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Sobre caso de precandidatos Tribunal Constitucional pide opinión de JCE.
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7 años agoon
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LA REDACCIÓN
SANTO DOMINGO.-La Junta Central Electoral tiene un plazo hasta el 8 de diciembre para que emita su opinión en torno a la disposición de la Ley Electoral que habla si una persona que ha optado por una candidatura en un partido político puede presentarse a la misma posición por un partido diferente.
El Tribunal Constitucional tomó la decisión al respecto frente a los recursos sometidos a esa alta corte tras el expresidente Leonel Fernández presentar su candidatura por otra organización política.
La puesta en causa al órgano electoral es en torno a un recurso directo de inconstitucionalidad interpuesto por Daniel Beltré Acosta contra el artículo de la Ley de Partidos que establece “que el aspirante a una precandidatura para un determinado evento electoral, en representación de un partido, agrupación o movimiento político no haya participado como candidato por otro partido, agrupación o movimiento político para el mismo evento electoral».
Esa parte de la ley ha generado discusión en torno a si quien participa en un proceso interno de un partido puede ostentar esa misma candidatura por otra agrupación, pues utiliza de manera indistinta el término precandidato y candidato.
En adición, el recurso establece que de cualquier manera esa disposición violenta el derecho a ser elegido de los ciudadanos.
También se alega la inconstitucionalidad de la parte de la ley sobre régimen electoral que establece que “las personas que hayan sido nominadas para ser postuladas por un partido, agrupación, movimiento político o alianza a la cual pertenezca el mismo, a un cargo de elección, no podrán ser postuladas por ningún otro partido, agrupación, movimiento político o alianza, en el mismo proceso electoral”.
En tal virtud, el pasado 8 de noviembre el Tribunal Constitucional envió una carta a la Junta en la que otorgaba un plazo de 30 días para que emitiera su opinión al respecto.
“Solicítole su opinión sobre la presente acción, la cual deberá ser remitida a este Tribunal Constitucional, de conformidad con la ley, en un plazo de treinta días, a partir de la recepción de esta comunicación”, indica la misiva firmada por su presidente Milton Ray Guevara.
Decisión vinculante
La decisión que tome el Tribunal Constitucional es de cumplimiento obligatorio para la Junta Central Electora, por lo que será la sentencia que emita al respecto que determinará si podrán ser admitidas las candidaturas de ciudadanos que participaron en procesos internos de partidos distintos a los que los postulan.
El pasado viernes, el Partido Reformista Social Cristiano, llevó la propuesta de candidatura presidencial de Leonel Fernández para los comicios del 15 de mayo de 2020, pero la aceptación o rechazo definitivo de la misma será determinado por la decisión que tome el Tribunal Constitucional.
La Ley de Régimen Electoral establece que el plazo límite para presentar candidaturas es el 3 de marzo, pero indica que la Junta debe comunicar la aceptación o no de las mismas cinco días después de ser presentadas.
En condiciones normales, la Junta debería resolutar sobre la candidatura de Leonel Fernández el próximo miércoles, pero ese plazo podría quedar en suspenso por la puesta en causa de la Junta en el recurso de inconstitucionalidad a los aspectos de la ley, decisivo para determinar si esta se acepta o no. Igual suerte correrán candidaturas a cargos congresionales y municipales que enfrenten la misma situación que el expresidente Fernández.
La Junta ha planteado que los partidos sugieran una empresa para realizar una auditoría forense al voto automatizado, además insiste en el uso de este método y que se proceda al conteo manual de las votaciones.
Pactos. El expresidente Leonel Fernández es respaldado por los partidos Quisqueyano Demócrata Cristiano, Bloque Institucional Socialdemócrata, de Unidad Nacional, Fuerza Nacional Progresista y de los Trabajadores Dominicanos-La Fuerza del Pueblo.
Sin embargo, hay un debate legal sobre si podría presentarse como candidato presidencial, por haber participado en las primarias abiertas del PLD, en medio de las interpretaciones de juristas a varios artículos de las leyes de Partidos y de Régimen Electoral, mientras se alega que esas normas no están por encima de la Constitución.
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Tras csi 70 años TSA cancela concesión minera a Falcondo.
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13 horas agoon
agosto 17, 2026
Santo Domingo.- Los contratos de concesion minera suscritos en el Estado dominicano y la Falcombridge Dominicana, S.A. (Falcondo) fueron cancelados por el Tribunal Superior Administrativo (TSA), poniendo fin a una relación contractual de casi siete décadas sobre la concesión Quisqueya I, ubicada entre las provincias La Vega y Monseñor Nouel.
La decisión fue adoptada por la Segunda Sala del TSA, presidida por el magistrado Antonio O. Sánchez Mejía e integrada por los jueces Úrsula J. Carrasco Márquez y Edward A. Abreu, mediante la sentencia núm. 0030-03-2026-SSEN-00332, de fecha 12 de agosto de 2026.
El fallo alcanza los contratos suscritos el 24 de diciembre de 1956 y el 26 de septiembre de 1969.
La acción fue interpuesta en julio de 2025 por el Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER), en representación del Estado dominicano, tras identificarse incumplimientos relacionados con la explotación de los yacimientos, obligaciones económicas y laborales, así como con la presentación de informes técnicos exigidos por la legislación minera.
Entre los elementos valorados por el tribunal figura la paralización de las operaciones productivas de Quisqueya I desde el 17 de noviembre de 2023, conforme a una certificación de la Dirección General de Minería.
El TSA también tomó en cuenta que Falcondo no presentó los informes semestrales de progreso correspondientes a 2023, 2024 y 2025, ni los informes anuales de operaciones de 2023 y 2024.
La terminación de los contratos se produce en medio de una crisis marcada por el cese abrupto de las operaciones de Falcondo.
Tras la paralización de noviembre de 2023, la empresa entró en una etapa de cuidado y mantenimiento, sin ejecutar un plan de cierre ordenado, situación que derivó en la desvinculación de trabajadores y en incumplimientos de compromisos con empleados, contratistas y suplidores locales.
En 2024, más de 900 trabajadores fueron desvinculados y recibieron sus prestaciones laborales mediante la intervención del FONPER, en representación del Estado dominicano.
A estos se sumó un grupo de exempleados cuyos contratos fueron terminados en marzo de 2026 y que mantiene reclamaciones laborales pendientes que, según sus voceros, ascienden a unos RD$300 millones.
of-am
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Propietarios de Vidal Plast, acusados de explosión en San Cristóbal, son declarados no culpables
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13 horas agoon
agosto 17, 2026
Santo Domingo, R.D.-No culpables fueron declarados los propietarios de la empresa Vidal Plast por el Segundo Tribunal Colegiado de San Cristóbal, quienes estaban acusados de la explosión en la provincia San Cristóbal que dejó un saldo de 38 fallecidos el 14 de agosto de 2023.
La jueza Wilma Altagracia Cuello descargó a los imputados, Edward Armando Vidal Garrido, su esposa, Maribel Sandoval Almánzar, y su hija, Mercedes Altagracia Vidal, quienes son propietarios de Vidal Plast.
Al salir de la audiencia, los familiares de las víctimas de la tragedia se mostraron a favor de la decisión de la magistrada, al considerar que la familia Vidal no era la responsable de los hechos que se le imputaban.
Ante esto, pidieron que se inicie una nueva investigación con el fin de dar con los “verdaderos responsables” de la explosión que dejó más de una decena de heridos.
En 2023, tras ser acusada por el Ministerio Público, la empresa Vidal Plast expresó su “gran sorpresa e indignación” por la responsabilidad que se le atribuye en un comunicado del Ministerio Público y resaltó que “somos una empresa familiar que, con apego a las leyes, desde 2003 se dedica a la compra y venta de materiales plásticos que reciclamos convirtiéndolos en materia prima”.
La explosión en San Cristóbal se registró alrededor de las 3:10 de la tarde del 14 de agosto de 2023. Los bomberos explicaron que se creó una deflagración de llamas que generaron ondas expansivas hacia los laterales y hacia el techo del comercio ubicado en la calle Padre Ayala, casi esquina J. Peynado, epicentro del evento.
El siniestro dejó un saldo de 38 las víctimas, 59 personas que sufrieron lesiones de leves a graves, más de 12 viviendas afectadas y al menos 70 negocios afectados.
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El destituido director de la PN sólo duró seis meses en la dirección de la Policía Nacional
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13 horas agoon
agosto 17, 2026
Santo Domingo, R.D.-Andres Modesto Cruz Cruz, destituido director de la Policia Nacional, sólo duró seis meses en el cargo, quien además fue colocado en estado de retiro tras el cese de sus responsabilidades.
Su gestión termina marcada por dos hechos que han sacudido al país. Uno de ellos es el paro en el municipio de Navarrete, que inicialmente fue convocado por 48 horas, sin embargo, se extendió por 24 horas más ante la falta de respuestas a los reclamos planteados por los sectores.
La protesta se realizó con el fin de que las autoridades brinden soluciones a los problemas que, según los grupos populares, afectan a las comunidades de Navarrete. Entre las denuncias que los comunitarios realizan están la falta de agua potable, la terminación y reubicación del vertedero municipal y la mejora del servicio eléctrico.
Sin embargo, tras las 72 horas de protestas, los grupos populares decidieron levantar el paro y conceder un plazo de 15 días para esperar el desarrollo de las conversaciones con las autoridades. Concluida la espera, evaluaran las respuestas y determinaran las acciones que asumirán en caso de que sus demandas no sean atendidas.
Asimismo, un hecho que marcó el quinto mes de Modesto Cruz y, que dio inicio a debates sobre los protocolos policiales y el uso de la fuerza, fue la muerte de Darlin Mercado Reyes: un joven de 19 años, residente del sector La Cañada de Guajimía, en Herrera, que falleció tras resultar herido de bala durante una actuación policial.
Posteriormente, Mercado se acercó al agente para indicarle que el vehículo era de su propiedad y, es en ese momento, cuando sin mediar palabras, le disparó en el tórax ocasionándole la muerte de manera instantánea.
Más tarde, los agentes observados en el video fueron suspendidos y, durante el conocimiento de la medida de coerción, el juez de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santo Domingo Oeste, impuso un año de prisión preventiva como medida de coerción contra Moreta. El imputado fue llevado a una celda de máxima seguridad en el Centro de Corrección y Rehabilitación Las Parras.
Modesto Cruz Cruz asumió el cargo el 17 de febrero del año en curso luego de haberse desempeñado como inspector general de la Policía. En el momento, había sustituido al mayor general Ramón Antonio Guzmán Peralta quien, tras su salida, fue designado como asesor del presidente en materia policial.
Dentro de las funciones que desempeñó Modesto, previo a su labor como director, se encuentran la de director central de Asuntos Internos (DICAI), director regional Sur y subinspector general. Además, formó parte de posiciones en recursos humanos, protección y servicios especializados, seguridad preventiva y dependencias operativas.
Obtuvo reconocimientos como la medalla al mérito del servidor público, merito aéreo distintivo azul y la orden al mérito naval. De igual forma, recibió cartas de felicitaciones por su desempeño durante procesos electorales y operativos preventivos de alcance nacional.
Al asumir el cargo, Cruz se había comprometido a continuar el trabajo de Peralta en cuanto a la reducción de la tasa de criminalidad. Aseguró que en su gestión sus ejecutorias laborales no procurarían la acumulación paulatina de poder y posiciones jerárquicas.
Con la nueva designación queda derogado el artículo 1 del Decreto número 111-26, del 17 de febrero del 2026, mediante el cual había sido designado al ex director Andrés Modesto Cruz Cruz.
