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¿Impone la realidad social dominicana el “barrilito”?
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6 años agoon
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LA REDACCIÓNEl “Fondo de gestión provincial senatorial” solo está vigente en el Senado; fue eliminado en la Cámara de Diputados durante la gestión que encabezó Abel Martínez
Después de 14 años de su creación, los recursos para asistencialismo social de los legisladores siguen generando cuestionamientos y ahora la discusión se centra en si se eliminan o transfieren al Poder Ejecutivo para que ejecute las acciones que los congresistas se autodesignaron como funciones extraordinarias.
El origen y la polémica
A raíz del debate sobre el polémico tema del “Fondo de gestión provincial senatorial”, mejor conocido como “barrilito”, recursos económicos que se destinan cada mes a los senadores para ayudas sociales, es propicia la ocasión para ver algunos aspectos sobre la iniciativa.
Aunque algunos medios atribuyen la creación en el 2006 del barrilito a Reinaldo Pared Pérez, el secretario general del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) rechazó en abril del 2010 que fuera el creador de esa iniciativa, al asegurar que lo que hizo fue transparentarla.
En datos periodísticos fechados el 21 de abril del 2010, Pared Pérez, al participación en el Almuerzo Semanal del Grupo de Comunicaciones Corripio, sostuvo que quien implementó el “barrilito” fue el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y que estaba a la discrecionalidad del presidente de turno, quien lo distribuía de manera selectiva, porque los más favorecidos eran sus legisladores, por lo que, bajo su presidencia en el Senado buscaron mecanismos para otorgar esos fondos de manera más equitativa.
Manifestó en ese entonces, que todos los senadores, sin importar la organización política a la que pertenezcan, tienen acceso a esos recursos a través de sus oficinas senatoriales, pero afirmó en dicha entrevista, que “estos tienen que justificar el uso que dan a esos recursos porque son auditados y si no lo hacen no los podrán retirar el mes siguiente”.
¿Hay que eliminar el barrilito?
Cabe preguntarse ante el debate: ¿impone la realidad social dominicana el “barrilito”? o habría que buscar una vía para que través del Estado estos fondos se destinen a causas similares sin depositarlos en las manos de los congresistas. Han pasado 14 años y el tema sigue generando reacciones encontradas.
Ciertamente, es el Senado el que ha sido tema recientemente con relación al “barrilito”. Estos más de RD$20 millones que se asignan cada mes a los senadores para ayudas sociales, que al año ascienden a poco más de RD$240 millones, suelen formar parte del debate social: unos defienden que se mantenga la asignación de estos recursos, argumentando que “la realidad social dominicana lo impone”, y otros piden sean anulados o se busque otra vía.
En la CD fue eliminado
El 1 de marzo del 2016, una resolución ponía fin al barrilito de manera definitiva en la Cámara de Diputados, y al mismo tiempo, revalidaba la decisión administrativa tomada por su titular, Abel Martínez, en octubre de 2014. En la sesión de ese entonces, 108 diputados votaron a favor y cinco en contra.
“Valoramos la intención y el espíritu de la resolución de la JCE de garantizar procesos transparentes y equilibrados en nuestras demarcaciones electorales y en todo el país”, fueron las palabras de Martínez en ese momento.
En el 2014 cuando Martínez anunció que el “barrilito”, que cada año contemplaba la entrega de 665 millones de pesos a los diputados para ayudas sociales (RD$ 50,000 mensuales auditados), informó que se dispuso que esos fondos fueran entregados a los hospitales de las provincias.
Los que dijeron no al “barrilito” y los que lo defienden
El presidente Luis Abinader se sumó al rechazo de que se asignen recursos mediante el “barrilito” a los legisladores, resaltando durante una entrevista que ofreciera a Alicia Ortega, que rechaza todas esas prácticas. En esa misma línea se expresaron el expresidente Hipólito Mejía y el presidente del PRM, José Ignacio Paliza.
Eduardo Estrella y Antonio Taveras, senadores por Santiago y Santo Domingo, renunciaron a los beneficios del “barrilito”. En el caso de la senadora por el Distrito Nacional, Faride Raful, la presión ante las críticas por haber cambiado de postura, la llevó a anunciar que esos fondos serían redirigidos para asesorías y capacitación a los congresistas.
Los senadores que se han pronunciado en favor de que se mantenga la asignación de estos fondos son: Dionis Sánchez (Peravia), Rogelio Genao (La vega), Iván Silva (La Romana), Alexis Victoria Yeb (María Trinidad Sánchez), José del Castillo Saviñón (Barahona), Yván Lorenzo (Elías Piña), Antonio Marte (Santiago Rodríguez), Ginette Bournigal (Puerto Plata), Héctor Acosta (Monseñor Nouel), David Sosa (Dajabón) y Ricardo de los Santos (Sánchez Ramírez).
Otros beneficios que reciben los congresistas
El Congreso tiene 222 legisladores (190 diputados y 32 senadores). Tienen beneficios comunes de inmunidad parlamentaria, dos exoneraciones de vehículos por período (aprobado en el 1996 por los presidentes de la Cámara de Diputados, Héctor Rafael Peguero Méndez y del Senado, Amable Aristy).
En el caso de los diputados, tienen un sueldo fijo de RD175 mil, la posibilidad de acceder a un programa de ayuda de hasta RD$90,000, RD$35,000 en gastos de representación y RD$20,000 para combustible.
En el caso de los senadores, estos ganan 320 mil pesos al mes, adicional reciben RD$ 50,000 de gastos de representación, RD$25,000 de viáticos, RD$25,000 de dietas y recursos para su combustible cada mes.
Ambos representantes tienen oficinas en la sede y su territorio cubiertas por el Congreso. Les cubren hospedaje en la capital, celulares, chofer y seguridad. Se les paga RD$3,500 por cada sesión a la que asistan y RD$2,000 por ir a reuniones de comisiones. Tienen pasaporte diplomático y derecho al porte de armas de fuego. Poseen seguro médico internacional, comedor cubierto por el Congreso y recursos adicionales a su salario en fechas especiales (Día de las Madres, Navidad, Día de Reyes, etc.).
Asignaciones por provincia
Según un listado de los fondos entregados a los senadores en septiembre que se hizo viral, los recursos asignados son: para el Distrito Nacional, RD$1,059,000.00; San Cristóbal RD$1,059,000.00; La Vega, RD$944,000; Puerto Plata, RD$869,000; San Pedro de Macorís, 859,000.00; Duarte, RD$849,000.00; Azua, RD$ 769,000.00; Barahona, RD$739,000.00; La Romana, RD$779,000.00; La Altagracia, RD$739,000.00; Espaillat, RD$784,000.00; Peravia, RD$ 729,000.00; Sánchez Ramírez, RD$709,000.00; San Juan, RD$799,000.00; Valverde, RD$719,000.00; Bahoruco, RD$ 49,000.00; Dajabón, RD$ 619,000.00; Independencia, RD$ 609,000.00; Hermanas Mirabal, RD$ 654,000.00; Hato Mayor, RD$649,000.00; María Trinidad Sánchez, RD$694,000.00; Monte Plata, RD$ 739,000.00; Pedernales, RD$ 629,000.00; Santiago Rodríguez, 619,000.00 y San José de Ocoa, RD$619,000.00.
Las funciones de los congresistas
“Representar, legislar, fiscalizar”, son las funciones de los congresistas una vez asumen el puesto, y es la frase con la que de entrada te recibe el portal web del Senado, página que integra la pestaña denominada “Transparencia”, donde se puede solicitar la información que se desee como ciudadano.
En el caso de los senadores, sus atribuciones, conforme a la Constitución, se centran en: conocer las acusaciones formuladas por la Cámara de Diputados contra los funcionarios señalado en el artículo 83 numeral 1; aprobar o desaprobar los nombramientos de embajadores y jefes de misiones permanentes acreditados en el exterior que le someta el presidente de la República; elegir los miembros de la Cámara de Cuentas de las ternas presentadas por la Cámara de Diputados con el voto de las dos terceras partes de los senadores presentes; elegir los miembros de la Junta Central Electoral y sus suplentes con el voto de las dos terceras partes presentes; elegir el defensor del pueblo, sus suplentes y sus adjuntos, a partir de las ternas que presente la CD; Autorizar previa solicitud del presidente de la República, en ausencia de convenio que lo permita, la presencia de tropas extranjeras en ejercicios militares y determinar tiempo de estadía y condiciones.
Mientras que los diputados tienen las siguientes atribuciones constitucionalmente establecidas: Acusar ante el Senado a los funcionarios por faltas graves; someter al Senado las ternas del Defensor del Pueblo; someter al Senado las ternas para elegir los miembros de la Cámara de Cuentas, entre otras.
elcaribe.com.do
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Defensa de imputados en SeNaSa 2.0 objeta prisión preventiva y alega arraigo
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2 horas agoon
septiembre 28, 2026
Santo Domingo.– Los abogados de varios de los encartados en el denominado caso SeNaSa 2.0 cuestionaron este lunes la solicitud del Ministerio Público de imponer hasta 18 meses de prisión preventiva contra parte de los investigados, al considerar que existen otras medidas de coerción suficientes para garantizar su comparecencia durante el proceso.
Los representantes legales sostienen que sus defendidos, entre ellos profesionales de la medicina, poseen domicilio conocido, vínculos familiares y laborales en la República Dominicana, elementos que, según la defensa, disminuyen cualquier posibilidad de que intenten abandonar el país o sustraerse de la acción de la justicia.
Los juristas insistieron en que los imputados se encuentran en disposición de asistir a las audiencias y demás actuaciones judiciales que sean requeridas mientras continúe la investigación.
“Son médicos, tienen arraigo y no se van a ir del país”, manifestaron abogados vinculados al proceso al defender la aplicación de medidas menos gravosas que la prisión preventiva.
Tribunal impuso diferentes medidas de coerción
Como parte del proceso relacionado con la denominada Operación Cobra 2.0-A, el tribunal estableció distintas medidas de coerción de acuerdo con la situación particular de cada imputado.
Entre las disposiciones adoptadas figuran prisión preventiva, arresto domiciliario, presentación periódica, impedimento de salida del país y garantías económicas.
Durante la jornada de este lunes, abogados de algunos de los procesados comenzaron además las gestiones correspondientes al retiro de dispositivos de monitoreo impuestos por el tribunal dentro de las medidas adoptadas.
Investigación por presuntas irregularidades
El expediente tiene su origen en una investigación desarrollada por el Ministerio Público en torno a supuestas irregularidades relacionadas con autorizaciones y servicios de salud atribuidos a personas vinculadas al Seguro Nacional de Salud (SeNaSa).
Las autoridades investigan la posible existencia de un esquema mediante el cual se habrían realizado operaciones irregulares en perjuicio de la aseguradora estatal.
Los abogados de los imputados han reiterado que sus clientes permanecerán disponibles para responder a las imputaciones y participar en las distintas etapas del proceso.
La defensa sostiene que el arraigo laboral, familiar y domiciliario de los acusados debe ser ponderado por los tribunales al momento de determinar la necesidad y proporcionalidad de las medidas de coerción.
El proceso continúa bajo investigación mientras las partes preparan sus respectivos argumentos frente a las decisiones adoptadas por la jurisdicción competente.
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INTRANT ajustará licencias de mayores de 75 años tras fallo del Tribunal Constitucional
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3 horas agoon
septiembre 28, 2026La institución modificará sus sistemas de emisión y renovación luego de que el TC declarara inconstitucional la reducción automática de la vigencia de la licencia por razón de edad
Por Carlos Baret
SANTO DOMINGO.– El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) anunció que adecuará sus procedimientos para cumplir con la sentencia TC/0904/26 del Tribunal Constitucional, que declaró inconstitucional la disposición que establecía una vigencia de solo dos años para las licencias de conducir de las personas mayores de 75 años. Tribunal Constitucional
La decisión constitucional se produjo a raíz de una acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por Fanny Josefina Melo Abreu y Héctor Manuel Melo Abreu contra el artículo 21 del Decreto núm. 6-19, que contiene el Reglamento de Licencias de Conducir. La sentencia fue publicada por el Tribunal Constitucional el 14 de septiembre de 2026. Tribunal Constitucional
El director ejecutivo del INTRANT, Juan Manuel Méndez García, informó este lunes que la institución acatará la decisión y realizará los ajustes correspondientes en sus procedimientos. La medida elimina el trato diferenciado que reducía la duración de las licencias únicamente por haber alcanzado determinada edad. Diario Libre
INTRANT inicia adecuación de sus sistemas
Como parte del cumplimiento de la sentencia, Méndez García dispuso que las áreas jurídicas, técnicas y de atención al usuario trabajen en las modificaciones necesarias para que los sistemas utilizados en la emisión y renovación de licencias sean adaptados al nuevo escenario jurídico. El Atlantico
La institución procura que las personas adultas mayores puedan realizar estos trámites en condiciones de igualdad y sin una reducción automática del período de vigencia fundamentada exclusivamente en la edad.
La decisión, sin embargo, no elimina los requisitos relacionados con las condiciones necesarias para conducir. La normativa dominicana contempla evaluaciones y requisitos vinculados con las aptitudes y condiciones psicofísicas de los conductores, por lo que el fallo debe distinguirse de las restricciones que puedan justificarse a partir de condiciones individuales acreditadas y no simplemente de la edad de una persona. Intrant
Igualdad y no discriminación en el centro del caso
El alcance del fallo trasciende el procedimiento administrativo de renovación de una licencia. La controversia coloca en primer plano el principio constitucional de igualdad y no discriminación, al cuestionar que la edad, considerada de manera aislada, pueda servir para imponer una carga administrativa diferenciada.
La sentencia TC/0904/26 constituye así una referencia relevante en la discusión sobre los derechos de los adultos mayores y los límites constitucionales de las regulaciones administrativas. Tribunal Constitucional
El INTRANT continuará aplicando la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y las normas relativas a la aptitud para conducir, pero deberá hacerlo conforme al criterio constitucional establecido en la decisión.
La adecuación anunciada representa, además, una consecuencia directa del carácter vinculante de las decisiones del Tribunal Constitucional para los poderes públicos y órganos del Estado.
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Nueva ley de juegos de azar entra en fase decisiva tras vencer plazo constitucional del Ejecutivo
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3 horas agoon
septiembre 28, 2026La pieza fue remitida al Poder Ejecutivo el 18 de septiembre; la Constitución establece el procedimiento aplicable cuando vence el plazo para promulgar u observar una ley
Por Ana Rodríguez
SANTO DOMINGO.– La nueva legislación destinada a reorganizar y modernizar la regulación de los juegos de azar en República Dominicana entró en una etapa decisiva luego de transcurrir el plazo constitucional señalado para que el Poder Ejecutivo procediera a su promulgación u observación.
El proyecto fue convertido en ley por el Senado de la República el pasado 16 de septiembre, luego de varios meses de estudio en el Congreso Nacional, y remitido al Poder Ejecutivo el 18 de septiembre, de acuerdo con la información disponible sobre el trámite legislativo.
La iniciativa procura sustituir y reorganizar un marco regulatorio que tiene entre sus antecedentes principales normas sobre juegos de azar que datan de 1964. La necesidad de actualizar la regulación del sector ha sido objeto de distintas iniciativas legislativas durante años; documentos oficiales del Senado registran proyectos anteriores destinados a establecer un régimen más amplio para los juegos y apuestas. Senador D
El plazo constitucional
La situación adquiere especial relevancia jurídica debido a las disposiciones constitucionales que regulan la promulgación y observación de las leyes.
El artículo 101 de la Constitución dominicana vigente —no el artículo 110, como indica la información de origen— regula la promulgación y publicación de las leyes. Por tratarse de una cuestión constitucional y de actualidad, conviene verificar el texto vigente antes de publicación definitiva.
Según el procedimiento constitucional, una vez agotado el plazo correspondiente sin que se produzca la promulgación y publicación, se activa el mecanismo previsto por la propia Constitución para las leyes sancionadas por el Congreso.
Por ello, más allá de determinar si existe o no un anuncio público del Poder Ejecutivo, la cuestión central pasa a ser establecer la fecha exacta de recepción de la pieza, si fue declarada de urgencia, si se produjo alguna observación dentro del plazo y cuál es formalmente su situación jurídica.
Diez años sin nuevos establecimientos
Uno de los aspectos de mayor impacto de la nueva regulación es el establecimiento de una moratoria para la apertura de nuevos negocios de juegos de azar.
De acuerdo con el texto aprobado descrito en la información suministrada, durante un período de 10 años no podrían instalarse nuevos establecimientos de juegos de azar, con las excepciones contempladas por la propia legislación.
La finalidad de esa restricción sería permitir que las autoridades organicen, fiscalicen y regularicen los establecimientos que actualmente funcionan en el territorio nacional.
La medida se produce en un contexto en el que el Gobierno ya había retomado acciones para ordenar el sector. En abril de este año, el Poder Ejecutivo informó la reactivación del Plan Nacional de Regularización de bancas de lotería, puntos de venta, agencias, bancas de apuestas y otros operadores, mediante el Decreto 197-26. Presidencia de la República Dominicana
Casinos turísticos quedarían exceptuados
La restricción para la instalación de nuevos negocios no alcanzaría de igual manera a todos los establecimientos.
Según el contenido de la pieza descrito en la información suministrada, el artículo 194 contempla una excepción para casinos ubicados en hoteles y lugares turísticos, que podrían establecerse bajo las condiciones previstas por la nueva normativa.
Este tratamiento diferenciado introduce uno de los aspectos que probablemente generará mayor atención durante la aplicación de la legislación, particularmente por sus implicaciones para la actividad turística y la organización territorial del sector.
Una nueva autoridad para fiscalizar los juegos
Otro de los cambios relevantes sería la creación de la Dirección General de Juegos de Azar (DGJA), adscrita al Ministerio de Hacienda y Economía, institución que tendría responsabilidades de fiscalización y supervisión del sector.
La creación de una estructura especializada representaría una transformación del modelo institucional de control de una actividad que comprende bancas de lotería y deportivas, casinos, máquinas tragamonedas, apuestas por internet, bingos, agencias hípicas y otras modalidades.
Actualmente, el Gobierno mantiene un esquema de regularización en el que participan varias instituciones, entre ellas el Ministerio de Hacienda y Economía y la Dirección General de Impuestos Internos. Presidencia de la República Dominicana
Límites de distancia para bancas y otros establecimientos
La legislación también introduce restricciones territoriales.
De acuerdo con la pieza aprobada descrita, determinados establecimientos de juegos de azar no podrán funcionar a menos de 500 metros de escuelas, colegios, universidades, instalaciones policiales y militares, estancias infantiles, Centros de Atención Integral para la Discapacidad (CAID), hospitales, clínicas, iglesias y determinadas sedes de poderes y órganos del Estado.
Para las bancas deportivas se contempla una distancia mínima de 500 metros, mientras que para las bancas de lotería la separación establecida sería de 200 metros.
Casinos, salas de máquinas tragamonedas, bancas deportivas y otros establecimientos señalados por la normativa deberán, además, funcionar en locales cerrados.
Relojes visibles y medidas contra la ludopatía
La nueva legislación no se limita a cuestiones fiscales y administrativas.
Entre las disposiciones descritas figura la obligación de colocar relojes visibles en determinados establecimientos donde se realicen apuestas, una medida destinada a que los jugadores puedan mantener referencia del tiempo transcurrido dentro de esos espacios.
Más significativa desde el punto de vista social es la prevista creación de un Registro Nacional de Autoexclusión, mediante el cual personas afectadas por problemas relacionados con el juego podrían solicitar restricciones para acceder a determinadas actividades de apuestas.
La incorporación de medidas vinculadas al juego responsable introduce una dimensión de salud y protección social en una actividad tradicionalmente abordada principalmente desde la autorización, fiscalización y recaudación.
Una regulación esperada durante años
La transformación del régimen de los juegos de azar no comenzó con esta pieza. El archivo legislativo del Senado conserva iniciativas anteriores dirigidas a establecer una regulación integral del sector, incluyendo propuestas presentadas en legislaturas pasadas. Memoria Histórica
En marzo de 2026, durante una sesión del Senado, incluso se hizo referencia a iniciativas sometidas desde 2021 y a otra propuesta que se encontraba bajo estudio de la Comisión de Hacienda. Senador D
Ahora, tras completar su recorrido por el Congreso, la atención se desplaza hacia la situación formal de la legislación después de su remisión al Poder Ejecutivo.
La definición de ese punto resulta fundamental, porque de ella dependerá el momento en que comiencen a operar las nuevas reglas para un sector de considerable presencia económica y social en República Dominicana.
