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Surge propuesta para mover elecciones de mayo para julio y reducir candidaturas presidenciales.

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Dirigentes del Foro de Partidos Políticos.

La Junta Central Electoral (JCE) recibió la propuesta del Foro Permanente de Partidos Políticos de la República Dominicana (Foppredom) para mover las elecciones presidenciales y congresuales del 17 de mayo para el 12 de julio y una probable segunda vuelta para el último domingo del mismo mes que se estará a 26.

Sugieren abrir la posibilidad de nuevas alianzas para auspiciar que se realice una sola elección, para lo cual se deben abrir nueva vez los plazos de alianza y coaliciones para incentivar a la unificación de propuestas electivas, de manera que existan menos candidaturas, sin menosprecio al respeto de los derechos de los partidos.

Argumentaron que esto debe tratarse como lo es, una situación de excepción, ya que esta medida influye positivamente en la concentración del esfuerzo en la menor cantidad de candidatos.

Propusieron que, dado los inconvenientes de implementación del voto dominicano en el exterior, de casi 600 mil electores, que se estudie la posibilidad de tomar decisiones claras al respecto, debido a la imposibilidad material en la que se encuentran los ciudadanos dominicanos en el exterior para ejercer el sufragio, preferiblemente suspendiendo el proceso hasta la fecha en la que sea posible realizarlo.

«Se sugiere que los colegios sean excepcionalmente disminuidos a 150-200 electores, que voten en horario por edad (por ejemplo, grupos de 20 a 25 electores, compuestos por electores de edades comprendidas entre un grupo de edad definido, de 8 a 10 a.m.)», expresaron.

Recomendaron ampliar el horario de votación por lo menos dos horas, de 6:00 am a 6:00 pm para evitar aglomeración en las filas y para que los ciudadanos voten todo el día con fluidez, sin necesidad de hacer filas que obliguen al contacto físico.

Sugirieron mantener las comunicaciones con los centros de votación, con las Juntas Electorales Municipales, con otras autoridades y con los partidos, y que la JCE implemente un sistema de videoconferencia, incentivando el registro y participación activa de los principales representantes de partidos.

«Ante la realidad de que no se debe estar haciendo campaña de la forma tradicional, el gobierno, en acuerdo con el Congreso, debe crear una servidumbre radioeléctrica por el tiempo de campaña», indicaron.

Propusieron colocación de publicidad en TV, radio, prensa escrita y digital, de las candidaturas presidenciales en lo nacional, para las congresuales en los medios locales de provincias, respetando siempre la libertad de expresión y libre empresa a los medios, esto con la un tiempo límite (tope) por día para finalidad de crear cierto nivel de equidad en la difusión de las campañas y la publicidad.

Plantearon proveer a los electores y funcionarios de los equipos físicos que garanticen el sufragio sin riesgo.

Además, garantizar, mediante análisis de rigor, que los miembros del colegio electoral y los delegados de partidos están libres del virus.

Dijeron que esa medida debe tomarse con los miembros y funcionarios de las Juntas Municipales y los delegados de los partidos.

El documento fue enviado a los candidatos presidenciales del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Partido Revolucionario Moderno (PRM), y Fuerza del Pueblo, así como organizaciones de la sociedad civil, está firmado por Elías Wessin Chávez, presidente, y José Francisco Peña Guaba, secretario general del Comité Ejecutivo.

«Se prohibiría a los Partidos tener personal alguno en las afueras de los recintos. Los ciudadanos, después de votar, deberían marcharse de inmediato a sus casas, sin que se les permita permanecer en las inmediaciones de los centros de votación. La Policía Militar Electoral tendrá la obligación de garantizar el cumplimiento fiel de estas disposiciones”, expresaron.

Dijeron que la medida ya asumida de la JCE, en cuanto a la grabación del escrutinio por parte de los Observadores de Escrutinio, tiene que ser implementada y ampliada puesto que no sólo contribuye a transparentar el proceso electoral, sino que también disminuye la necesidad de tener que hacer reconteo en las Juntas Electorales municipales.

«Todas las grabaciones que se remitan a la JCE y no habría que recontar en caso de que así se solicite, bastaría comprobar con la grabación cómo se produjo el escrutinio», indicaron.

Sugirieron medidas especiales para personas que sufren discapacidad y adultos mayores, a fines de que se les garantice acceso especial aparte para evitar contagio.

«En cualquier momento en que las elecciones presidencial y congresual de 2020 sean definitivamente celebradas, entendemos que la Junta Central Electoral tiene el deber de solicitar asesoría a la Organización Mundial de la Salud, a la Organización Panamericana de la Salud, a la Fundación Internacional para Sistemas Electorales (IFES) y del Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral (IDEA), a fines de posibilitar las elecciones en tiempos del coronavirus», indicaron.

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Juez evaluará este miércoles solicitud de Pepca para extender investigación del caso Senasa.

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Santo Domingo, R.D.-Deiby Peguero, juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, fijó para este miércoles el conocimiento de la solicitud de prórroga de cuatro meses presentada por el Ministerio Público para concluir la investigación y depositar la acusación contra el exdirector del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), Santiago Marcelo Hazim, y los demás implicados en el caso Cobra.

La solicitud de prórroga fue depositada por fiscales de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), con el propósito de analizar minuciosamente las evidencias recabadas durante allanamiento. Así lo informó recientemente el procurador adjunto, Wilson Camacho.

Camacho indicó que la institución cuenta con un equipo especializado dedicado al estudio del contenido de 16,800 cajas de documentos ocupadas durante los recientes operativos de intervención como parte de la investigación que realiza del caso.

El exdirector de SeNaSa, Santiago Marcelo Hazim, junto a otros imputados, es señalado de conformar una estructura criminal que habría perpetrado un desfalco superior a RD$15 mil millones en perjuicio del Estado dominicano, a través de la entidad pública de salud.

Además de Hazim, figuran como imputados Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya Pérez, Rafael Luis Martínez Hazim, Ramón Alan Speakler Mateo, Ada Ledesma Ubiera, Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidi Mariela Pineda Perdomo, quienes cumplen distintas medidas de coerción impuestas en diciembre de 2025.

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Asesino de conductor de camión recolector de basura es apresado en Jamaica.

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Santo Domingo, R.D.-Jhovanny de Jesus Metz Crus, conocido como «Macho», señalado como el principal sospechoso de la muerte del conductor Deivy Carlos Abreu Quezada, quien falleció luego de ser atacado por una turba de motociclistas durante una persecución, fue apresado en Jamaica.

La información fue confirmada a Diario Libre por una fuente de la Procuraduría General de la República (PGR).

De acuerdo con las investigaciones, «Macho» habría sido quien presuntamente propinó varias estocadas a Abreu Quezada durante el ataque ocurrido el pasado 17 de abril en el parqueo del Palacio de Justicia de Santiago, donde la víctima intentó refugiarse tras ser perseguida durante varios kilómetros por un grupo de motociclistas.

En principio, se informó que la persecución se produjo a raíz de un incidente de tránsito.

Posteriormente, trascendió que la agresión habría sido motivada por una presunta deuda económica que el conductor mantenía con sus atacantes.

Visado a JamaicaEn marzo pasado, Jamaica eliminó el requisito de visa para los dominicanos que viajen a ese país por turismo o negocio por un periodo de 180 días.

Mets Cruz también enfrenta un proceso judicial por las heridas de bala ocasionadas en 2023 al sargento de la Policía Nacional Christopher Almánzar García, adscrito a la unidad SWAT.

El imputado no se presentó al juicio de fondo pautado para el miércoles 20 de mayo ante el Cuarto Tribunal Colegiado de Santiago, por lo que la sala ordenó declararlo en rebeldía y activar las consecuencias legales correspondientes.

En ese expediente, Mets Cruz enfrenta acusaciones por intento de homicidio y asociación de malhechores.

El hecho ocurrió el 7 de mayo de 2023 en el sector El Ejido, de Santiago.

Durante el incidente, el sargento Almánzar García sufrió fracturas en el fémur y la rodilla izquierda, mientras que su sobrino, Jeison Willian Almánzar Núñez, resultó herido en la pierna izquierda cuando intentaba auxiliarlo.

Según las informaciones ofrecidas en el tribunal, Mets Cruz cumplía medidas de coerción consistentes en presentación periódica, impedimento de salida del país y orden de alejamiento de las víctimas.

Tras su incomparecencia al juicio, el tribunal dispuso su declaratoria en rebeldía, mientras las autoridades activaron su búsqueda.

Ahora, con su detención en Jamaica, las autoridades dominicanas deberán realizar las gestiones correspondientes para establecer su eventual retorno al país y que responda ante la justicia por los procesos que tiene pendientes.

Formalmente no hay un tratado de extradición entre República Dominicana y Jamaica. El intercambio judicial y la colaboración policial se apoyan en organismos internacionales como Interpol.

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Tribunal Constitucional rechaza amparo contra embargo inmobiliario.

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Santo Domingo, R.D.-Declaro inadmisible el Tribunal Constitucional (TC) por notoria improcedencia, la acción de amparo interpuesta por el empresario Alexander Montilla Sierra, con la que pretendía suspender un proceso de embargo inmobiliario en su contra y obtener la reposición de los plazos procesales de dicho caso.

La Alta Corte, mediante la sentencia TC/0784/26, tomó la decisión al rechazar la acción presentada por el cuñado del expresidente Danilo Medina contra la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y la señora Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.

La decisión fue aprobada por la mayoría de los jueces del pleno. Por su parte, el magistrado José Alejandro Vargas se inhibió de participar en la deliberación y el fallo, debido a que intervino en el proceso en su anterior condición de juez del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, cuando conoció una medida de coerción vinculada al caso penal.

El caso se remonta a una investigación de la PEPCA dirigida contra Alexander Montilla Sierra y su hermano Maxy Gerardo, junto a otras personas físicas y jurídicas. Las indagatorias se originaron en una de las líneas de investigación de la Operación Antipulpo, por presuntos actos de corrupción y lavado de activos relacionados con contratos públicos y licitaciones irregulares.

En esas pesquisas, la jueza coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero, autorizó entre diciembre de 2020 y enero de 2021 la inmovilización de fondos y la oposición a transferencias de bienes muebles e inmuebles de los investigados.

Según el expediente, estas medidas dejaron a Alexander Montilla Sierra sin capacidad para disponer de su patrimonio, impidiéndole honrar un pagaré notarial por RD$20,000,000.00 suscrito en 2018 con Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.

Ante el incumplimiento de pago, Castillo de los Santos inició en 2021 un proceso de embargo inmobiliario sobre dos propiedades de Montilla Sierra: una unidad en el condominio Terrazas del Mirador II y un apartamento en el condominio Karla I.

Tras un acuerdo de colaboración entre Maxy Montilla y la PEPCA, la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción autorizó, mediante auto del 12 de diciembre de 2025, el levantamiento parcial de las oposiciones e inmovilizaciones. La PEPCA tramitó la ejecución de dicha orden ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Superintendencia de Bancos el 30 de diciembre de 2025.

El 6 de febrero de 2026 antes de tener conocimiento formal del levantamiento, notificado por la DGII el 17 de febrero, Alexander Montilla interpuso una acción de amparo en la que solicitó la publicidad registral de las oposiciones, la suspensión del embargo inmobiliario y la reposición de los plazos procesales.

La Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional declaró inadmisible dicha acción el 3 de marzo de 2026 (Sentencia núm. 037-2026-SSEN-00109), al considerar que había perdido su objeto tras el levantamiento parcial de las medidas.

Montilla Sierra recurrió el fallo ante el Tribunal Constitucional alegando vulneraciones al debido proceso, la tutela judicial efectiva, el derecho de propiedad, la igualdad de armas y el principio de inviolabilidad de las nulidades constitucionales, entre otros.

El TC coincidió en que la sentencia de primera instancia era errónea, pero por una razón distinta a la planteada por el recurrente: consideró que el juez de amparo no debió declarar la inadmisibilidad por «falta de objeto», sino por «notoria improcedencia». Esto se apoya en su jurisprudencia reiterada, la cual establece que el amparo no puede utilizarse para suspender, modificar o dejar sin efecto decisiones dictadas por otro tribunal en un proceso judicial ordinario en curso.

En consecuencia, el TC revocó la sentencia recurrida y, actuando directamente sobre el fondo de la acción original, concluyó que las pretensiones de Montilla Sierra excedían el ámbito del amparo. De concederlas, el juez constitucional estaría sustituyendo a la jurisdicción ordinaria en la conducción de un proceso iniciado desde el año 2021.

El tribunal señaló que cualquier objeción sobre la falta de publicidad de las oposiciones administrativas debió plantearse oportunamente ante el propio juez del embargo, mediante los mecanismos procesales correspondientes.

Cabe destacar que el Ministerio Público obtuvo la homologación de un acuerdo bajo el criterio de oportunidad, mediante el cual Maxy Gerardo Montilla Sierra y un grupo de sus empresas aceptaron su responsabilidad penal y autorizaron el decomiso de RD$2,000 millones en efectivo a favor del Estado dominicano.

El acuerdo, homologado por el juez Raymundo Mejía del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, compromete a Montilla a pagar una indemnización de RD$600 millones a las distribuidoras de electricidad EdeEste, EdeSur y EdeNorte, en resarcimiento por los perjuicios ocasionados.

Asimismo, contempla la disolución en un plazo de dos años de las empresas Transformadores Solomon Dominicana, S.A.S., Electrocable Aluconsa, S.A.S., NSD, Importaciones Diversas, SRL, Distribuidora de Materiales Eléctricos FEE, SRL, Distribuidora Eléctrica Henan Jinshui, SRL, Importadora Eaglerise, SRL, TLC Negocios Globales, SRL, Watmax Lighting, SRL, Herrajes Eléctricos RPC, SRL, y MG Solomon Corporation.

También fija el pago de RD$431,816,307.90 a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y el decomiso de un terreno de 200.18 metros cuadrados ubicado en la avenida Roberto Pastoriza núm. 2, Ensanche Naco, valorado en RD$50,901,692.13.

Por el caso Antipulpo, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Alexis Medinahermano del expresidente Danilo Medina, a siete años de prisión en el centro penitenciario de Najayo.

La decisión fue recurrida y está pendiente de revisión para el próximo 8 de septiembre en la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Otros imputados recibieron penas menores y algunos fueron declarados noculpables, entre ellos Magaly Medina.

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