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PLD sostiene siguen vigentes leyes Electoral y de Partidos, pese a decisión TSE sobre pacto PTD con Leonel

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SANTO DOMINGO, República Dominicana.-Los abogados del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) afirmaron que a pesar de la sentencia de este lunes del Tribunal Superior Electoral (TSE), que estima que el expresidente Leonel Fernández no tiene impedimento para ser candidato presidencial en las elecciones del año entrante, se mantienen en vigencia las leyes de Partidos y Electoral, que disponen el impedimento al exgobernante, y solo el Tribunal Constitucional podría emitir una decisión sobre esas legislaciones que sería vinculante para las instituciones y poderes del Estado.

Los abogados del PLD, Eduardo Jorge Prats, Carlos Salcedo, Cristóbal Rodríguez, Julio Cury y Rubén Puntier, indicaron que pese a la decisión del Tribunal Electoral, que declaró inconstitucional tanto el artículo 49.4 de la ley núm. 33-18, sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos como el artículo 134 de la ley núm. 15-19, Orgánica del Régimen Electoral, esas disposiciones legales mantienen su plena vigencia y vinculación respecto de todos los partidos que componen el sistema y sobre todo respecto de todos los órganos e instituciones vinculados al sistema electoral, y de manera particular de la Junta Central Electoral (JCE).

“Efectivamente, según lo dispone el artículo 185 de la Constitución de la República corresponde solo al Tribunal Constitucional conocer de las acciones directas en inconstitucionalidad de las leyes, reglamentos, decretos y resoluciones, cuya decisión al respecto sí es vinculante para todos los poderes públicos y las personas como garantía efectiva de las normas constitucionales. Solo en caso de acogerse una acción directa, la sentencia del Tribunal Constitucional impone la expulsión del ordenamiento jurídico de la norma atacada, siendo una decisión con efecto para todo el mundo (erga omnes), es decir, que debe ser acatada por todos los poderes públicos”, explicaron.

Explicaron que en el caso, el TSE decidió la declaratoria de inconstitucionalidad a propósito de una acción particular en nulidad de la Resolución núm. 4 de la Convencional Nacional Electoral del Partido de los Trabajadores Dominicanos, ejercida por Francisco Antonio Ventura Felipe, miembro del Comité Central de dicho partido.

Detallaron que si bien el TSE tomó esa decisión, es solo válida para ese caso (objeción a convención del PTD para fusionarse con La Fuerza del Pueblo), pues no tiene la competencia ni el poder para expulsar del ordenamiento jurídico las leyes, decretos, resoluciones y reglamentos cuya inconstitucionalidad decide.

Resaltaron que por esa razón la decisión tomada por el TSE respecto de los artículos 49.4 de la ley de partidos y 134 de la ley electoral no se le impone a ningún poder público.

“Nuestro sistema constitucional se rige por la presunción de constitucionalidad de las leyes, tal como bien ha indicado el Tribunal Constitucional en sus sentencias TC/0274/13 y TC/0039/15 disponiendo que “en nuestro sistema constitucional prevalece el criterio de que una ley es constitucional hasta tanto el órgano encargado del control de la constitucionalidad se pronuncie en sentido contrario, de conformidad con la máxima in dubio pro-legislatore”, agregaron.

“La JCE no puede inaplicar los referidos artículos ni mucho menos desacatar el mandato legislativo establecido en estas normas que prohíben el transfuguismo partidario y electoral, para el fortalecimiento del sistema democrático y como garantía de la democracia interna de los partidos, teniendo los miembros de ese organismo la obligación ineludible de acatar y hacer cumplir las disposiciones de los artículos 49.4 de la ley de partidos y 134 de la ley electoral, que siguen vigentes y constitucionales por no haber intervenido sentencia del Tribunal Constitucional indicando lo contrario”, señalaron los juristas.

Dijeron sin embargo, que siendo esas disposiciones legislativas objeto de diversas acciones directas en inconstitucionalidad por ante el Tribunal Constitucional sin que aun haya intervenido una decisión, la JCE actúa acorde a los lineamientos del ordenamiento jurídico – administrativo cuando pospone valorar la inscripción de la candidatura de Leonel Fernández Reyna.

Ciertamente, conforme a los artículos 25 y 26 de la Ley núm. 107-13, sobre los derechos de las personas en sus relaciones con la Administración Pública y procedimiento administrativo, previo a la emisión del correspondiente acto administrativo las entidades públicas pueden disponer de todas las medidas provisionales que garanticen la eficacia del acto a dictar y deben estar debidamente informadas.

“De ahí que no habiendo vencido el plazo para decidir sobre la admisión de las candidaturas presidenciales y estando el Tribunal Constitucional apoderado sobre este asunto, la JCE hace un voto de prudencia para lograr la efectividad inmediata de la resolución que adoptaría en aplicación de las leyes de partidos y electorales, garantizando un clima de paz y normalidad en nuestro sistema democrático al sobreseer su decisión hasta tanto el órgano máximo del sistema de justicia constitucional dicte su sentencia”, manifestaron finalmente.

acento.com.do

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Ya son 13 provincias en alerta verde por posibles inundaciones y crecidas de ríos

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Santo Domingo, R.D.-Este jueves el Centro de Operaciones de Emergencias (COE) amplió el nivel de alerta verde para 13 provincias ante el riesgo de crecidas de ríos, arroyos y cañadas, así como de inundaciones repentinas o urbanas, debido a la incidencia de una vaguada y una onda tropical.

  • Las provincias bajo alerta son: Santo Domingo y el Distrito Nacional, Santiago Rodríguez, Elías Piña, Santiago, San Juan, Montecristi, El Seibo, Puerto Plata, Espaillat, Valverde, Dajabón, Hato Mayor y San Cristóbal.

De acuerdo con el último boletín del Instituto Dominicano de Meteorología (Indomet), por la incidencia de estos fenómenos atmosféricos se presentarán aguaceros moderados a fuertes, posibles granizadas aisladas, tormentas eléctricas y ráfagas de viento, especialmente en Hato Mayor, El Seibo, Monte Plata y Sánchez Ramírez.

Según el COE, las precipitaciones disminuirán gradualmente hasta las primeras horas de la noche.

Debido a las condiciones meteorológicas, los organismos recomendaron a los residentes en zonas de alto riesgo que habitan próximos a ríos, arroyos y cañadas abstenerse de cruzar estos afluentes y no utilizar los balnearios ubicados en zonas bajo alerta.

  • Asimismo, instó a la ciudadanía a mantenerse en contacto con la Defensa Civil, las Fuerzas Armadas, la Cruz Roja, la Policía Nacional, los Cuerpos de Bomberos y el Centro de Operaciones de Emergencias a través de los teléfonos 809-472-09099-1-1 y *462 de la OGTIC.

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Modus operandi de la red de cibercrimen en la provincia Santiago

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Santo Domingo, R.D.-El Ministerio Público identificó el municipio de Jacagua y el sector Los Cocos de Santiago como los centros operativos de una estructura de ciber-extorsión que tenía ribetes internacionales y que estafó más de 400 ciudadanos estadounidenses, cuyos datos han sido validados por el Homeland Security de Estados Unidos.

Los integrantes de la red diseñaban y publicaban anuncios publicitarios en portales de citas y encuentros íntimos, ofreciendo servicios sexuales ficticios de supuestas mujeres.

Para mantener el anonimato de los operadores en República Dominicana, los anuncios incluían números telefónicos virtuales estadounidenses contratados a proveedores en territorio americano, redirigiendo el tráfico de llamadas y mensajes de WhatsApp a los centros de operaciones en Santiago.

 Una vez obtenido el número telefónico real del usuario, el tirador realizaba capturas de pantalla y las transfería a otros miembros de la red, quienes ejecutaban búsquedas exhaustivas en plataformas de recopilación de registros públicos de EE. UU.

De este modo, la red obtenía nombres de familiares, lugares de trabajo, direcciones residenciales exactas y edades de sus objetivos.

Bajo un guion agresivo, le reclamaba haberle hecho perder tiempo y dinero a la joven, alegando que supuestamente está rechazó otros clientes por su culpa y exigiéndole el pago inmediato de una multa o compensación económica. Si la víctima se resistía a pagar, la red ejecutaba su maniobra más violenta: la intimidación con fines de coacción.

“Los imputados enviaban mensajes de texto, audios y videos afirmando pertenecer a organizaciones criminales de extrema violencia como el Cártel de Sinaloa o las Maras Salvatruchas”.

Desesperadas por el terror, las víctimas cedían y realizaban los depósitos. La red facilitaba canales digitales de pago como Zelle, Cash App, Venmo, PayPal, Apple Pay, Chime o transferencias en Bitcoin.

Para burlar los controles antiblanqueo, las cuentas receptoras en EE. UU. pertenecían a intermediarios, identificados en la red como colectores, que movían el dinero de inmediato.

El Ministerio Público prueba el modus operandi a través de la incorporación de transcripciones de interceptaciones telefónicas, informes forenses y análisis periciales en el documento oficial, así como recibos de los envíos y otras evidencias de las transacciones.

El Ministerio Público incautó decenas de teléfonos móviles, máquinas de contar dinero, sellos de financieras falsas y barras de oro ocupados a los implicados.

El voluminoso expediente del caso detalla como un grupo de jóvenes de una zona suburbana de Santiago, utilizaron la tecnología de la información, combinada con la manipulación del terror psicológico, para crear una estafa transnacional altamente rentable y estructurado por la delincuencia organizada local.

Será el próximo lunes cuando la juez del juzgado de Atención Permanente evalúe las 365 páginas de la solicitud de medida de coerción de la llamada Operación XL 526 para quienes están solicitando prisión preventiva y declaratoria del caso complejo por la multiplicidad de imputados.

El órgano acusador también aportó los movimientos de cuentas bancarias por decenas de millones de pesos dominicanos, los reportes de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) que prueban que los imputados no tenían empleos lícitos, y los listados de terrenos e inmuebles adquiridos para el lavado de activos.

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Disponen libertad de «Masha» con fianza de RD$5,000

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Santo Domingo, R.D.-Fue variada por la Corte de Apelación de Santo Domingo la medida de coercion que pesaba en contra de la interprete de musica urbna Ashley Mariel Sánchez Victoriano, conocida popularmente como «Masha«, quien se encuentra acusada de porte ilegal de armas de fuego.

El tribunal de alzada dispuso la libertad de la artista, tras imponerle el pago de una garantía económica de RD$5,000 pesos y la obligación de comparecer ante las autoridades mediante presentación periódica.

Con esta decisión, la corte revoca la medida dictada previamente por el Juzgado de Atención Permanente de Santo Domingo Este, cuya magistrada, la jueza Karen Casado Minyety, había impuesto tres meses de prisión preventiva a cumplirse en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo-Mujeres. En el mismo expediente también figuran los jóvenes Alexander Martínez Nolasco y Karla Julisa Rodríguez, de 18 y 19 años respectivamente, quienes fueron enviados a Najayo-Hombres y Najayo-Mujeres por el mismo período.

A la salida del tribunal ubicado en la Ciudad Judicial, el consejo de defensa de la imputada —integrado por los abogados Randy Banks, Jenrry Romero y Amaury Oviedo— expresó que este fallo confirma que el proceso continuará conforme a las garantías establecidas por la ley.

«A partir de este momento, nuestra representada deberá cumplir con las medidas impuestas mientras se desarrolla el curso de la investigación», manifestó el jurista Randy Banks.

Banks aprovechó la ocasión para agradecer a quienes mantuvieron la confianza en el sistema de justicia durante el proceso y reafirmó el compromiso del equipo legal de seguir defendiendo los derechos de su protegida dentro del marco legal correspondiente. Al concluir, recordó un principio fundamental del derecho penal dominicano: «La libertad es la regla; la prisión preventiva, la excepción».

De acuerdo con la solicitud de medida de coerción, «Masha» y los otros dos justiciables fueron arrestados durante una inspección vehicular en el municipio de Boca Chica. Las autoridades ocuparon dos pistolas calibre 9MM marca Glock sin documentación, las cuales se encontraban dentro de una yipeta marca Honda CRV, color blanco, conducida por Karla Julisa Rodríguez.

El informe detalla que: La primera arma contenía su cargador con 4 cápsulas. y la segunda arma no tenía cargador.

En medio de la palanca de cambios se halló un cargador extendido (tipo «cohete») con capacidad para 30 municiones, el cual contenía 10 cápsulas en su interior.

La fiscal Zayra Soto, del Departamento de Investigación de Crímenes y Delitos contra la Persona, formuló la acusación inicial provisional por el delito de porte ilegal de armas de fuego, ilícito penal tipificado y sancionado en los artículos 43-B, 66 y 67 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados. En la audiencia inicial, la solicitud fue litigada por el fiscal Tito Osea González Ramírez.

Un historial rodeado de controversias y violencia

El entorno de la joven artista urbana ha estado marcado por constantes conflictos de carácter judicial y policial en los últimos meses:

Octubre de 2025: La Policía Nacional detuvo a «Masha» en el sector de Villa Francisca, Distrito Nacional, tras ocupársele dos paquetes de un vegetal que presumiblemente correspondía a marihuana.

Enero: Su pareja sentimental, Jhakomo Hernández de la Rosa, fue enviado a prisión preventiva por tres meses, acusado de la muerte de un joven en el referido sector de Villa Francisca.

Febrero: Desconocidos tirotearon el vehículo en el que se desplazaba la artista junto a su amiga Dominique Natalia Gómez Cabrera (22 años), quien lamentablemente resultó muerta a causa de las heridas de bala. Días más tarde, agentes de la Policía Nacional abatieron a dos hombres señalados como los presuntos responsables de dicho atentado.

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Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
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