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PLD sostiene siguen vigentes leyes Electoral y de Partidos, pese a decisión TSE sobre pacto PTD con Leonel
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6 años agoon
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LA REDACCIÓN
SANTO DOMINGO, República Dominicana.-Los abogados del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) afirmaron que a pesar de la sentencia de este lunes del Tribunal Superior Electoral (TSE), que estima que el expresidente Leonel Fernández no tiene impedimento para ser candidato presidencial en las elecciones del año entrante, se mantienen en vigencia las leyes de Partidos y Electoral, que disponen el impedimento al exgobernante, y solo el Tribunal Constitucional podría emitir una decisión sobre esas legislaciones que sería vinculante para las instituciones y poderes del Estado.
Los abogados del PLD, Eduardo Jorge Prats, Carlos Salcedo, Cristóbal Rodríguez, Julio Cury y Rubén Puntier, indicaron que pese a la decisión del Tribunal Electoral, que declaró inconstitucional tanto el artículo 49.4 de la ley núm. 33-18, sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos como el artículo 134 de la ley núm. 15-19, Orgánica del Régimen Electoral, esas disposiciones legales mantienen su plena vigencia y vinculación respecto de todos los partidos que componen el sistema y sobre todo respecto de todos los órganos e instituciones vinculados al sistema electoral, y de manera particular de la Junta Central Electoral (JCE).
“Efectivamente, según lo dispone el artículo 185 de la Constitución de la República corresponde solo al Tribunal Constitucional conocer de las acciones directas en inconstitucionalidad de las leyes, reglamentos, decretos y resoluciones, cuya decisión al respecto sí es vinculante para todos los poderes públicos y las personas como garantía efectiva de las normas constitucionales. Solo en caso de acogerse una acción directa, la sentencia del Tribunal Constitucional impone la expulsión del ordenamiento jurídico de la norma atacada, siendo una decisión con efecto para todo el mundo (erga omnes), es decir, que debe ser acatada por todos los poderes públicos”, explicaron.
Explicaron que en el caso, el TSE decidió la declaratoria de inconstitucionalidad a propósito de una acción particular en nulidad de la Resolución núm. 4 de la Convencional Nacional Electoral del Partido de los Trabajadores Dominicanos, ejercida por Francisco Antonio Ventura Felipe, miembro del Comité Central de dicho partido.
Detallaron que si bien el TSE tomó esa decisión, es solo válida para ese caso (objeción a convención del PTD para fusionarse con La Fuerza del Pueblo), pues no tiene la competencia ni el poder para expulsar del ordenamiento jurídico las leyes, decretos, resoluciones y reglamentos cuya inconstitucionalidad decide.
Resaltaron que por esa razón la decisión tomada por el TSE respecto de los artículos 49.4 de la ley de partidos y 134 de la ley electoral no se le impone a ningún poder público.
“Nuestro sistema constitucional se rige por la presunción de constitucionalidad de las leyes, tal como bien ha indicado el Tribunal Constitucional en sus sentencias TC/0274/13 y TC/0039/15 disponiendo que “en nuestro sistema constitucional prevalece el criterio de que una ley es constitucional hasta tanto el órgano encargado del control de la constitucionalidad se pronuncie en sentido contrario, de conformidad con la máxima in dubio pro-legislatore”, agregaron.
“La JCE no puede inaplicar los referidos artículos ni mucho menos desacatar el mandato legislativo establecido en estas normas que prohíben el transfuguismo partidario y electoral, para el fortalecimiento del sistema democrático y como garantía de la democracia interna de los partidos, teniendo los miembros de ese organismo la obligación ineludible de acatar y hacer cumplir las disposiciones de los artículos 49.4 de la ley de partidos y 134 de la ley electoral, que siguen vigentes y constitucionales por no haber intervenido sentencia del Tribunal Constitucional indicando lo contrario”, señalaron los juristas.
Dijeron sin embargo, que siendo esas disposiciones legislativas objeto de diversas acciones directas en inconstitucionalidad por ante el Tribunal Constitucional sin que aun haya intervenido una decisión, la JCE actúa acorde a los lineamientos del ordenamiento jurídico – administrativo cuando pospone valorar la inscripción de la candidatura de Leonel Fernández Reyna.
Ciertamente, conforme a los artículos 25 y 26 de la Ley núm. 107-13, sobre los derechos de las personas en sus relaciones con la Administración Pública y procedimiento administrativo, previo a la emisión del correspondiente acto administrativo las entidades públicas pueden disponer de todas las medidas provisionales que garanticen la eficacia del acto a dictar y deben estar debidamente informadas.
“De ahí que no habiendo vencido el plazo para decidir sobre la admisión de las candidaturas presidenciales y estando el Tribunal Constitucional apoderado sobre este asunto, la JCE hace un voto de prudencia para lograr la efectividad inmediata de la resolución que adoptaría en aplicación de las leyes de partidos y electorales, garantizando un clima de paz y normalidad en nuestro sistema democrático al sobreseer su decisión hasta tanto el órgano máximo del sistema de justicia constitucional dicte su sentencia”, manifestaron finalmente.
acento.com.do
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Hazin y EL Gordo supuestamente extorsionaron Eduardo Read, dice éste al Ministerio Público.
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2 días agoon
diciembre 12, 2025
Santo Domingo, R.D.-La defensa de Eduardo Read Estrella, quien a través de su empresa Grupo Read presuntamente recibió pagos que ascienden a RD$7,110, 824,754.42 desde agosto de 2020 hasta agosto de 2025, por contratos y adendas con la ARS a través del supuesto esquema de corrupción en el Seguro Nacional de Salud (Senasa) dónde se desfalcó al Estado por miles millones de pesos, denunció que su cliente fue «víctima de extorsión» de parte del exdirector ejecutivo de esa entidad, Santiago Hazim y «El Gordo», quien es señalado como la «mano derecha» del exfuncionario.
Mediante un comunicado de prensa, los abogados del implicado manifiestan que presentaron ante el juez del juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, Rigoberto Sena, «los elementos que confirman que fue víctima de un esquema de extorsión atribuido al emisario de Santiago Hazim, José Pablo Ortiz Giráldez».
El Ministerio Público se refiere como «El Gordo» a José Pablo Ortiz Giráldez, quien es señalado como la «mano derecha” de Hazim y la persona “clave” en el supuesto cobro de sobornos a empresas que realizaron contratos con esa entidad.
Entre los documentos entregados por la defensa figuran pruebas de la prestación real y continua de servicios a Senasa, así como los informes mensuales auditados por la Sisalril.
También se presentaron evidencias de la estructura operativa de más de 718 empleados y colaboradores vinculados a las empresas Khersun, Deleste y Farmacard, además de comprobaciones notariales que certifican la calidad del servicio brindado a los afiliados de Senasa a través de 35 sucursales, 18 centros afiliados y 17 dispensarios médicos.
El juez del juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, Rigoberto Sena, recesó la audiencia de conocimiento de medida de coerción de los implicados del caso Senasa.
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Caso contra Hazim se centraliza en sus inmuebles, según su Declaración Jurada de Patrimonio
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2 días agoon
diciembre 12, 2025
Santo Domingo, R.D.-La disputa en torno a la justificación de los inmuebles del principal imputado en el caso SENASA, Santiago Hazim, acusado de presuntos actos de corrupción lleva al Ministerio Público a evaluar su Declaración Jurada de Patrimonio, la cual toma relevancia luego de las recientes declaraciones de su abogado Miguel Valerio y la disputa sobre la justificación de los mismos.
Dos de las residencias y el solar mantienen un valor de RD$7,550,000 cada una, mientras que el otro domicilio ubicado en España exhibe un valor de RD$24,000,000.
A su nombre, el médico sostiene una finca en el Líbano, adquirida en 1985, con un valor de RD$3,031,577; dos locales comerciales con data en los años 1994 y 2001, correspondiente a RD$5,850,000 cada uno, y un edificio con registro en el 2004 y un monto de RD$1,700,000.
En cuanto a vehículos de motor, Santiago Hazim figura como propietario de dos jeepetas Lincoln adquiridas en el 2013 y 2020 valoradas en RD$2,066,616.15 y RD$6,724,575; un automóvil Fiat en el año 2010 de RD$487,727.24 y una jeep Toyota con un costo de RD$813,373.44.
De armas de fuego solo figura una pistola automática marca Walther, Carl GMBH, con un valor de RD$120,00; sin especificar la cantidad de electrodomésticos, el documento muestra un total de RD$9,067,500 agregados a su valor, además de las prendas, relojes, joyas y otros con un monto de RD$40,950,000.
Al mantener un régimen matrimonial de comunidad de bienes con su pareja, el informe muestra nueve cuentas bancarias donde solo figura en tres como propietario con montos de hasta RD$1,189.657.17.
Desde el año 1993 hasta el 1999 muestra un perfil de accionista en empresas nacionales con valores iniciados de RD$150,000 hasta llegar a RD$186,500,000, mientras que sus ingresos en el Senasa, posición ocupada desde agosto de 2020 hasta agosto de 2025, rondaban en un neto de RD$310,976.10.
Hazim también recibió honorarios profesionales de RD$285,000 en el Centro Médico UCE.
Señalado lo anterior, la declaración refleja que el exfuncionario manejaba gastos equivalentes a RD$384,515 y acumulaba deudas de RD$1,039,377.
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Siete años de prisión por narcotráfico a general retirado.
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2 días agoon
diciembre 12, 2025
Santo Domingo, R.D.-William Durán Jerez, general retirado de la Policía Nacional, fue condenado este jueves a siete años y dos meses de prisión por una corte del Distrito Sur de Florida por su vínculo con el caso de narcotráfico del exregidor del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Edickson Herrera Silvestre.
En la audiencia, que duró exactamente 40 minutos y en la que estuvo también el fiscal Kevin Gerarde, al general retirado se le informó que podía apelar en caso de que así lo quisiera. Esto, a pesar de que Durán Jerez había firmado un acuerdo de culpabilidad el pasado 24 de septiembre donde admitía ser parte de la red de narcotráfico del exregidor.
¿Cómo operaban?
De acuerdo al expediente, la red criminal conspiró desde mayo de 2020 hasta noviembre de 2022 para enviar al menos cinco kilogramos de cocaína hacia el sur de Florida.
Durante ese período, el regidor Herrera Silvestre permaneció en República Dominicana y coordinó el plan Herrera Silvestre adquirió un buque llamado «The Ghost» o «El Fantasma», embarcación que le costó unos 200 mil dólares del tráfico junto a al menos dos co-conspiradores.
Este hotel funcionó como el lugar de almacenamiento provisional y despacho. La ruta de los narcóticos incluía el traslado de cocaína desde las costas dominicanas en un bote pequeño hasta el buque en alta mar, que después era responsable de llevar la carga directamente a suelo estadounidense.
La cocaína era adquirida en Suramérica y traída a República Dominicana.
Además de traficar su propia mercancía, Herrera Silvestre cobraba a otros narcotraficantes la suma de 5,000 dólares por cada kilogramo que transportaba. Así, la red había montado un negocio considerable dentro del narcotráfico internacional.
Durán Jerez ocupó, entre otras posiciones, la supervisión general de la Junta Central Electoral (JCE), hasta 2005. Al igual que la dirección de Seguridad Preventiva de la institución del orden ciudadano en años posteriores.
