Análisis Noticiosos
Falta un gran empuje social para afianzar las instituciones y garantizar estabilidad
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5 años agoon
La precaria cultura democrática no es patrimonio exclusivo de los políticos dominicanos y alcanza al liderazgo de las organizaciones empresariales, sindicales, sociales, y eclesiásticas que se asocian al poder político para buscar o preservar privilegios
Por Juan Bolívar Díaz
En amplios estamentos sociales se descalifica a los partidos políticos, como si fueran los únicos responsables del atraso institucional dominicano, cuando la responsabilidad es compartida por gran parte del liderazgo social que se asocia al poder político en búsqueda de privilegios o para preservarlos.
Es obvio que el partidarismo político carga un enorme y justificado descrédito, pero no se quedan muy lejos las organizaciones empresariales, sindicales y profesionales, que tendrían que desatar un gran empuje para contribuir al fortalecimiento de la institucionalidad democrática nacional.
Gobierno lanzaría desafío
Compelido por la triple crisis de salubridad económica y social, y atendiendo al compromiso de cambios postulado en su campaña electoral, el presidente Luis Abinader estaría preparando un gran desafío a la sociedad dominicana con un conjunto de reformas administrativas, estructurales y legales que mejoren la calidad del gasto, fortalezcan la institucionalidad democrática y preserven la estabilidad político-social en el próximo 2021 que se pinta crucial por las consecuencias del coronavirus.
Son muchos los que creen que el gobierno debería extender el próximo año todos los programas de asistencia a los que han perdido el empleo o lo tienen suspendido, que en principio no se contemplaban en el proyecto de presupuesto del 2021, mientras los planificadores tratan de reducir gastos para poder mantener los programas “Fase” “Quédate en casa” y Pa-ti”, al menos en el primer trimestre. Lo que desde el principio se contempla es el incremento del programa “Comer es Primero”, que pasaría de 811 mil a un millón de familias beneficiarias, duplicando el monto mensual para cada una de 830 a mil 600 pesos.
Fuentes de crédito aseguran que se busca reducir gastos no esenciales por unos 50 mil millones de pesos, implicando programas de gastos de todos los ministerios, de los poderes públicos, incluyendo el Congreso, y la reducción al 50% de la asignación a los partidos, equivalente a $630 millones, lo que estaría siendo resistido en la comisión bicameral que analiza el proyecto de presupuesto 2021.
El presidente Abinader contempla apelar a la comprensión y el sacrificio de todos los sectores, comenzando por las dependencias del Gobierno Central donde se impondría un plan de absoluta austeridad, con controles y sanciones a quienes lo desconozcan. También tocaría a los organismos autónomos y descentralizados, incluyendo a los que tienen proporciones fijas del presupuesto.
Los números no mienten
Los planificadores del Gobierno tendrán que hacer mayor esfuerzo para que la población pueda digerir la magnitud de la crisis fiscal, arrastrada por una década y multiplicada este año por el Covid-19, cuando el financiamiento pasará de 8 mil 300 millones de dólares. A agosto había alcanzado 300 mil millones de pesos y desde entonces a diciembre se calculan otros 185 mil millones de pesos. La deuda consolidada del Estado estaría ya sobre el 60 % del PIB.
El proyecto de presupuesto 2021 prevé ingresos por $746 mil millones y los gastos por $706 mil, de los cuales casi un tercio, el 31.9, se irán en pago de deuda pública, 19.2% para educación, 9.4 para administración, 9.2 para protección social y 7.2 para salud. Ahí se va el 76.9%, y el restante 23.1 para energía, justicia, orden público, seguridad, protección ambiental y otros servicios.
La rigidez del presupuesto es mayor cuando se verifica que hay 23 leyes que establecen porcentajes del presupuesto para entidades autónomas y descentralizadas del Estado, que en realidad nunca se cumplen por completo, pero las instancias de más poder defienden cada peso resistiendo reconocer la gravedad de la crisis fiscal. En virtud de las mismas se irá en el 2021 el 6.7% del PIB o el 37% del gasto, que alanzaría al 62% si se cumplieran al pie de la letra.
Una cultura dura de roer
Urge al Gobierno convencer a los sectores políticos y a su propia base de funcionarios sobre la necesidad de extremar el ahorro para afrontar la crisis y preservar la estabilidad fiscal y social, pues se enfrenta a una cultura política dura de modificar, donde muchos de los que recién llegan a los cargos públicos, al igual que los legisladores, y los funcionarios de3 los organismos autónomos y descentralizados, no muestran disposición a ceder parte de sus beneficios. Por el contrario hay quienes buscan ampliarlos y extenderlos a sus familiares y relacionados.
El aprovechamiento de lo público, la malversación y la concepción del Estado como botín de ganadores de elecciones, constituyen una cultura política vista como normal en amplios estamentos de la sociedad. Pero cada vez es mayor la proporción poblacional que muestra fatiga ante esas prácticas, coronadas por inmensa corrupción, especialmente en las nuevas generaciones y en las clases medias, como se evidenció en la Marcha Verde entre 2017-18 y en las plazas de las grandes ciudades en la primera mitad de este año.
Pero en estos segmentos crece un sentimiento de rechazo a la política y los políticos que puede convertirse en negativa y tiene que ser vencida con decisiones firmes y gran coherencia. Es lo que trata de mostrar el presidente Abinader que desde su juramentación encamina esfuerzos para controlar y sancionar la corrupción y para reducir el dispendio y mejorar la calidad del gasto público.
No son sólo los políticos
Las inmensas legiones de los insatisfechos con la forma en que se ha administrado el país tienen que mantener un activismo crítico pero también propositivo, realista, estimulando y aferrándose a los esfuerzos de cambios que parten del ámbito gubernamental o congresual, asumiendo que los problemas no son sólo responsabilidad de los políticos, que de ser así hace tiempo que habrían sido relevados.
Las investigaciones sociales diagnostican el gran descrédito de los partidos, de los poderes públicos, legisladores, de la justicia, la policía y, militares y hay razones para eso, pues son a quienes la población elige para encargarle la cosa pública, pero ellos no hubiesen llegado tan lejos si no contaran con la complicidad y la participación de los demás actores sociales, especialmente de los empresarios, sindicalistas, eclesiásticos, intelectuales, académicos, comunicadores. Estos y sus organizaciones se acomodan a los gobernantes para reclamar participación directa o indirecta en el reparto del Estado y en la corrupción y para buscar compensaciones y favores, defender exenciones y evasiones impositivas. La asociación comienza en las campañas electorales cuando se adscriben al “rentismo”, financiando políticos como inversión.
Hasta líderes religiosos
La institucionalidad democrática y la transparencia superan con mucho el ámbito partidista y se interna en la sociedad. Las organizaciones empresariales, profesionales, sindicales, sociales y religiosas reproducen los vicios de la política, porque sus estructuras no suelen ser democráticas ni participativas, sus líderes se anquilosan y se aferran a los puestos. En todos esos segmentos se cuentan divisiones, hasta en el Country Club, o el Club Naco, en los colegios profesionales y las centrales sindicales.
Ni hablar de las iglesias, en cuyas bases hay una inmensidad de personas dedicadas a servir a la sociedad, incluso a los más necesitados, pero sus jerarquías se confunden con los poderes públicos y empresariales. En el liderazgo religioso no se advierte una militancia con los cambios profundos que requiere la sociedad dominicana. Aunque están prestos a encabezar movilizaciones para que se mantenga absoluta penalización del aborto aún si mediara una violación o esté en peligro la vida de una mujer.
Con el Covid-19 cientos de miles de personas quedan sin empleo y se demuestra la vulnerabilidad social dominicana, con indicadores de que sin cambios profundos el país se encamina a la insostenibilidad financiera y a la inestabilidad social. Para evitarlo se requiere no sólo la voluntad política, sino de todo el liderazgo nacional. Pendientes están dos de los tres pactos fundamentales planteados en la Ley de Estrategia Nacional de Desarrollo, que en enero cumple 8 años: el eléctrico para hacer eficiente ese servicio y economizar un subsidio que en una década consumió miles de millones de dólares, y el fiscal para controlar el dispendio público, reducir exenciones privadas y la extrema desigualdad, y elevar la contribución de los más pudientes.
A todo el liderazgo nacional tendría que apelar el presidente Abinader, quien pretende erigirse en un refundador del Estado, planteado en su programa de gobierno, con pasos firmes en sus primeros tres meses, con el Ministerio Público, la transparencia y rendición de cuentas, la prevención de la corrupción, eliminación de botellas y malversaciones, y con la elección de una Junta Central Electoral con personalidades independientes.-
Análisis Noticiosos
La jurisdicción contenciosa administrativa, una caricatura del sistema de justicia.
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1 día agoon
febrero 2, 2026Por José Cabral.
En una sociedad como la dominicana, donde los antivalores aparecen en todos los escenarios, fruto de una herencia histórico- cultural fundamentada en el caudillismo, el machismo, el patriarcado, el amiguismo, entre otras distorsiones, es lo que explica que el país haya caído en dictaduras férreas como las de Pedro Santana, Ulises Heureaux (Lilí y la de Rafael Leónidas Trujillo Molina.
Esta vocación dictatorial todavía perdura en muchos dominicanos, ya que, aunque se salió de esos gobiernos violadores de derechos humanos fundamentales, pero aún perdura la tendencia en el país, máxime cuando una persona adquiere cierta autooridad a través de la administración pública, la inclinación por las arbitrariedades que provienen del poder.
Entonces, a partir de esa premisa se puede decir que la jurisdicción contenciosa administrativa juega un papel de primer orden en el sistema de justicia nacional, porque tiene la sagrada misión de juzgar a la administración frente a los abusos que se cometen en contra del administrado.
Los avances en esta rama del derecho que se observan en los textos de las leyes 13-07 y 107-13, las cuales son una continuación de lo que consignan los artículos 164 y 167 de la Constitución de la Republica, no parecen que jueguen su papel en el marco del proceso de constitucionalización del derecho que se produce en el país desde el año 2010.
La jurisdicción contenciosa administrativa parece que se ha quedado estacionaria en lo que disponía la Ley 1494 de que a través de ella la administración se juzgaba a sí misma, mediante la llamada justicia tenida, ya que sus sentencias son una especie de bochorno y evitan que el ciudadano pueda recurrir en contra de la conducta abusiva del funcionario público.
Las sentencias de los jueces de la jurisdicción contenciosa administrativa son la principal frustración y negación del proceso de constitucionalización del derecho, cuyas ponderaciones dejan mucho que desear y son decepcionantes para que el administrado logre sobreponerse a los atropellos de la administración que ya no encajan en el contexto del neo-constitucionalismo.
Naturalmente, hay que decir que el fenómeno no es exclusivo de la jurisdicción contenciosa administrativa, sino de todo el sistema de justicia, en el que se observa que se producen graves violaciones a la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, así como de principios como el de celeridad procesal, el plazo razonable que devienen en justicia tardía, que no es otra cosa que denegación de justicia.
Todo este cuadro dice claramente que en el país todavía no se ha superado la denominada constitución de fachada, es decir, que la misma es muy bonita en el papel, pero que la práctica es una negación de ella, lo cual deja muy mal parada a la democracia nacional.
Sin embargo, hay que ratificar que lo que se observa en la jurisdicción contenciosa administrativa llena de vergüenza a los que de alguna manera abogan por una mejor administración de justicia, cuyas principales decisiones casi siempre terminan en nulidad mediante los recursos de revisión en esta materia elevados ante el Tribunal Constitucional (TC)
Lo interesante de las debilidades que se observan en todo el sistema de justicia es que en los discursos de los que lo representan, como el presidente de la Suprema Corte de Justicia, el país camina tan bien en esta materia que habría que compararlo con las naciones donde el estado de derecho tiene un real y contundente empoderamiento.
¿Percepción o realidad?
Por José Cabral
En la República Dominicana se estila hablar de que en el país se ha avanzado en lo referente al Estado Social Democrático de Derecho, lo cual sólo existe en la cabeza de los que se la pasan proyectando una percepción que nada tiene que ver con la realidad.
Puede decirse que el proceso de constitucionalización del derecho se produce en el papel, pero no en la realidad, lo que crea una serie de incertidumbres en la sociedad.
La jurisdicción contenciosa administrativa es una que no hay forma de que tenga un desempeño en función de una buena administración de justicia, porque si el funcionario público incurre en graves violaciones de los derechos fundamentales, peor pasa con los jueces de la misma, quienes no hay forma de que demuestren que se manejan en función del impacto de los valores y principios constitucionales en sus decisiones, lo cual es definitivamente una negación de los supuestos avances en esta materia.
Las sentencias de la jurisdicción contenciosa administrativa son una especie de caja de resonancia de los pedidos en sus conclusiones de la Procuraduría General Administrativa, cuyos contrasentidos jurídicos son el pan de cada día en las audiencias de sus diferentes salas, lo que impacta negativamente al ciudadano.
Por el momento quiero reproducir una carta enviada al presidente del Tribunal Superior Administrativa ante una decisión tomada en virtud de la solicitud de una medida cautelar frente a los abusos que comete la empresa Distribuidora del Norte (EDENORTE) en contra de los usuarios.
Sin embargo, la falta de razonabilidad y racionalidad de los jueces del Tribunal Superior Administrativo (TSA), principalmente de su presidente, causa más indignación que los atropellos que comete el órgano del Estado que maneja la referida empresa.
A continuación reproduzco la carta enviada al presidente del TSA a propósito de su sentencia mediante la cual niega una medida cautelar, cuyo razonamiento, aparte de ridículo, revela hasta donde en el país se cuenta con una Constitución de fachada, cuyo respeto a los derechos fundamentales sólo existe en el texto, pero no en la realidad.
Señor
Magistrado Diomedes Y. Villalona G.
Presidente del Tribunal Superior Administrativo
Magistrado Villalona:
La presente es para dejar sentada mi indignación por la reiteración de decisiones que dejan muy mal parada a la jurisdicción contenciosa administrativa en la República Dominicana, cuyo desempeño deja mucho que desear, a pesar de que se enarbola que su base de sustentación es el nuevo constitucionalismo que se rige por valores y principios.
El mejor ejemplo de que la jurisdicción contenciosa administrativa se maneja con un nivel de razonabilidad y de racionalidad que no supera lo que ocurre en los juzgados de paz o tribunales inferiores, donde las decisiones son generalmente muy superficiales y carentes de una aceptable ponderación, es la sentencia emitida y que genera la presente comunicación.
La última joya del presidente del Tribunal Superior Administrativo ante los abusos cometidos por la Distribuidora de Electricidad del Norte (EDENORTE), la cual ha incurrido en una serie de atropellos que revelan que los derechos de los consumidores y de los administrados están en manos de juzgadores que sólo sirven como caja de resonancia de los funcionarios públicos que actúan al margen de la Ley 13-07 y de la 107-13, así como de la 1494, ya que su misión no parece ser otra que imponer una carga procesal y económica que se agrava cuando finalmente se emite un fallo carente de toda lógica jurídica en detrimento del impetrante y en favor del impetrado..
En este sentido, he querido dejar sentado mi rechazo al comportamiento y el daño que genera esta jurisdicción contenciosa administrativa en detrimento de un buen derecho, de una buena administración de justicia, que deteriora la imagen del sistema de justicia en la República Dominicana, dado que en el fallo se establece qué tan grande es su falta de razonabilidad al negar una medida cautelar en virtud de un corte del servicio de electricidad que lleva varios meses bajo el argumento de que no se aportaron pruebas de que el recurrente no tiene el referido servicio, pese a que la propia ley ofrece la respuesta al respecto.
Cómo se puede entender semejante decisión, ya que es un contrasentido que el recurrente diga que se le cortó arbitrariamente el servicio de energía eléctrica y que mediante la medida cautelar solicite la reconexión del mismo, pero que, en un choque con cualquier razonamiento lógico, máxime cuando la parte recurrida no ha invocado lo contrario de lo alegado por el cliente, el tribunal niegue el pedido sustentándose en que no se aportaron las pruebas al respecto, sobre todo cuando el órgano se niega a entregar documentos que comprometan su irresponsabilidad e ilegalidad.
La realidad es que ese desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa es una vergüenza ante el proclamado empoderamiento del neoconstitucionalismo, que se basa en la aplicación de valores y principios que van de las manos con los derechos humanos fundamentales.
La decisión tomada en torno a la medida cautelar es una especie de anuncio anticipado de que el recurso que tiene que ver con el fondo también será fallado en contra, en razón de que, como digo más arriba, la decisión tomada deja muy claro que las acciones de cualquier administrado es un esfuerzo perdido por los criterios con que se maneja la jurisdicción contenciosa administrativa en el país, convirtiéndose en una vergüenza para el derecho comparado, interamericano e internacional.
El mejor consejo para cualquier administrado abusado por la administración es desistir de buscar justicia en la jurisdicción contenciosa administrativa por representar una vergüenza para el sistema de justicia nacional, ya que como lo dije más arriba sus decisiones están determinadas por los contrasentidos jurídicos que invoca generalmente la Procuraduría General Administrativa, cuyos procesos para lo único que sirven es para aumentar la carga procesal y costos económicos en desfavor del ciudadano a través de notificaciones arbitrarias y abusivas.
Este desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa, la cual todavía está estacionaria en la llamada justicia retenida, mediante la cual la administración se juzga a sí misma y cuyos jueces eran designados por el Poder Ejecutivo, igual que el que preside la Procuraduría General Administrativa, llena de vergüenza a cualquier buen dominicano, dado que se supone que el Tribunal Superior Administrativa está bajo el control y la tutela de la Suprema Corte de Justicia en virtud del mandato de la Ley 13-07.
Evidentemente que la decisión de negar la medida cautelar tiene el propósito de condenar al fracaso la demanda principal en razón de que impone que el recurrente tenga que negociar con EDENORTE para restablecer el servicio y de ese modo disponer la inadmisibilidad de la misma por existir un acuerdo que deja sin sentido el pedido principal de la parte recurrente que, entre otras cosas, busca una indemnización por los daños morales y materiales causados.
No está de más recordar que el artículo 22 de la Ley 107-13 sobre Derechos de las Personas ante la Administración y el derecho a la defensa establece que la administración debe probar sus alegatos. El procedimiento sancionador obliga a la administración a sustentar la validez de sus actos y pruebas, además que existe la carga de la prueba que en los procedimientos sancionadores la administración pública tiene la obligación de probar los hechos que fundamentan sus decisiones contra un ciudadano en función del principio de legalidad, ya que el funcionario público está limitado por las normas de procedimiento y la Constitución, no pudiendo actuar sin sustento probatorio, ya que la presunción de validez no es absoluta. Otro principio violado por la jurisdicción contenciosa administrativa es el de celeridad, consignado en el artículo 19 de la Ley 107-13, en cuya virtud las actuaciones administrativas se realizarán optimizando el uso del tiempo, resolviendo los procedimientos en plazo razonable que, en todo caso, no podrá superar los dos meses a contar desde la presentación de la solicitud en el órgano correspondiente, salvo que la legislación sectorial indique un plazo mayor. En especial, las autoridades impulsarán oficiosamente los procedimientos e incentivarán el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones a los efectos de que los procedimientos se tramiten con diligencia y sin dilaciones injustificadas, de manera escrita o a través de técnicas y medios electrónicos. La medida cautelar solicitada por el impetrante fue fallada en contra de lo que dispone al articulo 7 de la Ley 13-07, Orgánica del Tribunal Superior Administrativo, la cual se conoció el 16 de diciembre y fue fallada el 22 de enero, pese a que se habla de cinco días después de la celebrada la audiencia en la que las partes plantean sus conclusiones, principalmente cuando hay una afectación mayor, porque el recurrente no tiene servicio de energía eléctrica y que en consecuencia todas las labores comerciales y empresariales están paralizadas y la reactivación está determinada por el fallo de la misma.
Este es un ejemplo de que en el país existe una Constitución de fachada que niega los supuestos avances y fortalecimiento del Estado Social Democrático de Derecho, lo cual es una explicación de que República Dominicana es una sociedad que vive más de la percepción que de la realidad.
Sin otro particular,
José Antonio Cabral Salcedo.
Análisis Noticiosos
Santo Domingo está entre los destinos para viajar en 2026, según la BBC de Londres
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2 semanas agoon
enero 18, 2026
Santo Domingo figura entre los destinos recomendados para viajar en el año 2026, de acuerdo con una selección especial de BBC Travel, que destaca destinos mundiales con capacidad para de ofrecer experiencias mientras promueven el turismo sostenible y la preservación del patrimonio cultural.
La capital dominicana aparece en una lista que incluye 11 destinos internacionales, cinco de ellos ubicados en América Latina, elegidos a partir de recomendaciones de periodistas de la BBC, expertos en viajes y autoridades globales en turismo responsable.
El criterio central fue identificar lugares que reciben al visitante con entusiasmo y donde el impacto del turismo sea positivo y duradero.
Según la BBC, 2026 será un año clave para Santo Domingo, ya que la ciudad albergará los Juegos Centroamericanos y del Caribe, del 24 de julio al 8 de agosto, en el marco del centenario de la competencia. Este evento reunirá a atletas de 37 países y ha impulsado una serie de mejoras urbanas y deportivas en la capital.
Asimismo, el Centro Olímpico Juan Pablo Duarte fue modernizado, incorporando infraestructura inclusiva como senderos de pavimentación táctil para personas con discapacidad visual.
La BBC subraya que Santo Domingo ofrece mucho más que historia. La ciudad es el epicentro del merengue y la bachata, ritmos que marcan el pulso de celebraciones como el Carnaval de febrero y el Festival del Merengue.
En 2026, además, regresan grandes citas musicales como el Isle of Light, en marzo, y el Presidente Festival, que vuelve tras una pausa de una década como uno de los eventos musicales más emblemáticos de América Latina.
Puerta al ecoturismo del Caribe
BBC Travel también resalta la conexión de Santo Domingo con Samaná, conocida por sus calas, selvas tropicales y aguas turquesas. El hotel Ocama, por ejemplo, ofrece traslados en helicóptero desde la capital hacia esta región, facilitando el acceso a uno de los destinos naturales más atractivos del país.
Otros destinos citados por la BBC, según el orden alfabético
- Abu Dhabi, Emiratos Árabes Unidos
- Costa de Oregón, Estados Unidos
- Costa Rica
- Guimarães, Portugal
- Islas Hébridas, Escocia
- Ishikawa, Japón
- Loreto, Baja California Sur, México
- Montenegro
- Uruguay
- Valle de Colchagua, Chile
