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Sobre caso de precandidatos Tribunal Constitucional pide opinión de JCE.

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SANTO DOMINGO.-La Junta Central Electoral tiene un plazo hasta el 8 de diciembre para que emita su opinión en torno a la disposición de la Ley Electoral que habla si una persona que ha optado por una candidatura en un partido político puede presentarse a  la misma posición por un partido diferente.

El Tribunal Constitucional tomó la decisión al respecto frente a los recursos sometidos a esa alta corte tras el expresidente Leonel Fernández presentar su candidatura por otra organización política.

La puesta en causa al órgano electoral es en torno a un recurso directo de inconstitucionalidad interpuesto por Daniel Beltré Acosta contra el artículo de la Ley de Partidos que establece “que el aspirante a una precandidatura para un determinado evento electoral, en representación de un partido, agrupación o movimiento político no haya participado como candidato por otro partido, agrupación o movimiento político para el mismo evento electoral».

Esa parte de la ley ha generado discusión en torno a si quien participa en un proceso interno de un partido puede ostentar esa misma candidatura por otra agrupación, pues utiliza de manera indistinta el término precandidato y candidato.

En adición, el recurso establece que de cualquier manera esa disposición violenta el derecho a ser elegido de los ciudadanos.

También se alega la inconstitucionalidad de la parte de la ley sobre régimen electoral que establece que “las personas que hayan sido nominadas para ser postuladas por un partido, agrupación, movimiento político o alianza a la cual pertenezca el mismo, a un cargo de elección, no podrán ser postuladas por ningún otro partido, agrupación, movimiento político o alianza, en el mismo proceso electoral”.

En tal virtud, el pasado 8 de noviembre el Tribunal Constitucional envió una carta a la Junta en la que otorgaba un plazo de 30 días para que emitiera su opinión al respecto.

“Solicítole su opinión sobre la presente acción, la cual deberá ser remitida a este Tribunal Constitucional, de conformidad con la ley, en un plazo de treinta días, a partir de la recepción de esta comunicación”, indica la misiva firmada por su presidente Milton Ray Guevara.

Decisión vinculante
La decisión que tome el Tribunal Constitucional es de cumplimiento obligatorio para la Junta Central Electora, por lo que será la sentencia que emita al respecto que determinará si podrán ser admitidas las candidaturas de ciudadanos que participaron en procesos internos de partidos distintos a los que los postulan.

El pasado viernes, el Partido Reformista Social Cristiano, llevó la propuesta de candidatura presidencial de Leonel Fernández para los comicios del 15 de mayo de 2020, pero la aceptación o rechazo definitivo de la misma será determinado por la decisión que tome el Tribunal Constitucional.

La Ley de Régimen Electoral establece que el plazo límite para presentar candidaturas es el 3 de marzo, pero indica que la Junta debe comunicar la aceptación o no de las mismas cinco días después de ser presentadas.

En condiciones normales, la Junta debería resolutar sobre la candidatura de Leonel Fernández el próximo miércoles, pero ese plazo podría quedar en suspenso por la puesta en causa de la Junta en el recurso de inconstitucionalidad a los aspectos de la ley, decisivo para determinar si esta se acepta o no. Igual suerte correrán candidaturas a cargos congresionales y municipales que enfrenten la misma situación que el expresidente Fernández.

La Junta ha planteado que los partidos sugieran una empresa para realizar una auditoría forense al voto automatizado, además insiste en el uso de este método y que se proceda al conteo manual de las votaciones.

Pactos. El expresidente Leonel Fernández es respaldado por los partidos Quisqueyano Demócrata Cristiano, Bloque Institucional Socialdemócrata, de Unidad Nacional, Fuerza Nacional Progresista y de los Trabajadores Dominicanos-La Fuerza del Pueblo.

Sin embargo, hay un debate legal sobre si podría presentarse como candidato presidencial, por haber participado en las primarias abiertas del PLD, en medio de las interpretaciones de juristas a varios artículos de las leyes de Partidos y de Régimen Electoral, mientras se alega que esas normas no están por encima de la Constitución.

 

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Termina la campaña electoral y dominicanos listos para votar.

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Ha llegado a su fin la presente campaña electoral, cuyos candidatos han logrado promover sus propuestas por diferentes plataformas comunicacionales, pese a que la política parece no generar el mismo entusiasmo de hace algunas años atrás.

En lo que parece ser  un aspecto positivo y una muestra de avance, aunque de manera simultánea, se repitieron situaciones negativas, en algunos casos, agravadas.

Es decir, se nota un avance por un lado, y un retroceso por otro. Si se quiere ver el vaso medio lleno, procede destacar que ha sido una campaña esencialmente propositiva, en la que incluso se realizaron varios debates públicos de candidatos, incluido el de los aspirantes a la presidencia, que marcó un hito y crea las condiciones para que el debate se establezca como práctica en cada proceso.
Desde hace tiempo, gran parte de la sociedad ha estado reclamando campañas más cortas y menos costosas y ruidosas. Lo de los tiempos del proselitismo es una tarea pendiente, pero en la campaña que concluye hubo un poco menos de caravaneo y concentraciones. Esta vez, por ejemplo, no se hicieron los famosos mítines de cierre. Los partidos y sus candidatos realizaron movilizaciones en distintos puntos del país, pero a nadie se le ocurrió volver al modelo de las concentraciones nacionales, las que eran realizadas por todos, al menos los principales, en la última semana de proselitismo. En el 2020 no se hicieron por la pandemia, y ahora, como si se hubieran puesto de acuerdo, dejaron fuera de su agenda ese recurso, que sin dudas era uno de los componentes más costosos de las campañas.

Las denuncias

Las denuncias de uso de recursos del Estado en campaña han estado presentes, como siempre, porque en cada proceso lo que cambian son los denunciantes y los denunciados. Las nuevas legislaciones permiten regular, o prohibir situaciones determinadas, pero el tema es de cultura política, y las leyes ayudan, pero no constituyen la solución.

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La FINJUS pondera importancia de elecciones presidenciales.

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Santo Domingo.- La sociedad dominicana se aboca a la elección este domingo 19 de mayo de las autoridades nacionales, incluidos los miembros del Congreso Nacional, cuyo acontecimiento ha sido ponderado positivamente por la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) l (FINJUS).

El voto es un derecho y deber ciudadano consagrado en el art. 208 de la Constitución, indicando que debe ser libre, directo y secreto. Con su participación en los comicios, el pueblo dominicano reafirma ante el mundo su decisión de vivir en democracia y su confianza en que la Junta Central Electoral mantenga su labor de proveer seguridad y transparencia a este proceso.

Como en otras áreas de la vida institucional dominicana, en el ámbito electoral persisten situaciones de debilidad que arrastramos desde hace décadas, que podrían afectar el ejercicio de la voluntad popular y el predominio de los valores democráticos. Es una tarea conjunta entre los órganos electorales, los partidos políticos, el Estado y la ciudadanía que en estas elecciones los sufragios se realicen con un ánimo pacífico y consciente, respetando nuestras instituciones, así como los marcos legales existentes.

Desde FINJUS reiteramos nuestra gran valoración por el empeño y trabajo que la JCE ha venido desarrollando en este camino, y le exhortamos a cumplir con su mandato legal para que sea la garante de que los resultados de los escrutinios del 19 de mayo estén revestidos de justicia, legalidad y transparencia, actuando con serenidad, firmeza y responsabilidad.

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Partido oficial solicita sanción de 200 salarios mínimos para Fuerza del Pueblo por publicar encuesta

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Santo Domingo, R.D.-Sigmund Freud, delegado político del Partido Revolucionario Moderno (PRM), solicitó a la Junta Central Electoral (JCE) sancionar con doscientos (200) salarios mínimos al partido Fuerza del Pueblo por violación de la Ley Orgánica de Régimen Electoral 2023, al publicar este jueves 16 de mayo una encuesta en espacio pagado.

La comisión, integrada además por la vicepresidenta del PRM, Milagros Ortiz Bosch; el representante del candidato presidencial Luis Abinader, Manuel Conde; el delegado técnico Robert Arias y el delegado suplente, Dionisio De los Santos, llevó la denuncia a la JCE, donde se señala que “se trata de la última encuesta realizada por el consultor Dick Morris, «siendo esta publicación una clara violación a las reglas establecidas en el Art. 216 de la ley 2023, a 3 días para la celebración de los comicios».

El PRM indicó que el artículo 216 de la ley No. 2023 establece que durante los ocho días anteriores al de la votación, queda prohibida la publicación y difusión de sondeos o encuestas electorales.

“Solicitamos que se inicie los procedimientos sancionadores establecidos y se condene al Partido Fuerza del Pueblo al pago correspondiente establecido en el Art.308: La sanción administrativa máxima de doscientos (200) salarios mínimos, por las violaciones a la Ley num. 20-23”, indica el documento.

“El señalamiento que realiza en esta encuesta es incitador y busca de algún modo movilizar a la población dominicana a votar por su partido, nos parece una práctica desleal que viola principios constitucionales tales como el voto deben ser libre y fuera de toda táctica de coerción o incitación, y / o condicionamiento. Puesto que en tales comunicados públicos se rezan los siguientes lemas: 1- En la cuenta de redes sociales Instagram y Facebook: “El mejor camino para vencer a Abinader”; 2- El 19 de mayo, votar por la esperanza es fácil; 3- La Fuerza del pueblo y de la esperanza con Leonel Presidente”, expresa.

También indica que se podrán publicar todas las encuestas realizadas, siempre cumpliendo con los estándares generalmente aceptados sobre la materia.

“Y que las firmas encuestadoras debidamente certificadas, podrán realizar encuestas o sondeos a boca de urna, siempre que las mismas sean depositadas en la Junta Central Electoral en sobres cerrados y sellados o lacrados, y hayan cumplido con los requisitos exigidos por la Junta Central Electoral, cuyos resultados no podrán ser divulgados hasta tres horas después del cierre de las votaciones», concluyen.

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