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Sentencia ratifica precedente establece honor y buena fama, según abogado

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La Sentencia de la Suprema Corte de Justicia ratifica un precedente que establece que el honor y la buena fama son límites al derecho a la libertad de expresión y difusión del pensamiento,

La afirmación la hizo el jurista Luis Miguel Pereyra, quien  consideró que la decisión de la Suprema Corte de Justicia, que favorece a la diputa Lucia Medina Sánchez, es un precedente importante en el sistema de justicia de la República Dominicana.

Pereyra se refirió a sentencia de esa alta corte que ordena al comunicador Salvador Holguín, al pago de cinco millones de pesos en favor de congresista Medina Sánchez, en concepto de reparación por difamación, con lo que rechazó la impugnación de la sentencia en corte de apelación.

Advirtió el profesional del derecho que quien utilice medios de comunicación y redes sociales debe mantener el debate en el marco de la decencia, sin alusiones personales y respetan el derecho de cada quien, a la estigma pública.

“Usted no puede atentar contra la buena fama y la estima pública, el honor y la consideración de las personas, que fue lo que paso en el caso de la diputada Lucia Medina “, refirió el jurista.

Resalta, asimismo, que la decisión de la Suprema Corte reitera una vez también lo que fueron criterios, tanto del tribunal de primer grado como de la corte de apelación en el sentido de que, un político puede ser perfectamente escrutado por la prensa en lo que tiene que ver con sus actividades oficiales. “Sin embargo, eso no indica que usted no puede incursionar en la vida privada de un funcionario, muchos menos con hechos que no puede probar y que son lejanos a la verdad”, agrega.

“Entonces, la Suprema Corte de Justicia ha revalorado una vez más un bien protegido como es el honor y ha dictado una sentencia que básicamente confirma que las condenaciones que se hicieron, tanto en el primer grado y que luego ratificó la corte de apelación eran correctas en cuanto a que se violó la ley de expresión y difusión del pensamiento”, enfatiza.

Entiende el abogado Pereyra que con dicha condena se envía un mensaje a la comunidad de que hay que mantener el debate dentro de los límites de la decencia y que hay que debatir sobre los temas en conflicto, evitando alusiones personales a los intervienen en el mismo, en el entendido de que todos tenemos derecho al honor y a la estima pública y fama que la gente gana a través de su conducta durante mucho tiempo.

Insistió en advertir que nadie está en facultad de atentar contra esos valores sin que sea sancionado, y porque cada vez más cualquier persona tiene un programa de televisión que lo sube a Youtube o a cualquier plataforma digital.

Recordó que la fama pública y el honor son valores protegidos constitucionalmente, así como está protegida la libertad de expresión y difusión del pensamiento. “Y ningún derecho es absoluto porque usted sea periodista y tenga derecho de expresarse, de investigar, de comunicarse, pero sin entrar en el terreno personal y de ninguna manera injuriar a ninguna persona”, explica,.

Tanto la sentencia emitida por la Corte de Apelación y la emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia establecen que ha quedado clara y fuera de toda duda la intención del imputado de atentar contra el honor de la diputada Medina Sánchez, en un vídeo emitido en noviembre de 2016 en el programa “Hilando fino“ que el comunicador Holguín produce y conduce.

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Hombres que robaban alimentos fueron apresados por Policía Nacional.

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Santo Domingo. – Este jueves la Policía Nacional informó que detuvo cuatro hombres involucrados en el robo de fundas con alimentos de primera necesidad, sustraídos de varios camiones que transitaban por la avenida del Puerto del Distrito Nacional.

El cuerpo del orden dijo que los detenidos son Aaron Ezequiel Cabrera, de 36 años; Breilin José Vizcaíno Capellán, de 18; Ángel Reguillo Emiliano, de 26, y Miyel Ambiórix Morillo, de 27, todos residentes en la citada demarcación.

Según la entidad, la detención fue realizada por agentes de la Dirección Central de Investigación (Dicrim), quienes actuaron de manera inmediata tras dar seguimiento a los responsables, identificados a través de un video que se hizo viral en redes sociales y medios de comunicación.

Los cuatro apresados serán puestos a disposición del Ministerio Público para los fines legales correspondientes.

La Policía Nacional reafirma su compromiso de actuar con prontitud frente a hechos delictivos y garantizar la seguridad ciudadana.

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Presidente de la República solicita al Congreso agilizar modificación de ley de Compras y Contrataciones.

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Santo Domingo, R.D.- Luis Abinader solicitó este jueves al Congreso Nacional agilizar la aprobación del proyecto que modificaría la ley de Compras y Contrataciones, la cual tiene el objetivo de establecer sanciones más severas contra la corrupción y fortalecer el marco regulador de las contrataciones del Estado.

Esta normativa, que fue propuesta por la exsenadora y ministra de Interior y Policía, Faride Raful, derogará la Ley 340-60, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, que data del 2006.

El director de Contrataciones Públicas, Carlos Pimentel, destacó que una de las tareas fundamentes de esta nueva ley es devolver el sistema de consecuencias, que fue eliminado en el mismo año que fue aprobada.

El mandatario y Pimentel hablaron del tema al encabezar el acto en el que se anunció que República Dominicana fue escogida por primera vez como sede de la Conferencia Internacional Anticorrupción (IACC), la cual se llevará a cabo en el 2026.

Prohibiciones que propone proyecto de ley

  • El artículo 25 prohíbe a los exfuncionarios gestionar o representar intereses privados y particulares ante la institución a la que prestaron sus servicios, o ante las instituciones que les sean subordinadas, durante los 12 meses siguientes a la fecha de su salida del cargo.
  • También castiga con uno a tres años de prisión a los que incurran en falsedad en las declaraciones juradas requeridas para registrarse como proveedor del Estado o para participar de un procedimiento de contratación.
  • Además, sanciona con dos a cinco años de prisión y hasta multa de 50 salarios mínimos a los servidores del Estado que, en ejercicio de sus funciones intervengan en la tramitación, aprobación o celebración de un contrato, de manera dolosa, en violación al régimen de inhabilidades y prohibiciones previsto en la presente ley.
  • El proyecto establece que, cada institución contratante deberá contar con un apartado integrado a su portal institucional en donde se agrupen las informaciones y documentaciones relativas a su actividad contractual, con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a estas.
  • Establece que los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta 30 % del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de la ley.

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No habrán elecciones extraordinarias en La Vega

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Santo Domingo, R.D.-Las solicitudes de convocatoria de elecciones extraordinarias en La Vega fueron rechazadas este jueves por la Junta Central Electoral (JCE).

El órgano indicó que no tiene competencia legal para convocar a elecciones extraordinarias en el municipio, pese al vacío que se generó hace tres meses con la renuncia del alcalde Kelvin Cruz y la vicealcaldesa Amparo Custodio.

En sus motivaciones, la JCE acotó que la Ley 20-23, de Régimen Electoral, solo la faculta a convocar elecciones extraordinarias cuando se anulan las anteriores, aspecto que no ocurrió en este caso de La Vega.

«De la lectura del referido numeral 2 del artículo 95 se comprueba claramente que el legislador dominicano, al momento de definir los casos en los que procedería a convocar elecciones extraordinarias, no contempló el escenario que alegan los solicitantes, de lo cual se deduce que no existe competencia legal para que la Junta Central Electoral proceda a la convocatoria de elecciones extraordinarias en el municipio La Concepción de La Vega«, expresó el pleno del organismo electoral en uno de sus considerandos.

El exalcalde Kevin Cruz fue escogido con el 73 % de los votos de La Vega, fue juramentado en el cargo y lo asumió por casi cuatro meses, antes de que el presidente Luis Abinader lo designara ministro de Deportes. Su vicealcaldesa, Amparo Custodio, quien podía sucederlo en el puesto, renunció indicando que ese cargo debía ocuparlo un dirigente del Partido Revolucionario Moderno, que ganó la plaza.

Sin embargo, para resolver este impasse, la semana pasada el Concejo de Regidores de La Vega, revocó la renuncia de Custodio para que esta regresara a la alcaldía y el pasado 15 de noviembre fue juramentada como la nueva alcaldesa.

No obstante, los partidos de oposición Fuerza del Pueblo y de la Liberación Dominicana (PLD) insisten en que el Concejo de Regidores no tiene facultad para nombrar alcaldes. Los dos partidos han sometido recursos ante la justicia para tratar de revertir la decisión de los regidores.

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