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Análisis Noticiosos

DM abona terreno para el pacto fiscal

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Con su plan de austeridad y el código ético, el presidente Medina comenzó a marcar el paso para un pacto fiscal que pondrá esta semana en manos del Consejo Económico Social”.

Tal como se había advertido, con su plan de austeridad y código de pautas éticas, el presidente Danilo Medina comenzó a abonar el terreno para un pacto fiscal que el próximo jueves 30 pondrá en manos del Consejo Económico Social que busca reactivar como instancia de concertación con los diversos sectores nacionales.

En las instancias de la sociedad civil se han acogido con esperanzas las propuestas gubernamentales de austeridad, pero se espera que aborde otras medidas complementarias en orden a la transparencia, prioridad y calidad del gasto para viabilizar una efectiva concertación social.

Buen paso adelante

Aunque con las reservas derivadas de planteamientos similares incumplidos por otros gobiernos, como los proclamados por Leonel Fernández en el 2004 y en la ley de austeridad para el 2007, el programa de restricción del gasto proclamado esta semana por el presidente Danilo Medina ha tenido buena acogida de los diversos sectores sociales y la opinión pública, con énfasis en la esperanza de que esta vez se cumpla.

El decreto 499-12, presentado en el Consejo de Gobierno ampliado del miércoles 22, contiene muchas de las restricciones al derroche público que vienen siendo demandadas por años, incluyendo algunas de las contempladas en el proyecto de ley de regulación salarial del sector público observado por el presidente Leonel Fernández en su última jornada como ejecutivo nacional, y que ya se había advertido que podían ser adoptadas administrativamente.

Las medidas de austeridad deberán ser aplicadas en todos los órganos de la administración central del Estado y de los organismos autónomos y descentralizados instituidos por leyes, con la excepción de los bancos de Reservas, Agrícola y de la Vivienda, aunque un párrafo adicionado al artículo 1 indica que esas entidades “deberán adoptar medidas de austeridad que sean compatibles con las actividades que desarrollan”. El decreto no fija temporalidad para sus restricciones, excepto en dos casos: para la adquisición de vehículos durante un año y para la remodelación de despachos y compra de mobiliario, por lo que resta del año.

La petición de adoptar la austeridad debió ser extendida también a los otros organismos y poderes del Estado, pues no se entiende por qué pueden seguir malversando recursos de los contribuyentes en fiestas, regalos, donaciones y contribuciones a relacionados, asignaciones sin límites de gastos de representación, de combustibles y dietas, en viajes o en uso de recursos y materiales para beneficio particular, prohibidos en el decreto presidencial. También deberían acogerse a la austeridad en los servicios de telecomunicaciones, energía y agua y en el uso de materiales lujosos en sus publicaciones y limitar la asignación de tarjetas de crédito.

Código de Pautas Éticas

Otro paso bien acogido fue el Código de Pautas Éticas con el que Danilo Medina compromete a los altos funcionarios a quienes puso a firmarlo, después de hacerlo él mismo, en demostración del énfasis que pone en promover la transparencia, la ética y la honradez en el manejo de la cosa pública para reducir niveles de malversación y corrupción que han llevado el país a ocupar el último escalón en esa materia dentro del índice de competitividad del Foro Económico Mundial entre 142 naciones.

El código contiene 18 compromisos éticos comenzando por someterse al imperio de la Constitución y la ley, lo que en otros países parecería redundante, pero incluye múltiples predicamentos encaminados a mejorar la transparencia de la gestión pública, y a reducir los márgenes por donde se cuela la corrupción y el enriquecimiento ilícito.

El punto 6 obliga a presentar la declaración jurada de bienes a más tardar 30 días después de asumir el cargo con la novedad de que deberá “demostrar el origen de los mismos antes, durante y después de haber finalizado mis funciones”.También presentar anualmente informes fiscales y la constancia de los compromisos tributarios.

Otro planteamiento importante es velar por la integridad de los procesos de compras y contrataciones públicas, asegurando que “los costos finales sean actuales, integrales y precisos”, y que se ejecuten observando nueve principios, entre ellos de eficiencia, igualdad, libre competencia, transparencia y economía. También rechazar dádivas, regalos o incentivos particulares y todo tráfico de influencia y prácticas que comprometan la moralidad pública.

Lo que no tuvo igual acogida en las redes sociales, radio y televisión fue la designación del doctor Vincho Castillo al frente de la nueva Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental que sustituye la inoperante Comisión Nacional de Ética y Combate a la Corrupción que él mismo presidió durante años. En el propio equipo de Medina hay relevantes figuras para ese cargo. Por demás Castillo polemizó con dos tercios de la sociedad en su defensa de los banqueros que quebraron el país en el 2003 y antes  en su esfuerzo por desconocer la elección democrática de 1978.

Ratificación de parcelas

El presidente Medina prosiguió esta semana designando los funcionarios de su gobierno a un ritmo que de mantenerse le tomaría meses. Cuarenta y seis funcionarios fueron nombrados entre lunes y viernes, en su mayoría ratificados.

Faltan centenares, incluyendo gobernadores, miembros de las juntas directivas y diplomáticos. Tendrá que definir la situación de los más de 300 viceministros y casi 200 vicecónsules.

La participación femenina se mantiene lejos de la equidad de género, con 18 de 132 nombramientos registrados hasta la tarde del viernes, equivalentes al 13.6 por ciento. A las cuatro ministras se han agregado nueve directoras y cinco subdirectoras de organismos.

Es relevante que los dirigentes de los partidos aliados al gobierno han sido ratificados todos en sus mismas posiciones, avalando la política de parcelación del poder implementada por el expresidente Fernández, lo que comenzó con Carlos Morales Troncoso en la cancillería, donde se trató de llevar al exvicepresidente Rafael Alburquerque. Pero el presidente del Partido Reformista habría reclamado continuar en la parcela que usufructúa desde hace 8 años.

También fueron ratificados como directores en sus respectivas parcelas del Estado los dirigentes reformistas Federico Antún (BNV), Modesto Guzmán (IMPOSDOM) y Humberto Salazar (en la CERSS). También Luis Acosta Moreta, de la UDC en  la ODC, Rafael Peguero Méndez, del PPC, en INDESUR, Vincho Castillo y José Ricardo Taveras, de la FNP, en la Dirección General de Ética y la Dirección General de Migración. Elías Wessin Chávez, del PQD, quedó en Bienes Nacionales, Pedro Corporán, del PUN,  en el IDECOOP, José Francisco Peña Tavárez, del BIS, seguirá dirigiendo la Lotería Nacional y Miguel Mejía ministro sin cartera.

Ya viene el difícil pacto fiscal

Para el próximo jueves 30 está programado un encuentro del presidente Medina con el Consejo Económico Social (CES), una instancia que reúne a representantes de los sectores empresariales, sindicales y sociales, bajo la presidencia de Monseñor Agripino Núñez Collado. Se espera que allí sean presentados los lineamientos fundamentales de lo que sería el Paco Fiscal que plantea el

De hecho ya los trabajos de concertación comenzaron el lunes 20 con una reunión de la Comisión Ejecutiva del CES con técnicos gubernamentales, al frente de los cuales está el influyente ministro de la presidencia Gustavo Montalvo. También integrarán la comisión gubernamental los ministros de Economía y Hacienda, el gobernador del Banco Central y los directores de Impuestos Internos y de Presupuesto. El gobierno ofreció una demostración de apertura al proponer como coordinadores y relatores del diálogo social a tres economistas íntimamente vinculados a la sociedad civil, como lo son Isidoro Santana, Pavel Isa Contreras y Javier Cabreja.

Como punto de partida se espera que el gobierno ponga en claro su situación fiscal y señale hasta dónde está dispuesto a llegar en el recorte del gasto público, más allá de lo que representa su decreto de austeridad. Si no lo hace, están dispuestos a plantearlo los sectores empresariales y sociales que desde hace años vienen reclamando mejorar la eficiencia recaudatoria y las prioridades y la calidad del gasto público en orden a la producción y la competitividad.

Sin pretender una reducción significativa de la nómina pública, los expertos de la sociedad civil creen que por lo menos hay que suprimir organismos inoperantes como la Corporación de Empresas Estatales y la Comisión para Reforma de la Empresa Pública, y refundir múltiples entidades con funciones similares, por ejemplo los de asistencialismo y de tránsito terrestre.

Se espera que para justificar nuevas cargas impositivas supriman las nominillas y “repartos sociales clientelares” que han proliferado hasta en entidades como la Dirección de Migración o la Superintendencia de Seguros. Lo mismo los barrilitos y cofrecitos sociales de los legisladores, los centenares de viceministros, subdirectores y vicecónsules, y los 70 generales militares sin funciones y 20 de la policía.

Los sectores sociales llegarán a la concertación con la convicción de que esta vez la reforma tiene que ser fiscal e integral, no como las resultantes de los intentos de esta década que concluyeron en seis parches tributarios. La del 2006 conllevó hasta una ley de austeridad, promulgada el 28 de diciembre de ese año (Día de los Inocentes) para no cumplirla en absoluto. Esta vez no nos cogerán de inocentes, advierte un dirigente de una importante entidad social.

 

Artículo  originalmente publicado en el periódico HOY.

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Análisis Noticiosos

La jurisdicción contenciosa administrativa, una caricatura del sistema de justicia.

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Por José Cabral.

En una sociedad como la dominicana, donde los antivalores aparecen en todos los escenarios, fruto de una herencia histórico- cultural fundamentada en el caudillismo, el machismo, el patriarcado, el amiguismo, entre otras distorsiones, es lo que explica que el país haya caído en dictaduras férreas como las de Pedro Santana, Ulises Heureaux (Lilí y la de Rafael Leónidas Trujillo Molina.

Esta vocación dictatorial todavía perdura en muchos dominicanos, ya que, aunque se salió de esos gobiernos violadores de derechos humanos fundamentales, pero aún perdura la tendencia en el país, máxime cuando una persona adquiere cierta autooridad a través de la administración pública, la inclinación por las arbitrariedades que provienen del poder.

Entonces, a partir de esa premisa se puede decir que la jurisdicción contenciosa administrativa juega un papel de primer orden en el sistema de justicia nacional, porque tiene la sagrada misión de juzgar a la administración frente a los abusos que se cometen en contra del administrado.

Los avances en esta rama del derecho que se observan en los textos de las leyes 13-07 y 107-13, las cuales son una continuación de lo que consignan los artículos 164 y 167 de la Constitución de la Republica, no parecen que jueguen su papel en el marco del proceso de constitucionalización del derecho que se produce en el país desde el año 2010.

La jurisdicción contenciosa administrativa parece que se ha quedado estacionaria en lo que disponía la Ley 1494 de que a través de ella la administración se juzgaba a sí misma, mediante la llamada justicia tenida, ya que sus sentencias son una especie de bochorno y evitan que el ciudadano pueda recurrir en contra de la conducta abusiva del funcionario público.

Las sentencias de los jueces de la jurisdicción contenciosa administrativa son la principal frustración y negación del proceso de constitucionalización del derecho, cuyas ponderaciones dejan mucho que desear y son decepcionantes para que el administrado logre sobreponerse a los atropellos de la administración que ya no encajan en el contexto del neo-constitucionalismo.

Naturalmente, hay que decir que el fenómeno no es exclusivo de la jurisdicción contenciosa administrativa, sino de todo el sistema de justicia, en el que se observa que se producen graves violaciones a la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, así como de principios como el de celeridad procesal, el plazo razonable que devienen en justicia tardía, que no es otra cosa que denegación de justicia.

Todo este cuadro dice claramente que en el país todavía no se ha superado la denominada constitución de fachada, es decir, que la misma es muy bonita en el papel, pero que la práctica es una negación de ella, lo cual deja muy mal parada a la democracia nacional.

Sin embargo, hay que ratificar que lo que se observa en la jurisdicción contenciosa administrativa llena de vergüenza a los que de alguna manera abogan por una mejor administración de justicia, cuyas principales decisiones casi siempre terminan en nulidad mediante los recursos de revisión en esta materia elevados ante el Tribunal Constitucional (TC)

Lo interesante de las debilidades que se observan en todo el sistema de justicia es que en los discursos de los que lo representan, como el presidente de la Suprema Corte de Justicia, el país camina tan bien en esta materia que habría que compararlo con las naciones donde el estado de derecho tiene un real y contundente empoderamiento.

¿Percepción o realidad?

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Análisis Noticiosos

Una Constitución de fachada.

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Por José Cabral

En la República Dominicana se estila hablar de que en el país se ha avanzado en lo referente al Estado Social Democrático de Derecho, lo cual sólo existe en la cabeza de los que se la pasan proyectando una percepción que nada tiene que ver con la realidad.

Puede decirse que el proceso de constitucionalización del derecho se produce en el papel, pero no en la realidad, lo que crea una serie de incertidumbres en la sociedad.

La jurisdicción contenciosa administrativa es una que no hay forma de que tenga un desempeño en función de una buena administración de justicia, porque si el funcionario público incurre en graves violaciones de los derechos fundamentales, peor pasa con los jueces de la misma, quienes no hay forma de que demuestren que se manejan en función del impacto de los valores y principios constitucionales en sus decisiones, lo cual es definitivamente una negación de los supuestos avances en esta materia.

Las sentencias de la jurisdicción contenciosa administrativa son una especie de caja de resonancia de los pedidos en sus conclusiones de la  Procuraduría General Administrativa, cuyos contrasentidos jurídicos son el pan de cada día en las audiencias de sus diferentes salas, lo que impacta negativamente al ciudadano.

Por el momento quiero reproducir una carta enviada al presidente del Tribunal Superior Administrativa ante una decisión tomada en virtud de la solicitud de una medida cautelar frente a los abusos que comete la empresa Distribuidora del Norte (EDENORTE) en contra de los usuarios.

Sin embargo, la falta de razonabilidad y racionalidad de los jueces del Tribunal Superior Administrativo (TSA), principalmente de su presidente, causa más indignación que los atropellos que comete el órgano del Estado que maneja la referida empresa.

A continuación reproduzco la carta enviada al presidente del TSA a propósito de su sentencia mediante la cual niega una medida cautelar, cuyo razonamiento, aparte de ridículo, revela hasta donde en el país se cuenta con una Constitución de fachada, cuyo respeto a los derechos fundamentales sólo existe en el texto, pero no en la realidad.

Señor

Magistrado Diomedes Y. Villalona G.

Presidente del Tribunal Superior Administrativo

Magistrado Villalona:

La presente es para dejar sentada mi indignación por la reiteración de decisiones que dejan muy mal parada a la jurisdicción contenciosa administrativa en la República Dominicana, cuyo desempeño deja mucho que desear, a pesar de que se enarbola que su base de sustentación es el nuevo constitucionalismo que se rige por valores y principios.

El mejor ejemplo de que la jurisdicción contenciosa administrativa se maneja con un nivel de razonabilidad y de racionalidad que no supera lo que ocurre en los juzgados de paz o tribunales inferiores, donde las decisiones son generalmente muy superficiales y carentes de una aceptable ponderación, es la sentencia emitida y que genera la presente comunicación.

La última joya del presidente del Tribunal Superior Administrativo ante los abusos cometidos por la Distribuidora de Electricidad del Norte (EDENORTE), la cual ha incurrido en una serie de atropellos que revelan que los derechos de los consumidores y de los administrados están en manos de juzgadores que sólo sirven como caja de resonancia de los funcionarios públicos que actúan al margen de la Ley 13-07 y de la 107-13, así como de la 1494, ya que su misión no parece ser otra que imponer una carga procesal y económica que se agrava cuando  finalmente se emite un fallo carente de toda lógica jurídica en detrimento del impetrante y en favor del impetrado..

En este sentido, he querido dejar sentado mi rechazo al comportamiento y el daño que genera esta jurisdicción contenciosa administrativa en detrimento de un buen derecho, de una buena administración de justicia, que deteriora la  imagen del sistema de justicia en la República Dominicana, dado que en el fallo se establece qué tan grande es su falta de razonabilidad al negar una medida cautelar en virtud de un corte del servicio de electricidad que lleva varios meses bajo el argumento de que no se aportaron pruebas de que el recurrente no tiene el referido servicio, pese a que  la propia ley ofrece la respuesta al respecto.

Cómo se puede entender semejante decisión, ya que es un contrasentido que el recurrente diga que se le cortó arbitrariamente el servicio de energía eléctrica y que mediante la medida cautelar solicite la reconexión del mismo, pero que, en un choque con cualquier razonamiento lógico, máxime cuando la parte recurrida no ha invocado lo contrario de lo alegado por el cliente, el tribunal niegue el pedido sustentándose en que no se aportaron las pruebas al respecto, sobre todo cuando el órgano se niega a entregar documentos que comprometan su irresponsabilidad e ilegalidad.

La realidad es que ese desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa es una vergüenza ante el proclamado empoderamiento del neoconstitucionalismo, que se basa en la aplicación de valores y principios que van de las manos con los derechos humanos fundamentales.

La decisión tomada en torno a la medida cautelar es una especie de anuncio anticipado de que el recurso que tiene que ver con el fondo también será fallado en contra, en razón de que, como digo más arriba, la decisión tomada deja muy claro que las acciones de cualquier administrado es un esfuerzo perdido por los criterios con que se maneja la jurisdicción contenciosa administrativa en el país, convirtiéndose en una vergüenza para el derecho comparado, interamericano e internacional.

El mejor consejo para cualquier administrado abusado por la administración es desistir de buscar justicia en la jurisdicción contenciosa administrativa por representar una vergüenza para el sistema de justicia nacional, ya que como lo dije más arriba sus decisiones están determinadas por los contrasentidos jurídicos que invoca generalmente la Procuraduría General Administrativa, cuyos procesos para lo único que sirven es para aumentar la carga procesal y costos económicos en desfavor del  ciudadano a través de notificaciones arbitrarias y abusivas.

Este desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa, la cual todavía está estacionaria en la llamada justicia retenida, mediante la cual la administración se juzga a sí misma y cuyos jueces eran designados por el Poder Ejecutivo, igual que el que preside la Procuraduría General Administrativa, llena de vergüenza a cualquier buen dominicano, dado que  se supone que el Tribunal Superior Administrativa está bajo el control y la tutela de la Suprema Corte de Justicia en virtud del mandato de la Ley 13-07.

Evidentemente que la decisión de negar la medida cautelar tiene el propósito de condenar al fracaso la demanda principal en razón de que impone que el recurrente tenga que negociar con EDENORTE para restablecer el servicio y de ese modo disponer la inadmisibilidad de la misma por existir un acuerdo que deja sin sentido el pedido principal de la parte recurrente que, entre otras cosas, busca una indemnización por los daños morales y materiales causados.

No está de más recordar que el artículo 22 de la Ley 107-13 sobre Derechos de las Personas ante la Administración y el derecho a la defensa establece que la administración debe probar sus alegatos. El procedimiento sancionador obliga a la administración a sustentar la validez de sus actos y pruebas, además que existe la carga de la prueba que en los procedimientos sancionadores la administración pública tiene la obligación de probar los hechos que fundamentan sus decisiones contra un ciudadano en función del principio de legalidad, ya que el funcionario público está limitado por las normas de procedimiento y la Constitución, no pudiendo actuar sin sustento probatorio, ya que la presunción de validez no es absoluta.  Otro principio violado por la jurisdicción contenciosa administrativa es el de celeridad, consignado en el artículo 19 de la Ley 107-13, en cuya virtud las actuaciones administrativas se realizarán optimizando el uso del tiempo, resolviendo los procedimientos en plazo razonable que, en todo caso, no podrá superar los dos meses a contar desde la presentación de la solicitud en el órgano correspondiente, salvo que la legislación sectorial indique un plazo mayor. En especial, las autoridades impulsarán oficiosamente los procedimientos e incentivarán el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones a los efectos de que los procedimientos se tramiten con diligencia y sin dilaciones injustificadas, de manera escrita o a través de técnicas y medios electrónicos.  La medida cautelar solicitada por el impetrante  fue fallada en contra de lo que dispone al articulo 7 de la Ley 13-07, Orgánica del Tribunal Superior Administrativo, la cual se conoció el 16 de diciembre y fue fallada el 22 de enero, pese a que se habla de cinco días después  de la celebrada la audiencia en la que las partes plantean sus conclusiones, principalmente cuando hay una afectación mayor, porque el recurrente no tiene servicio de energía eléctrica y que en consecuencia todas las labores comerciales y empresariales están paralizadas y la reactivación está determinada por el fallo de la misma.

Este es un ejemplo de que en el país existe una Constitución de fachada que niega los supuestos avances y fortalecimiento del Estado Social Democrático de Derecho, lo cual es una explicación de que República Dominicana es una sociedad que vive más de la percepción que de la realidad.

Sin otro particular,

José Antonio Cabral Salcedo.

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Análisis Noticiosos

Santo Domingo está entre los destinos para viajar en 2026, según la BBC de Londres

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Santo Domingo figura entre los destinos recomendados para viajar en el año 2026, de acuerdo con una selección especial de BBC Travel, que destaca destinos mundiales con capacidad para  de ofrecer experiencias mientras promueven el turismo sostenible y la preservación del patrimonio cultural.

La capital dominicana aparece en una lista que incluye 11 destinos internacionales, cinco de ellos ubicados en América Latina, elegidos a partir de recomendaciones de periodistas de la BBC, expertos en viajes y autoridades globales en turismo responsable.

El criterio central fue identificar lugares que reciben al visitante con entusiasmo y donde el impacto del turismo sea positivo y duradero.

Según la BBC2026 será un año clave para Santo Domingo, ya que la ciudad albergará los Juegos Centroamericanos y del Caribe, del 24 de julio al 8 de agosto, en el marco del centenario de la competencia. Este evento reunirá a atletas de 37 países y ha impulsado una serie de mejoras urbanas y deportivas en la capital.

Asimismo, el Centro Olímpico Juan Pablo Duarte fue modernizado, incorporando infraestructura inclusiva como senderos de pavimentación táctil para personas con discapacidad visual.

La BBC subraya que Santo Domingo ofrece mucho más que historia. La ciudad es el epicentro del merengue y la bachata, ritmos que marcan el pulso de celebraciones como el Carnaval de febrero y el Festival del Merengue.

En 2026, además, regresan grandes citas musicales como el Isle of Light, en marzo, y el Presidente Festival, que vuelve tras una pausa de una década como uno de los eventos musicales más emblemáticos de América Latina.

Puerta al ecoturismo del Caribe

BBC Travel también resalta la conexión de Santo Domingo con Samaná, conocida por sus calas, selvas tropicales y aguas turquesas. El hotel Ocama, por ejemplo, ofrece traslados en helicóptero desde la capital hacia esta región, facilitando el acceso a uno de los destinos naturales más atractivos del país.

Otros destinos citados por la BBC, según el orden alfabético

  •   Abu DhabiEmiratos Árabes Unidos
  •   Costa de OregónEstados Unidos
  •   Costa Rica
  •   GuimarãesPortugal
  •   Islas HébridasEscocia
  •   IshikawaJapón
  •   LoretoBaja California SurMéxico
  •   Montenegro
  •   Uruguay
  •  Valle de ColchaguaChile

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