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Tribunal Constitucional rechaza amparo contra embargo inmobiliario.

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Santo Domingo, R.D.-Declaro inadmisible el Tribunal Constitucional (TC) por notoria improcedencia, la acción de amparo interpuesta por el empresario Alexander Montilla Sierra, con la que pretendía suspender un proceso de embargo inmobiliario en su contra y obtener la reposición de los plazos procesales de dicho caso.

La Alta Corte, mediante la sentencia TC/0784/26, tomó la decisión al rechazar la acción presentada por el cuñado del expresidente Danilo Medina contra la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y la señora Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.

La decisión fue aprobada por la mayoría de los jueces del pleno. Por su parte, el magistrado José Alejandro Vargas se inhibió de participar en la deliberación y el fallo, debido a que intervino en el proceso en su anterior condición de juez del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, cuando conoció una medida de coerción vinculada al caso penal.

El caso se remonta a una investigación de la PEPCA dirigida contra Alexander Montilla Sierra y su hermano Maxy Gerardo, junto a otras personas físicas y jurídicas. Las indagatorias se originaron en una de las líneas de investigación de la Operación Antipulpo, por presuntos actos de corrupción y lavado de activos relacionados con contratos públicos y licitaciones irregulares.

En esas pesquisas, la jueza coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero, autorizó entre diciembre de 2020 y enero de 2021 la inmovilización de fondos y la oposición a transferencias de bienes muebles e inmuebles de los investigados.

Según el expediente, estas medidas dejaron a Alexander Montilla Sierra sin capacidad para disponer de su patrimonio, impidiéndole honrar un pagaré notarial por RD$20,000,000.00 suscrito en 2018 con Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.

Ante el incumplimiento de pago, Castillo de los Santos inició en 2021 un proceso de embargo inmobiliario sobre dos propiedades de Montilla Sierra: una unidad en el condominio Terrazas del Mirador II y un apartamento en el condominio Karla I.

Tras un acuerdo de colaboración entre Maxy Montilla y la PEPCA, la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción autorizó, mediante auto del 12 de diciembre de 2025, el levantamiento parcial de las oposiciones e inmovilizaciones. La PEPCA tramitó la ejecución de dicha orden ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Superintendencia de Bancos el 30 de diciembre de 2025.

El 6 de febrero de 2026 antes de tener conocimiento formal del levantamiento, notificado por la DGII el 17 de febrero, Alexander Montilla interpuso una acción de amparo en la que solicitó la publicidad registral de las oposiciones, la suspensión del embargo inmobiliario y la reposición de los plazos procesales.

La Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional declaró inadmisible dicha acción el 3 de marzo de 2026 (Sentencia núm. 037-2026-SSEN-00109), al considerar que había perdido su objeto tras el levantamiento parcial de las medidas.

Montilla Sierra recurrió el fallo ante el Tribunal Constitucional alegando vulneraciones al debido proceso, la tutela judicial efectiva, el derecho de propiedad, la igualdad de armas y el principio de inviolabilidad de las nulidades constitucionales, entre otros.

El TC coincidió en que la sentencia de primera instancia era errónea, pero por una razón distinta a la planteada por el recurrente: consideró que el juez de amparo no debió declarar la inadmisibilidad por «falta de objeto», sino por «notoria improcedencia». Esto se apoya en su jurisprudencia reiterada, la cual establece que el amparo no puede utilizarse para suspender, modificar o dejar sin efecto decisiones dictadas por otro tribunal en un proceso judicial ordinario en curso.

En consecuencia, el TC revocó la sentencia recurrida y, actuando directamente sobre el fondo de la acción original, concluyó que las pretensiones de Montilla Sierra excedían el ámbito del amparo. De concederlas, el juez constitucional estaría sustituyendo a la jurisdicción ordinaria en la conducción de un proceso iniciado desde el año 2021.

El tribunal señaló que cualquier objeción sobre la falta de publicidad de las oposiciones administrativas debió plantearse oportunamente ante el propio juez del embargo, mediante los mecanismos procesales correspondientes.

Cabe destacar que el Ministerio Público obtuvo la homologación de un acuerdo bajo el criterio de oportunidad, mediante el cual Maxy Gerardo Montilla Sierra y un grupo de sus empresas aceptaron su responsabilidad penal y autorizaron el decomiso de RD$2,000 millones en efectivo a favor del Estado dominicano.

El acuerdo, homologado por el juez Raymundo Mejía del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, compromete a Montilla a pagar una indemnización de RD$600 millones a las distribuidoras de electricidad EdeEste, EdeSur y EdeNorte, en resarcimiento por los perjuicios ocasionados.

Asimismo, contempla la disolución en un plazo de dos años de las empresas Transformadores Solomon Dominicana, S.A.S., Electrocable Aluconsa, S.A.S., NSD, Importaciones Diversas, SRL, Distribuidora de Materiales Eléctricos FEE, SRL, Distribuidora Eléctrica Henan Jinshui, SRL, Importadora Eaglerise, SRL, TLC Negocios Globales, SRL, Watmax Lighting, SRL, Herrajes Eléctricos RPC, SRL, y MG Solomon Corporation.

También fija el pago de RD$431,816,307.90 a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y el decomiso de un terreno de 200.18 metros cuadrados ubicado en la avenida Roberto Pastoriza núm. 2, Ensanche Naco, valorado en RD$50,901,692.13.

Por el caso Antipulpo, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Alexis Medinahermano del expresidente Danilo Medina, a siete años de prisión en el centro penitenciario de Najayo.

La decisión fue recurrida y está pendiente de revisión para el próximo 8 de septiembre en la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Otros imputados recibieron penas menores y algunos fueron declarados noculpables, entre ellos Magaly Medina.

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Peritos atribuyen a sobrecarga el colapso del techo del Jet Set

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Los tres especialistas presentados por la acusación sostienen que el peso añadido sobre la estructura habría provocado una fatiga progresiva de las vigas; defensa continúa cuestionando los peritajes durante el juicio

SANTO DOMINGO.– Los tres peritos presentados hasta el momento por el Ministerio Público en el proceso judicial por el colapso del techo de la discoteca Jet Set han coincidido en atribuir el desplome a una sobrecarga acumulada sobre la estructura, según afirmó este viernes el procurador adjunto Wilson Camacho, titular de la Dirección General de Persecución.

Los especialistas que han comparecido ante el tribunal son los ingenieros Leonardo de Jesús Reyes Madera, Máximo José Corominas Quezada y Eduardo Fierro, cuyos testimonios forman parte de las pruebas que presenta la acusación en el juicio seguido contra Antonio Espaillat y Maribel Espaillat.

Los imputados enfrentan acusaciones relacionadas con homicidio involuntario y golpes y heridas involuntarias a raíz de la tragedia ocurrida el 8 de abril de 2025, que dejó 236 personas fallecidas y más de 180 heridas.

Ministerio Público sostiene que hubo exceso de peso

Camacho explicó a periodistas que los tres especialistas habrían llegado a una conclusión coincidente: sobre el techo fueron incorporados distintos elementos cuyo peso terminó superando la capacidad de la estructura.

Según la teoría presentada por la acusación, la acumulación de cargas habría generado fatiga en las vigas, provocando un deterioro progresivo hasta producirse el colapso.

Entre los elementos señalados por el Ministerio Público figuran capas de fino colocadas sobre el techo, tinacos, casetas, equipos de climatización, sistemas de sonido y luces.

Camacho sostuvo que esos componentes fueron agregando peso a la estructura sin que, según la acusación, se realizaran los cálculos adecuados sobre la carga que podía soportar.

Peritos descartan otras posibles causas

El Ministerio Público también sostiene que los especialistas evaluaron otras hipótesis antes de atribuir el desplome a la sobrecarga.

Según lo expuesto durante el proceso, fueron consideradas posibles incidencias relacionadas con movimientos sísmicos, explosiones, fuertes vientos, lluvias y el incendio registrado en el establecimiento durante 2023.

Los peritos presentados por la acusación no identificaron esos acontecimientos como causa determinante del colapso.

Como parte de las verificaciones previas, los especialistas habrían consultado informaciones del Instituto Dominicano de Meteorología (Indomet), el Instituto de Sismología de la Universidad Autónoma de Santo Domingo y la Policía Nacional.

Fierro comparece ante el tribunal

El ingeniero Eduardo Fierro, especialista mexicano presentado como perito internacional, compareció este viernes y sostuvo ante el tribunal que la sobrecarga de diferentes equipos y componentes incidió en el fallo de la estructura.

Su testimonio se suma a los ofrecidos previamente por Leonardo de Jesús Reyes Madera, director de la Oficina Nacional de Evaluación Sísmica y Vulnerabilidad de Infraestructura y Edificaciones (Onesvie), y Máximo José Corominas Quezada, ingeniero civil especializado en patología de edificaciones.

Reyes Madera había explicado durante su comparecencia que, de acuerdo con los cálculos manejados en el peritaje, la estructura terminó soportando una carga muy superior a aquella para la cual habría sido concebida.

Corominas Quezada también vinculó el desplome al exceso de peso colocado sobre la edificación.

Defensa somete peritajes a contradicción

Los testimonios de los especialistas continúan siendo sometidos al interrogatorio y contrainterrogatorio de las partes.

Durante la comparecencia de Fierro, la defensa ha cuestionado aspectos relacionados con el contenido y las limitaciones del informe técnico, dentro del ejercicio del derecho de contradicción de las pruebas presentadas por el Ministerio Público.

Por tanto, las conclusiones de los peritos constituyen elementos probatorios sometidos actualmente a debate judicial y corresponderá al tribunal determinar el valor que les otorgará junto con las demás pruebas del proceso.

Ministerio Público insiste en responsabilidad de los imputados

Camacho afirmó que las declaraciones de los especialistas fortalecen la teoría de la acusación y manifestó que el Ministerio Público continuará incorporando pruebas con las que busca demostrar la responsabilidad penal atribuida a los hermanos Espaillat.

El funcionario también adelantó que el órgano acusador procurará una sentencia condenatoria y la imposición de la sanción máxima contemplada para los hechos imputados.

El equipo del Ministerio Público está integrado, además de Camacho, por los fiscales Emmanuel Ramírez, Rosa Ysabel, Miguel Collado y Magali Sánchez.

Audiencias continuarán los viernes

El proceso es conocido por el juez Franny González, de la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.

Debido a la cantidad de víctimas, querellantes y demás partes involucradas, las audiencias se desarrollan en la sala del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.

El expediente consta de 156 páginas e incluye 84 testigos, además de los diferentes peritajes técnicos.

El tribunal dispuso que las audiencias continúen celebrándose los viernes mientras avanza la presentación y contradicción de las pruebas.

Las conclusiones expresadas por los peritos y las afirmaciones del Ministerio Público forman parte de la teoría de la acusación y no constituyen por sí mismas una declaración de culpabilidad. Los imputados mantienen la presunción de inocencia hasta que intervenga una decisión judicial definitiva.

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Fernando Langa suma respaldo institucional para presidir la Suprema Corte de Justicia

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Cámara de Comercio de Santiago, Universidad APEC y Arzobispado de Santo Domingo presentan su candidatura ante el CNM y destacan sus más de 30 años de trayectoria profesional

SANTO DOMINGO.– La candidatura del jurista Fernando Langa Ferreira para ocupar la presidencia de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) recibió el respaldo de tres instituciones que formalizaron sus propuestas ante el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).

La Cámara de Comercio y Producción de Santiago, la Universidad APEC y el Arzobispado de Santo Domingo remitieron comunicaciones al organismo constitucional en las que ponderan la experiencia profesional, preparación académica y cualidades personales de Langa Ferreira.

El abogado cuenta con más de tres décadas de ejercicio profesional y ha desarrollado también una trayectoria vinculada a la enseñanza universitaria y otras actividades del ámbito jurídico.

Cámara de Comercio de Santiago formaliza propuesta

La Cámara de Comercio y Producción de Santiago presentó a Langa Ferreira como candidato tanto para la presidencia de la Suprema Corte como para una de las plazas disponibles en ese alto tribunal.

La comunicación, suscrita por el presidente de la entidad, Luis Campos Jorge, fundamenta la propuesta en la experiencia acumulada por el jurista durante más de 30 años de ejercicio en distintas áreas del Derecho.

La institución empresarial también destaca cualidades como su prestigio profesional, honestidad y transparencia.

APEC pondera formación académica y ética

La Universidad APEC se sumó a los respaldos mediante una comunicación firmada por su rector, Erik Pérez Vega.

La institución académica considera que Langa Ferreira reúne condiciones profesionales y académicas para asumir la presidencia de la Suprema Corte de Justicia.

En su valoración, APEC hace énfasis en la formación del jurista, su trayectoria en el ejercicio del Derecho y su conducta ética como elementos que respaldan la propuesta presentada ante el CNM.

Arzobispado destaca experiencia docente

El Arzobispado de Santo Domingo también presentó la candidatura de Langa Ferreira ante el Consejo Nacional de la Magistratura.

La comunicación fue remitida por el arzobispo coadjutor de Santo Domingo, monseñor Carlos Tomás Morel Diplán, quien destaca la preparación académica del abogado y su experiencia profesional.

Entre los aspectos ponderados figuran su participación en la docencia de posgrado, asesoría de tesis y programas de formación continua.

Asimismo, se destaca su experiencia en comisiones consultivas y comités relacionados con asuntos jurídicos, financieros y deportivos.

El respaldo del Arzobispado hace referencia igualmente a los principios éticos y valores que atribuye al jurista, considerando que estos podrían contribuir al fortalecimiento del sistema de justicia y del Estado de derecho.

Reconocidos juristas también expresan apoyo

La candidatura de Fernando Langa Ferreira no solo ha recibido respaldo institucional.

Los juristas Eduardo Jorge Prats y Olivo Rodríguez Huertas, así como el expresidente del Tribunal Constitucional Milton Ray Guevara, también han manifestado públicamente valoraciones favorables sobre su posible designación.

Entre los aspectos resaltados se encuentran su experiencia profesional, su trayectoria en el ejercicio privado del Derecho y las condiciones que consideran posee para desempeñar una función dentro del máximo tribunal judicial del país.

CNM tiene seis plazas por completar

Las propuestas se presentan en momentos en que el Consejo Nacional de la Magistratura desarrolla el proceso correspondiente para completar seis plazas vacantes en la Suprema Corte de Justicia.

El plazo establecido para depositar las candidaturas vence el próximo 15 de septiembre.

Los respaldos institucionales forman parte de la etapa de presentación de propuestas y no implican una designación. Corresponderá al Consejo Nacional de la Magistratura realizar las evaluaciones y adoptar las decisiones correspondientes sobre la integración de la Suprema Corte y su presidencia

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Informe sobre Jet Set no documenta desprendimientos de concreto previos al colapso

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El ingeniero Eduardo Fierro declaró ante el tribunal que el estudio tampoco pudo establecer el estado previo de los elementos estructurales, debido a que la edificación ya había colapsado

SANTO DOMINGO.– El ingeniero Eduardo Fierro reconoció durante el interrogatorio realizado este viernes que el informe técnico presentado en torno al colapso de la discoteca Jet Set no documenta que se produjeran desprendimientos de elementos de concreto del techo antes del desplome de la estructura.

La declaración se produjo durante la audiencia del caso, cuando el abogado Jorge Luis Polanco, integrante de la defensa técnica, cuestionó al especialista sobre la existencia de evidencias consignadas en el informe, sus anexos o apéndices que establecieran que partes del techo comenzaron a desprenderse antes del colapso.

Ante la pregunta, Fierro respondió que esa información no figura en el reporte.

Defensa insistió sobre supuesto desprendimiento

Durante el interrogatorio se hizo referencia a que el especialista habría mencionado anteriormente el desprendimiento de un fragmento de concreto.

La defensa buscó precisar si el informe establecía que ese hecho ocurrió antes del colapso de la edificación.

Fierro reiteró que esa circunstancia no quedó documentada en el informe presentado como parte del proceso.

El señalamiento adquiere relevancia dentro del debate judicial, debido a que la secuencia de los acontecimientos y las condiciones que presentaba la estructura antes de desplomarse forman parte de los aspectos examinados en el proceso.

Perito explica limitaciones para determinar estado previo de estructura

Fierro también reconoció las limitaciones existentes para establecer las condiciones que presentaban determinados elementos estructurales antes del siniestro.

Según explicó, una vez ocurrido el colapso resultaba imposible observar directamente las afectaciones que esos componentes podían haber presentado previamente, precisamente porque la estructura ya se encontraba destruida.

El especialista señaló además que, después del desplome, tampoco pudieron determinar con precisión la ubicación original que ocupaban los distintos elementos estructurales dentro de la edificación.

Estas circunstancias constituyen limitaciones relevantes al momento de reconstruir técnicamente las condiciones existentes antes del colapso.

Escombros tampoco habrían estado bajo control de la Onesvie

Otro aspecto abordado durante el interrogatorio estuvo relacionado con el manejo de los escombros.

Fierro confirmó que, según su conocimiento, la Oficina Nacional de Evaluación Sísmica y Vulnerabilidad de Infraestructura y Edificaciones (Onesvie) no tuvo bajo su control el traslado ni el almacenamiento de los materiales recuperados después del desplome.

Este elemento también fue introducido durante el examen de la metodología y de las condiciones en que se desarrolló el análisis técnico.

Defensa continúa examinando contenido del informe

Luego de las respuestas ofrecidas por el ingeniero, el abogado Jorge Luis Polanco solicitó que el perito examinara una sección de la página 58 del informe, como parte del interrogatorio dirigido a contrastar el contenido del documento con las conclusiones expuestas ante el tribunal.

Las declaraciones forman parte del debate probatorio que se desarrolla en el proceso judicial relacionado con la tragedia del Jet Set.

Las limitaciones reconocidas por el perito no determinan por sí mismas la validez o invalidez integral del estudio técnico. Corresponderá al tribunal valorar el informe, las declaraciones del especialista, los demás peritajes y el conjunto de las pruebas incorporadas al proceso antes de establecer las consecuencias jurídicas correspondientes.

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