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Por ser sospechosos de trata de personas imponen coerción a cinco colombianos.
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6 años agoon
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LA REDACCIÓN
SANTO DOMINGO.-Cinco colombianos recibieron medidas de coerción por ser sospechoso de trata de personas, según lo informó el Ministerio Público, representado por la Procuraduría Especializada Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas.
La fiscalía especializada en este tipo de delito informó que les fueron impuestas medidas de coerción a cuatro colombianos y un colombiano estadounidense, que fueron arrestados bajo sospechas de estar vinculados a la trata de personas con fines de trabajo forzoso.
Según el Ministerio Público, la trata de personas se llevaba a cabo encubierta a través de la empresa de venta de enciclopedias Ediciones Sistesam S.R.L, que fue clausurada provisionalmente por las autoridades.
La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional impuso las medidas de coerción en contra de los ciudadanos colombianos Alejandro Gacham Ilal, Rosemary Pion Taylor, Milagros de Jesús Torrenegra, Mary Cecilia Miguel y Camilo Miguel, quienes se presume integraban una red criminal que según han establecido las investigaciones operaba desde 1998 en el país y que fue desmantelada gracias a los esfuerzos que realiza actualmente el Ministerio Público dominicano para la efectiva persecución y combate del crimen organizado.
En el caso de Alejandro Gacham Ilal de 60 años de edad, el tribunal le impuso la colocación de grilletes electrónicos, el pago de una garantía económica de RD$100 mil en efectivo, presentación periódica ante el Ministerio Público, impedimento de salida del país con retención de su pasaporte y colocación de un brazalete electrónico, en tanto que contra Rosemary Pion Taylor de 65 años de edad y Milagros de Jesús Torrenegra de 50 años, una garantía económica en efectivo de RD$200 mil, impedimento de salida del país con retención de su pasaporte y presentación periódica ante el MP.
Igualmente, les fueron impuestas medidas de coerción a Mary Cecilia Miguel de 70 años de edad, consistente en una garantía económica de RD$200 mil en efectivo, arresto domiciliario e igualmente impedimento de salida del país con retención de su pasaporte, así como al colombiano estadounidense Camilo Miguel de 81 años, al cual tomando en cuenta su edad, el tribunal le impuso una garantía económica de RD$20 mil en efectivo y presentación periódica.
A través de un comunicado de prensa el Ministerio Público informó que le atribuye al grupo dedicarse a la trata de personas agravada con fines de trabajo forzado, delito tipificado y sancionado por las disposiciones establecidas en los artículos 3 y 7 literales c y d de la Ley No. 137-03 que sanciona el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas.
Detalló que por este caso también es perseguido Juan Carlos Adán, quien se presume que también forma parte de la red que fue desmantelada luego de una labor de inteligencia, durante una operación ejecutada por la Procuraduría Especializada Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas conjuntamente con la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional y con la colaboración del Departamento Contra el Tráfico y Trata de Personas de la Policía Nacional.
Sobre la operación, el MP explicó que fue ejecutada en el transcurso de cuatro allanamientos mediante orden judicial, tres de ellos en el Distrito Nacional y uno en la provincia Valverde, durante los cuales fueron rescatadas seis víctimas y ocupados cientos de evidencias, entre ellas, varios vehículos, documentos, lista con anotaciones, lista de jóvenes y descripción de ventas de enciclopedias y lugares (provincias) donde eran desplazadas las víctimas, además de dinero (bolívares) y otros.
El órgano de justicia establece en la solicitud de medidas de coerción que producto de las investigaciones realizadas en contra de esa red criminal se pudo determinar que su metodología abarca la captación y el traslado a la República Dominicana de ciudadanos de nacionalidad venezolana, quienes, luego de que llegaban al país eran llevados a las oficinas de la Empresa Ediciones Sistesam S.R.L, localizada en el sector Renacimiento del Distrito Nacional, la cual se dedica a la venta de enciclopedias en todo el territorio nacional.
De acuerdo a la investigación, una vez en dicha empresa les retenían sus pasaportes bajo el argumento de que serían enviados a la Dirección General de Migración para regularizar sus estatus, mientras que a otras les informaban que por seguridad iban a ser retenidos sus pasaportes y les entregaban copias de los mismos.
Luego les hacían firmar una hoja en blanco a cada víctima captada, al tiempo de entregarles insumos de trabajo (las enciclopedias, talonarios de facturas, carpetas y brochures), así como carnets de identificación, además de que les daban una charla que tenían que aprenderse con el fin de convencer a los potenciales clientes sobre la importancia de la compra de las enciclopedias.
La instancia destaca que posteriormente las víctimas eran trasladadas a provincias del interior del país, donde realizaban las ventas de los libros, casa por casa, labor por las que les prometían pagarles, sin embargo, no les hacían ningún pago por el trabajo realizado, argumentando que se lo pagarían al culminar su tiempo de trabajo, recibiendo luego presión psicológica y las obligaban a firmar un documento de descargo para posteriormente proceder a entregarles sus pasaportes originales.
acento.com.do
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JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres
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1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.
Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.
Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.
Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.
La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.
Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.
Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.
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Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3
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1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.
Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».
«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).
Derechos de Franasyl
La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.
En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.
La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.
- Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.
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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar
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1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.
El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.
La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.
La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.
El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.
Ejecución del peritaje
Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.
La CD modificó el artículo 48 de la pieza
Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.
