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Marisol Franco ‘blanqueó’ 161 millones de la red de César el Abusador, dicen fiscales

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Santo Domingo, RD.-Marisol Franco, pareja sentimental de César Emilio Peralta, tuvo gastos por 161.8 millones de pesos entre los años 2006 y 2019, sin que las autoridades hayan podido comprobar que tuviera empleo, declaraciones juradas o empresas reales.

Los gastos de Franco se produjeron en débitos de cuentas bancarias, tanto en dólares como en pesos; consumos en tarjetas de créditos, compra y venta de divisas, entre euros y dólares americanos, y envíos de remesas.

Ese dinero es procedente de fuentes ilícitas y desconocidas, y constituye un “hecho totalmente imposible de justificar”, dice la Procuraduría de Lavado de Activos, en la acusación preliminar que sometió contra la red de su pareja, conocido como “El Abusador”, quien guarda prisión en Colombia a la espera de extradición a los Estados Unidos.

El documento, con el que se pide la apertura a juicio contra 20 personas, y el cierre de 23 empresas, señala que no hay registros en la Dirección General de Impuestos Internos ni en la Tesorería de la Seguridad Social de que haya tenido ingresos por salarios o declaraciones juradas de impuesto sobre la renta en el periodo estudiado.

Tampoco cuenta con impuestos pagados en el periodo establecido ni presenta participación accionaria en ninguna entidad.

La acusación preliminar señala que solo se puede considerar como fuentes conocidas de ingresos los préstamos solicitados entre 2006 y 2019 (6.6 millones de pesos), y  remesas recibidas (193,477.25), lo que da un total de RD$6,865,477.25.

La Procuraduría de Lavado de Activos dice que Marisol Franco ha convertido, transferido, ayudado y colaborado en el esquema de lavado de activos de la organización de César Emilio Peralta “el Abusador”, “adquiriendo y utilizando bienes, además de beneficiarse de sus ganancias ilícitas a sabiendas de que provenían del narcotráfico”.

“La imputada Marisol Franco utilizaba la técnica de convertir el capital ilícito en licito para el blanqueo de capitales, generaba la misma cantidad de crédito y de débitos en una de sus cuentas, por lo que de esta manera blanqueó RD$498,114.58, sin generar reporte de operación sospechosa, pues se trataba de entrada y salidas de productos financieros a su nombre”, dice en uno de los puntos la acusación, en una modalidad que se repite con frecuencia en sus cuentas de bancos.

Los fiscales que la investigaron señalan que en una de las técnicas de estratificación y de convertir el dinero ilícito en bienes lícitos, la imputada Marisol Franco utilizó sus tarjetas de crédito a cambio de bienes o servicios generando consumos millonarios y pagando la totalidad de dichos consumos de las tarjetas de crédito. “De esa manera la imputada colocó de forma estratégica y obtuvo bienes blanqueando el capital ilícito de la red de narcotráfico de su pareja sentimental, Cesar Peralta”, dicen.

Marisol Franco se encuentra en su residencia con medida de coerción consistente en prisión domiciliaria, a la espera de la continuación del proceso.

Su pareja sentimental, padre de sus dos niñas gemelas, fue apresado en diciembre del año 2019 en Colombia, donde se escondía de autoridades norteamericanas y dominicanas, que le señalan como el “Pablo Escobar dominicano”.

Los bienes
Dentro de los bienes ocupados a Franco, en varios allanamientos, se encuentran dos vehículos de alta ama, según las autoridades: un Mercedes Benz, modelo S-500 L, año 2015, valorada en 120 mil dólares y otra marca Hyundai, Tucson, de 2018, valorada en 23 mil dólares.

Los movimientos en una de las cuentas de ahorros en dólares, entre 2007 y 2019, presentan créditos por un monto total de 741,696.70 y débitos por un monto total de 733,52.72

Las autoridades han confirmado que abrió una cuenta en 2013 y la cerró el 28 de agosto de 2019. Los movimientos en ese tiempo comprenden registros en crédito por RD$3,297,657 y débitos por RD$3,297,657.

También le registraron una cuenta abierta en 2006 y cancelada en 2013, que firmaba en conjunto con Marta Domínguez, su madre, y en dicha cuenta Franklyn Franco, su padre, funge como apoderado.

Los movimientos económicos en este tiempo abarcan USD$2,005,371.44 y débitos por un monto de USD$ 2,011,579.64

Recibió del Bank of America y Citibank la suma de USD$569,953 en una transacción internacional.

listindiario.com

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A partir del 1 de agosto la JCE eliminará servicios de cedulación de madrugada.

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Santo Domingo. – A partir del primero de agosto la Junta Central Electoral (JCE) tendrá  nuevos horarios de atención en los Centros de Cedulación de Servicio Extendido (anteriormente denominados Centros de Servicios Continuos).

El Pleno de la JCE dispuso que los centros de servicio extendido ofrecerán atención a la ciudadanía de lunes a domingo, en horario de 8:00 de la mañana a 12:00 de la medianoche.

La medida aplicará a los centros ubicados en Barahona, Herrera, Distrito Nacional, La Romana, La Vega, Las Américas, San Cristóbal, San Francisco de Macorís, San Pedro de Macorís y Santiago.

En ese sentido, la JCE precisó que los ciudadanos con citas programadas en el horario de la madrugada (de 12:00 a. m. a 07:00 a. m.), podrán presentarse en cualquiera de los centros de cedulación, según el horario de servicio correspondiente, sin importar el mes de cumpleaños.

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Depositan acción contra artículo 310 del Código Penal

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Santo Domingo.- Una accion directa de inconstitucionalidad sometió el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) ante el Tribunal Constitucional una  contra el artículo 310 del recién modificado Código Penal.

El recurso fue encabezado por Trajano Potentini, presidente del gremio, quien considera que su contenido entra en contradicción con garantías esenciales del orden constitucional, particularmente el derecho de defensa, el debido proceso y la dignidad del ejercicio profesional del derecho.

Potentini acudió a la sede de la jurisdicción constitucional acompañado de miembros de la directiva del gremio, presidentes de seccionales y de expresidentes del Colegio de Abogados, en una manifestación institucional con la que la organización procura defender no solamente las prerrogativas de los profesionales del derecho, sino también las garantías que asisten a toda persona que requiere representación y asistencia jurídica efectiva.

El presidente del CARD explicó que la acción constitucional tiene como propósito que el Tribunal Constitucional examine la compatibilidad del artículo impugnado con los principios, derechos y garantías consagrados por la Constitución dominicana, especialmente aquellos vinculados al libre y pleno ejercicio del derecho de defensa.

Dijo que cualquier regulación penal que pueda incidir sobre la actuación profesional de los abogados debe ser examinada con especial rigor constitucional, debido a que el abogado constituye una pieza esencial para hacer efectivo el acceso a la justicia.

Sostuvo que la defensa técnica no puede ser concebida como una concesión del Estado ni como una función secundaria dentro del sistema de justicia. Por el contrario, representa una garantía indispensable para que los ciudadanos puedan ejercer adecuadamente sus derechos frente a una investigación, acusación o proceso judicial.

En ese contexto, el CARD considera necesario preservar un marco normativo que permita a los abogados ejercer sus funciones con independencia, seguridad jurídica y respeto a la naturaleza de su profesión.

Señaló que la controversia planteada trasciende los intereses particulares de los abogados. Según Potentini, cuando se afecta la independencia o la dignidad de quienes ejercen la defensa técnica también pueden verse comprometidos los derechos de los ciudadanos representados por esos profesionales.

Potentini destacó que la Constitución reconoce el debido proceso y el derecho de defensa como garantías fundamentales que deben observarse en toda actuación judicial y administrativa. En consecuencia, afirmó que las normas deben interpretarse de manera compatible con esos postulados.

La acción solicita la intervención del Tribunal Constitucional en su condición de órgano encargado de garantizar la supremacía de la Constitución y la protección de los derechos fundamentales. Corresponderá a esa alta corte examinar los argumentos y determinar la conformidad o no de la disposición cuestionada con la Carta Sustantiva.

El CARD informó que dará seguimiento al curso procesal de la acción y reiteró su confianza en que el debate jurídico permitirá delimitar adecuadamente el alcance de la disposición impugnada conforme a los principios del Estado social y democrático de derecho.

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Violaciones a la ley se producen con detenciones al margen de la ley.

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Santo Domingo, R.D.-En franca violacion del mandato constitucional del plazo de 48 horas para someter ante un juez competente a una  persona detenida se produce con casos que tienen que sufrir que se tiempo de extienda por didas, semanas e incluso en  meses, segun denuncia de muchos afectados.

Y cuando finalmente un tribunal ordena la libertad, salir del destacamento tampoco ocurre de inmediato.

La situación ha quedado evidenciada con los 13 ciudadanos que permanecen más de 30 días detenidos en los destacamentos del Ensanche Felicidad y Vietnam, en Santo Domingo Este, sin haber sido sometidos al control de un juez y sin que existiera registro de un proceso penal en su contra.

Aunque un tribunal acogió el hábeas corpus presentado por la Oficina Nacional de Defensa Pública (ONDP) y ordenó su libertad inmediata, varios días después la decisión aún se encuentra en proceso de ejecución.

Infografía
Las licenciadas Edilenny Morel y Yuleidy Figuereo, abogadas de la Oficina Nacional de la Defensa Publica, actuando en representación de los 13 detenidos.

La decisión legal de la liberación de los 13 detenidos ocurrió después de que una inspección de la Defensa Pública encontrara a 16 personas privadas de libertad en los destacamentos de Felicidad y Vietnam. Trece llevaban más de un mes detenidas sin haber comparecido ante un juez.

Durante la audiencia, el Ministerio Público informó al tribunal que no encontró solicitudes de medidas de coerción ni actuaciones procesales relacionadas con esas personas.

Según relataron, los agentes explicaron que el retraso obedecía a la falta de vehículos para trasladarlo hasta la fiscalía.

Sin embargo, cuando consultaron el sistema del Poder Judicial, descubrieron que tampoco existía una solicitud de medida de coerción depositada y ante esa situación, interpusieron un nuevo hábeas corpus.

Para la Defensa Pública, la ausencia de transporte se ha convertido en una de las explicaciones más frecuentes para justificar los retrasos.

«No había sucedido antes con esta magnitud. Ahora uno de los argumentos recurrentes es que no hay vehículos para trasladar a los detenidos», explicó Figuereo.

La defensora sostuvo que esa situación no solo afecta a quienes esperan ser presentados ante un juez por primera vez, sino también las audiencias de medidas de coerción.

«Si hay 65 audiencias fijadas, 45 o 50 terminan aplazándose por falta de traslado«, aseguró.

El hábeas corpus tampoco acelera siempre la libertad.

Las defensoras afirman que incluso cuando presentan acciones constitucionales para recuperar la libertad de un detenido, el proceso suele enfrentar nuevos obstáculos.

Según Figuereo, en algunos casos el Ministerio Público solicita aplazamientos de las audiencias de hábeas corpus para ganar tiempo.

«La táctica dilatoria que está haciendo el Ministerio Público es pedir aplazamiento para depositar la solicitud de medida de coerción. Cuando vuelve la audiencia, aparece el vehículo, trasladan al imputado y conocen la medida», afirmó.

El artículo 40 de la Constitución dispone que toda persona detenida debe ser presentada ante un juez dentro de las 48 horas siguientes a su arresto.

El artículo 71 reconoce el hábeas corpus como el mecanismo para restablecer ese derecho cuando la privación de libertad es ilegal o irrazonable.

Sin embargo, para la Defensa Pública, las visitas diarias a los destacamentos muestran una realidad distinta.

Las inspecciones no solo verifican el tiempo de detención. También revisan si los privados de libertad han recibido alimentos, agua, atención médica y si han sido objeto de maltratos.

«Mucha gente ni siquiera sabe por qué está detenida o que tiene derecho a ser presentada ante un juez en 48 horas«, señaló la defensora pública Dilenny Morel.

La historia de los 13 ciudadanos resume la paradoja que describen las defensoras. Entraron a los destacamentos sin que posteriormente se formalizara un proceso judicial.

Un tribunal ordenó su libertad. Pero la ejecución de esa decisión también requirió nuevos trámites, seguimiento de los abogados y espera.

Para la Defensa Pública, esa secuencia refleja un problema que trasciende un caso particular: en algunos destacamentos dominicanos no solo resulta fácil entrar; también puede ser muy difícil salir, incluso cuando un juez ya ordenó la libertad.

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