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Los diputados que menos asistieron a las sesiones legislativas
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8 años agoon
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LA REDACCIÓNEntre los legisladores que menos asisten a las sesiones de la Cámara de Diputados figuran miembros de los partidos PLD, PRM, PRD, MODA y otros
SANTO DOMINGO. El Congreso Nacional tiene la facultad de legislar y fiscalizar la administración pública en representación del pueblo, que le elige mediante voto popular, por lo que sus miembros tienen la obligación por mandato de la Constitución de asistir a las sesiones para velar que esto se cumpla. Sin embargo, no todos asisten con la frecuencia que deberían.
Al respecto la Constitución dominicana es clara y específica en su artículo 88 que “las y los legisladores deben asistir a las sesiones de las legislaturas”, así como someterse al régimen de inhabilidades e incompatibilidades de ocupaciones que les impide ejercer cualquier otra función pública o privada que no fuese la docencia.
Además, establece que “quienes incumplan lo anterior perderán su investidura, previo juicio político de acuerdo con las normas instituidas por esta Constitución y los reglamentos (del Congreso) y no podrán optar por una posición en el Congreso Nacional dentro de los diez años siguientes a su destitución”.
“Durante las legislaturas ordinarias los diputados deben registrar una asistencia no menor del setenta por ciento de las sesiones efectuadas”
En el caso de la Cámara de Diputados, compuesta por 190 representantes de distintas demarcaciones del país y de la diáspora, su reglamento interno refiere en su artículo 25 que los legisladores deben “asistir puntualmente a la hora fijada para las sesiones y permanecer en ellas hasta su término”.
“Durante las legislaturas ordinarias los diputados deben registrar una asistencia no menor del setenta por ciento de las sesiones efectuadas”, instruye el Reglamento de la Cámara de Diputados.
Dicho reglamento da facultades a su Consejo de Disciplina a iniciar el proceso que indica el artículo 83 de la Constitución, en su numeral 1, de acusar ante el Senado a aquellos funcionarios “por la comisión de faltas graves”.
El mismo reglamento tiene algunas excepciones para otorgar una “excusa legítima”, como es el caso de fallecimiento de un familiar, indisposición por enfermedad, licencia concedida por la Cámara de Diputados, realización de trabajos encargados en las comisiones o para las gestiones oficiales en representación de la Cámara.
De acuerdo al registro de asistencia de la Cámara de Diputados que abarca desde el 16 de agosto del año 2016 al 15 de agosto del 2017, estos son los diez legisladores que más ausencias registraron desde el día 16 de agosto de 2016 al 12 de enero de 2018:
Bernardo Alemán RodríguezBernardo Alemán Rodríguez, diputado por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), faltó a 73 de 84 sesiones (desde el 16/08/2016 al 15/08/2017) de las que en 50 ocasiones no presentó ninguna excusa para un promedio de 40% de asistencia.
En el último período (del 16/082017 al 12/01/2018) Alemán Rodríguez registró una inasistencia de 33 ocasiones, de las cuales 19 no tuvieron ninguna excusa para un 47 por ciento.
Elvin Antonio FulgencioElvin Fulgencio, diputado por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), tiene un registro de 52 ausencias en 84 sesiones (desde el 16/08/2016 al 15/08/2017), de las cuales en 27 ocasiones no presentó ninguna excusa y tuvo un promedio asistencial de 68%.
El legislador peledeísta faltó sin presentar excusas en 24 ocasiones (del 16/082017 al 12/01/2018) con apenas 12 asistencias en 36 sesiones ordinarias para un promedio de asistencia de un 33%.
Rubén Darío Luna MartínezRubén Darío Luna Martínez, diputado por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), faltó a 74 de 84 sesiones (del 16/082017 al 12/01/2018) en las cuales presentó excusas. Ha asistido apenas a diez sesiones aunque su promedio es de un 100 por ciento.
Martínez es diputado de ultramar y en el último período (del 16/082017 al 12/01/2018) sólo asistió a 7 sesiones, mientras se excusó en 29 de las 36 sesiones.
Héctor Ramón Peguero MaldonadoHéctor Ramón Peguero Maldonado, del Movimiento Democrático Alternativo (MODA), tuvo 42 ausencias (del 16/082017 al 12/01/2018) con 35 excusas y un total de 42 asistencias con un promedio de 92 por ciento.
En el último período, Peguero Maldonado, faltó en las 36 ocasiones por las cuales se excusó a su vez, por lo que pese a no asistir mantuvo un porcentaje de asistencia de un 100%.
Jacqueline MonteroJacqueline Montero, diputada del Partido Revolucionario Moderno (PRM), tuvo un total de 41 ausencias (del 16/082017 al 12/01/2018), 37 de estas con excusas y cuatro sin excusar. Mantiene un récord de asistencias de un 95%.
Aciris Milciades Medina BáezAciris Milciades Medina Báez, diputado por el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), se ausentó un total de 39 veces del 16/082017 al 12/01/2018), 32 de ellas con excusas y un promedio de 92 % de asistencia.
Miguel Ángel Peguero MéndezMiguel Ángel Peguero Méndez, Partido Popular Cristiano (PPC), estuvo ausente en 42 ocasiones (del 16/082017 al 12/01/2018), seis de ellas sin excusas. Pese a tener registro de 42 asistencias a las sesiones legislativas, mantuvo un 93 % de asistencias.
Rafaela Alburquerque de GonzálezRafaela Alburquerque de González, diputada por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), estuvo ausente durante 31 sesiones (del 16/082017 al 12/01/2018), de las cuales presentó excusas en 18 ocasiones. Sus 53 asistencias efectivas le valieron un porcentaje de 85% del registro asistencial.
Eduard Jorge GómezEduard Jorge Gómez del Partido Revolucionario Moderno (PRM), tuvo un total de 36 ausencias (del 16/082017 al 12/01/2018). Aunque solo asistió en 48 ocasiones de las 84 sesiones celebradas, mantuvo un porcentaje asistencial de 92%.
diariolibre.com
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Juez evaluará este miércoles solicitud de Pepca para extender investigación del caso Senasa.
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6 horas agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Deiby Peguero, juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, fijó para este miércoles el conocimiento de la solicitud de prórroga de cuatro meses presentada por el Ministerio Público para concluir la investigación y depositar la acusación contra el exdirector del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), Santiago Marcelo Hazim, y los demás implicados en el caso Cobra.
La solicitud de prórroga fue depositada por fiscales de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), con el propósito de analizar minuciosamente las evidencias recabadas durante allanamiento. Así lo informó recientemente el procurador adjunto, Wilson Camacho.
Camacho indicó que la institución cuenta con un equipo especializado dedicado al estudio del contenido de 16,800 cajas de documentos ocupadas durante los recientes operativos de intervención como parte de la investigación que realiza del caso.
El exdirector de SeNaSa, Santiago Marcelo Hazim, junto a otros imputados, es señalado de conformar una estructura criminal que habría perpetrado un desfalco superior a RD$15 mil millones en perjuicio del Estado dominicano, a través de la entidad pública de salud.
Además de Hazim, figuran como imputados Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya Pérez, Rafael Luis Martínez Hazim, Ramón Alan Speakler Mateo, Ada Ledesma Ubiera, Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidi Mariela Pineda Perdomo, quienes cumplen distintas medidas de coerción impuestas en diciembre de 2025.
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Asesino de conductor de camión recolector de basura es apresado en Jamaica.
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6 horas agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Jhovanny de Jesus Metz Crus, conocido como «Macho», señalado como el principal sospechoso de la muerte del conductor Deivy Carlos Abreu Quezada, quien falleció luego de ser atacado por una turba de motociclistas durante una persecución, fue apresado en Jamaica.
La información fue confirmada a Diario Libre por una fuente de la Procuraduría General de la República (PGR).
De acuerdo con las investigaciones, «Macho» habría sido quien presuntamente propinó varias estocadas a Abreu Quezada durante el ataque ocurrido el pasado 17 de abril en el parqueo del Palacio de Justicia de Santiago, donde la víctima intentó refugiarse tras ser perseguida durante varios kilómetros por un grupo de motociclistas.
En principio, se informó que la persecución se produjo a raíz de un incidente de tránsito.
Posteriormente, trascendió que la agresión habría sido motivada por una presunta deuda económica que el conductor mantenía con sus atacantes.
Visado a JamaicaEn marzo pasado, Jamaica eliminó el requisito de visa para los dominicanos que viajen a ese país por turismo o negocio por un periodo de 180 días.
Mets Cruz también enfrenta un proceso judicial por las heridas de bala ocasionadas en 2023 al sargento de la Policía Nacional Christopher Almánzar García, adscrito a la unidad SWAT.
El imputado no se presentó al juicio de fondo pautado para el miércoles 20 de mayo ante el Cuarto Tribunal Colegiado de Santiago, por lo que la sala ordenó declararlo en rebeldía y activar las consecuencias legales correspondientes.
En ese expediente, Mets Cruz enfrenta acusaciones por intento de homicidio y asociación de malhechores.
El hecho ocurrió el 7 de mayo de 2023 en el sector El Ejido, de Santiago.
Durante el incidente, el sargento Almánzar García sufrió fracturas en el fémur y la rodilla izquierda, mientras que su sobrino, Jeison Willian Almánzar Núñez, resultó herido en la pierna izquierda cuando intentaba auxiliarlo.
Según las informaciones ofrecidas en el tribunal, Mets Cruz cumplía medidas de coerción consistentes en presentación periódica, impedimento de salida del país y orden de alejamiento de las víctimas.
Tras su incomparecencia al juicio, el tribunal dispuso su declaratoria en rebeldía, mientras las autoridades activaron su búsqueda.
Ahora, con su detención en Jamaica, las autoridades dominicanas deberán realizar las gestiones correspondientes para establecer su eventual retorno al país y que responda ante la justicia por los procesos que tiene pendientes.
Formalmente no hay un tratado de extradición entre República Dominicana y Jamaica. El intercambio judicial y la colaboración policial se apoyan en organismos internacionales como Interpol.
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Tribunal Constitucional rechaza amparo contra embargo inmobiliario.
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6 horas agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Declaro inadmisible el Tribunal Constitucional (TC) por notoria improcedencia, la acción de amparo interpuesta por el empresario Alexander Montilla Sierra, con la que pretendía suspender un proceso de embargo inmobiliario en su contra y obtener la reposición de los plazos procesales de dicho caso.
La Alta Corte, mediante la sentencia TC/0784/26, tomó la decisión al rechazar la acción presentada por el cuñado del expresidente Danilo Medina contra la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y la señora Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.
La decisión fue aprobada por la mayoría de los jueces del pleno. Por su parte, el magistrado José Alejandro Vargas se inhibió de participar en la deliberación y el fallo, debido a que intervino en el proceso en su anterior condición de juez del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, cuando conoció una medida de coerción vinculada al caso penal.
El caso se remonta a una investigación de la PEPCA dirigida contra Alexander Montilla Sierra y su hermano Maxy Gerardo, junto a otras personas físicas y jurídicas. Las indagatorias se originaron en una de las líneas de investigación de la Operación Antipulpo, por presuntos actos de corrupción y lavado de activos relacionados con contratos públicos y licitaciones irregulares.
En esas pesquisas, la jueza coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero, autorizó entre diciembre de 2020 y enero de 2021 la inmovilización de fondos y la oposición a transferencias de bienes muebles e inmuebles de los investigados.
Según el expediente, estas medidas dejaron a Alexander Montilla Sierra sin capacidad para disponer de su patrimonio, impidiéndole honrar un pagaré notarial por RD$20,000,000.00 suscrito en 2018 con Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.
Ante el incumplimiento de pago, Castillo de los Santos inició en 2021 un proceso de embargo inmobiliario sobre dos propiedades de Montilla Sierra: una unidad en el condominio Terrazas del Mirador II y un apartamento en el condominio Karla I.
Tras un acuerdo de colaboración entre Maxy Montilla y la PEPCA, la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción autorizó, mediante auto del 12 de diciembre de 2025, el levantamiento parcial de las oposiciones e inmovilizaciones. La PEPCA tramitó la ejecución de dicha orden ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Superintendencia de Bancos el 30 de diciembre de 2025.
El 6 de febrero de 2026 antes de tener conocimiento formal del levantamiento, notificado por la DGII el 17 de febrero, Alexander Montilla interpuso una acción de amparo en la que solicitó la publicidad registral de las oposiciones, la suspensión del embargo inmobiliario y la reposición de los plazos procesales.
La Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional declaró inadmisible dicha acción el 3 de marzo de 2026 (Sentencia núm. 037-2026-SSEN-00109), al considerar que había perdido su objeto tras el levantamiento parcial de las medidas.
Montilla Sierra recurrió el fallo ante el Tribunal Constitucional alegando vulneraciones al debido proceso, la tutela judicial efectiva, el derecho de propiedad, la igualdad de armas y el principio de inviolabilidad de las nulidades constitucionales, entre otros.
El TC coincidió en que la sentencia de primera instancia era errónea, pero por una razón distinta a la planteada por el recurrente: consideró que el juez de amparo no debió declarar la inadmisibilidad por «falta de objeto», sino por «notoria improcedencia». Esto se apoya en su jurisprudencia reiterada, la cual establece que el amparo no puede utilizarse para suspender, modificar o dejar sin efecto decisiones dictadas por otro tribunal en un proceso judicial ordinario en curso.
En consecuencia, el TC revocó la sentencia recurrida y, actuando directamente sobre el fondo de la acción original, concluyó que las pretensiones de Montilla Sierra excedían el ámbito del amparo. De concederlas, el juez constitucional estaría sustituyendo a la jurisdicción ordinaria en la conducción de un proceso iniciado desde el año 2021.
El tribunal señaló que cualquier objeción sobre la falta de publicidad de las oposiciones administrativas debió plantearse oportunamente ante el propio juez del embargo, mediante los mecanismos procesales correspondientes.
Cabe destacar que el Ministerio Público obtuvo la homologación de un acuerdo bajo el criterio de oportunidad, mediante el cual Maxy Gerardo Montilla Sierra y un grupo de sus empresas aceptaron su responsabilidad penal y autorizaron el decomiso de RD$2,000 millones en efectivo a favor del Estado dominicano.
El acuerdo, homologado por el juez Raymundo Mejía del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, compromete a Montilla a pagar una indemnización de RD$600 millones a las distribuidoras de electricidad EdeEste, EdeSur y EdeNorte, en resarcimiento por los perjuicios ocasionados.
Asimismo, contempla la disolución en un plazo de dos años de las empresas Transformadores Solomon Dominicana, S.A.S., Electrocable Aluconsa, S.A.S., NSD, Importaciones Diversas, SRL, Distribuidora de Materiales Eléctricos FEE, SRL, Distribuidora Eléctrica Henan Jinshui, SRL, Importadora Eaglerise, SRL, TLC Negocios Globales, SRL, Watmax Lighting, SRL, Herrajes Eléctricos RPC, SRL, y MG Solomon Corporation.
También fija el pago de RD$431,816,307.90 a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y el decomiso de un terreno de 200.18 metros cuadrados ubicado en la avenida Roberto Pastoriza núm. 2, Ensanche Naco, valorado en RD$50,901,692.13.
Por el caso Antipulpo, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Alexis Medina, hermano del expresidente Danilo Medina, a siete años de prisión en el centro penitenciario de Najayo.
La decisión fue recurrida y está pendiente de revisión para el próximo 8 de septiembre en la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Otros imputados recibieron penas menores y algunos fueron declarados noculpables, entre ellos Magaly Medina.
