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Expresidente exige a la JCE la participación de todos sus delegados en auditoría
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7 años agoon
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LA REDACCIÓN
Leonel Fernández durante un almuerzo navideño con dirigentes de las nueve circunscripciones del Gran Santo Domingo, en el Club Los Prados
Leonel Fernandez, aspirante presidencial de la Fuerza del Pueblo, dijo hoy, luego de que se produjera la contratación de la empresa Alhambra Systems S.A., por parte de la Junta Central Electoral, para que realice la auditoría forense al Sistema de Voto automatizado, que los delegados de su partido y demás organizaciones del sistema, deben participar de todo el proceso en esa inspección.
El exmandatario enfatizó que, de no cumplirse con la petición, esta auditoria no tendría ningún valor, pues, según dijo, esto lo que haría es confirmar aún más “el fraude que se cometió en el pasado proceso de elecciones primarias del 6 de octubre”.
“La Junta lo que tiene que hacer es dedicarse a hacer la auditoría previa y programar la auditoría posterior a lo que va a ocurrir en las elecciones municipales del 16 de febrero, porque necesitamos que den garantía absoluta, que esta vez si se va a respetar en toda su expresión la voluntad del pueblo”, declaró el exmandatario de la República.
Contrato de Alhambra Systems S.A.
La JCE en una comunicación de prensa, detalló que el contrato asciende a quinientos sesenta y seis mil treinta y siete dólares de los Estados Unidos de Norteamérica con setenta y tres centavos (US$566,037.73), lo cual es correspondiente a los honorarios y gastos del servicio contratado. La JCE deberá pagar un 50% al inicio del proyecto y 50% al finalizar el proyecto.
Agregó que Alhambra Systems S.A opera bajo el nombre Alhambra Eidos en la persona de Jaime Guevara, director de general y representante legal.
Las elecciones primarias fueron fuertemente cuestionadas por el expresidente Fernández , quien era precandidato del PLD y que después del proceso interno de esa organización abandonó las filas de esa institución oficialista.
Luego de celebradas las elecciones primarias del 6 de octubre, el equipo del expresidente Leonel Fernández depositó una instancia ante la Junta Central Electoral (JCE) en la que requirió una serie de aspectos para que sean aplicados por la empresa que resulte escogida para realizar la auditoría forense al sistema de voto automatizado.
Fernández exige, entre otros puntos, que se verifique la no alteración de las máquinas de votación.
Para dicha verificación plantea que se seleccione un 5 % de las máquinas de votación, y que se le realice un copiado completo del estado final del disco duro y el BIOS para que sea entregado a los auditores forenses.
También, pide realizar en cada una de las máquinas, un análisis de los accesos, permisos, archivos borrados, alterados y agregados, con lo cual se debería hacer un informe de cada máquina.
Además, que se compruebe que el reloj del sistema de entrada y salida (BIOS) no ha sido alterado desde el momento en que se cerraron las votaciones, que no se ha realizado ningún acceso a estas máquinas desde el cierre de la votación, y que, si cualquier máquina resultase con cualquiera de estas alteraciones, debe ser reemplazada por otra, entre otros requerimientos.
También que se verifiquen lo sistemas de seguridad electrónica o sistemas de accesos físicos o virtuales a áreas sensibles interconectadas; que se certifique la geolocalización de los puntos desde donde se realizaron las transmisiones de resultados, la certificación de la impresión de las horas todas las actas de votación de cada mesa, así como la impresión de las actas de votación de los electores y su vinculación o conexión con el hardware, entre otros requerimientos. Y que se certifique que las estaciones o urnas han estado en estado de congelamiento, posterior al proceso de elecciones.
Asimismo, el equipo de Fernández insistió en que se debe designar una comisión de veedores compuesta por representantes de la Organización de Estados Americanos (OEA), la Unión Europea (UE) y la embajada de los Estados Unidos.
En la instancia, firmada por los delgados técnico y político del exmandatario, Fernando Fernández y Rubén Maldonado respectivamente, se demanda que se analice el “software de sumarización de votos”; que se habiliten a todas las partes para reproducir los resultados de los auditores, que “el flujo de votación cumple el paso a paso desde el nivel partido, presidente, senador, diputado, alcalde, regidor, director municipal, vocal, es decir desde el nivel de partido hasta el nivel municipal”.
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A partir del 1 de agosto la JCE eliminará servicios de cedulación de madrugada.
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10 horas agoon
julio 27, 2026
Santo Domingo. – A partir del primero de agosto la Junta Central Electoral (JCE) tendrá nuevos horarios de atención en los Centros de Cedulación de Servicio Extendido (anteriormente denominados Centros de Servicios Continuos).
El Pleno de la JCE dispuso que los centros de servicio extendido ofrecerán atención a la ciudadanía de lunes a domingo, en horario de 8:00 de la mañana a 12:00 de la medianoche.
La medida aplicará a los centros ubicados en Barahona, Herrera, Distrito Nacional, La Romana, La Vega, Las Américas, San Cristóbal, San Francisco de Macorís, San Pedro de Macorís y Santiago.
En ese sentido, la JCE precisó que los ciudadanos con citas programadas en el horario de la madrugada (de 12:00 a. m. a 07:00 a. m.), podrán presentarse en cualquiera de los centros de cedulación, según el horario de servicio correspondiente, sin importar el mes de cumpleaños.
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Depositan acción contra artículo 310 del Código Penal
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11 horas agoon
julio 27, 2026
Santo Domingo.- Una accion directa de inconstitucionalidad sometió el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) ante el Tribunal Constitucional una contra el artículo 310 del recién modificado Código Penal.
El recurso fue encabezado por Trajano Potentini, presidente del gremio, quien considera que su contenido entra en contradicción con garantías esenciales del orden constitucional, particularmente el derecho de defensa, el debido proceso y la dignidad del ejercicio profesional del derecho.
Potentini acudió a la sede de la jurisdicción constitucional acompañado de miembros de la directiva del gremio, presidentes de seccionales y de expresidentes del Colegio de Abogados, en una manifestación institucional con la que la organización procura defender no solamente las prerrogativas de los profesionales del derecho, sino también las garantías que asisten a toda persona que requiere representación y asistencia jurídica efectiva.
El presidente del CARD explicó que la acción constitucional tiene como propósito que el Tribunal Constitucional examine la compatibilidad del artículo impugnado con los principios, derechos y garantías consagrados por la Constitución dominicana, especialmente aquellos vinculados al libre y pleno ejercicio del derecho de defensa.
Dijo que cualquier regulación penal que pueda incidir sobre la actuación profesional de los abogados debe ser examinada con especial rigor constitucional, debido a que el abogado constituye una pieza esencial para hacer efectivo el acceso a la justicia.
Sostuvo que la defensa técnica no puede ser concebida como una concesión del Estado ni como una función secundaria dentro del sistema de justicia. Por el contrario, representa una garantía indispensable para que los ciudadanos puedan ejercer adecuadamente sus derechos frente a una investigación, acusación o proceso judicial.
En ese contexto, el CARD considera necesario preservar un marco normativo que permita a los abogados ejercer sus funciones con independencia, seguridad jurídica y respeto a la naturaleza de su profesión.
Señaló que la controversia planteada trasciende los intereses particulares de los abogados. Según Potentini, cuando se afecta la independencia o la dignidad de quienes ejercen la defensa técnica también pueden verse comprometidos los derechos de los ciudadanos representados por esos profesionales.
Potentini destacó que la Constitución reconoce el debido proceso y el derecho de defensa como garantías fundamentales que deben observarse en toda actuación judicial y administrativa. En consecuencia, afirmó que las normas deben interpretarse de manera compatible con esos postulados.
La acción solicita la intervención del Tribunal Constitucional en su condición de órgano encargado de garantizar la supremacía de la Constitución y la protección de los derechos fundamentales. Corresponderá a esa alta corte examinar los argumentos y determinar la conformidad o no de la disposición cuestionada con la Carta Sustantiva.
El CARD informó que dará seguimiento al curso procesal de la acción y reiteró su confianza en que el debate jurídico permitirá delimitar adecuadamente el alcance de la disposición impugnada conforme a los principios del Estado social y democrático de derecho.
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Violaciones a la ley se producen con detenciones al margen de la ley.
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11 horas agoon
julio 27, 2026
Santo Domingo, R.D.-En franca violacion del mandato constitucional del plazo de 48 horas para someter ante un juez competente a una persona detenida se produce con casos que tienen que sufrir que se tiempo de extienda por didas, semanas e incluso en meses, segun denuncia de muchos afectados.
Y cuando finalmente un tribunal ordena la libertad, salir del destacamento tampoco ocurre de inmediato.
La situación ha quedado evidenciada con los 13 ciudadanos que permanecen más de 30 días detenidos en los destacamentos del Ensanche Felicidad y Vietnam, en Santo Domingo Este, sin haber sido sometidos al control de un juez y sin que existiera registro de un proceso penal en su contra.
Aunque un tribunal acogió el hábeas corpus presentado por la Oficina Nacional de Defensa Pública (ONDP) y ordenó su libertad inmediata, varios días después la decisión aún se encuentra en proceso de ejecución.

La decisión legal de la liberación de los 13 detenidos ocurrió después de que una inspección de la Defensa Pública encontrara a 16 personas privadas de libertad en los destacamentos de Felicidad y Vietnam. Trece llevaban más de un mes detenidas sin haber comparecido ante un juez.
Durante la audiencia, el Ministerio Público informó al tribunal que no encontró solicitudes de medidas de coerción ni actuaciones procesales relacionadas con esas personas.
Según relataron, los agentes explicaron que el retraso obedecía a la falta de vehículos para trasladarlo hasta la fiscalía.
Sin embargo, cuando consultaron el sistema del Poder Judicial, descubrieron que tampoco existía una solicitud de medida de coerción depositada y ante esa situación, interpusieron un nuevo hábeas corpus.
Para la Defensa Pública, la ausencia de transporte se ha convertido en una de las explicaciones más frecuentes para justificar los retrasos.
«No había sucedido antes con esta magnitud. Ahora uno de los argumentos recurrentes es que no hay vehículos para trasladar a los detenidos», explicó Figuereo.
La defensora sostuvo que esa situación no solo afecta a quienes esperan ser presentados ante un juez por primera vez, sino también las audiencias de medidas de coerción.
«Si hay 65 audiencias fijadas, 45 o 50 terminan aplazándose por falta de traslado«, aseguró.
El hábeas corpus tampoco acelera siempre la libertad.
Las defensoras afirman que incluso cuando presentan acciones constitucionales para recuperar la libertad de un detenido, el proceso suele enfrentar nuevos obstáculos.
Según Figuereo, en algunos casos el Ministerio Público solicita aplazamientos de las audiencias de hábeas corpus para ganar tiempo.
«La táctica dilatoria que está haciendo el Ministerio Público es pedir aplazamiento para depositar la solicitud de medida de coerción. Cuando vuelve la audiencia, aparece el vehículo, trasladan al imputado y conocen la medida», afirmó.
El artículo 40 de la Constitución dispone que toda persona detenida debe ser presentada ante un juez dentro de las 48 horas siguientes a su arresto.
El artículo 71 reconoce el hábeas corpus como el mecanismo para restablecer ese derecho cuando la privación de libertad es ilegal o irrazonable.
Sin embargo, para la Defensa Pública, las visitas diarias a los destacamentos muestran una realidad distinta.
Las inspecciones no solo verifican el tiempo de detención. También revisan si los privados de libertad han recibido alimentos, agua, atención médica y si han sido objeto de maltratos.
«Mucha gente ni siquiera sabe por qué está detenida o que tiene derecho a ser presentada ante un juez en 48 horas«, señaló la defensora pública Dilenny Morel.
La historia de los 13 ciudadanos resume la paradoja que describen las defensoras. Entraron a los destacamentos sin que posteriormente se formalizara un proceso judicial.
Un tribunal ordenó su libertad. Pero la ejecución de esa decisión también requirió nuevos trámites, seguimiento de los abogados y espera.
Para la Defensa Pública, esa secuencia refleja un problema que trasciende un caso particular: en algunos destacamentos dominicanos no solo resulta fácil entrar; también puede ser muy difícil salir, incluso cuando un juez ya ordenó la libertad.
