad de receptores (alto alcance), en extensos territorios geográficos o segmentos de un mercado (alta cobertura), para su mejor posicionamiento.
9.- Menor costo de producción y difusión
Son reducidos y eficientes los costos tanto de producción como de divulgación de los mensajes, por plataformas de nichos con creativos visuales de alta calidad, sin necesidad de contratar costosas agencias publicitarias.
10.- Facilidad para medir resultados
Las auditorías, que por métricas miden en tiempo real la tasa de clics de usuarios que han visitado la web y la efectividad del mensaje, factor básico para reajustar la campaña y cuantificar la rentabilidad de la inversión.
Como perciben sus ojos, la comunicación social en tanto disciplina científica ha parido un área, la publicidad digital (vinculada también con el marketing), que se sustenta en la investigación, el conocimiento sistemáticamente estructurado, los diseños, los cálculos y estadísticas, las ciencias de datos, los modelos predictivos y la inteligencia artificial.
Al ritmo apresurado en que la publicidad digital evoluciona, conceptual y tecnológicamente, los sitios web, blogs, redes sociales y otros nativos digitales, desplazan a los periódicos impresos, que están siendo instalados en las páginas web; el podcast a la radio tradicional y el streaming y YouTube a la televisión por cable y abierta.
Excluyendo los clics falsos y fraudes publicitarios, la propagación de datos privados, los ruidos por la sobrecarga de información/anuncios y las continuas modificaciones en los algoritmos de las plataformas –susceptibles de disminuir las metas propuestas- la publicidad digital seguirá agrandando su panza. En la multimedia interactiva descansa el futuro y los anunciantes preferirán, en la lógica rentable empresarial, a las altas audiencias.
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El autor: Periodista, mercadólogo, catedrático, escritor y gremialista.
Opinión
El medio ambiente y los crímenes en el Estatuto de Roma (2 de 2)
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3 días agoon
mayo 13, 2026Por Rommel Santos Diaz
Además, para ser admisible, cada uno deberá ser ¨ de gravedad suficiente para justificar la adopción de otras medidas por la Corte Penal Internacional¨. Quedan excluidos los casos fuera de lo habitual en los que la gravedad de los hechos específicos no deja de ser secundaria.
Al evaluar la admisibilidad de un caso, la Fiscalía estudiará el daño ambiental causado por el crimen. Aunque la determinación de la gravedad de los crímenes ambientales se centra a menudo en los daños sufridos por humanos como consecuencia de un daño ambiental, también podrán considerarse los daños sufridos por el medio ambiente en sí, tal como ocurre cuando un crimen ocasiona un daño a gran escala en un ecosistema no utilizado por humanos con fines de subsistencia.
La Fiscalía de la Corte Penal Internacional también tendrá en cuenta factores de orden estrictamente ambiental al determinar la gravedad, entre ellos factores de escala, naturaleza e impacto:
Escala: el número de víctimas humanas y no humanas directa e indirectas o el alcance geográfico o temporal del daño ambiental.
Naturaleza: si se cometieron daños ambientales contra víctimas marginadas o en situación de vulnerabilidad, entre ellas, mujeres, menores, personas mayores, personas con discapacidad, Pueblos Indígenas, afrodescendientes y campesinos, o si estas víctimas se vieron especialmente afectadas.
Impacto: magnitud del daño, desde el punto de vista integral y con inclusión de los daños irreversibles y a largo plazo, v vista de manera acumulativa cuando se ha cometido una serie de actos de daño ambiental causado al entorno natural , con independencia de su efecto antropocéntrico ; el efecto intergeneracional del daño ambiental en la vida humana; y el daño social, cultural, psicológico, religioso, espiritual o socioeconómico especifico infligido por los crímenes ambientales, en particular a grupos o personas con vulnerabilidades interseccionales.
