Opinión
La Cultura de la Irresponsabilidad y el Coronavirus en el país.
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6 años agoon
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José CabralPor José Cabral
Siempre defendí la diligencia y la eficiencia con que se ha manejado el Gobierno a través del ministerio de Salud Pública con los casos de coronavirus aparecidos en la República Dominicana.
Sin embargo, siempre tuve las dudas por todas las improvisaciones e irresponsabilidades como se maneja regularmente el Gobierno.
Y exactamente las cosas han ocurrido como temía que ocurriera, cuya revelación de la imposición de la cultura de la irresponsabilidad ha salido a la superficie con la paciente de Villa Riva que llegó desde Italia afectada de la enfermedad.
Lo primero es que el ministro de Salud Pública declaró a través de los medios de comunicación que esa señora se había fugado de un hospital de Puerto Plata luego de ser diagnosticada con el coronavirus.
Cuando el ministro habló de fuga quedé sorprendido porque una indefensa mujer no es verdad que va a huir de quienes le pueden devolver la salud y de aquellos con todos los instrumentos del Estado a su disposición para someterla a un protocolo de carácter internacional, que incluye el uso de la fuerza pública.
Pero en qué cabeza puede caber que esa señora pueda huir de un centro asistencial afectada de una enfermedad que podría contagiar a muchos otros dominicanos, pese a que el poder para evitar semejante situación descansa en una responsabilidad del Estado.
Se supone que cualquier enfermo de coronavirus debe ser vigilado y protegido por las autoridades competentes para evitar una situación lamentable.
Lo segundo es que esa señora aparece luego en su casa y desmiente lo dicho por el ministro, lo cual merece toda la credibilidad, porque ella mostró que vive sola en una casa de ese pueblo y que en ningún momento el médico que la atendió, que incluso fue a su hogar, le dijo que no podía salir del centro asistencial.
Lo grave del asunto es que esta señora está en su casa sin ninguna vigilancia de las autoridades y que se mueve a sus anchas, lo cual podría implicar el contagio de muchas más personas y crearle al país un serio problema con el asunto del coronavirus.
Lo ocurrido con esta paciente comprueba que la cultura de la irresponsabilidad se sobrepuso al cuidado que se debe tener para evitar la propagación del Covid 19 como también se conoce la pandemia.
Debo repetir que siempre destaqué lo bien que se había manejado el Ministerio de Salud Pública para evitar la propagación de una enfermedad que ya se ha convertido en un fuerte dolor de cabeza para todo el mundo.
Siempre tuvo la duda de que el desorden y la improvisación que prevalece de manera integral en la sociedad dominicana también se impondría en el protocolo a seguir con el asunto del coronavirus, pero lamentablemente así parece que ha sucedido.
Esta señora contagiada debió permanecer bajo el control de las autoridades y ahora no se sabe cuántas personas pueden resultar afectadas por la forma irresponsable en que por lo menos se ha manejado su caso.
Pero quién se atreve a negar que igual tratamiento se les ha dado a los demás casos que han sido traído al país por algunos extranjeros, pero además cómo sabemos cuántas son las personas contagiadas con el coronavirus cuando los que la pueden propagar transitan por las calles del país a su antojo.
Es importante que se sepa que la clave para evitar la propagación de una enfermedad como ésta es precisamente el mantenimiento en cuarentena de los que han resultado contagiados
La verdad es que la irresponsabilidad, el caos, el desorden y la falta del manejo con la suficiente seriedad de una situación como la que le podría crear a la República Dominicana el coronavirus, envía el mensaje de que todos estamos expuestos a un gran peligro.
Los próximos días podrían hablar por si solos cuando podrían aparecer en la República Dominicana una cantidad significativa de dominicanos afectados del coronavirus en un país donde no se reúnen las condiciones sanitarias necesarias para contrarrestar una pandemia que toma cuerpo y que ya son más de 100 mil los afectados y cerca de cuatro mil las víctimas mortales.
La República Dominicana no hay forma de que pueda negar su condición de país del tercer mundo, donde el subdesarrollo, la improvisación y la falta de institucionalidad campean por doquier.
Por Isaías Ramos
En el artículo anterior, “Cuando trabajar no alcanza”, mostramos lo esencial: en nuestro país hay trabajadores a tiempo completo que, aun cumpliendo con todo, no alcanzan el costo de la canasta básica. Hoy toca cerrar el círculo con una pregunta inevitable: si el Estado asegura que no tiene margen para indexar el ISR ni para acercar los salarios a la canasta, ¿cómo sí lo tiene para blindar exenciones y subsidios que ya rondan el medio billón de pesos al año?
La comparación es contundente: alrededor de RD$19 mil millones para cumplir la indexación —lo mínimo para que la inflación no se coma el salario por la vía del impuesto— frente a más de RD$500 mil millones en gasto tributario y subsidios no focalizados. Esa diferencia no es técnica; es moral. Es un impuesto silencioso al trabajo para sostener privilegios que casi nunca rinden cuentas.
No hablamos de milagros, sino de coherencia constitucional.
Primero derechos; después privilegios.
La indexación es justicia básica; que el salario cubra la canasta es dignidad mínima. Cuando eso no ocurre, todo lo demás se convierte en una transferencia regresiva: recursos públicos arriba y salarios de subsistencia abajo.
Lo vemos en historias como la de Marta, cajera en una tienda que abre seis días a la semana. Gana el salario mínimo del tramo superior y aun así no le alcanza para transporte, alimentos y educación básica de sus hijos. Todos conocemos una Marta. Su caso no es la excepción; es el reflejo de un modelo.
Reconocemos, sin ambigüedades, que ciertos sectores han traído inversión y empleo. Pero en un Estado Social y Democrático de Derecho, la prioridad no se discute: derechos primero, incentivos después. Si un sector recibe exenciones millonarias durante décadas, la contrapartida mínima es un salario mediano por encima de la canasta y una reducción verificable de la informalidad. Y si los beneficios se justifican por su aporte, ese aporte debe comprobarse con datos públicos.
Las preguntas son simples, y las respuestas deberían serlo también:
- ¿Cuál es su salario mediano y qué parte de la canasta cubre?
- ¿Cuál es su aporte fiscal neto, descontadas exenciones y transferencias?
- ¿Qué metas salariales y de formalización han cumplido —auditadas y con plazos—?
Si esas respuestas no existen, la falla no está en quien critica, sino en un modelo que evita mirarse al espejo.
Cuando miramos la región, el panorama se vuelve más claro y más crudo. Llevamos décadas creciendo alrededor de 5 % anual, más del doble del promedio latinoamericano. Sin embargo, datos del Banco Mundial muestran que menos de 2 % de los dominicanos ascendió de grupo de ingreso en una década, frente a un 41 % regional. Es una de las movilidades más bajas de América Latina: un motor económico de alta potencia montado sobre una carrocería social demasiado frágil.
A eso se suma un mercado laboral con alrededor de 55 % de informalidad, superando un promedio regional que ya bordea la mitad. Millones de personas trabajan sin contrato, sin protección y sin capacidad de negociación. Mientras tanto, el salario mínimo formal del sector privado no sectorizado —según el tamaño de la empresa— oscila hoy entre unos RD$16,000 en las microempresas y cerca de RD$28,000 en las grandes, y ni siquiera en su tramo superior alcanza el costo de la canasta familiar nacional, que ronda los RD$47,500, ni la canasta del quintil 1, situada en torno a RD$28,400. La mayoría de los trabajadores informales ni siquiera se acerca a esos montos.
Ahí está el nudo del modelo: un PIB que corre por delante del promedio regional, con salarios más bajos, más informalidad y menor movilidad que casi todos. Ahí es donde la retórica del “milagro” deja de coincidir con lo que millones viven cada día: jornadas largas, ingresos insuficientes y un crecimiento que no se traduce en dignidad.
Y, mientras tanto, la indexación —que solo evita que el impuesto castigue el salario— se presenta como inalcanzable. No lo es. Lo inalcanzable es pretender estabilidad congelando la protección del trabajador mientras se blindan privilegios que nadie revisa con lupa desde hace décadas. Eso no es estabilidad; es un subsidio a la precariedad.
La discusión no es “si hay dinero”, sino de dónde es justo que salga.
¿De quienes ya no pueden más, o de exenciones que llevan medio siglo sin evaluación seria?
¿De la nómina de la clase trabajadora, o de regímenes especiales convertidos en vacas sagradas?
En el Frente Cívico y Social entendemos que la guía es simple y está escrita en la Constitución. El artículo 62 establece, entre otras cosas, que es finalidad esencial del Estado fomentar el empleo digno y remunerado y, en su numeral 9, consagra el derecho a un salario justo y suficiente para vivir con dignidad. No es poesía; es mandato. Si el salario mediano de un sector no cubre la canasta, ese sector no cumple con la dignidad mínima. Y si además recibe exenciones, la obligación de rendir cuentas es aún mayor.
Y porque no hay dignidad sin desarrollo, no olvidemos lo esencial: salario digno es demanda interna, productividad futura y estabilidad social. Con sueldos de miseria no se construye un mercado interno robusto, no se fortalece el capital humano, no hay escalera de movilidad. Lo que se “ahorra” hoy en salarios bajos se paga mañana en menor crecimiento y mayor conflictividad.
En una frase: un país que se respeta no pone el privilegio por encima del salario, ni el incentivo por encima de la dignidad. Cuando la política honra esa jerarquía, la estadística deja de ser consuelo y se convierte en vida vivible.
Despierta RD.
Las escaseces de divisas, alimentos, medicamentos, salarios y servicios públicos, como la electricidad, etc., predominan y se agravan en Cuba, donde no ha estallado una poblada contra el orden socio-político instaurado principalmente por la comprensión ciudadana del inhumano bloqueo económico-financiero y comercial de Estados Unidos y su inspiración en el líder histórico de su Revolución, Fidel Alejandro Castro Ruz. Ese prodigio comprueba el poder de la ideología y la herencia de los sistemas de valores como pilares para mantener el control del Estado.Opinión
La Corte Penal Internacional y los tribunales penales internacionales (2 de 2)
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14 horas agoon
diciembre 5, 2025Por Rommel Santos Diaz
La naturaleza sui generis de los tribunales Ad-Hoc los constituye al mismo tiempo como jurisdicciones que tienen un carácter limitado tanto ratione temporis como ratione loci.El Tribunal Penal Internacional para la Ex Yugoslavia solo tiene competencia para juzgar los crímenes cometidos a partir del 1 de enero de 1991 en el territorio de la Ex República Federal Socialista de Yugoslavia mientras que el Tribunal Penal Internacional para Ruanda tiene una competencia temporal aún más restringida dado que sólo puede juzgar los crímenes cometidos durante el año 1994 en el territorio de Ruanda.
Por su parte, la Corte Penal Internacional es un tribunal permanente que tiene una competencia ratione temporis de carácter prospectivo, vale decir, se aplica sólo a los crímenes cometidos luego del 1 de julio del 2002, fecha de la entrada en vigor de su Estatuto. Además, su competencia ratione loci se basa en el principio de territorialidad y no en el principio de jurisdicción universal.
Por otro lado, conviene destacar que la forma de creación de los tribunales penales internacionales determina a su vez el modo como estos tribunales internacionales se relacionan con las jurisdicciones internas.
Así por ejemplo, la Corte Penal Internacional se rige por el principio de complementariedad en relación a la jurisdicción interna de los Estados. Esto tiene particular relevancia en los casos de competencia concurrente con la jurisdicción nacional, dado que la jurisdicción del Tribunal Penal Internacional para la Ex Yugoslavia y del Tribunal Penal Internacional no es complementaria de la jurisdicción nacional, sino que en su lugar se trata de una jurisdicción internacional que tiene primacía sobre las instancias nacionales.
Lo anterior permite que en cualquier estado de un proceso ante un tribunal nacional tanto el Tribunal Penal Internacional para la Ex Yugoslavia y el Tribunal Penal Internacional para Ruanda puedan requerir a los tribunales nacionales la remisión del caso a sus respectivas competencias.
En relación a la existencia de mecanismos de cooperación judicial entre los tribunales penales internacionales, es pertinente subrayar que esta instituciones responden a principios distintos de aquellos que son propios del derecho penal internacional propios del derecho internacional privado y es en esta línea conservadora que ninguno de los estatutos de los tribunales internacionales contiene disposiciones específicas sobre cooperación entre ellos.
Así por ejemplo, el Estatuto de Roma regula las relaciones de cooperación y asistencia judicial sólo entre los Estados Parte y la Corte Penal Internacional y conforme al Artículo 2 de su Estatuto, se prevé en virtud del acuerdo entre la CPI y las Naciones Unidas, relaciones de cooperación con esta organización internacional.
Por tanto, el tratado de Roma no contiene referencias relativas a la forma como la Corte Penal Internacional podría vincularse con otros tribunales del sistema de justicia penal internacional.
Finalmente, tal como se observa en las líneas precedentes no existe un vínculo normativo entre la Corte Penal Internacional y los tribunales Ad-Hoc . No obstante, es innegable que la valiosa y extensa jurisprudencia del Tribunal Penal Internacional para la Ex Yugoslavia y el Tribunal Penal Internacional para Ruanda servirán como referente en el desarrollo del trabajo jurisprudencial de la CPI.
