Análisis Noticiosos
Hay que rescatar la ley de salarios públicos, aprobada en 2013, para reordenar el Estado
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6 años agoon
La Ley 105-13 fue ignorada por el presidente Danilo Medina, el mismo que la promulgó en agosto del 2013, tras más de dos décadas de ponderaciones, con financiamiento internacional, manteniendo una enorme inequidad y desorden salarial en el Estado
Por Juan Bolívar Díaz
Uno de los desafíos que tiene por delante el nuevo gobierno del presidente Luis Abinader, que pretende un reordenamiento del Estado, es el de rescatar la Ley 105-13 de Regulación Salarial del Sector Público, promulgada hace 7 años, pero que data de la década de 1991 cuando se aprobó la Ley 14-01 de Servicio Civil y Carrera Administrativa.
Durante más de dos décadas, primero desde la Oficina Nacional de Administración y Personal (ONAP) y luego por el Ministerio de Administración Pública (MAP) se ponderó y consensuó la ley para regular los salarios públicos, dejada de lado por el mismo presidente que la promulgó, quien archivó sl proyecto de reglamento que le entregaron en el 2014.
Para reordenar el Estado
El objeto consignado en la Ley 105-13 es establecer el marco regulador común de la política salarial para todo el sector público dominicano”. Es redundante en dejar claro que es para “todos los funcionarios y empleados del Estado y las entidades que lo conforman”, como reza su artículo 2, y el siguiente enumera primero los tres poderes clásicos del Estado, los entes y órganos constituidos con régimen propio, organismos autónomos y descentralizados, financieros y no financieros, de la seguridad social, los ayuntamientos y hasta las empresas públicas.
La ley dispone, en su artículo 4, un sistema remunerativo para los servidores públicos integrado por un conjunto de principios, políticas y procesos para las prestaciones laborales, enumerando equidad, jerarquía, equilibrio, con un salario base y sólo el 13 navideño, y plantea la escala reglamentaria, revisable cada dos años.
Pero su mayor virtud, como también contradicción, es su capítulo VI, con 8 artículos, que comienzan con principios de incompatibilidad y conflictos de intereses y prohibiciones de carácter ético, que aunque muchas ya están en la Ley de Función Pública, son sistemáticamente ignorados y violados abiertamente.
Lo más relevante es que prohíbe los pagos adicionales por cumplimiento de los objetos de las funciones, por participar en juntas o comisiones, los aumentos salariales aislados, la asignación de tarjetas de crédito, exceptuando los presidentes de los poderes del Estado, limita el pago de gastos de representación y combustibles al 15% de los salarios, exclusivamente para los más altos funcionarios. Por demás, se prohíbe violar las escalas salariales, y el artículo 12 consigna un tope máximo inicial de $450 mil para el presidente y $400 mil para vicepresidente y los presidentes de los otros poderes del Estado.
Data de 1991 y del 2008
Desde el comienzo de la década de los noventa se discute en el país la necesidad de una legislación para promover salarios justos y equitativos que dignifiquen el servicio público e incentiven su eficiencia. Por eso en la Ley 14-91, de Servicio Civil y Carrera Administrativa, de 1991, se instituyó la Oficina Nacional de Administración y Personal (ONAP), “que elaborará y desarrollará un sistema uniforme y equitativo de remuneraciones” para los empleados estatales, como se lee en sus artículos 14 y15.
Especialmente a partir del primer gobierno del PLD y Leonel Fernández 1996-00), se impulsa el Programa de Apoyo a la Reforma y Modernización del Estado, y el Programa de Apoyo a la Reforma de la Administración Pública, que con la ONAP daría los primeros pasos para materializar la carrera administrativa instituida al final del régimen de Balaguer. Fruto de muchas inversiones, mayoritariamente de la entonces Comisión Europea y luego Unión Europea, del BID y la USAID y del gobierno nacional se promovió un gran debate con consultas a expertos internacionales. Todavía en el 2010 la Unión Europea aportó al programa $124.5 millones.
Con altas y bajas siguieron las consultas y tras más de una década se logró aprobar la Ley de Función Pública 41-08, que crea la Secretaría de Estado de la Administración Pública, que la Constitución del 2010 convertiría en Ministerio. En sus artículos 8 y 31 la ley del 2008 encarga “elaborar y actualizar anualmente el sistema retributivo del personal de la administración pública central y descentralizada” y su reglamentación.
LF la vetó en último día
El MAP, encabezado por Ramón Ventura Camejo, quien dirigió grandes esfuerzos desde la ONAP, prosiguió promoviendo la carrera administrativa y la ley de salarios tropezando con la resistencia de los funcionarios de los organismos descentralizados, que a toda costa querían quedar fuera de cualquier reglamentación que les restringiera los enormes privilegios de que disfrutan en materia salarial, de pensiones, gastos de representación, seguros internacionales, educación de los hijos, y bonificaciones que en algunos casos alcanzan 15 y 16 salarios anuales, todo un mundo de distancia con el resto de los servidores públicos y desde luego de los empleados privados.
Esos privilegios, que comenzaron hace décadas por el Banco Central, y el Banco de Reservas, se extendieron a todo el sector financiero estatal, incluyendo las superintendencias, y luego a órganos autónomos como JCE, TSE, Cámara de Cuentas, y alcanzaron altos niveles hasta del Ministerio Público, de algunos ministerios, como el de Hacienda, y hasta de direcciones generales, como Aduanas, Impuesto sobre la Renta y Portuaria.
Pese a todo, la ley fue aprobada por primera vez en el Congreso Nacional al finalizar el tercer período de gobierno de Leonel Fernández quien, contradiciendo su inicio como gran promotor de las reformas del Estado, la observó o vetó en su último día como presidente, el 15 de agosto del 2012, tratando de sembrar graciosidades. Se desperdició así el inicio de otro gobierno, momento más propicio para implementar restricciones que los nuevos funcionarios tendrían que aceptar.
DM se guardó el reglamento
La incubación de la ley de salarios prosiguió con nuevas consultorías internacionales, seminarios y transacciones hasta ser de nuevo aprobada por el Congreso y promulgada por el presidente Danilo Medina, al agotar su primer año de gobierno, en agosto del 2013. Fue celebrada en el MAP y por lo menos en Teleantillas, donde se le había promovido en paneles y entrevista con cuantos consultores fueron traídos al país con ese objetivo.
Ventura Camejo y sus técnicos del MAP se adelantaron al plazo de seis meses que la Ley 105-13 de Regulación Salarial del Sector Público consignó para que se promulgara el reglamento complementario y la primera tarifa salarial, lo que llegó a manos del presidente Medina en enero del 2014 para quedarse allí en una gaveta, repitiendo la constante nacional de pasar años gastando recursos y buscando consensos para aprobar leyes que no se cumplen. Se juntó con la de Estrategia Nacional de Desarrollo promulgada un año antes, en el 2012.
Ya para entonces el PLD daba claras demostraciones de fatiga democrática, lo que lo conducía a gobernar mediante otra “normativa” nacional, “la ley de la conveniencia”, y lo que siguió fue el mayor desorden administrativo y salarial, duplicando la nómina pública, la multiplicación de organismos, sobrepuestos, el minifundio del Estado, en el que cada alto ejecutivo era dueño de su parcela y la sembraba de clientes de todos los niveles, para manipular conciencias y prolongarse indefinidamente en el poder.
Pasaron 7 años desde la promulgación de la ley y de nada sirvieron los discretos recordatorios de los organismos internacionales que la patrocinaron, los ejecutivos del MAP se doblegaron y la opinión pública se fue olvidando de la normativa.
La nueva oportunidad
En las prioridades económicas y sociales, de los “Lineamientos Básicos para un Gobierno de Regeneración Salarial” de la “Coalición Democrática por el Cambio” que ganó las elecciones de este año, se consigna el cumplimiento de la Ley Salarial del Estado, como la de Estrategia Nacional de Desarrollo. La crisis en que el Coronavirus ha sumido el país hace más perentoria la reorganización del Estado, planteada como fundamental por el presidente Luis Abinader.
Para poner en vigencia la ley salarial habría que rescatar primero el proyecto de reglamento que quedó en la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo y proceder a elaborar una nueva escala salarial, tomando en cuenta que en lo único que se aplicó la normativa del 2013 fue en ajustar hacia arriba los altos salarios que quedaron por debajo de la tarifa.
Es de rigor romper la extrema desigualdad en un Estado donde alrededor del 50% de sus servidores tienen sueldos que no alcanzan al valor de la canasta familiar del quintil más pobre, que ya sobrepasa los $14 mil mensuales. El salario mínimo estatal apenas fue elevado hace dos años desde $5 mil a $10 mil. La tabla 12 del anteproyecto de presupuesto para el 2021, indica que el sueldo promedio de los tres poderes del Estado es de $28 mil 850, por debajo del promedio de los cinco quintiles que según el Banco Central está en $32 mil.
Conviven con salarios y pensiones de cientos de miles de pesos y multiplicidad de privilegios prohibidos en la ley salarial, ya no sólo en organismos autónomos, sino también en el mismo gobierno central. Y las diferencias alcanzan hasta el doble entre lo que ganan funcionarios de idénticas responsabilidades, en un mismo ministerio o frente a otro, como documentó Participación Ciudadana en su estudio “Niveles de Diferencia en los Salarios de la Administración Públñica”.
Por cierto que la tabla citada cuantifica los asalariados de los tres poderes del Estado y órganos especiales en 581 mil 109, lo que implica que la totalidad estatal ronda los 800 mil si se les suman los ayuntamientos, demás entidades descentralizadas y los pensionados.
La supresión de los privilegios extra salariales y la imposición de límites en todos los organismos del Estado, amparadas en mandatos constitucionales y legales podría constituirse en un crédito importante para el gobierno de Abinader, que deberá irse abriendo ventanas y luego puertas para el pacto fiscal que dispone la Estrategia Nacional de Desarrollo, también en espera de rescate.-
Análisis Noticiosos
El sistema de justicia nacional y una democracia que agoniza.
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3 días agoon
junio 3, 2026Por José Cabral.
Los jueces y juezas son considerados emperadores que tienen el privilegio de juzgar la conducta de los demás, pero nunca la de ellos, convirtiéndose muchas veces en los funcionarios públicos que violan más que cualquier otro agente del Estado los derechos de las personas.
La explicación del abuso de poder desde la condición de juez, jueza o fiscal consiste en que somos una nación donde la democracia existe más de apariencia que de realidad y que ello obedece a la herencia patriarcal, machista, caudillista y de amiguismo que genera mucha tolerancia con el que infringe la ley desde la sombrilla del Estado, cuya visión descansa en la herencia histórico-cultural anti-democrática.
La República Dominicana ha pretendido desarrollar una democracia en la que prevalezca el principio de legalidad, juridicidad y de igualdad, pero este propósito ha resultado ser una utopía porque los tiempos de dictaduras tienen un fuerte peso en la vida nacional.
En el Estado democrático los derechos no están por encima de los deberes, ambos van de la mano, pero en los países con escaso nivel de desarrollo la gente piensa que no tiene que cumplir con sus obligaciones y que los derechos son absolutos.
Hace muy pocos días que los actores del sistema de justicia se lanzaron a un paro de labores en demandas de mejores condiciones salariales y de trabajo en sentido general, lo que nadie le regatea porque la realidad es que las mismas son deprimentes, aunque ello no justifica la forma en que muchos tribunales se manejan en los casos que les llegan.
Todo el mundo sabe o por lo menos constitucionalmente está establecido que los jueces son garantes fundamentales de la justicia y la paz social, ya que su principal papel es administrar justicia mediante la solución de conflictos de manera imparcial, aunque este concepto luce ser una utopía.
Los jueces se supone que actúan como puente mediador entre las leyes y los ciudadanos, asegurando la equidad, el respeto a las garantías constitucionales y la estabilidad del Estado de Derecho, ya que en la sociedad contemporánea el ejercicio de la judicatura abarca funciones esenciales que van más allá de simplemente aplicar la ley escrita, sobre todo en una época en que el derecho ha entrado en un profundo proceso de constitucionalización.
Sin embargo, cuando el sistema de justicia no cumple con su rol, entonces llega la distorsión que tiene que ver con la vía de hecho, dado que éste tiene la misión teórica de darle a cada ciudadano lo que le corresponde, a los fines de evitar hacer justicia con sus propias manos y para garantizar una convivencia ordenada.
La justicia también debe velar porque prevalezca el principio de legalidad y de juridicidad para el control del poder, ya que representa un contrapeso vital al supervisar que los actos de los otros órganos del Estado se ajusten a la Constitución y al bien común, pero todo ello requiere, además, que los jueces, juezas y demás actores de la judicatura nacional también ajusten sus actuaciones a los deberes que les impone la ley sustantiva de la nación y las normas por las que se rige el Poder Judicial.
Análisis Noticiosos
Es imperdonable que Subero Isa haya mal asesorado al presidente de la República.
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2 semanas agoon
mayo 27, 2026Por José Cabral
Cuando el Congreso Nacional aprobó en violación de la Constitución la promulgada Ley 13-26 que persigue anular las candidaturas independientes, muchos confiamos en la amplia formación y la vocación democrática del expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, quien ahora se desempeña como Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo.
Siempre pensé que lo mínimo que podía sugerirle Subero Isa a Luis Abinader era no promulgar esa pretendida ley y en su lugar recomendar observarla por constituir una violación muy grave a la Constitución de la República y a una jurisprudencia del Tribunal Constitucional que el jefe de Estado prometió cumplir cuando se juramentó en el cargo.
Pero aun después de la promulgación en una conversación con el promotor de la acción directa de inconstitucionalidad en contra de los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23, Alberto Fiallo, éste decía que parece que Subero Isa no había jugado ningún papel en semejante agravio a la democracia y al proceso de constitucionalización del derecho en la República Dominicana.
E incluso planteó el amigo Fiallo que Subero Isa no había tenido ninguna participación en semejante disparate jurídico, porque se veía que se trataba de un asunto manejado políticamente desde el Partido Revolucionario Moderno (PRM), lo cual parece lógico en razón de que fue algo manejado por los cuadros más importantes de la organización oficial.
Sin embargo, luego de ver la recomendación al presidente Abinader de Subero Isa en su condición de consultor jurídico del Poder Ejecutivo de que no se meta en lo referente al conflicto entre los jueces, juezas y demás personal del Consejo del Poder Judicial, todo indica que de igual modo debió haberlo hecho con la promulgación de la Ley 13—26.
No hay ninguna razón de que Subero Isa no haya intervenido en la decisión del presidente en lo que respecta a la promulgación de la Ley 13-26, máxime cuando el consultor jurídico ya había hecho pública su posición en contra de las candidaturas independientes.
De ser así, Subero Isa ha incurrido en su peor error como hombre público y jurista de una larga trayectoria, porque se trata de una acción antijurídica y que de alguna manera desmiente la creencia que nos hemos creado muchos de que este expresidente de la Suprema Corte de Justicia es un profesional del derecho lo suficientemente acabado y formado para el mejor de los consejos.
Si esta hipótesis es cierta entonces estaríamos ante un gran fiasco, porque no sé si Subero Isa sabe que con lo que podría ser esa asesoría a un hombre como el presidente Abinader, quien no tiene la menor idea de asuntos constitucionales, lo ha sumergido en una grave violación al derecho interno y externo, lo cual perdurará para toda la historia del país.
Sería imperdonable que Subero Isa no entienda la importancia que tiene en la democracia nacional el proceso de constitucionalización del derecho que se inicia en el país con la Constitución del 2010 y de la que se deriva la referida figura jurídica y que tampoco digiera el fenómeno que tiene que ver con la defensa y preservación de los derechos fundamentales en la sociedad dominicana, ya que la decisión de Abinader busca arruinar y eliminar el derecho, valores y principios de legalidad, proporcionalidad, pro participación y de dignidad humana.
No es que Subero Isa no tiene el derecho de estar en contra de lo que considere, pero de igual modo se entiende que es totalmente inaceptable que él se ponga en contra de una jurisprudencia que tiene el sustento del mandato de la Constitución.
Considero que la figura de Subero Isa se degrada y queda muy mal parada cuando entra en el juego de la politiquería al recomendar, si fue que así ocurrió, la promulgación de la Ley 13-26, que en buen derecho no es más que un contrasentido jurídico y que no puede tener otro destino que su nulidad.
Análisis Noticiosos
Las demandas de los jueces y juezas y las falencias del sistema de justicia.
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2 semanas agoon
mayo 21, 2026Por José Cabral
Un total de 450 jueces y juezas de los 737 que hay en todo el país, así como sus 6,516 empleados fijos del Poder Judicial han paralizado sus laborares en demanda de aumento e indexación salarial, contratación de más personal en los tribunales y por mejores condiciones de trabajo.
Estos reclamos no pueden ser soslayados porque el sistema está lleno de deficiencias y debilidades de las que no se puede excluir a nadie, ya que todo obedece a las grandes distorsiones que sufre el Estado.
Entiendo que es un grave problema de institucionalidad, lo cual afecta a todos los actores del sistema, desde los jueces, fiscales y personal administrativo.
Tengo este criterio porque nadie puede discutir que las distorsiones que caracterizan al Estado no sólo se pueden ver en el sistema de justicia, sino también en el Poder Legislativo y el Ejecutivo.
Entonces, en el marco de estas debilidades y deficiencias que ponen en tela de juicio la democracia, se encuentran los bajos salarios de los jueces y todo el personal de la judicatura nacional.
Esta realidad lleva a todo el que tiene dos dedos de frente a entender que las demandas de los jueces y juezas son justas desde cualquier perspectiva que se vea y a cuyo problema debe buscársele una salida saludable, sin soslayar los demás asuntos que impactan negativamente al sistema de justicia.
El Consejo del Poder Judicial no sólo debe procurar darle salida a esa deficiencia y a sus problemas financieros, sino que al propio tiempo debe crear los mecanismos necesarios para que los tribunales del país tengan otro desempeño.
De manera, que la solución debe ser integral, no sólo a nivel de los salarios y las mejores condiciones laborales de los jueces, ya que las deficiencias tienen implicaciones que también tienen que ver con la arbitrariedad con que se manejan los casos en los tribunales, lo que muchas veces implican la violación de los derechos de los que buscan hacer justicia sobre la base de los derechos fundamentales.
Es decir, que, si bien los bajos salarios de los jueces es un problema grave en el marco del Estado dominicano, también debe decirse que hay otros de igual o peor magnitud que no tienen la mejor de las salidas.
Lo que pretendo establecer es que el problema no sólo tiene que ver con los salarios, el cúmulo de trabajo y el poco personal, sino también del manejo jurídico de los casos, porque es bueno que se entienda que muchos jueces y juezas violan hasta el derecho de recurrir de muchos justiciables y naturalmente los que incurren en esas inconductas no es que deben tener un mal salario, sino que deben ser expulsados del sistema de justicia para bien de la sociedad y la democracia.
Es oportuna la ocasión para que los que dirigen el Estado dominicano no sólo se aboquen a mejorar los salarios y las condiciones de trabajo de los jueces y juezas, lo cual me parece de justicia, sino también a fiscalizar mejor su desempeño porque hay que buscar la forma de mejorar el sistema justicia para bien de todas y cada de las personas, porque no hay derechos sin deberes.
