Santo Domingo, RD.-Son varios los partidos que están de acuerdo con la celebración de las elecciones generales en el mes de julio luego de la la aprobación por parte del senado de la extensión del estado de emergencia por un plazo máximo de 25 días, para contrarrestar el avance del coronavirus (Covid-19) en el país, las medidas especiales de aislamiento social estarían vigentes hasta el viernes 8 de mayo, siempre y cuando sea aprobadas por los diputados, dejando un margen de solo 9 días para el montaje de las elecciones congresuales y presidenciales pautadas a celebrarse el 17 de mayo.Más Noticias
Son varios los partidos que han pedido mover las elecciones para el mes de julio.
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6 años agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, RD.-Son varios los partidos que están de acuerdo con la celebración de las elecciones generales en el mes de julio luego de la la aprobación por parte del senado de la extensión del estado de emergencia por un plazo máximo de 25 días, para contrarrestar el avance del coronavirus (Covid-19) en el país, las medidas especiales de aislamiento social estarían vigentes hasta el viernes 8 de mayo, siempre y cuando sea aprobadas por los diputados, dejando un margen de solo 9 días para el montaje de las elecciones congresuales y presidenciales pautadas a celebrarse el 17 de mayo.Ante esta situación, el pasado sábado el pleno de la Junta Central Electoral (JCE) envió un comunicado a los partidos políticos en donde le otorga un plazo hasta el jueves para que estos entreguen su posición por escrito ante una posible suspensión de esos comicios.
Los Partidos Fuerza del Pueblo y Liberal Reformista (PLR) expresaron que optan porque las elecciones sean celebradas en el mes de julio, mientras que el Revolucionario Moderno (PRM) está supuesto «a reunirse en las próximas horas» para definir una posición.
A la posición de Fuerza del Pueblo se adhirió Fuerza Nacional Progresista, uno de sus aliados en la presente contienda electoral.
El partido Alianza País, que preside Guillermo Moreno, también pidió la posposición de los comicios para julio. La propuesta de la organización política es que los comicios generales presidenciales sean el 12 de julio.
Señaló que una segunda vuelta electoral podría realizarse en tiempo suficiente, ya que las nuevas autoridades deberán asumir el 16 de agosto próximo.
De su lado, el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) solicitó una extensión al plazo otorgado por la JCE aunque adelantó que el país no está en condiciones de realizar elecciones en el corto plazo. El Partido de la Liberación Dominicana (PLD), no ha fijado una posición, a pesar de los intentos de este diario.
Fuerza del Pueblo propuso a la JCE que se suspendan las elecciones presidenciales y congresuales pautadas a celebrarse el 17 de mayo próximo y sean movidas para el mes de julio.
La información las ofreció Franklin Almeyda, alto dirigente de dicho partido y representante del candidato a la presidencia Leonel Fernández ante la JCE, en su cuenta de Twitter.
Almeyda explicó que la posición de Fuerza del Pueblo es que los comicios se celebren el domingo 12 de julio y que en caso de una eventual segunda vuelta, esta se lleve a cabo el domingo 26 de julio.
La misma posición fue respaldada por el presidente del PLR, Amable Aristy y estableció que esa era la postura definitiva de su partido.
“No es un secreto saber que nuestro país no está en condiciones de celebrar unas elecciones por la pandemia. Por eso entendemos que estas deben de ser suspendidas y movidas para el 12 de julio con la posibilidad de que el 26 de julio se realice la eventual segunda vuelta”, dijo Aristy durante su intervención en la sesión de la Cámara del Senado donde conocen la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia propuesta por el Gobierno Dominicano.
PRSC pide prorroga
El presidente del PRSC, Quique Antún dijo que el PRSC plantea que debería otorgarse un plazo hasta el martes después de Semana Santa para fijar una posición.
“A los fines de discutir en ese momento, con la debida frialdad, la fecha más adecuada para la celebración de dichos comicios, sin vulnerar los plazos establecidos en la Constitución de la República y preservando la vida de los electores”, dijo Antún.
Además explicó que para el Partido Reformista lo más importante en las actuales circunstancias, más que las elecciones misas y más que el poder, es preservar la vida de todos los dominicanos y dominicanas.
“La vida de los dominicanos es más importante que la lucha por el poder y que el egoísmo que algunos pretenden hacer prevalecer por encima del interés nacional, llevándonos a una lucha electoral que, indudablemente, habrá de cambiar en todos los sentidos, la vida del pueblo dominicano”, agregó.
PRM se reunirá en las próximas horas
El delegado del PRM ante la JCE, Orlando Jorge Mera, dijo que en las próximas horas la dirección de ese partido se reunirá para fijar una posición en torno a la posible suspensión.
“Aunque el PRM se encuentra trabajando para plantear medidas para salir de esta crisis sanitaria, en las próximas horas nos estaremos reuniendo para fijar una posición”, expresó Mera.
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A partir del 1 de agosto la JCE eliminará servicios de cedulación de madrugada.
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12 horas agoon
julio 27, 2026
Santo Domingo. – A partir del primero de agosto la Junta Central Electoral (JCE) tendrá nuevos horarios de atención en los Centros de Cedulación de Servicio Extendido (anteriormente denominados Centros de Servicios Continuos).
El Pleno de la JCE dispuso que los centros de servicio extendido ofrecerán atención a la ciudadanía de lunes a domingo, en horario de 8:00 de la mañana a 12:00 de la medianoche.
La medida aplicará a los centros ubicados en Barahona, Herrera, Distrito Nacional, La Romana, La Vega, Las Américas, San Cristóbal, San Francisco de Macorís, San Pedro de Macorís y Santiago.
En ese sentido, la JCE precisó que los ciudadanos con citas programadas en el horario de la madrugada (de 12:00 a. m. a 07:00 a. m.), podrán presentarse en cualquiera de los centros de cedulación, según el horario de servicio correspondiente, sin importar el mes de cumpleaños.
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Depositan acción contra artículo 310 del Código Penal
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13 horas agoon
julio 27, 2026
Santo Domingo.- Una accion directa de inconstitucionalidad sometió el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) ante el Tribunal Constitucional una contra el artículo 310 del recién modificado Código Penal.
El recurso fue encabezado por Trajano Potentini, presidente del gremio, quien considera que su contenido entra en contradicción con garantías esenciales del orden constitucional, particularmente el derecho de defensa, el debido proceso y la dignidad del ejercicio profesional del derecho.
Potentini acudió a la sede de la jurisdicción constitucional acompañado de miembros de la directiva del gremio, presidentes de seccionales y de expresidentes del Colegio de Abogados, en una manifestación institucional con la que la organización procura defender no solamente las prerrogativas de los profesionales del derecho, sino también las garantías que asisten a toda persona que requiere representación y asistencia jurídica efectiva.
El presidente del CARD explicó que la acción constitucional tiene como propósito que el Tribunal Constitucional examine la compatibilidad del artículo impugnado con los principios, derechos y garantías consagrados por la Constitución dominicana, especialmente aquellos vinculados al libre y pleno ejercicio del derecho de defensa.
Dijo que cualquier regulación penal que pueda incidir sobre la actuación profesional de los abogados debe ser examinada con especial rigor constitucional, debido a que el abogado constituye una pieza esencial para hacer efectivo el acceso a la justicia.
Sostuvo que la defensa técnica no puede ser concebida como una concesión del Estado ni como una función secundaria dentro del sistema de justicia. Por el contrario, representa una garantía indispensable para que los ciudadanos puedan ejercer adecuadamente sus derechos frente a una investigación, acusación o proceso judicial.
En ese contexto, el CARD considera necesario preservar un marco normativo que permita a los abogados ejercer sus funciones con independencia, seguridad jurídica y respeto a la naturaleza de su profesión.
Señaló que la controversia planteada trasciende los intereses particulares de los abogados. Según Potentini, cuando se afecta la independencia o la dignidad de quienes ejercen la defensa técnica también pueden verse comprometidos los derechos de los ciudadanos representados por esos profesionales.
Potentini destacó que la Constitución reconoce el debido proceso y el derecho de defensa como garantías fundamentales que deben observarse en toda actuación judicial y administrativa. En consecuencia, afirmó que las normas deben interpretarse de manera compatible con esos postulados.
La acción solicita la intervención del Tribunal Constitucional en su condición de órgano encargado de garantizar la supremacía de la Constitución y la protección de los derechos fundamentales. Corresponderá a esa alta corte examinar los argumentos y determinar la conformidad o no de la disposición cuestionada con la Carta Sustantiva.
El CARD informó que dará seguimiento al curso procesal de la acción y reiteró su confianza en que el debate jurídico permitirá delimitar adecuadamente el alcance de la disposición impugnada conforme a los principios del Estado social y democrático de derecho.
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Violaciones a la ley se producen con detenciones al margen de la ley.
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13 horas agoon
julio 27, 2026
Santo Domingo, R.D.-En franca violacion del mandato constitucional del plazo de 48 horas para someter ante un juez competente a una persona detenida se produce con casos que tienen que sufrir que se tiempo de extienda por didas, semanas e incluso en meses, segun denuncia de muchos afectados.
Y cuando finalmente un tribunal ordena la libertad, salir del destacamento tampoco ocurre de inmediato.
La situación ha quedado evidenciada con los 13 ciudadanos que permanecen más de 30 días detenidos en los destacamentos del Ensanche Felicidad y Vietnam, en Santo Domingo Este, sin haber sido sometidos al control de un juez y sin que existiera registro de un proceso penal en su contra.
Aunque un tribunal acogió el hábeas corpus presentado por la Oficina Nacional de Defensa Pública (ONDP) y ordenó su libertad inmediata, varios días después la decisión aún se encuentra en proceso de ejecución.

La decisión legal de la liberación de los 13 detenidos ocurrió después de que una inspección de la Defensa Pública encontrara a 16 personas privadas de libertad en los destacamentos de Felicidad y Vietnam. Trece llevaban más de un mes detenidas sin haber comparecido ante un juez.
Durante la audiencia, el Ministerio Público informó al tribunal que no encontró solicitudes de medidas de coerción ni actuaciones procesales relacionadas con esas personas.
Según relataron, los agentes explicaron que el retraso obedecía a la falta de vehículos para trasladarlo hasta la fiscalía.
Sin embargo, cuando consultaron el sistema del Poder Judicial, descubrieron que tampoco existía una solicitud de medida de coerción depositada y ante esa situación, interpusieron un nuevo hábeas corpus.
Para la Defensa Pública, la ausencia de transporte se ha convertido en una de las explicaciones más frecuentes para justificar los retrasos.
«No había sucedido antes con esta magnitud. Ahora uno de los argumentos recurrentes es que no hay vehículos para trasladar a los detenidos», explicó Figuereo.
La defensora sostuvo que esa situación no solo afecta a quienes esperan ser presentados ante un juez por primera vez, sino también las audiencias de medidas de coerción.
«Si hay 65 audiencias fijadas, 45 o 50 terminan aplazándose por falta de traslado«, aseguró.
El hábeas corpus tampoco acelera siempre la libertad.
Las defensoras afirman que incluso cuando presentan acciones constitucionales para recuperar la libertad de un detenido, el proceso suele enfrentar nuevos obstáculos.
Según Figuereo, en algunos casos el Ministerio Público solicita aplazamientos de las audiencias de hábeas corpus para ganar tiempo.
«La táctica dilatoria que está haciendo el Ministerio Público es pedir aplazamiento para depositar la solicitud de medida de coerción. Cuando vuelve la audiencia, aparece el vehículo, trasladan al imputado y conocen la medida», afirmó.
El artículo 40 de la Constitución dispone que toda persona detenida debe ser presentada ante un juez dentro de las 48 horas siguientes a su arresto.
El artículo 71 reconoce el hábeas corpus como el mecanismo para restablecer ese derecho cuando la privación de libertad es ilegal o irrazonable.
Sin embargo, para la Defensa Pública, las visitas diarias a los destacamentos muestran una realidad distinta.
Las inspecciones no solo verifican el tiempo de detención. También revisan si los privados de libertad han recibido alimentos, agua, atención médica y si han sido objeto de maltratos.
«Mucha gente ni siquiera sabe por qué está detenida o que tiene derecho a ser presentada ante un juez en 48 horas«, señaló la defensora pública Dilenny Morel.
La historia de los 13 ciudadanos resume la paradoja que describen las defensoras. Entraron a los destacamentos sin que posteriormente se formalizara un proceso judicial.
Un tribunal ordenó su libertad. Pero la ejecución de esa decisión también requirió nuevos trámites, seguimiento de los abogados y espera.
Para la Defensa Pública, esa secuencia refleja un problema que trasciende un caso particular: en algunos destacamentos dominicanos no solo resulta fácil entrar; también puede ser muy difícil salir, incluso cuando un juez ya ordenó la libertad.
